[Consultorio Jurídico Laneros]

Estado
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Buen dia, consulta.
existe delito al grabar un video porno sin la autorizacion de la otra persona?
y al compartir ese video que fue grabado sin la autorizacion?

Cual delito se podria denunciar? Gracias!
pd: es el exnovio de una amiga que se la hizo.

La ley 1581 del 2012 sobre protección de datos personales dice que todo archivo que tenga que ver con la vida sexual e íntima de una persona está protegido por la ley y si se comparte sin ningún consentimiento del autor puede dar hasta 12 años de cárcel.

Tomado de EL TIEMPO (artículo sobre sexting)


Tony.
 
Me ayudan con esto please!


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Debe de enviar un escrito al Juzgado donde estaba el proceso, solicitando terminación del proceso por pago total de la obligación, solicitando levantamiento de medidas cautelares y devolución de las sumas que tenga a su favor


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Reacciones: TECNOTIENDA
Debe de enviar un escrito al Juzgado donde estaba el proceso, solicitando terminación del proceso por pago total de la obligación, solicitando levantamiento de medidas cautelares y devolución de las sumas que tenga a su favor


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Gracias por responder.
Ya el proceso de terminó. De hecho ya salió oficio de desembargo. Pero no han devuelto las sumas.... Se hace el mismo escrito solo para la devolución? Hay q colocar una cuenta de ahorro?


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Gracias por responder.
Ya el proceso de terminó. De hecho ya salió oficio de desembargo. Pero no han devuelto las sumas.... Se hace el mismo escrito solo para la devolución? Hay q colocar una cuenta de ahorro?


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Un escrito para la devolución y entrega de los títulos judiciales que hayan a su favor


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Mi padre tuvo una camioneta hace como 37 años y la vendió de palabra es decir traspaso abierto. Hace unos años le empezaron a llegar cuenta de cobro por impuestos y pues el no le paro bolas, hasta hace poco que le llegó una citación a la gobernación so pena de embargo.
El fue y pues le cobran impuestos desde 2000 hasta hoy, con multas y todo da como 4 millones. Cabe anotar que el no tiene papel de traspaso y ni idea si el vehículo todavía existe.
La inquietud es si hay alguna forma de evitar el cobro, o que se puede hacer
 
Mi padre tuvo una camioneta hace como 37 años y la vendió de palabra es decir traspaso abierto. Hace unos años le empezaron a llegar cuenta de cobro por impuestos y pues el no le paro bolas, hasta hace poco que le llegó una citación a la gobernación so pena de embargo.
El fue y pues le cobran impuestos desde 2000 hasta hoy, con multas y todo da como 4 millones. Cabe anotar que el no tiene papel de traspaso y ni idea si el vehículo todavía existe.
La inquietud es si hay alguna forma de evitar el cobro, o que se puede hacer
A un primo le paso lo mismo, y al final le tocó pagar los impuestos y tragarse la rabia. Entregar un bien de uno con transpaso abierto es un error craso, los errores se pagan con plata.

También le podrían empezar a llegar fotomultas, no se juridicamente que se puede hacer para al menos hacer que no le cobren más de acá en adelante.
 
Mi padre tuvo una camioneta hace como 37 años y la vendió de palabra es decir traspaso abierto. Hace unos años le empezaron a llegar cuenta de cobro por impuestos y pues el no le paro bolas, hasta hace poco que le llegó una citación a la gobernación so pena de embargo.
El fue y pues le cobran impuestos desde 2000 hasta hoy, con multas y todo da como 4 millones. Cabe anotar que el no tiene papel de traspaso y ni idea si el vehículo todavía existe.
La inquietud es si hay alguna forma de evitar el cobro, o que se puede hacer
A mi me pasó con un Fiat Uno que vendí hace como 8 años, resulta que en una consignataria me lo tomaron en parte de pago de otro carro, ellos se lo vendieron a una persona en Cali, al cual, por quedarles debiendo plata, no le hicieron el traspaso.
El que quedó con el carro en Cali pagó sólo como 4 años de impuestos, pero luego no se sabe qué pasó y no le volvió a pagar, como las placas eran de Bogotá empezaron a amenazar con embargo a mi esposa (el Fiat estaba a nombre de ella), así que la única salida que tuvimos, fue pagar como 1'500.000 para sanear los impuestos y las multas y de una hicimos el traspaso a nombre de persona indetermindada, con eso ya dejan la cobradera.

Si en algún momento, al que tiene el carro lo detienen en la calle, le toca comunicarse con el que lo puso a nombre de persona indeterminada y ahí le puede uno reclamar la plata, pero si es un carro de poco valor, lo mas seguro es que eso se pierda.
 
parece que la unica solucion es pagar, y enviar una carta por si de pronto devuelven algo de los cancelado, como mencione fue hace 37 años, si existe ese carro debe ser una reliquia
 
mucachos cuando se puede hacer un traspaso a persona indeterminada.... vendi una moto y el man que la compro no ha hecho traspaso ni contesta....la moto no aparece con soat o tecno vigente
 
parece que la unica solucion es pagar, y enviar una carta por si de pronto devuelven algo de los cancelado, como mencione fue hace 37 años, si existe ese carro debe ser una reliquia
Sí o sí le toca pagar impuestos, pero igual trate de llegar a un acuerdo de pago que le rebajen y pague a cuota, para que así no le continúe el proceso de embargo. Si no le rebajan y como le están cobrando impuesto desde el 2000 puede tratar de meter un derecho de petición para que le prescriba algunos unos años, asesórese con alguien que tenga más conocimientos en Estatuto Tributario Nacional para determinar cuánto años tiene derecho a que le prescriban.

Tiene que hacer lo que dijo [sC+].Croft hacer un traspaso a nombre de persona indeterminada, pero tiene que averiguar bien si hay una resolución vigente para eso y los requisitos.

Un familiar soluciono hace como dos años ese problema haciendo el traspaso a persona indeterminada, pero en su momento esa resolución la saco creo que el ministerio de transporte pero solo por dos años y entre los requisitos había que estar a paz y salvo con los impuestos, multa etc, demostrar que han transcurrido al menos 3 años contados el momento en que dejo ser poseedor..

Si logra el traspaso y después de tres años no aparece rastro del carro dan de baja el carro matricula todo.

Edit: Por medio la Resolución 3123 de de 17 de Octubre 2014 se prorroga por (1) un año la vigencia de la Resolución 10028 de 12 de octubre de 2012 donde se establece el procedimiento de traspaso a persona indeterminada.
En resumen tiene hasta el 17 Octubre de este año 2015 para realizar el procedimiento.

http://www.elheraldo.co/local/trami...indeterminada-vence-este-16-de-octubre-169633
https://www.medellin.gov.co/movilid...ara-realizar-traspaso-a-persona-indeterminada
 
Última edición:
Buenas tardes

Queria hacer una consulta, necesito sacar un duplicado de mi licencia de conducción, pero tengo un comparendo que me realizaron hace 10 años, en Ibague, segun el simit tiene resolución, pero nunca me ha llegado alguna notificación de ella, la resolución al parecer la hicieron 15 dias despues del comparendo, queria saber si en base al tiempo ya esta preescrito sin importar que tenga o no resolución, o si o si debo cancelarlo, al mirar sigue costando lo mismo que en ese entonces.
 
Ya esta prescrito, envía un oficio al organismo de transito donde esta el comparendo, solicitando la declaratoria de prescripción del mismo.


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Ya q están hablando de tránsito alguien sabe el proceso para recuperar la licencia de conducción después de q me la removieron por licor? El 3 de diciembre sale de fecha final en simit

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Para responder la pregunta del copie y pegue hay que saber que la propiedad intelectual se divide en dos grandes ramas, una es la propiedad industrial y la otra son los derechos de autor, todas las obras literarias (Dentro de las cuales se encuentran los términos y condiciones de una empresa siempre que sean originales) lo que significa que si si están protegidos por la propiedad intelectual y que en ese caso hipotetico DEuno podría demandar a la otra empresa, sin embargo hay que decir que existen derechos morales y derechos patrimoniales, pero ese es otro tema
 
Amigos tengo una duda, es sobre una bobada pero igual quedé con la inquietud, resulta que compré un producto en una papelería, me voy a probarlo pero no me funcionó para lo que quería, por lo que me devuelvo ahí mismo para exigir el dinero.

Bueno hablamos sobre la ley que permite hacer cambios y cosas así, que hicieron hace poco, pero él me asegura que devolver el dinero es únicamente cuando el producto sale defectuoso, en este caso estaba bueno pero no me servía para lo que yo quería, entonces que sólo me lo cambiaba por otro ejemplar, otro producto del mismo valor u otro producto más costoso dando el exedente obviamente.

Que yo tenga entendido en cualquier caso uno se puede arrepentir en un plazo como de 5 días o algo así, y uno escoge si quiere otra cosa o el dinero.
 
Amigos tengo una duda, es sobre una bobada pero igual quedé con la inquietud, resulta que compré un producto en una papelería, me voy a probarlo pero no me funcionó para lo que quería, por lo que me devuelvo ahí mismo para exigir el dinero.

Bueno hablamos sobre la ley que permite hacer cambios y cosas así, que hicieron hace poco, pero él me asegura que devolver el dinero es únicamente cuando el producto sale defectuoso, en este caso estaba bueno pero no me servía para lo que yo quería, entonces que sólo me lo cambiaba por otro ejemplar, otro producto del mismo valor u otro producto más costoso dando el exedente obviamente.

Que yo tenga entendido en cualquier caso uno se puede arrepentir en un plazo como de 5 días o algo así, y uno escoge si quiere otra cosa o el dinero.

acá está todo (adjunto ley 1480), el plazo para devolver un producto es de 5 días hábiles pero por compras por medio no tradicionales (internet ETC.)

Busque: Artículo 47. Retracto.
 

Archivos adjuntos

  • Estatuto del Consumidor Ley 1480 de 2011.pdf
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