[Consultorio Jurídico Laneros]

Estado
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Creo, me parece, que antes de recurrir a la tutela debes haber hecho las vueltas en la EPS para que tu solicitud sea evaluada por un CTC (Comité Técnico Científico). Ya ahí si te la niegan entonces sí podrías demandar tu derecho amparado en la tutela.
Si, efectivamente eso fue lo primero que hice y el comité técnico negó mi solicitud... por eso ahora necesito poner la tutela
 
Una pregunta sobre derechos laborales:

Si pedí tres dias adelantados de mis vacaciones y en esos tres dias laborales hay un dia festivo, me descuentan 4 dias? Es que eso hicieron, pense que era un error. Pero un compañero me dice que cuando hay un dia festivo ese dia se descuenta del salario (pero no se cuenta como dia de descanso)

Gracias por aclararme la duda.

Partamos de la base que las vacaciones no se adelantan, el derecho sólo se adquiere cuando se cumpla el año de servicios.

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En mi experiencia personal, pedi 8 día de vacaciones antes de cumplir el año en una empresa y me los otorgaron sin problema.

Hasta donde se, uno va acumulando los día de vacaciones a medida que trabaja y cuando cumple el año es que los "pide" pero de igual manera es posible pedir días antes del año de servicio y ya es la empresa en la que se labora la que tiene la libertad de otorgarlos o no.

Respecto al festivo, en mi caso, no me contaron el día como día de descanto y tampoco me lo descontaron.
 
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Señores consulta.


Tengo un contrato en el que registro como empleado de confianza, ahora la empresa hizo un negocio en el cual tengo que estar dos días en un turno de noche, es decir lunes 10 pm a 6 am de martes - martes 10pm a miercoles 6 am en este orden de ideas yo debería por lo menos ganar un tema de recargo nocturno ?? , o al ser empleado de confianza pueden ponerme a laborar en la noche sin recibir nada.

nota:Ademas hoy lunes me pusieron a trabajar 7 am a 1 pm y 2 a 4
 
En mi experiencia personal, pedi 8 día de vacaciones antes de cumplir el año en una empresa y me los otorgaron sin problema.

Hasta donde se, uno va acumulando los día de vacaciones a medida que trabaja y cuando cumple el año es que los "pide" pero de igual manera es posible pedir días antes del año de servicio y ya es la empresa en la que se labora la que tiene la libertad de otorgarlos o no.

Respecto al festivo, en mi caso, no me contaron el día como día de descanto y tampoco me lo descontaron.
Ojo, esto es discrecional del empleador ya que el derecho se causa al cumplir el año de servicio, el empleado no está OBLIGADO a concederla y esto se da en casos especiales o vacaciones colectivas, y se deben tener en cuenta los siguientes parámetros:

a. Se deben remunerar con el salario que esté devengando el trabajador al entrar a disfrutarlas.

b. Si el contrato termina antes de que se complete al año de servicios no podrá exigírsele al trabajador en ningún momento que reintegre el valor recibido por las vacaciones que disfrutó de forma anticipada.

c. Cuando el trabajador cumpla el año de servicios no tendrá derecho a que se le otorgue un nuevo periodo de vacaciones; además, en este caso el trabajador tampoco tendrá derecho a que le reajuste con el último salario lo que ya recibió por vacaciones anticipadas
 
Buenas noches,

Bueno tengo una duda respecto a una demanda por Fiscalia:

Resulta y pasa que mi esposa tuvo dos hijos con otro tipo (niño de 4 años y niña de 3), el tipo nunca ha respondido por lo niños y el descarado tiene un buen trabajo y gana bien y ni por esas. Por el niño se había hecho el proceso por comisaria de familia y se firmo un acta de conciliación cuando el niño tenia como un año de nacido. En el acta el debía darle 180.000 mensuales los cuales nunca le ha dado nada; se volvió a citar con la comisaria de familia y el tipo nunca fue y ya como ultima estancia le dijeron a mi esposa que tenia que poner una demanda por alimentos en la Fiscalia.

Ya se abrió un proceso en la Fiscalia ya hace mas de un año y siempre que ella va a averiguar el tema siempre le salen que tiene que volver en 50 días mientras se asigna un policía civil para entablar una investigación por el tipo, cosa que no se ha hecho por el momento porque el tipo sigue campante y en la Fiscalia no dan razón.

Hay alguna forma de acelerar ese proceso o que se puede hacer porque ya el niño va a cumplir 5 años y nada. Por la niña le dijeron a ella que debía abrir un proceso aparte como se hizo por el niño, osea bienestar familiar y luego una conciliación y etc... Pero no hay una forma para que el pague el incumplimiento de la niña por estos 3, casi 4 años que no responde por ella...

No hemos contratado abogados ni nada porque según por Fiscalia no se requiere, pero raro que esto demore tanto, a este paso ese tipo lo van a citar cuando los niños tengan 18 años ....

Adicional mente hay forma de que ella pueda quitarle la patria potestad de los niños?.... Pues la familia ha sido un dolor de cabeza para mi esposa y los niños porque van siempre a amenzarla que se los van a quitar (cosa que no pueden) y bueno, para alejar esa gente de la vida de ella y los niños...


Si saben de algun sitio donde asesoren este tipo de temas...


Muchas gracias.
 
Buenas noches,

Bueno tengo una duda respecto a una demanda por Fiscalia:

Resulta y pasa que mi esposa tuvo dos hijos con otro tipo (niño de 4 años y niña de 3), el tipo nunca ha respondido por lo niños y el descarado tiene un buen trabajo y gana bien y ni por esas. Por el niño se había hecho el proceso por comisaria de familia y se firmo un acta de conciliación cuando el niño tenia como un año de nacido. En el acta el debía darle 180.000 mensuales los cuales nunca le ha dado nada; se volvió a citar con la comisaria de familia y el tipo nunca fue y ya como ultima estancia le dijeron a mi esposa que tenia que poner una demanda por alimentos en la Fiscalia.

Ya se abrió un proceso en la Fiscalia ya hace mas de un año y siempre que ella va a averiguar el tema siempre le salen que tiene que volver en 50 días mientras se asigna un policía civil para entablar una investigación por el tipo, cosa que no se ha hecho por el momento porque el tipo sigue campante y en la Fiscalia no dan razón.

Hay alguna forma de acelerar ese proceso o que se puede hacer porque ya el niño va a cumplir 5 años y nada. Por la niña le dijeron a ella que debía abrir un proceso aparte como se hizo por el niño, osea bienestar familiar y luego una conciliación y etc... Pero no hay una forma para que el pague el incumplimiento de la niña por estos 3, casi 4 años que no responde por ella...

No hemos contratado abogados ni nada porque según por Fiscalia no se requiere, pero raro que esto demore tanto, a este paso ese tipo lo van a citar cuando los niños tengan 18 años ....

Adicional mente hay forma de que ella pueda quitarle la patria potestad de los niños?.... Pues la familia ha sido un dolor de cabeza para mi esposa y los niños porque van siempre a amenzarla que se los van a quitar (cosa que no pueden) y bueno, para alejar esa gente de la vida de ella y los niños...


Si saben de algun sitio donde asesoren este tipo de temas...


Muchas gracias.
De una busque un abogado, si bien no es necesario dado el tipo de problema, el abogado haría todo más rápido al saber a donde dirigirse y como hacerlo.
 
tengo un amigo que tiene una hija extramatrimonial la cual tiene 21 años y esta trabajando.. en estos momentos le pasa una cuota mensual.. pero el tiene un hijo pequeño y esta pasando una situa grave... es posible ya que la hija trabaja dejar de pasarle la cuotao reducirla??.. gracias
 
tengo un amigo que tiene una hija extramatrimonial la cual tiene 21 años y esta trabajando.. en estos momentos le pasa una cuota mensual.. pero el tiene un hijo pequeño y esta pasando una situa grave... es posible ya que la hija trabaja dejar de pasarle la cuotao reducirla??.. gracias
Creo que tenia obligación hasta los 18, de allí para arriba no y menos si trabaja, a menos que esté en una condición de discapacidad.

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tengo un amigo que tiene una hija extramatrimonial la cual tiene 21 años y esta trabajando.. en estos momentos le pasa una cuota mensual.. pero el tiene un hijo pequeño y esta pasando una situa grave... es posible ya que la hija trabaja dejar de pasarle la cuotao reducirla??.. gracias
La obligación va únicamente hasta los 18 (puede durar más si la joven está estudiando) pero como dice que ella está trabajando ya no tiene la obligación de seguir pagando.

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Ah no, pero si está estudiando tiene que seguir pagandole, hasta que finalice la carrera o se retire de ella.

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Ahí habría que entrar a mirar si el trabajo le permite mantenerse sola, porque de ser así su amigo podría dejar de pagar esa obligación a pesar de que esté estudiando.

Tengo entendido que si la joven estudia y por ejemplo no le quefa tiempo para trabajar ahí sí tendría que seguir pagandole, pero como no es el caso... debería decirle a su amigo que vaya al juzgado donde está el proceso y que exponga el caso de que ella trabaja y se mantiene sola para que de una le cierren ese proceso y no tenga problemas en un futuro.

(disculparan si estoy errado en algo)

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Última edición:
ese es el lio.. el proceso esta en el caqueta....


Pues a su amigo le va a tocar irse hasta el caqueta y primero ir a la comisaria de familia, ellos tratan de buscar una conciliacion como primera medida y si se demuestra que ella trabaja y estudia le quitan eso de una.... Digale a su amigo que lleve todos los papeles del bebe pequeño, en esos casos y para el ICBF siempre prima la primera infancia. Malo que bueno la otra hija ya tiene 21 y trabaja.
 
Buenas Noches Laneros
Solicito asesoría con un caso, de antemano muchas gracias.

En la noche de hoy mi novia al decender de un bus integrado al Metro de Medellin, fue derribada puesto que el conductor no espero a que ella bajara del vehículo. Ella callo al pavimento, sufrió golpes en las piernas y en las manos. El conductor del Bus no le presto ayuda y continuo su recorrido. Mi novia no pudo hacer nada y la gente al rededor tomo el numero del Movil del vehículo y las placas.

Mi novia entro a la casa y se logro comunicar con la linea de la Empresa Privada, el área jurídica de dicha empresa le tomo la queja, se comunico con el conductor y le respondió lo siguiente a mi novia: Como el conductor del Bus no se dio cuenta del accidente y el no hizo el reporte del suceso, la empresa no se responsabiliza de nada porque es la palabra de mi novia contra la del conductor. Lo único que podemos hacer es ir mañana a una notaria, hacer una declaración extra juicio, llevarla a las oficinas de la empresa privada y con ello pedirles que el SOAT del vehículo responda por las heridas o contusiones.

Ustedes me aconsejan hacer eso que nos sugirió la Empresa Privada (declaración estra juicio y SOAT) o podemos ir mas allá y exigir algún tipo de indemnización, ademas de una investigación disciplinaria contra el conductor.?
Mi novia tiene EPS, es recomendable que ella acuda con su medico de familia y la revisen, que le manden acetaminofen y dejar todo en el pasado o es conveniente hacer todo ese tramite para que el SOAT la atienda.?

Mil gracias. un saludo.
 

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