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Bueno señores, vengo a que me iluminen para no cometer una estupidez por ignorancia. Voy a realizar mi primera compra utilizando casillero, después de mucho leer voy a usar TCC Box para traer cosas solas como en este caso un lapicero de 60 dólares de amazon.

Sé que lo primero es pagar en dólares en amazon, pero de ahí en adelante ni idea. Apenas compre en amazon debo enviar algún correo a los de TCC, algo que les he leído llamando pre-alerta? Cuándo es que se les dice por cuánto quiero declarar el artículo? Algún consejo para no irla a embarrar? Gracias de antebrazo a los que me ayuden.
 
Bueno señores, vengo a que me iluminen para no cometer una estupidez por ignorancia. Voy a realizar mi primera compra utilizando casillero, después de mucho leer voy a usar TCC Box para traer cosas solas como en este caso un lapicero de 60 dólares de amazon.

Sé que lo primero es pagar en dólares en amazon, pero de ahí en adelante ni idea. Apenas compre en amazon debo enviar algún correo a los de TCC, algo que les he leído llamando pre-alerta? Cuándo es que se les dice por cuánto quiero declarar el artículo? Algún consejo para no irla a embarrar? Gracias de antebrazo a los que me ayuden.


Cuando llega el paquete a box tcc ellos te envían un correo, los paquetes normalmente les falta la declaración del valor. Usted entra a la página y lo declara, para pagarlo tiene la opción de seleccionar pago contraentrega (Se q funciona en Medellín, las otras ciudades no se), pago con TC o PSE (tarjeta débito).
 
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Si 4-72 despachó de Miami esta mañana el paquete cuanto es el tiempo aproximado que llegue a Bogotá ? Miércoles ?

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Tengo una duda, resulta que en Amazon compré algo pero lo mandé al casillero de boxtcc, sin embargo, en billing address quedó la dirección de 4-72, tengo miedo de que me llegue una factura al casillero de 4-72 y que me la tramiten como un paquete (y aparte me cobren los 15USD de la anualidad)
 
Vean lo que se puede venir:

https://www.gobiernoenlinea.gov.co/web/guest/novedades?groupId=10136&articleId=2477905

"En ningún caso se permitirá la importación de equipos móviles celulares o sus partes en condiciones especiales de mercado, a través de la modalidad de importación por tráfico postal y envíos urgentes. El incumplimiento de lo previsto en este artículo dará lugar a lo establecido en los artículos 197 y siguientes del Decreto 2685 de 1999 y demás normas concordantes. "
 
Vean lo que se puede venir:

https://www.gobiernoenlinea.gov.co/web/guest/novedades?groupId=10136&articleId=2477905

"En ningún caso se permitirá la importación de equipos móviles celulares o sus partes en condiciones especiales de mercado, a través de la modalidad de importación por tráfico postal y envíos urgentes. El incumplimiento de lo previsto en este artículo dará lugar a lo establecido en los artículos 197 y siguientes del Decreto 2685 de 1999 y demás normas concordantes. "

Desde cuando empieza a regir?


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4-72 tiene huevo, sabado y hoy esperando un paquete que tienen en bodega desde el viernes en la noche y nada, llamo a la central de aca y el numero esta suspendido :confused:
 
alguno sabe sobre cambios en la importacion de celulares ??? leyendo la revista semana este articulo del dia de hoy http://www.semana.com/nacion/articulo/vienen-controles-importaciones-de-celulares/405220-3
veo que van a poner nuevas condiciones para la importacion de celulares y buscando en google encuentro que hay un proyecto de decreto para prohibir la importacion de celulares... quien sabe bien sobre esto ... y lo que veo es que dentro de poco aprueban este proyecto asi que quedaria prohibida la importacion de celulares vean este aparte del proyecto :
este es el link:

https://www.gobiernoenlinea.gov.co/web/guest/novedades?groupId=10136&articleId=2477905

ARTÍCULO 3. Disposiciones especiales para la importación. De conformidad con lo previsto en el artículo anterior, únicamente se podrán importar los equipos móviles celulares y sus partes, en condiciones especiales de mercado, en los siguientes eventos:

1. Bajo la modalidad de viajeros como equipaje, siempre que sean artículos de uso personal, que el viajero los ingrese en cantidad no superior a tres (3) unidades ya sea como equipaje con franquicia de tributo único o con pago del mismo, según lo establecido en los artículos 207 y 208 del Decreto 2685 de 1999.

2. Bajo las modalidades de reimportación por perfeccionamiento pasivo e importación en cumplimiento de garantía, siempre que se acredite, en ambos casos, que se trata de los mismos equipos móviles celulares o sus partes exportados previamente, de conformidad con la verificación que realice la DIAN en el proceso de importación. En este caso la licencia de importación será documento soporte necesario para estas operaciones.

En ningún caso se permitirá la importación de equipos móviles celulares o sus partes en condiciones especiales de mercado, a través de la modalidad de importación por tráfico postal y envíos urgentes. El incumplimiento de lo previsto en este artículo dará lugar a lo establecido en los artículos 197 y siguientes del Decreto 2685 de 1999 y demás normas concordantes.
 
Cito lo que colocaron en otro post sobre la importación de celulares

Pero debió leer todo el artículo
ARTÍCULO 1. Ámbito de aplicación. El presente decreto será aplicable a la importación o exportación de equipos móviles celulares y sus partes clasificables en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, cuando se encuentren en condiciones especiales de mercado.

Para el efecto, se entiende como producto en condiciones especiales de mercado, el que presenta una o varias características particulares por las cuales puede ser catalogado por el fabricante, comercializador o importador como: usado, imperfecto, reparado, reconstruido, reformado, restaurado (refurbished), de baja calidad (subestándar), remanufacturado, repotencializado, descontinuado, recuperado, refaccionado, de segunda mano, de segundo uso, segundas, terceras, fuera de temporada u otra condición similar.

CAPITULO I

IMPORTACIÓN

ARTÍCULO 2. Importación de productos en condiciones especiales de mercado. De conformidad con lo establecido en el Decreto 925 de 2013, la importación de los productos en condiciones especiales de mercado de que trata el artículo 1º de este decreto, estará sujeta al régimen de licencia previa y sólo se autorizará en los casos previstos en el artículo 3º de este Decreto o en situaciones especiales reguladas por el Gobierno Nacional.

Parágrafo. La importación de estas mercancías remanufacturadas deberá cumplir lo establecido en el presente decreto, independientemente del país de origen o procedencia.

ARTÍCULO 3. Disposiciones especiales para la importación. De conformidad con lo previsto en el artículo anterior, únicamente se podrán importar los equipos móviles celulares y sus partes, en condiciones especiales de mercado, en los siguientes eventos:

1. Bajo la modalidad de viajeros como equipaje, siempre que sean artículos de uso personal, que el viajero los ingrese en cantidad no superior a tres (3) unidades ya sea como equipaje con franquicia de tributo único o con pago del mismo, según lo establecido en los artículos 207 y 208 del Decreto 2685 de 1999.

2. Bajo las modalidades de reimportación por perfeccionamiento pasivo e importación en cumplimiento de garantía, siempre que se acredite, en ambos casos, que se trata de los mismos equipos móviles celulares o sus partes exportados previamente, de conformidad con la verificación que realice la DIAN en el proceso de importación. En este caso la licencia de importación será documento soporte necesario para estas operaciones.

En ningún caso se permitirá la importación de equipos móviles celulares o sus partes en condiciones especiales de mercado, a través de la modalidad de importación por tráfico postal y envíos urgentes. El incumplimiento de lo previsto en este artículo dará lugar a lo establecido en los artículos 197 y siguientes del Decreto 2685 de 1999 y demás normas concordantes.

ARTÍCULO 4. Declaración Anticipada. A partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN establecerá la obligatoriedad de presentar declaración de importación anticipada para las mercancías descritas en el artículo 1º ibídem, independientemente de su origen o procedencia.

ARTÍCULO 5. Descripciones Mínimas. De conformidad con lo previsto en las normas por las cuales se señalan las descripciones mínimas de los bienes objeto de importación, en la declaración de importación hará parte de la descripción el número de IMEI (International Mobile Equipment Identity), código de identificación de teléfonos móviles celulares, clasificables en la subpartida arancelaria 8517.12.00.00.

ARTÍCULO 6. Información de los IMEI. Para efectos de la verificación en la Base de Datos negativa nacional el administrador de la base de datos de que trata el artículo 106 de la Ley 1453 de 2011 pondrá a disposición de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, la información de los IMEI de los equipos terminales móviles que se encuentren registrados en la base de datos negativa con reporte de hurto o extravío.

Para efectos de la verificación en la Base de Datos negativa internacional la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, deberá realizar la consulta vía Web a la base de datos de IMEI de la Asociación Mundial de Operadores GSM –GSMA.

Parágrafo. No podrán ser objeto de importación los equipos terminales móviles cuyo IMEI se encuentre registrado en la base de datos negativa con reporte de hurto y/o extravío en Colombia o en el exterior.


En resumidas cuentas
Si va a importar un teléfono y esta reportado no le llegara a sus manos
Al igual si exporta un teléfono reportado
Pero los ladrones no usan medios legales de importación y exportación



Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk

Un saludo
 
bueno y reporto otra entrega a tiempo con el casillero de 4-72 comprado en ebay el 30 de septiembre, llego al casillero en Miami el 3 de octubre y lo recibi hoy 6 de octubre a las 2pm, hasta ahora muy buen servicio,
 
ARTÍCULO 1. Ámbito de aplicación. El presente decreto será aplicable a la importación o exportación de equipos móviles celulares y sus partes clasificables en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, cuando se encuentren en condiciones especiales de mercado.

Para el efecto, se entiende como producto en condiciones especiales de mercado, el que presenta una o varias características particulares por las cuales puede ser catalogado por el fabricante, comercializador o importador como: usado, imperfecto, reparado, reconstruido, reformado, restaurado (refurbished), de baja calidad (subestándar), remanufacturado, repotencializado, descontinuado, recuperado, refaccionado, de segunda mano, de segundo uso, segundas, terceras, fuera de temporada u otra condición similar.

Es decir, que si se podran importar celulares nuevos, porque no estan entre esas condiciones especiales de mercado, que alguien me corrija si me equivoco.
 
Buenos días,
Solo quería compartirles mi experiencia con USACO. Me acaban de cobrar 78.000 por traer 6 Libras con el peor de los servicios. Estos son los valores aproximados que me dieron:
22 usd valor envió hasta 10 lb
5 usd Costo nacionalizacion
3 usd Seguro
$17.250 impuestos 29% (Por un valor declarado arbitrariamente)

El paquete se demoro en llegas casi 8 días hábiles y tuve que llamar en repetidas ocasiones para verificar el estado ya que su pagina no da ninguna INFORMACIÓN. Sin llamar seguramente habrían sido uno 12 días hábiles por lo menos.

Conclusión, eviten esta empresa para sus envíos http://usaco.logisflow.com/Casilleros.

Es mejor malo conocido (472-ABE) que bueno por conocer.
 
Yo he usado mucho casilleros para cosas pequeñas, pero ahora requiero traer un PC (35 libras) no se cual sea la mejor opción costo/beneficio estuve utilizando los simuladores de algunos casilleros y puff, vale casi 500 mil la traída con seguro. Por eso requiero un consejo sobre cual sería la mejor opción. Gracias.
 
Yo he usado mucho casilleros para cosas pequeñas, pero ahora requiero traer un PC (35 libras) no se cual sea la mejor opción costo/beneficio estuve utilizando los simuladores de algunos casilleros y puff, vale casi 500 mil la traída con seguro. Por eso requiero un consejo sobre cual sería la mejor opción. Gracias.
Ya cotizó con el casillero VIP?
 
Tengo una duda, resulta que en Amazon compré algo pero lo mandé al casillero de boxtcc, sin embargo, en billing address quedó la dirección de 4-72, tengo miedo de que me llegue una factura al casillero de 4-72 y que me la tramiten como un paquete (y aparte me cobren los 15USD de la anualidad)

No se preocupe que ellos no mandan nada al billing address la factura Amazon la envia junto con el paquete al shipping address y algunas veces ni envia nada.
 
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Hola, tengo una duda:

En Amazon se puede hacer compras con tarjeta débito "Visa Electron" Colombiana?. Estuve viendo que Amazon no pide el código que está al reverso de la tarjeta (mi tarjeta no lo tiene).

Muchas gracias
 
Hola, tengo una duda:

En Amazon se puede hacer compras con tarjeta débito "Visa Electron" Colombiana?. Estuve viendo que Amazon no pide el código que está al reverso de la tarjeta (mi tarjeta no lo tiene).

Muchas gracias
Si, pero se tiene que contactar con su banco para que le habiliten la opción de compras internacionales. Saludos
 

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