Finca raíz Inmobiliaria me obligan a pagar servicio telefonico y nunca me dijeron tenia telefono!

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ColombiaExpress

Lanero Reconocido
17 Nov 2011
2,320
Laneros:

Espero esten muy bien...... y ojala alguien me pueda dar un poquit de luz al respecto de esta situacion:

estafados.jpg

Tome un apartamento en arriendo..... el contrato tiene una clausula que dice que estoy obligado a pagar "servicios publicos domiciliarios" pero no tenia idea que el telefono lo fuera! y menos aun que tuviera linea el apartamento porque cuando pregunte me dijeron que no y que si la hubiera era problema del propietario.

"SERVICIOS: Estaran a cargo del arrendatario los servicios publicos domiciliarios y los siguientes servicios adicionales: ___________ [en blanco]"

Ahora la inmobiliaria me esta acosando con correos electronicos (y supongo sera carta-documento en cualquier momento) diciendo que debo pagar el telefono.....y llevo ya mas de 6 meses sin saber que tenia linea porque ellos me lo negaron.

Estoy desesperado....... que se supone deba hacer ??? creeria que la linea telefonica no es transferible porque es de uso personal... o pretenden que haga de secretaria del propietario y anteriores inquilinos ???

No se entiende...... pero estoy viendo que me van a hacer pagar algo que no he usado, que no sabia tenia y que me negaron tener.


Muchisimas gracias a todos!!!!!!
 
Última edición:
Eso es un error de ellos y se lo quieren cobrar a usted. Mande una carta diciendoles que no va a pagar nada porque usted nunca ha usado esa linea (y eso seguramente se puede demostrar con los consumos en las cuentas de servicios)

Desde mi experiencia, las lineas telefonicas, TV e Internet siempre son del titular, no de la propiedad (distinto a energia, agua y gas que si pertenecen al inmueble) entonces que le cobren a la persona dueña de esa linea.
 
Eso es un error de ellos y se lo quieren cobrar a usted. Mande una carta diciendoles que no va a pagar nada porque usted nunca ha usado esa linea (y eso seguramente se puede demostrar con los consumos en las cuentas de servicios)

Desde mi experiencia, las lineas telefonicas, TV e Internet siempre son del titular, no de la propiedad (distinto a energia, agua y gas que si pertenecen al inmueble) entonces que le cobren a la persona dueña de esa linea.

Amigazo..... gracias por responder... hasta donde entendia es asi... pero vio... no se nada de leyes y no me quiero confiar
 
La línea telefónica está incluida en el contrato?
Si no es así no le pueden cobrar nada, servicios públicos, son agua, luz y/o gas domiciliario, nada más
 
La línea telefónica está incluida en el contrato?
Si no es así no le pueden cobrar nada, servicios públicos, son agua, luz y/o gas domiciliario, nada más

Compa... el problema es una clausula que dice asi:

"SERVICIOS: Estaran a cargo del arrendatario los servicios publicos domiciliarios y los siguientes servicios adicionales: ___________ [en blanco]"

... luego de investigar me di cuenta (tarde) de que en Colombia los servicios de telefonia SON servicios publicos y en el caso de la fija es un servicio publico domiciliario

La cosa es es que no dicen "instalados" ni nada de eso... y como no me dijeron y no aparece en concreto ningun numero de linea... no sabia que la hubiere (ademas de que me lo negaron al firmar contrato)
 
Compa... el problema es una clausula que dice asi:



... luego de investigar me di cuenta (tarde) de que en Colombia los servicios de telefonia SON servicios publicos y en el caso de la fija es un servicio publico domiciliario

La cosa es es que no dicen "instalados" ni nada de eso... y como no me dijeron y no aparece en concreto ningun numero de linea... no sabia que la hubiere (ademas de que me lo negaron al firmar contrato)

Efectivamente el teléfono fijo es un servicio público domiciliario. Ahí no hay nada que hacer, es mejor pagar porque la clausula es clara.

Me imagino que es una línea de la ETB, con ellos siempre se tienen esos problemas porque no envían facturas ni nada por el estilo.
 
Efectivamente el teléfono fijo es un servicio público domiciliario. Ahí no hay nada que hacer, es mejor pagar porque la clausula es clara.

Me imagino que es una línea de la ETB, con ellos siempre se tienen esos problemas porque no envían facturas ni nada por el estilo.

Similar.... es UNE porque estoy en Medellin y si... la clausua es clara desde el momento que se entiende que es un "serivicio publico" (cosa que ignoraba por completo) y si hubiera sabido que habia una linea (cosa que me negaron)

<< por lo ultimo pregunto que se puede hacer
 
Similar.... es UNE porque estoy en Medellin y si... la clausua es clara desde el momento que se entiende que es un "serivicio publico" (cosa que ignoraba por completo) y si hubiera sabido que habia una linea (cosa que me negaron)

<< por lo ultimo pregunto que se puede hacer

Yo pagaría y pondría una queja contra la Superintendencia de Industria y Comercio pidiendo que me devuelvan la plata.

Es que si usted se queda sin pagar puede que esa deuda crezca mucho si lo demandan o lo reporten a una central de riesgo.
 
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Similar.... es UNE porque estoy en Medellin y si... la clausua es clara desde el momento que se entiende que es un "serivicio publico" (cosa que ignoraba por completo) y si hubiera sabido que habia una linea (cosa que me negaron)

<< por lo ultimo pregunto que se puede hacer
Yo trabajo en una empresa que entre sus productos ofrece una figura de "aseguradora de arriendos" por decirle de esa forma y en los contratos por lo general se maneja un producto que cubre un seguro en caso de que el arrendatario no pague los servicios publicos del inmueble pero en estos casos siempre he visto que en el contrato de arrendamiento se especifica que el arrendatario esta en la obligacion de pagar dichos servicios publicos. Si firmaste eso nada que hacer, pagar y tal vez como dice sabado poner una queja en la SIC. Por ejemplo y si es el caso que te menciono, en caso de que dejes el arriendo y no pagues los servicios publicos la inmobiliaria o "aseguradora" responsable asume el gasto y te reporta a centrales de riesgo
 
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Venga y no le llegaban recibos al inmueble?

Por eso en los contratos se debe ser muy claro con QUE se incluye, para evitar esas ambigüedades.
 

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