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Guest
Toda copia sería ilegal, AUN SI SE HACE SIN ANIMO DE LUCRO. Los discos vírgenes y todo equipo de reproducción (incluyendo quemadoras y fotocopiadoras) sería gravado con un canon de derechos de autor, y las patentes de software se impondrían en Europa y Latinoamérica. La "lucha antipiratería" oculta intereses económicos privados en contra del software libre.
Lo que pretendo con este foro es abrir un espacio de discusión sobre los siguientes temas: copias de formatos digitales, en particular música, juegos, películas y programas, impuesto de derechos de autor sobre medios digitales, y patentes de software. Comencemos por las preguntas ¿es ilegal copiar un CD o un DVD? ¿Es ilegal bajar música de Internet? ¿Es ilegal el P2P?INDICE DEL FORO(Cada mensaje dentro del foro se denomina post y tiene un número en la parte superior izquierda)
Indice Por Temas (se indica el tema y en frente, los números de post que hablan del tema):
Globalización y "Lucha Antipiratería"El Software Libre Frente a la "Lucha Antipiratería"
- El TLC con USA y la "lucha antipiratería": 1, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 33, 34, 43, 45, 84, 108, 129 (ver también el foro TLC, ¿ganaremos o perderemos?)
- La globalización de la "lucha antipiratería": 15, 25, 33, 38, 42, 43, 79, 81, 82, 90, 98, 108, 110, 111, 112, 131, 140
- Leyes diseñadas para favorecer a las multinacionales, en contra de las libertades del ciudadano: 1, 14, 16, 18, 20, 21, 24, 33, 43, 49, 55, 57, 60, 62, 63, 65, 71, 82, 84, 85, 86, 90, 97, 108, 110, 119, 123, 131, 140, 150, 165
Impuestos de Derechos de Autor
- Cómo afecta la "lucha antipiratería" al software libre, la música libre, y otros movimientos similares: 14, 16, 20, 24, 25, 26, 28, 33, 36, 45, 49, 55, 57, 62, 63, 71, 79, 81, 84, 85, 98, 108, 110, 111, 112, 120, 121, 122, 123, 127, 134, 140, 149, 165 (ver también los foros De por qué adoptar Software Libre en las entidades del estado, ¿Reproducir DVD en Linux es ilegal?, y Comenzó el proyecto OpenSolaris )
- Patentes de Software: 1, 8, 12, 26, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 45, 57, 72, 73, 81, 84, 90, 108, 110, 122, 128, 129 (ver también el foro Patentes de Software, ¿Estas de Acuerdo Con ellas?)
Legislación en Torno a la "Piratería"
- Abusos de entidades recaudadoras del canon de derechos de autor: 24, 42, 43, 45, 55, 57, 62, 72, 82, 85, 94, 97, 98, 108, 110, 113, 114, 123
- Canon a Dispositivos de Copia: 1, 16, 18, 24, 26, 28, 30, 40, 42, 45, 50, 51, 52, 53, 55, 57, 63, 81, 82, 90, 98, 108
- Canon a la conexión a Internet, control al contenido y restricciones contra el P2P: 16, 18, 19, 22, 24, 33, 39, 42, 45, 55, 57, 58, 63, 72, 81, 82, 98, 108, 150
- Canon a Medios Digitales (discos vírgenes y discos duros): 1, 16, 24, 40, 41, 42, 45, 49, 50, 52, 53, 54, 55, 57, 62, 63, 69, 72, 81, 82, 85, 86, 90, 98, 108, 113, 114
- Canon a MP3: 82, 83, 108
- Contrabando generado por el Canon: 1, 42, 50, 55, 58, 59, 81, 82, 85, 90, 114
- Paradoja entre el cobro del canon y la ilegalidad de la copia privada: 1, 13, 57, 82, 86, 98
- Posiciones de artistas frente a los derechos de autor, el canon y el P2P: 24, 25, 41, 55, 63, 86, 93, 98, 110, 127
"Lucha Antipiratería"
- Criminalización del uso sin ánimo de lucro de material protegido: 1, 11, 43, 55, 86, 91, 93, 96, 97, 108, 123, 150, 164, 165
- Derecho a intercambiar música y video en Internet: 1, 12, 85, 93, 108, 123, 165
- Derecho de Copia Privada: 1, 3, 8, 9, 11, 13, 14, 24, 25, 28, 31, 32, 34, 44, 45, 48, 49, 50, 52, 53, 55, 57, 62, 63, 69, 72, 86, 90, 93, 95, 96, 97, 108, 117, 119, 123, 124, 126, 150, 164, 165
- Derechos de autor: 1, 8, 21, 24, 26, 44, 45, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 60, 62, 63, 79, 93, 95, 97, 98, 108, 110, 123, 150, 164, 165
- El P2P, ¿legal o no?: 1, 8, 9, 12, 13, 14, 45, 46, 49, 57, 58, 60, 61, 62, 63, 67, 81, 85, 86, 90, 93, 95, 97, 98, 103, 105, 107, 108, 110, 118, 119, 120, 123, 125, 126, 127, 149, 150, 164, 165
- Vigilancia permanente a los internautas y otras violaciones a la privacidad: 37, 38, 43, 45, 63, 65, 71, 79, 81, 85, 86, 94, 98, 105, 108, 121, 122, 131, 140, 150
Terrorismo Sicológico para Amedrentar a los Internautas
- Cómo afecta la "lucha antipiratería" el derecho a la cultura: 1, 40, 41, 55, 57, 59, 62, 69, 71, 79, 85, 93, 97, 98, 103, 108, 110, 112, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 126, 140, 149, 165
- Cómo la "lucha antipiratería" agranda la brecha tecnológica entre países ricos y pobres: 24, 33, 49, 55, 61, 84, 108, 165
- Cómo Microsoft y otros productores de software se han beneficiado de la piratería: 49, 63, 77, 78, 79, 85, 123 (ver también el foro Microsoft contra la piratería)
- Cómo sería una verdadera campaña antipiratería: 45, 57, 63, 90, 97
- Los altos costos de los originales y las licencias como motivación para la piratería: 23, 24, 25, 58, 60, 61, 62, 70, 71, 82, 86, 90
- Lucha antipiratería: cortina de humo que esconde la defensa de los intereses de los grandes oligopolios: 1, 24, 49, 55, 57, 62, 63, 79, 82, 84, 85, 86, 90, 93, 97, 98, 103, 105, 108, 110, 119, 120, 121, 122, 123, 127, 131, 140, 149, 165
- Necesidad de cambios en las legislaciones y en los esquemas de negocios: 12, 13, 24, 41, 45, 48, 49, 50, 55, 56, 57, 58, 62, 63, 68, 85, 86, 93, 103, 104, 108, 110, 111, 112, 120, 121, 123, 127, 129, 165
- Protección anticopia en DVD y algunos CD, ¿es legal?: 1, 24, 43, 45, 50, 53, 55, 57, 63, 86, 93, 98, 110
- Qué es piratería: 2, 4, 8, 24, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 52, 53, 55, 56, 57, 58, 62, 63, 71, 74, 76, 78, 85, 96, 97, 123, 126, 140
- Sistemas para saltarse las protecciones anticopia de DVD y CD: 1, 9, 11, 17, 28, 33, 43, 50, 82, 86, 103, 110
Indice de archivos descargables
- Acoso a internautas con mensajes amenazadores y publicidad desinformativa: 63, 85, 86, 90, 93, 98, 103, 108, 110, 123, 140
- El profesor que ha sido censurado y difamado por defender el P2P: 18, 63, 69, 72, 120
- Piratería y Terrorismo no están juntas, y no son la misma cosa: 62, 79, 90
Indice por casos de países
- ADN, P2P y Privacidad (Clay Shirky): 106
- Breve historia de la cultura hacker: 149
- Copia este Libro (David Bueno): 123
- Manifiesto Hacker (McKenzie Wark): 108
- Monopolio y Tecnologia Libre: 149
- Alemania: 1, 27, 33, 51, 55, 81, 82, 98
- Argentina: 38, 79, 81, 85, 119, 122
- Austria: 98
- Australia: 25, 33
- Bélgica: 98
- Canadá: 82
- Chile: 1, 11, 13, 15, 33, 39, 110
- Colombia: 25, 26, 27, 28, 33, 55, 79, 114, 129, 131, 140, 150, 164, 165
- El Mundo: 108, 111, 112, 118, 119, 120, 121, 123, 149, 165
- Eslovaquia: 98
- España: 1, 11, 13, 14, 15, 18, 24, 33, 38, 41, 42, 43, 45, 55, 63, 69, 72, 81, 82, 85, 90, 93, 94, 97, 98, 110, 113, 114, 117, 119, 123, 150
- EUA: 24, 36, 37, 43, 55, 63, 71, 79, 82, 90, 95, 97, 110, 119, 120, 123
- Europa: 16, 21, 81, 82, 84, 90, 97, 110, 128, 129
- Francia: 1, 12, 24, 43, 55, 81, 82, 86, 97, 98, 110
- Holanda: 25, 33, 38, 82
- Inglaterra: 25, 33, 63, 150
- Italia: 63, 85, 98
- Mexico: 28, 90
- Noruega: 63, 122
- Perú: 84
- Suecia: 63, 110, 119
- Suiza: 43, 55, 98
- Venezuela: 84
Existe algo que se llama el derecho de copia privada. Si compro un CD o un DVD, tengo el derecho a copiarlo para mi uso personal (yo considero que eso se llama copia de respaldo, hago un backup para proteger al original del desgaste del uso, y utilizo la copia). Esto aplica también para cualquier formato digital. Yo puedo copiar mis archivos y fotos, o mis programas de software libre en un CD. También puedo grabar algunas canciones en CD o en un casete para regalarselo a una amiga. Sin embargo, en España se cobra un impuesto de derechos de autor a los CD y DVD virgenes. De esa forma, si copio un CD de los Aterciopelados, al comprar el CD-R ya me cobraron un importe para compensar la copia (eso en Colombia equivale a que nos cobraran Sayco-Asinpro cada vez que compramos un CD virgen). Pero, ¿y si lo que copio es una distribución libre de Linux? ¿Por qué me van a cobrar derechos de autor por algo que está en licencia GPL?
Se habla también de gravar las impresoras, escáneres, fotocopiadoras, quemadoras de CD y DVD con un impuesto de derechos de autor (en Alemania ya existe ese impuesto sobre las quemadoras), pues se asume que serán utilizadas para copiar material protegido por copyright (en España hace años existe este gravamen sobre las cintas de audio y VHS, así que si compras una cinta para grabar un demo de una canción tuya, te cobran por adelantado derechos de autor, que paradójicamente, nunca llegarán a tu bolsillo, aún siendo tu el autor). ¿Y si una biblioteca usa una quemadora de CD y un escáner sólo para hacer copias digitales de respaldo de sus libros, para que en caso de incendio o saqueo, no se pierda esa valiosa información? Por supuesto, esto ha generado un gran debate. Muchos internautas, profesionales y organizaciones se han unido para declarar el Manifiesto Todos Contra el Canon en el que
También se ha formado el Movimiento Sin Canon en el que participan varias universidades, grupos de música y sitios de Internet.muestran su rechazo al establecimiento de cualquier canon que grave los soportes, equipos, redes de comunicaciones o tecnologías, a la vez que defienden la utilización de los sistemas digitales de control ya existentes para gestionar los derechos de autor.
Ahora bien, en España se puso en vigencia una norma que ha avivado el descontento entre los internautas. Esta norma pena hasta la copia privada. De hecho, sólo tener el DeCSS o el DVD Decrypter ya sería causal de prisión, con lo que la copia privada pasa de ser un derecho a un delito. Sin embargo, la norma es ambigua, y según la Federación de Consumidores en Acción, copiar CDs y bajar música de Internet es legal, a menos que se haga con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero. Este mismo argumento de legalidad es esgrimido en una publicación del Colegio de Abogados de Barcelona donde se refieren así de la descarga por P2P:
Es sabido que las ambigûedades en las normas unidas a la burocratización de los mecanismos para hacerlas efectivas, son una forma de legislar y no hacer nada, como se desprende del artículo del abogado Javier Muñoz sobre el plan antipiratería del gobierno español. La verdad es que el canon lo que ha hecho es fomentar un mercado negro de medios de contrabando. Nadie va a pagar un CD-R gravado si puede conseguir uno sin impuesto. Sin embargo, el problema está en el concepto: estamos hablando de la criminalización de un derecho. De esto se desprenden dos paradojas:Tras un tiempo en el que las sentencias presentaban opiniones diversas, se ha unificado bastante el criterio, y se entiende que no es ilegal siempre y cuando el único objetivo sea disfrutar de la música.
1) Si es ilegal copiar cualquier DVD o CD protegido, ¿cómo es que cobran un impuesto a los CD y DVD virgenes, con la justificación de que serán usados para copiar CD y DVD? No se puede gravar una mercancía con la justificación de que dicha mercancía va a ser utilizada para cometer un delito. Sería imponer un impuesto sobre una actividad ilegal, no tiene sentido. Sobre este tema, es muy ilustrativa esta carta abierta de una cibernauta airada pero bien argumentada.
2) Si existe una ley que protege el derecho del individuo a tener copias privadas y copias de respaldo, y otra que dice que el sólo hecho de tener herramientas para hacer dichas copias es ilegal, ¿cuál de las normas prevalece?
Aunque tratan del caso español, los siguientes vínculos contienen información importante para comprender lo que comienza a verse en Latinoamérica:
Información de la Asociación de Internautas sobre la penalización de la copia privada.
Apuntes sobre la copia privada.
Un poco de historia sobre el derecho de copia en España.
El canon de copia privada y los soportes para formatos digitales.
El Fin de la Copia Privada.
Todo el mundo a la cárcel.
Reforma del código penal: un paso atrás.
Ciberdelitos y Ciberderechos.
La reforma del código penal es ambigua.
Para completar el cuadro, aparecen los CD protegidos: Las casas disqueras en Europa han comenzado a vender, sin ningún aviso ni cambio de precio, discos láser de audio con una protección que impide leerlos en los CD-ROM de los computadores (de hecho pueden causar graves daños en las lectoras ópticas de los computadores) y en muchos sistemas de audio de automóviles. Para muchos, esta desición unilateral de las disqueras viola los derechos de los consumidores y se constituye en un fraude. La Unión Federal de Consumidores Francesa demandó al sello EMI ante el tribunal de Nanterre, que sentenció que los CD que incluyen sistema anticopia son equiparables a un producto defectuoso puesto que el propietario de un CD tiene derecho a hacer una copia para su uso privado. En definitiva, los franceses protegen el derecho a la copia privada, mientras los españoles lo criminalizan. Sin embargo, fue en francia donde J. Alex Halderman, estudiante de ciencias de la computación de la Universidad de Princeton, fue condenado por haber hecho del dominio público su descubrimiento de la vulnerabilidad del sistema de protección anticopia de los CD protegidos.
Si bien el senado español apoyó hace pocos días la supresión del canon indiscriminado en los equipos y soportes digitales, dicho impuesto está tratando de ser implementado en otros países europeos y latinoamericanos. En Chile, por ejemplo, La Corporación Derechos Digitales, la Alianza Chilena por un Comercio Justo y Responsable y la Comisión de Bibliotecas del Consejo de Rectores de la Universidades Chilenas han suscrito una declaración en la que solicitan la eliminación del impuesto sugerido por el Ejecutivo a las copias privadas, que implicaría que
El asunto de las políticas que se vienen implementando con la excusa de combatir la piratería, es tan grave que lesiona incluso la manifestación cultural de nuestros países. No olvidemos que estas políticas son parte de las exigencias de los Estados Unidos para la suscripción del famoso TLC, con lo que estamos ad portas de una monopolización masiva de la cultura por parte de las multinacionales gringas. El Manifiesto por la Liberación de la Cultura puede ilustrar mejor los alcances culturales de estas medidas. Es importante comprender que la propiedad intelectual y las patentes no son más que un mecanismo de dominación, como se desprende de la lectura del artículo propiedad intelectual y derecho a la cultura en el que se lee:cada vez que se adquiera un CD o DVD virgen o papel para la impresora, se deberá pagar un precio adicional por concepto de derecho de autor. Lo mismo al adquirir grabadores, reproductores, impresoras e incluso computadores. Asimismo, rechazan la propuesta de tipificar como delito el uso “sin ánimo de lucro” de material protegido por derechos de autor, la que establecerá penas de cárcel y multas por dichos usos. “Una norma de esta naturaleza, de ser aprobada, afectaría gravemente el funcionamiento de las bibliotecas y establecimientos educacionales del país, tal como lo ha denunciado el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas”.
De la anterior lectura se desprende que el asunto de las patentes de software sólo es una pieza más dentro de esta estrategia de monopolización y dominación promovida por las grandes multinacionales. El asunto de las patentes en general es otro tema delicado asociado al TLC. Al respecto resulta interesante esta lectura sobre el abuso de posición dominante en la propiedad intelectual. El fundador y presidente de la Free Software Foundation, Richard Stallman, no duda en señalar que las patentes son un disfraz para mantener monopolios y cito:La utilización del Código Penal para salvaguardar el sacrosanto derecho de propiedad siempre ha sido excesiva en nuestro derecho. El Código Penal del franquismo consideraba infracciones penales conductas como entrar en una heredad murada o cercada sin permiso del dueño, para comer frutos o sin comerlos, recogiendo o sin recoger leña para calentarse en invierno... Tipos penales diseñados para mantener una situación de dominación, en beneficio de terratenientes latifundistas. Delitos pensados para someter al jornalero.
Todo cambia, son otros los protagonistas de la explotación, y los métodos de dominación son más sutiles. Por ejemplo, el nuevo artículo 274 del Código Penal, que tipifica como delito contra la propiedad industrial la conducta de sembrar variedades vegetales protegidas, aunque sea sin afán de lucro. Un delito «a medida» de las multinacionales farmacéuticas que detentan la investigación sobre la vida. No vaya a ser que a alguien le dé por exportar gratuitamente semillas a Africa, con el inmoral objetivo de dar de comer a la gente...
También es interesante la entrevista que dio al periódico de la Universidad Nacional en su visita a Colombia, donde manifiesta:Las empresas grandes son las que quieren e impulsan el proyecto de autorizar las patentes informáticas, y lo hacen porque tienen miles de patentes cada una y hacen licencias cruzadas entre ellas. Las patentes es una manera de otorgar el dominio a las multinacionales.
Como complemento, dejo el enlace a información sobre aspectos legales del open source en Colombia.No estoy de acuerdo con la expresión "propiedad intelectual" porque es un término de propaganda que confunde las nociones de derechos de autor, patentes y marcas. Tampoco estoy totalmente en contra de las patentes, pero en el campo de la informática es casi imposible desarrollar un programa empleando millares de ideas, si cada una está patentada. Por tanto, en el campo informático es tonto e injusto su aplicación porque restringen a cada usuario de un computador.
Para terminar: El abogado Javier de la Cueva, da una interesante explicación acerca de por qué bajar música de Internet no es un delito. De hecho, el presidente de Intel considera que los usuarios tienen derecho a intercambiar música y video por Internet, y un tribunal francés ha avalado la legalidad del P2P al absolver a un estudiante al que se le fueron encima los gigantes de la industria del entretenimiento por tener una colección de música y películas descargadas de Internet. El tribunal sentenció que
En conclusión: Hacer copias de CD o DVD y hacer descargas por P2P NO ES ILEGAL mientras se haga sin ánimo de lucro y mientras no hayan fines de distribución masiva. Sin embargo, las multinacionales están haciendo todo lo posible para que NUESTROS DERECHOS sean CRIMINALIZADOS. Ya que se supone que vivimos en países democráticos, y que en las democrácias el pueblo es el que decide y toda esa tochada, entonces ESTÁ EN NUESTRAS MANOS IMPEDIR QUE EL DERECHO DE COPIA PRIVADA SEA CONVERTIDO EN UN DELITO, así como impedir el establecimiento de gravámenes abusivos que en nombre de la mal llamada "propiedad intelectual" sólo buscan un lucro particular.una vez que una obra ha sido difundida, el autor no puede prohibir las copias o reproducciones estrictamente reservadas al uso privado del copista y no destinadas a un uso colectivo.
La discusión está abierta. Espero que aporten opiniones bien argumentadas y documentadas, para enriquecer el debate, pues ya he visto mensajes terroristas en foros de LANeros donde se amenaza a la gente con denuncias y cárcel por enseñar a utilizar herramientas de copiado como Nero o Clone DVD. Para mi, eso es intolerable.