[Consultorio Jurídico Laneros]

Estado
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Mínimo Integral no existe, existe es salario integral (10 salarios mínimos mensuales).

Pero de igual forma no aplica el aumento o si?

Si aplica aumento, ya que como los peajes y otras cosas, el salario integral se basa en el salario mínimo:
https://www.valoraanalitik.com/2021/12/14/aumento-del-salario-integral-para-2022-en-colombia/

El concepto de "mínimo integral" si bien no existe expresamente en la ley, sí es un concepto usado para saber cuál es el valor mínimo que debe tener un salario para que válidamente pueda considerarse salario integral, puesto que la norma dice que debe ser de 10 smmlv más un 30% (no solo 10 smmlv). Esto implica que el salario integral, mínimo debe ser de 13 smmlv.

Si no es superior a ese valor, sencillamente no puede considerarse integral, porque no cumple con lo fijado en la norma, y cualquier estipulación en contrario, se entiende ineficaz, y por lo tanto sería un salario ordinario.

Teniendo en cuenta que para 2021 los 13 smmlv eran $11.810.838, y para 2022 será de $13.000.000, si alguien en 2021 por ejemplo tenía un salario integral de $12.000.000 (que en 2021 era superior al "mínimo integral"), para 2022, el empleador debe aumentarlo a $13.000.000, porque de lo contrario ya no será integral, es decir, si sigue pagando esos $12.000.000 en enero de 2022, la jurisprudencia sobre el tema ha dispuesto que el trabajador podrá reclamar el pago de sus prestaciones sociales más una eventual moratoria si no hay buena fe (ni siquiera el pago de la diferencia del salario, que sería más benéfico para un empleador), razón por lo que en la práctica cualquier empleador serio hace el respectivo ajuste.

Con lo anterior claro, para responder la preguntar que se planteó posts atrás, que establecía un salario integral de 15 millones, no existiría obligación de subirlo en un 10.07% (lo que subió el salario mínimo), porque ya es superior a los 13 smmlv de 2022.

Sobre el tema de aumentos de salario en general, siempre se ha planteado la discusión de si para salarios distintos al mínimo o mínimo integral, existe obligación de aumentar el mismo porcentaje que el smmlv o incluso IPC, bien sea anualmente o al inicio de año, y la respuesta corta que ha dado Corte Suprema de Justicia, es no. Se habla de un principio de "movilidad salarial", donde por el paso del tiempo y la pérdida de poder adquisitivo se debería ver reflejado en aumentos de salario, pero no existe una regla fijada sobre cuánto o cuándo hacerlo, así que salvo que sea una persona que lleva 10 años con el mismo salario (caso extremo, y en todo caso hay que observar particularidades del caso concreto), o que exista una obligación del empleador de hacerlo por una convención colectiva de trabajo, pacto colectivo, o un plan de beneficios (en general, cualquier medio por el cual el empleador expresamente se haya comprometido a hacerlo), no hay obligación de hacer aumentos.
 
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¿Qué tal chicos del foro? Les comento que mi novia y yo hemos tomado la decisión de estar juntos por el resto de nuestras vidas. Nos pleneamos casar aunque de verdad me asusta un poco el tema del papeleo por el hecho de que estas tareas siempre han resultado un poco molestas para mi. Me gustaria tener algo de orientación por parte de ustedes chicos... Me he instruido un poco con https://www.registrocivilhuelva.com/matrimonio/ y la verdad es que ha ayudado mucho en cierta manera, aunque bueno... Las sugerencias están abiertas, ¡Paz!
 
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Pues un poco raro que pregunte aquí, pero bueno entrando en el tema hay que tener en cuenta, si el matrimonio es por por lo civil por notaría o católico por la iglesia, si tiene bienes propiedades, si van a separar los bienes, son cosas a tener en cuenta.
 
hola amigos del foro, les comento que mi novia y yo hemos decidido contraer matrimonio. Estoy muy contento por ello aunque me inquieta un poco la idea de que tendria que hacer muchisimo papeleo y el tema del acta, soy muy nuevo en esto y me gustaria recibir algo de informacion para tener algo en consideracion y evitar algunos problemas a futuro. Saludos amigos ¡Paz!
En el tema de "consultorio juridico" de Laneros le ayudan.

Si alguno ya tiene patrimonio , recuerde averiguar lo de las capitulaciones matrimoniales.
 
hola amigos del foro, les comento que mi novia y yo hemos decidido contraer matrimonio. Estoy muy contento por ello aunque me inquieta un poco la idea de que tendria que hacer muchisimo papeleo y el tema del acta, soy muy nuevo en esto y me gustaria recibir algo de informacion para tener algo en consideracion y evitar algunos problemas a futuro. Saludos amigos ¡Paz!
Una pregunta: Cuánto tiempo han convivido juntos?
 
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hay que hacer la sociedad conyugal, si hay hijos (de otros hogares), relacionar los bienes de el, eso lo hace un perito en la notaria, o cualquier abogado, si lo hacen en la notaria cobran unos 500 mil pesos. puede relacionar bienes antes del matrimonio en costas que pertenecen a cada uno para disputas post divorcio. es decir, si se separan los bienes en la liquidación de la socidad conyugal entran los que se adquieren despues del matrimonio, y los salarios devengados por ambos. el dinero heredado no entra en el matrimonio, pero lo que compren con eso si.
 
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Buenos días Laneros, tengo una consulta, estoy trabajando fuera de mi ciudad con un contrato obra labor, la empresa donde trabajo alquilo un apartamento para vivir con mi jefe y otros compañeros, todo pago por la empresa, ahora me están presionando para que de una "cuota" por tema de arriendo y servicios, eso se puede hacer? Que puedo hacer si me siguen presionando para pagar dicha couta, gracias de antemano
 
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Buenos días Laneros, tengo una consulta, estoy trabajando fuera de mi ciudad con un contrato obra labor, la empresa donde trabajo alquilo un apartamento para vivir con mi jefe y otros compañeros, todo pago por la empresa, ahora me están presionando para que de una "cuota" por tema de arriendo y servicios, eso se puede hacer? Que puedo hacer si me siguen presionando para pagar dicha couta, gracias de antemano
Pues, si fue la empresa directamente la que alquilo el apartamento, usted no debería dar nada. ademas, a no ser que haya quedado en el contrato de trabajo o en algún lado por escrito que debe pagar, pues no debería pagar nada!

Eso me suena a que alguien quiere ganar un poquito de dinero a costa de ustedes. pero es mejor asesorarse con una abogado o hablando de pronto con recursos humanos de la empresa! veo que eso puede generar división en el equipo de trabajo, etc.....
 
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Buenas noches, no estoy seguro si pueden guiarme en este hilo, pero no encontré otro, sucede que en donde vivo, el vecino se monto una mini tienda, y ahora ha empezado a vender licor y llegan a reunirse hasta 15 personas ha realizar escandolo, gritar con musica fuerte en plena via(No es principal, es de un barrio), encontré esta información quisiera saber si es correcto el proceso que describe para poder solucionar este problema: https://www.eltiempo.com/colombia/o...de-los-barrios-generan-exceso-de-ruido-572518

Aclarar que llamar al cuadrante no se presentan a atender el llamado.
 
Laneros buenos días espero se encuentren muy bien.

Resulta que hace unos años tenía un contrato de servicios para el hogar con Tigo - Une, nosotros nos mudamos de casa y cambié de número de celular un tiempo después y hace poco me contactaron a mi nuevo número indicando que debo al rededor de 3000 días de mora lo que equivale como a 3 millones de pesos por un servicio que no utilicé, me acerqué a las oficinas para descartar que fuera algun tipo de estafa y efectivamente me confirmaron esa misma información:cry:.

Creen que se pueda hacer algo al respecto , que articulo puedo leer para informarme al respecto ?


Les agradezco cualquier tipo de ayuda, Feliz semana !
 
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Laneros buenos días espero se encuentren muy bien.

Resulta que hace unos años tenía un contrato de servicios para el hogar con Tigo - Une, nosotros nos mudamos de casa y cambié de número de celular un tiempo después y hace poco me contactaron a mi nuevo número indicando que debo al rededor de 3000 días de mora lo que equivale como a 3 millones de pesos por un servicio que no utilicé, me acerqué a las oficinas para descartar que fuera algun tipo de estafa y efectivamente me confirmaron esa misma información:cry:.

Creen que se pueda hacer algo al respecto , que articulo puedo leer para informarme al respecto ?


Les agradezco cualquier tipo de ayuda, Feliz semana !
Pero nunca canceló el servicio con Tigo?? porque si es así y tiene pruebas puede ir a la SIC con eso, pero si no cancelo, creo que le tocaría pagar porque no aviso y pues Tigo lo puso en jurídica, es mejor de pronto asesorarse con un abogado.
 
Laneros buenos días espero se encuentren muy bien.

Resulta que hace unos años tenía un contrato de servicios para el hogar con Tigo - Une, nosotros nos mudamos de casa y cambié de número de celular un tiempo después y hace poco me contactaron a mi nuevo número indicando que debo al rededor de 3000 días de mora lo que equivale como a 3 millones de pesos por un servicio que no utilicé, me acerqué a las oficinas para descartar que fuera algun tipo de estafa y efectivamente me confirmaron esa misma información:cry:.

Creen que se pueda hacer algo al respecto , que articulo puedo leer para informarme al respecto ?


Les agradezco cualquier tipo de ayuda, Feliz semana !
Con 3000 días de mora esa deuda ya prescribió y caducó. Si no quieres no pagues y no pasa nada. Si tienes reporte en centrales puedes solicitar que lo quiten. Si necesitas asesoría te puedo hacer el trámite.
 
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Con 3000 días de mora esa deuda ya prescribió y caducó. Si no quieres no pagues y no pasa nada. Si tienes reporte en centrales puedes solicitar que lo quiten. Si necesitas asesoría te puedo hacer el trámite.
La caducidad del dato negativo, según la actual ley de habeas data con su modificaciones y/o adiciones de borrón y cuenta nueva, es después de 8 años. Actualmente, las entidades y centrales de riesgos está empleando diferentes estrategias para no borrar este tipo de datos.

Respecto a prescripción de la deuda, ya se ha dicho varias veces por aquí (https://www.laneros.com/temas/centrales-de-riesgo-datacrédito-transunion.16187/) que es un derecho que se adquiere con el paso del tiempo (después de diez años sin interrupciones en el tiempo), pero la prescripción no es automática es algo que se solicita. Sino tiene la resolución de prescripción el acreedor siempre tendrá el derecho a ejercer el cobro.
 
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La caducidad del dato negativo, según la actual ley de habeas data con su modificaciones y/o adiciones de borrón y cuenta nueva, es después de 8 años. Actualmente, las entidades y centrales de riesgos está empleando diferentes estrategias para no borrar este tipo de datos.

Respecto a prescripción de la deuda, ya se ha dicho varias veces por aquí (https://www.laneros.com/temas/centrales-de-riesgo-datacrédito-transunion.16187/) que es un derecho que se adquiere con el paso del tiempo (después de diez años sin interrupciones en el tiempo), pero la prescripción no es automática es algo que se solicita. Sino tiene la resolución de prescripción el acreedor siempre tendrá el derecho a ejercer el cobro.
Bueno, creo que es importante hacer varias precisiones:

1. Es cierto que algunas entidades están buscando "jugaditas" para que las centrales de riesgo no apliquen lo dispuesto en la Ley, no obstante, no hay nada diferente a un trámite administrativo que pueda obligar la eliminación del reporte. En el foro que compartes expuse que a mi mamá le pasó y gracias a una denuncia en la SIC se eliminó el reporte que pasó los ocho años.

2. Sobre la prescripción de deudas yo mismo comenté que esta tiene un tiempo de cinco años, que puede prorrogarse por cinco años más mediante un proceso declarativo (lo cual es posible pero desgastante y poco usado), que es de lo que se habla en el enlace que enviaste:


Para cualquier asesoría puntual mis mensajes siempre están abiertos. Saludos.
 
Bueno, creo que es importante hacer varias precisiones:

1. Es cierto que algunas entidades están buscando "jugaditas" para que las centrales de riesgo no apliquen lo dispuesto en la Ley, no obstante, no hay nada diferente a un trámite administrativo que pueda obligar la eliminación del reporte. En el foro que compartes expuse que a mi mamá le pasó y gracias a una denuncia en la SIC se eliminó el reporte que pasó los ocho años.

2. Sobre la prescripción de deudas yo mismo comenté que esta tiene un tiempo de cinco años, que puede prorrogarse por cinco años más mediante un proceso declarativo (lo cual es posible pero desgastante y poco usado), que es de lo que se habla en el enlace que enviaste:


Para cualquier asesoría puntual mis mensajes siempre están abiertos. Saludos.
Estoy de acuerdo contigo, sólo que tus comentarios fueron más detallados. Son aportes muy valiosos de los cuales todos aprendemos
 
Amigos... una duda...
Siempre dicen que el salario minimo es TANTo pero que el empleador paga TANTO, valor que siempre es superior a lo que recibe el trabajador, porque incluye gastos que no le tocan al trabajador.
En ese orden de ideas, un amigo me dijo, que yo que estaba en prestacion de servicios hiciera el calculo de como pagaria mi sueldo si fuera termino fijo y ahorrara esa parte. saben donde uno encuentra info adicional? sea como yo mismo ahorrar, vacaciones, primas, cesantias y demás... Gracias.
 
Amigos... una duda...
Siempre dicen que el salario minimo es TANTo pero que el empleador paga TANTO, valor que siempre es superior a lo que recibe el trabajador, porque incluye gastos que no le tocan al trabajador.
En ese orden de ideas, un amigo me dijo, que yo que estaba en prestacion de servicios hiciera el calculo de como pagaria mi sueldo si fuera termino fijo y ahorrara esa parte. saben donde uno encuentra info adicional? sea como yo mismo ahorrar, vacaciones, primas, cesantias y demás... Gracias.
Hola amigo, creo que en esta página hay buena información sobre el tema. Espero le sirva de ayuda:


Saludos
 
Señores una pregunta.

Un familiar abrio un negocio pequeño como en el 2005, tristemente le duro como 1 año porque fue un fracaso absoluto y en su momento se inscribio en la camara de comercio. Cuando cerro el negocio dejo eso en el olvido y despues de todos estos años se dio cuenta que adeuda una cantidad importante en impuestos de industria y comercio acomulados e intereses.

Despues de investigar hubo como una ley en el 2014-2015 que depuro las bases de datos de las camaras de comercio y elimino ese negocio, pero aun asi no ha parado de generar intereses.

Alguien le dijo que esa deuda ya preescribio y mediante derecho de peticion deberian generarle un paz y salvo. Es cierto?

He tratado de leer acerca del tema y algunos citan el estatuto tributario (Art 813 y 831) y otros citan el codigo civil (art 2535).

Mi pregunta es si le digo que continue con eso del derecho de peticion o es falso y que mas bien llegue a un acuerdo de pagos.

Muchas gracias.
 
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Pidiendo un consejo a los expertos en laboral: renuncié a la empresa donde estaba porque no me pagaban salario desde octubre del año pasado, me deben primas, intereses de cesantías y cuentas de gastos. Me proponen pagarme el 50% de todo lo que me deben en 3 cuotas mensuales y listo, que dejemos así, yo les dije que no porque yo estuve trabajando todos estos meses y no me los quieren reconocer, entonces dijeron que me pagan todo lo que me deben pero en 10 cuotas, ni siquiera son a comienzos de cada mes sino que las van corriendo, entonces les propuse mezclar las dos propuestas: me pagan todo, primero 3 cuotas donde cubren el 50% y luego 5 cuotas para el otro 50%.

La verdad lo único que me importa es que me paguen lo que me deben, pero siento que están usando tácticas dilatorias para enredarme, entiendo que la empresa está mal económicamente pero yo trabajé e hice todo lo que estuvo a mi alcance hasta que no aguanté más, mis gastos no han parado independientemente de la situación de la empresa, añado que la empresa es internacional y yo era medio el encargado en el país, mi jefe, que es el dueño vive en otro país, no hay planta física ni nada embargable aparte de la cuenta de ahorros que recién salió de otro embargo.

La pregunta es si debo tranzar como ellos quieran o si debo amenazar con la ley o cuál es mi mejor opción para minimizar la pérdida? Yo he tratado de llevar la cosa por la buena, tratando de apelar a que me puse el overol, pero como les comento, las respuestas son más cercanas a haga lo que quiera y siento que llevo todas las de perder, gracias por lo menos por leer, saludos.
 
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Pidiendo un consejo a los expertos en laboral: renuncié a la empresa donde estaba porque no me pagaban salario desde octubre del año pasado, me deben primas, intereses de cesantías y cuentas de gastos. Me proponen pagarme el 50% de todo lo que me deben en 3 cuotas mensuales y listo, que dejemos así, yo les dije que no porque yo estuve trabajando todos estos meses y no me los quieren reconocer, entonces dijeron que me pagan todo lo que me deben pero en 10 cuotas, ni siquiera son a comienzos de cada mes sino que las van corriendo, entonces les propuse mezclar las dos propuestas: me pagan todo, primero 3 cuotas donde cubren el 50% y luego 5 cuotas para el otro 50%.

La verdad lo único que me importa es que me paguen lo que me deben, pero siento que están usando tácticas dilatorias para enredarme, entiendo que la empresa está mal económicamente pero yo trabajé e hice todo lo que estuvo a mi alcance hasta que no aguanté más, mis gastos no han parado independientemente de la situación de la empresa, añado que la empresa es internacional y yo era medio el encargado en el país, mi jefe, que es el dueño vive en otro país, no hay planta física ni nada embargable aparte de la cuenta de ahorros que recién salió de otro embargo.

La pregunta es si debo tranzar como ellos quieran o si debo amenazar con la ley o cuál es mi mejor opción para minimizar la pérdida? Yo he tratado de llevar la cosa por la buena, tratando de apelar a que me puse el overol, pero como les comento, las respuestas son más cercanas a haga lo que quiera y siento que llevo todas las de perder, gracias por lo menos por leer, saludos.
Amigo Buenas Tardes, para poderle brindar un consejo acertado le pregunto:

Que tipo de contrato tenía usted con la empresa?
Si bien indica que la empresa es internacional, esta tiene registro y representante legal en Colombia?
Según lo que comenta, la empresa le da voluntariamente el 50% pero usted solo está dispuesto a recibir el 100%?

Saludos.
 
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