Política Ayuda Abogados? - Derechos de marca / publicidad con marcas de terceros

La política y lo público.

DJ287

Lanero Reconocido
16 Jun 2015
1,317
Buenas noches Laneros!!

Quisiera pedirles su ayuda por favor, tengo una duda muy grande y antes de cometer un error quisiera preguntar, tengo entendido que las marcas grandes tienen todos sus elementos protegidos y pueden limitar la distribución y uso de logos y demás, pero quisiera saber en qué casos está permitido en Colombia usar una marca de un tercero sin meterse en problemas legales.
Me pasa que tengo una tienda de ropa importada (multimarca), y quisiera colocar dentro de mi tienda unos cartelitos pequeños con los logos de las marcas que vendo actualmente. Son marcas importantes y reconocidas (con franquicias en Colombia muy costosas - otras no están presentes en Colombia), y yo le compro a un proveedor en estados unidos multimarca entonces no me puede dar el permiso por escrito de usar estos logos, y no quiero que el dueño de la franquicia en mi ciudad, o la marca principal me demande.

Hasta donde he consultado en internet, es permitido usar los logos/nombres con fines informativos, para que los clientes vean que tengo la marca disponible en mi local, como pasa con los concesionarios de carros/ talleres que usan los logos de muchas marcas para mostrar que los reparan o venden repuestos, etc. No pienso usar el logo de la marca en la vitrina, sólo en la parte interior y de ser posible, poner un listado de las marcas que vendo en elementos publicitarios como volantes / avisos / vallas / etc

Si un abogado o alguien que conozca del tema me puede ayudar a resolver mi inquietud le agradecería mucho.
 
No soy abogado, pero conozco algo del tema. En un local comercial, el uso de logos es comercial. Si bien, usarlos en la vitrina es más descarado que usarlos solamente al interior, ambos casos infringen los acuerdos con la marca. Dependiendo de las condiciones estipuladas en el contrato con las franquicias locales, la demanda legal puede venir de ellos, o, de la marca directamente. Estaran protegiendo su negocio/acuerdo/exclusividad en algunos casos. Probablemente no tenga problemas con las marcas que no tienen franquicia y/o representación local por cuanto nadie se verá afectado directamente.

Un detalle para que verifique: Normalmente los acuerdos de distribución y representación que establecen las marcas tienen limitaciones geográficas. La validez de garantías solamente dentro de ese límite geografico, etc. Su proveedor puede ser legal y autorizado para vender varias marcas dentro de USA y Canada por ejemplo. Venderle a un posible distribuidor por fuera de ese límite geográfico lo pondría en problemas con las marcas. Si su distribuidor le exige que la compra y el despacho se realice a una dirección dentro de USA/Canada, debe ser por esa razón. Si en cambio le puede despachar directamente a Colombia entonces probablemente no tenga dicha limitación. Si ud. Esta comprando y distribuyendo en otro país su distribuidor argumentará que no sabía el destino final de esos productos y la responsabilidad legal con las marcas/franquicias locales si ocurriese sería toda suya.
Si su proveedor es legal y autorizado por las marcas, porque no consultarle que tipo de acuerdo tiene con las marcas? Es posible que ud. Pueda lograr a través de su proveedor que las marcas lo incluyan en el mismo acuerdo, o, podría ud. Ir directo a las marcas y lograr un acuerdo similar sin pasar por el proveedor.
 
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Buenas noches Laneros!!

Quisiera pedirles su ayuda por favor, tengo una duda muy grande y antes de cometer un error quisiera preguntar, tengo entendido que las marcas grandes tienen todos sus elementos protegidos y pueden limitar la distribución y uso de logos y demás, pero quisiera saber en qué casos está permitido en Colombia usar una marca de un tercero sin meterse en problemas legales.
Me pasa que tengo una tienda de ropa importada (multimarca), y quisiera colocar dentro de mi tienda unos cartelitos pequeños con los logos de las marcas que vendo actualmente. Son marcas importantes y reconocidas (con franquicias en Colombia muy costosas - otras no están presentes en Colombia), y yo le compro a un proveedor en estados unidos multimarca entonces no me puede dar el permiso por escrito de usar estos logos, y no quiero que el dueño de la franquicia en mi ciudad, o la marca principal me demande.

Hasta donde he consultado en internet, es permitido usar los logos/nombres con fines informativos, para que los clientes vean que tengo la marca disponible en mi local, como pasa con los concesionarios de carros/ talleres que usan los logos de muchas marcas para mostrar que los reparan o venden repuestos, etc. No pienso usar el logo de la marca en la vitrina, sólo en la parte interior y de ser posible, poner un listado de las marcas que vendo en elementos publicitarios como volantes / avisos / vallas / etc

Si un abogado o alguien que conozca del tema me puede ayudar a resolver mi inquietud le agradecería mucho.


Lo que subrayo de se post es absolutamente correcto y está amparado en la norma de propiedad industrial que rige en Colombia que es la Decisión Andina 486 de 2000, aquí se lo dejo:



Artículo 157.- Los terceros podrán, sin consentimiento del titular de la marca registrada, utilizar en el mercado su propio nombre, domicilio o seudónimo, un nombre geográfico o cualquier otra indicación cierta relativa a la especie, calidad, cantidad, destino, valor, lugar de origen o época de producción de sus productos o de la prestación de sus servicios u otras características de éstos; siempre que ello se haga de buena fe, no constituya uso a título de marca, y tal uso se limite a propósitos de identificación o de información y no sea capaz de inducir al público a confusión sobre la procedencia de los productos o servicios.

El registro de la marca no confiere a su titular, el derecho de prohibir a un tercero usar la marca para anunciar, inclusive en publicidad comparativa, ofrecer en venta o indicar la existencia o disponibilidad de productos o servicios legítimamente marcados; o para indicar la compatibilidad o adecuación de piezas de recambio o de accesorios utilizables con los productos de la marca registrada, siempre que tal uso sea de buena fe, se limite al propósito de información al público y no sea susceptible de inducirlo a confusión sobre el origen empresarial de los productos o servicios respectivos.


Sin embargo esto también es cierto:

Un detalle para que verifique: Normalmente los acuerdos de distribución y representación que establecen las marcas tienen limitaciones geográficas....

Aunque este tipo de acuerdos pueden llegar a atentar contra la libre competencia. Esto porque no está permitido restringir de manera arbitraria el acceso de competidores en el mercado.

Por lo pronto puede poner las indicaciones y marcas en su negocio con el fin de señalar que allí se puede adquirir este tipo de productos.
 
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Las negligencias en el ámbito del derecho de marcas pueden salir caras, de ahí que muchos bufetes de abogados se hayan especializado en detectar y sancionar las vulneraciones en el panorama jurídico de las marcas. Aquí puedes encontrarles: accidenteayuda.com Por ello, antes de dar lugar a la recepción de un escrito legal, es necesario informarse sobre derechos y normas. Para las empresas, es igual de importante proteger sus marcas para evitar las acciones de plagiadores y otras molestias.
 
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