[Consultorio Jurídico Laneros]

Estado
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LANeros, tengo un proceso que se inicio hace 11 años (deuda de una letra) y la ultima actuación fue en: 2022-01-31, la partes que lo iniciamos deseamos finalizar el proceso donde ya se realizo el pago, cual seria el paso a paso, alguien por acá que me pueda ayudar 💰 ??

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Buenas noches laneros.

Mi novia va ajustar 2 años en agosto en un inmueble, el arrendador le informo que va concluir con el contrato a la terminacion del mismo (agosto).

2 dudas:

1. Que tiempo tiene ella para entregar el inmueble?
2. En caso de que sean esos ultimos 3 meses del contrato, si ella se va antes, digamos 2 meses antes pues ya sabe que el contrato no se renueva mas, debe pagar igual el canon hasta agosto?

Gracias laneros.
 
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Buenas noches laneros.

Mi novia va ajustar 2 años en agosto en un inmueble, el arrendador le informo que va concluir con el contrato a la terminacion del mismo (agosto).

2 dudas:

1. Que tiempo tiene ella para entregar el inmueble?
2. En caso de que sean esos ultimos 3 meses del contrato, si ella se va antes, digamos 2 meses antes pues ya sabe que el contrato no se renueva mas, debe pagar igual el canon hasta agosto?

Gracias laneros.
1 tres meses
2 si.
 
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Buenas noches laneros.

Mi novia va ajustar 2 años en agosto en un inmueble, el arrendador le informo que va concluir con el contrato a la terminacion del mismo (agosto).

2 dudas:

1. Que tiempo tiene ella para entregar el inmueble?
2. En caso de que sean esos ultimos 3 meses del contrato, si ella se va antes, digamos 2 meses antes pues ya sabe que el contrato no se renueva mas, debe pagar igual el canon hasta agosto?

Gracias laneros.

Puntos :

El arrendador le esta avisando con tiempo para terminar el contrato

debe entregar cuando finaliza el contrato o antes (agosto dia anterior de que inicio maximo)

el contrato va hasta agosto tiene que pagar hasta ese mes y entregar ese mes, no puede entregar antes sin cobro, porque igual le cobran hasta ese mes, a no ser que llegue a un acuerdo con el arrendador

de pronto si el arrendador necesita el inmueble antes le puede servir
 
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1 tres meses
2 si.

Puntos :

El arrendador le esta avisando con tiempo para terminar el contrato

debe entregar cuando finaliza el contrato o antes (agosto dia anterior de que inicio maximo)

el contrato va hasta agosto tiene que pagar hasta ese mes y entregar ese mes, no puede entregar antes sin cobro, porque igual le cobran hasta ese mes, a no ser que llegue a un acuerdo con el arrendador

de pronto si el arrendador necesita el inmueble antes le puede servir
Muchas gracias muchachos. Algo en mi me decía que no podía ser así. Pues es complejo buscar una casa y termina uno casi pagando arriendo en dos lugares al mismo tiempo.
 
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Buenas noches laneros.

Mi novia va ajustar 2 años en agosto en un inmueble, el arrendador le informo que va concluir con el contrato a la terminacion del mismo (agosto).

2 dudas:

1. Que tiempo tiene ella para entregar el inmueble?
2. En caso de que sean esos ultimos 3 meses del contrato, si ella se va antes, digamos 2 meses antes pues ya sabe que el contrato no se renueva mas, debe pagar igual el canon hasta agosto?

Gracias laneros.
el arrendador sino invoca ninguna causal debe indemnizar con 3 meses. MIRE EL NUMERAL 7 Y 8 DEL ARTICULO 22 DE LA LEY 820.
 
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el arrendador sino invoca ninguna causal debe indemnizar con 3 meses. MIRE EL NUMERAL 7 Y 8 DEL ARTICULO 22 DE LA LEY 820.
Falso, si no, no sería negocio arrendar, los contratos se prorrogan por la misma fecha inicial cada año a no ser que hayan colocado más años que normalmente nadie lo hace, de pronto en comercial

 
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Falso, si no, no sería negocio arrendar, los contratos se prorrogan por la misma fecha inicial cada año a no ser que hayan colocado más años que normalmente nadie lo hace, de pronto en comercial

No es negocio arrendar, en realidad si revisa la ley 820 del 2003:

El arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento a la fecha de vencimiento del término inicial o de sus prórrogas invocando cualquiera de las siguientes causales especiales de restitución, previo aviso escrito al arrendatario a través del servicio postal autorizado con una antelación no menor a tres (3) meses a la referida fecha de vencimiento

Si revisa está sección de la terminación por parte del arrendador, solo por la fecha de vencimiento no es, se necesita invocar una de las causales.
 
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No es negocio arrendar, en realidad si revisa la ley 820 del 2003:

El arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento a la fecha de vencimiento del término inicial o de sus prórrogas invocando cualquiera de las siguientes causales especiales de restitución, previo aviso escrito al arrendatario a través del servicio postal autorizado con una antelación no menor a tres (3) meses a la referida fecha de vencimiento

Si revisa está sección de la terminación por parte del arrendador, solo por la fecha de vencimiento no es, se necesita invocar una de las causales.

lo que pasa es que faltan datos, y no pueden hablar de indemnización de 3 meses

tocaria saber y me imagino que por correo certificado le solicitaron que no le renovarian el contrato

pueda que lo va a usar para su propio vivienda

pueda que lo haya vendido

pueda que entre en obra o demolicion

la verdad no tenemos todos los datos para dar una buena ayuda

que tal no pague cumplido el arriendo y por eso la quieran no renovarle o escnadalos o servicios


son varias cosas

aca pueden leer mas



como dije es habalr con el arrendador porque si se quiere ir antes y el lo necesita podrian llegar a un acuerdo

y arrendar vivienda no es negocio nunca, los gastos de propiedades horizontales y muchas cosas no es que sea la panacea aunque algunos creen que si, es mejor el arrendamiento comercial el cual es el que manejamos nosotros

alli pueden leer y ver como es el caso segun todos los parametros que alli le dicen

es como los que creen que vivir una cantidad de años en un predio ya los vuelve dueños y voz y voto por ejemplo para vender, algo que repiten algunos que siempre han creido en esas fabulas

el dueño es dueño y hay muchas formas de sacar a aun inquilino de vivienda o comercial, mas si no ha cumplido ciertas reglas, lo que no entiende un inquiino es que no es dueño por mas que viva muchos años
 
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