Todo depende de como haga las cosas, si el cónyuge logra demostrar que ese dinero jamás entro a la sociedad (mejorando la casa, viajando juntos, en ropa, etc) sino que adquirió la deuda pensando en la separación pues le queda a ella solita.
La cosa es que sea capaz de hacerlo.
jajaja, si la verdad el tema de las relaciones es cosa muy hp, a mi me toco ver a una malparida que literal dejo en la calle a un tipo pues vivia "endeudada" en las tarjetas de crédito (puras compras de mercado, servicios públicos, tiquetes, etc).Pero entonces la vieja pago la casa sola, y el hp que no aporto nada ahi si quiere la mitad.
A uno en la vida si le toca es estar muy mosca con quien se mete. Se me vino a la cabeza el lanero que lo persiguió una viaja hasta por laneros a cobrarle la comida de los niños
jajaja, si la verdad el tema de las relaciones es cosa muy hp, a mi me toco ver a una malparida que literal dejo en la calle a un tipo pues vivia "endeudada" en las tarjetas de crédito (puras compras de mercado, servicios públicos, tiquetes, etc).
Lo más hp fue que el tipo le dejaba siempre le efectivo para todas esas cosas y la vieja lo guardaba /gastaba con el moso.
Total en 10 tarjetas que saco la vieja debia más de 130.000.000 de pesos (solo pagaba las minimas), más el 50 que le tocaba de los bienes dejo al hombre sin carro y "le compro" la mitad de la casa a él con una plata que le llego del cielo. jajajaja
Para colmo, el hombre vivia la vida soñada y se vino a dar cuenta que se iba a separar cuando le llego el abogado de la doña a arreglar por las buenas.
Nadie me puede dar una sugerencia?
Compañeros una duda, cuanto tiempo se demora un divorcio en ser disuelto desde que se radique todo en Notaria? Cuanto tiempo pasa para que eso quede resuelto?
Gracias
Muchas gracias compa por la información. Me expresé mal al decir la mitad de la empresa, es la mitad del % de la empresa que es de él.Puede que sí, lo qué pasa es que cada cosa tiene un nombre.
El documento que hablas son los estatutos de conformación de la empresa, que eso está en la cámara de comercio. Los estatutos son como las reglas de juego para conformar la empresa. Pero creo que en ese caso, la ley colombiana está por encima los estatutos. Pero hay que revisar.
Y tampoco ella puede decir que le toca la mitad de la empresa o algo así, está mal dicho. Cuando se conformó la empresa eso hay una cantidad de acciones que deben poseer cada uno de los socios. Por ejemplo si son 10 socios. O aveces pueden haber 3 socios, uno es el mayoritario que tiene el 80% de las acciones. Y los otros dos cada uno el 10%, y el esposo a demandar solo tiene participación del 10%. En muchos casos, cuando las empresas hacen socio a alguien, le dan participación del 1% sobre el valor de las utilidades de la empresa. En ese caso la empresa pudo ganar miles de millones de pesos cada año, al socio que tiene ese 1%, eso le representa una bonificación de otro salario, pueden ser 5, 10 ó 20 millones cada año. Pero para lo que gana la empresa no es significativo.
A ella en ese caso le correspondería la mitad de esas acciones. Pero hay estatutos que dicen que las acciones no se deben dividir. Es decir o pasan todas las acciones a la mujer no pasan nada. También hay estatutos que dicen que las acciones solo para miembros que tengan vinculación laboral con la empresa, y que jueguen un papel... etc etc. en este caso la mujer no cabría al caso.
En ese caso, creo yo, hablo sin ser abogado, pero se de este tema por qué tengo familiares abogados. Y pase por una situación similar por una sucesión de acciones de una empresa. Le digo, lo que a mí particularmente me pasó, y no quiere decir que sea para todo el mundo. Y que de antemano mi consejo le puede inducir a un error por no ser abogado de este tema. Solo comparto lo que hizo el abogado que nosotros contratamos.
Como las acciones eran indivisibles, se tuvo que elegir un representante que se quedara con ellas y las vendiera y el repartiera el dinero equitativamente.
En este caso, creo que el tipo debe darle la mitad del valor de esas acciones, así el deseo de él sea conservarlas o venderlas. En la cámara creo o en los reportes anuales de accionistas dice cuantas acciones tiene y cuánto valen esas acciones a la fecha de cierre de año.
Estimados, un favor:
Resulta que en mi empresa actual llevo mucho tiempo acumulado de vacaciones (+40 dias), y reciéntemente me salió una oferta laboral en otra empresa en la cual salí favorecido.
Mi pregunta es: ese tiempo de vacaciones acumulado me lo pagarían en $$$? O corro el riesgo de que se me pierda ese tiempo acumulado por no haberlo tomado? Habia considerado también pedir las vacaciones de una vez para no perderlas, aunque en ese caso estaría en vacaciones en una empresa mientras trabajo en la otra, lo cual legalmente creo que no puedo hacerlo.
Personalmente, me interesa más el $$$ que tomarme el tiempo.
Muchas gracias de antebrazo y agradezco cualquier sugerencia.
¿Hubo una reforma al código penal?, ¿desde cuando existe el delito de tentativa de hurto?, lo digo porque he visto situaciones donde se evitan robos, por ejemplo donde la víctima esta mejor armada que el ladrón o algo por el estilo, se hace una detención ciudadana, llega la policía y cuando dicen que bueno vamos a denunciar salen con que como no se culminó el robo no se puede hacer nada, solo se lo llevan al CAI o UPJ, reseña y ya.
Ley de protección de datos personalesMuchachos una ayudita porfa ..,
Si una universidad expone abiertamente a google los documentos internos (actas, casos de estudiantes etc ) , y cuando se ingresa en google la cedula y el nombre de un estudiante aparecen esos pdfs internos de la universidad :
Cual viene siendo especificamente la normatividad que estan incumpliendo ?? ( Ley lleras, habeas data etcc ), para poderle exigir que no expongan esos pdfs a los resultados de google .
@cAr!cUl0 @Sarcoleto @Osc@
Si hace el proceso y la fiducia queda a su nombre no veo que pueda tener problemas a futuro. El señor cuando se separe probablemente va a tener que dividir es la plata que usted le paga, pues es un ingreso dentro del matrimonio.Una inquietud. Un señor .... Me ofrece comprarle una pre venta o derecho (en una fiducia) de un apartamento que todavía no se ha terminado, por la cantidad de dinero (40% del total del bien ) que tiene metido ahí, producto de unas cesantias,
La duda es y siguiendo con el tema de las separaciones, ese es el motivo de vendermelo, para que cuando el señor se separe de la mujer no tengan que dividir ese bien.
Al yo comprarle hoy esa pre venta, tendré problemas en un futuro que la señora reclame algo sobre ésta propiedad?
El señor me mostró la pre venta de la fiducia y solo figura el como beneficiario del proyecto.
Saludos
gracias, Si eso espero, y como todo tener todo por escrito, por si pasan cosas malycasSi hace el proceso y la fiducia queda a su nombre no veo que pueda tener problemas a futuro. El señor cuando se separe probablemente va a tener que dividir es la plata que usted le paga, pues es un ingreso dentro del matrimonio.
(Fecha en la que la constructora me aseguro que me entregaba), por lo tanto si me la corren para Octubre, me tocaría a mi cubrir otro gasto de un mes mas de arrendamiento con el cual no contaba... Puede exigirle a la constructora que me cubran ellos ese valor al menos?
Gracias.