[Consultorio Jurídico Laneros]

Estado
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Siempre que pasa esto no deja de venirme a la cabeza esta frase:

"Más vale un mal negocio que un buen pleito"

Es más costoso un proceso de divorcio o separación, cuando se decide ir por las malas, y no existe forma de evitar que el trate de vender ese predio (esta a su nombre y si llena el resto de requisitos (que no son más que paz y salvo, certificado catastral) pues en la notaria no tienen como frenar eso.

Ahora, dialogando se logran buenas cosas, pueden disuadir al comprador de no meterse en ese lío, pero que de ser necesario y llegado el caso el perjudicado va a ser él al estar metido en la mitad de un lió familiar.

Me explico, si ya el matrimonio se acabo y están en firme en proceso de divorcio y liquidación de la sociedad conyugal un abogado puede demostrar que esa propiedad se trato de ocultar o que su papa trato de tomar ventaja vendiendo a menor precio ese bien.

De lo único que puede estar seguro usted es que ya están perdiendo todos, es triste pero lo mejor que pueden hacer es tratar de conciliar, buscar de donde puedan y pagar un buen abogado de familia para que la perdida monetaria no sea tanta.
 
Buenas tardes.
Un problema con una funeraria: un familiar estaba como beneficiario, antes del deceso del familiar se llamó al asesor de la funeraria quien informó sorepresivamente que dicha persona no estaba incluida como beneficiario del plan. El familiar falleció y ante la premura de conseguir servicios funerarios se buscó por otro lado. Luego el asesor de la funeraria llama y dice que que pena, que el señor sí estaba incluido, etc. En ese caso como se debe proceder? Es que por ese error de la funeraria se debió incurrir en gastos altos de último momento, y todo el azar de esos trámites en pleno duelo familiar. Es posible demandar por los gastos extra en que se incurrió o incluso por todo el dinero que se había pagado durante todos estos años a sabiendas de que ellos negaron el servicio? se puede demandar ante la SIC o toca por la justicia ordinaria? Gracias.
 
una pregunta de comercial: un cliente tiene un local arrendado, con este invierno se le daño el techo y al entrarse el agua tuvo afectaciones en varios de los articulos en venta, el arrendador dice que no responde por esa situacion. alguna norma que se pueda aplicar?
 
Hola estimados Laneros,

Quisiera hacer una consulta y su asesoría ante este caso:

Debía realizar una transferencia a un cliente por $20 mill. el problema radica en que por error lo efectué a otra cuenta y resultó que tiene afectación por embargo, qué puedo hacer para revertir esa transferencia?

Agradezco mucho sus comentarios.
 
Hola estimados Laneros,

Quisiera hacer una consulta y su asesoría ante este caso:

Debía realizar una transferencia a un cliente por $20 mill. el problema radica en que por error lo efectué a otra cuenta y resultó que tiene afectación por embargo, qué puedo hacer para revertir esa transferencia?

Agradezco mucho sus comentarios.
20 mil o 20 millones??

Ya llamo directamente al banco?
 
Que lío tan macho!

Lo único que se me ocurre es insistir con el banco para saber qué se puede hacer en esos casos de consignación por error.

Lo segundo insistirse también al banco para saber por orden de cuál Juzgado se ordenó esa medida, luego hacer un oficio dirigido al juez de ese proceso, solicitando el desembargo hasta por los $20 millones y luego de eso volver con el Banco y reversar la transacción (o como sea que diga el banco que toca hacer).

Mucha suerte con ese viacrucis, de veras lo lamento.
 
Son 20 millones de pesos y si, después de tremenda metida de pata lo que pude averiguar con el banco es que esa cuenta está embargada. Realmente no se que hacer, ni a quien recurrir.
Lamento decirte pero las transacciones no se pueden reversar cuando son consignaciones o transferencias, exceptuando que haya sido un error de digitación del cajero (culpa de la entidad). De lo contrario te toca gestionar con el dueño de la cuenta directamente para que el sea el que haga la devolución. Lo mas hpta de este caso es que la cuenta debería haber estado bloqueada y no recibir ningún dinero, pero siempre el buen samaritano es el que pierde. La cuenta es de algun conocido tuyo o ni idea de quien es?
 
Una consulta para los Laneros expertos:

Resulta que en la empresa queremos realizar un trabajo a una empresa grande del sector y nos enviaron un acuerdo de confidencialidad y bueno todo bien, hemos firmado otros con otros empresas antes. Pero en este caso, en el formato que ellos manejan colocan una cláusula de $100millones solo por incumplir el documento y vigente hasta por 5 años, el cual incluye cualquier filtrado de información. Lo más llamativo es que no nos vamos a ganar ni un peso con el trabajo ya que es realizar una muestra gratuita de la fabricación de un prototipo, algo que, incluso cobrando, no excede los 100mil pesos.

Es un riesgo considerable para una muestra gratis, además que ni nos citaron para reunirnos con un abogado, simplemente lo enviaron por correo; uds firmarían? puede que la empresa viva de cobrar multas a otras? entiendo que ya existen leyes y decretos que regulan este tipo de acuerdos.

Gracias de antemano por la atención
 
Una consulta para los Laneros expertos:

Resulta que en la empresa queremos realizar un trabajo a una empresa grande del sector y nos enviaron un acuerdo de confidencialidad y bueno todo bien, hemos firmado otros con otros empresas antes. Pero en este caso, en el formato que ellos manejan colocan una cláusula de $100millones solo por incumplir el documento y vigente hasta por 5 años, el cual incluye cualquier filtrado de información. Lo más llamativo es que no nos vamos a ganar ni un peso con el trabajo ya que es realizar una muestra gratuita de la fabricación de un prototipo, algo que, incluso cobrando, no excede los 100mil pesos.

Es un riesgo considerable para una muestra gratis, además que ni nos citaron para reunirnos con un abogado, simplemente lo enviaron por correo; uds firmarían? puede que la empresa viva de cobrar multas a otras? entiendo que ya existen leyes y decretos que regulan este tipo de acuerdos.

Gracias de antemano por la atención
Pueden llamar y negociar lo del monto de esa cláusula, lo que daría a entender que uds. están dispuestos a filtrar la información y por ende ellos buscarán a otros candidatos para el prototipo.

Le toca evaluar si está dispuesto a incumplir esa cláusula; imagino que no, y por el riesgo de demanda por la supuesta filtración pues ellos en el eventual caso tendrán que demostrar que si fueron ustedes la fuente de esta.

Por el lado de si viven de demandar pues es relativamente fácil ver si es así, coja el nombre de esa empresa y busque en la página de la rama judicial por los casos en los que están involucrados, con eso se tranquiliza o definitivamente deja ese proyecto a un lado.
 
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Reacciones: ||JavierV||
Una consulta para los Laneros expertos:

Resulta que en la empresa queremos realizar un trabajo a una empresa grande del sector y nos enviaron un acuerdo de confidencialidad y bueno todo bien, hemos firmado otros con otros empresas antes. Pero en este caso, en el formato que ellos manejan colocan una cláusula de $100millones solo por incumplir el documento y vigente hasta por 5 años, el cual incluye cualquier filtrado de información. Lo más llamativo es que no nos vamos a ganar ni un peso con el trabajo ya que es realizar una muestra gratuita de la fabricación de un prototipo, algo que, incluso cobrando, no excede los 100mil pesos.

Es un riesgo considerable para una muestra gratis, además que ni nos citaron para reunirnos con un abogado, simplemente lo enviaron por correo; uds firmarían? puede que la empresa viva de cobrar multas a otras? entiendo que ya existen leyes y decretos que regulan este tipo de acuerdos.

Gracias de antemano por la atención

Suele pasar con ese tipo de empresas, y lo harán pensando en otro tipo de negociaciones y a ud le mandaron ese formato. Sin embargo, demostrar que se ha roto un acuerdo de confidencialidad y hacer exigible ese tipo de cláusulas no es tarea fácil porque la info normalmente se filtra a través de otros medios y es consecuencia de malas prácticas al interior de las mismas empresas.
 
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Reacciones: ||JavierV||
Lamento decirte pero las transacciones no se pueden reversar cuando son consignaciones o transferencias, exceptuando que haya sido un error de digitación del cajero (culpa de la entidad). De lo contrario te toca gestionar con el dueño de la cuenta directamente para que el sea el que haga la devolución. Lo mas hpta de este caso es que la cuenta debería haber estado bloqueada y no recibir ningún dinero, pero siempre el buen samaritano es el que pierde. La cuenta es de algun conocido tuyo o ni idea de quien es?

No se de quien es la cuenta.
 
No se de quien es la cuenta.

con mi trabajo en el banco he visto que los reclamos lo hacen "conciliadamente" con el usuario para que haga la devolución voluntaria, si no, he visto que ponen proceso penal por
Artículo 252. Aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito. <Penas aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004, a partir del 1o. de enero de 2005. El que se apropie de bien que pertenezca a otro y en cuya posesión hubiere entrado por error ajeno o caso fortuito, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses.
La pena será de prisión de dieciséis (16) a treinta y treinta y seis (36) meses cuando la cuantía no exceda de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
 
Última edición:
hola buenas noches! algun lanero que sepa de temas famliares? separaciones y cuota alimentaria que me pueda ayudar! un saludo!

Ve a una comisaría de familia o fiscalía.

Ahí tienes la información que necesitas de primera mano sin rumores. La asesoría es gratuita. La comisaría de familia que se toma es la que queda más cerca a la vivienda donde vive el menor.
 
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Laneros Buenas tardes.
Una consulta
Se puede hacer una "donación" en vida a un hijo de un bien inmueble que no sea incluida en herencia ni alegada por parte de los hijos después de la muerte del donante.
Si no es la donación existe algún tramite, sucede que mi padre tiene por objetivo dejarme una casa que seria parte del patrimonio que dejaría y no encuentro información clara al respecto.
 
Laneros Buenas tardes.
Una consulta
Se puede hacer una "donación" en vida a un hijo de un bien inmueble que no sea incluida en herencia ni alegada por parte de los hijos después de la muerte del donante.
Si no es la donación existe algún tramite, sucede que mi padre tiene por objetivo dejarme una casa que seria parte del patrimonio que dejaría y no encuentro información clara al respecto.
La fácil es que hagan una escritura como de venta, si el padre quiere alguna seguridad sobre ese inmueble puede conservar el usufructo. Con esa figura el inmueble seria del hijo pero el disfrute y uso serial legalmente del padre, es bastante interesante pues el hijo no podría hipotecar ese inmueble por ejemplo.

La otra es hacer una escritura de donación, en la notaria le describen los requisitos.

Así, al momento de la muerte del señor lo que se reparte son los bienes que estén a nombre de él.
 

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