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Estado
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Buenas, quisiera hacer una consulta..

En un proceso de sucesión intestada, cuánto porcentaje le corresponde a la cónyuge del fallecido, con quién tuvo 10 hijos, y qué pasa con el porcentaje que le correspondía a uno de esos 10 hijos pero que también murió y nunca se casó ni tuvo hijos?

Gracias!
 
Buenas, quisiera hacer una consulta..

En un proceso de sucesión intestada, cuánto porcentaje le corresponde a la cónyuge del fallecido, con quién tuvo 10 hijos, y qué pasa con el porcentaje que le correspondía a uno de esos 10 hijos pero que también murió y nunca se casó ni tuvo hijos?

Gracias!
Sorry, estaba desinformando.
 
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A la viuda le toca el doble que a los hijos, osea deben repartir la herencia en 12 y a ella le tocan tres partes, dos por heredar como cónyuge sobreviviente y otra adicional por el hijo que no dejo otro heredero..
Ojo el cónyuge no hereda, tiene es derecho al 50% por concepto de gananciales como liquidación de sociedad conyugal, el otro 50% entre los demás herederos (hijos)
 
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A la viuda le toca el doble que a los hijos, osea deben repartir la herencia en 12 y a ella le tocan tres partes, dos por heredar como cónyuge sobreviviente y otra adicional por el hijo que no dejo otro heredero..
Yo tenía entendido que primero se liquida la sociedad conyugal, la mitad para la señora y la mitad del fallecido pasa a dividirse entre los hijos (los herederos). Sin embargo, creo que en algunos casos el cónyuge recibe menos por la sociedad conyugal que lo que recibe cada heredero, entonces la ley permite (no sé si sigue vigente) que se reparta todo entre los herederos y el cónyuge pasa a recibir una parte denominada porción conyugal.

En cuanto al caso del que no deja descendientes, creo que le tocaría su parte a los ascendientes, es decir a la madre.
 
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Sres.
¿Opiniones sobre ingresar Queja ante Cmnd.P0l, debido 4drante y kai del sector no atienden situación de perturbación "noise", y se presume jefe Kai ha tomado partido a favor de los agresore$ e influye sobre sus subalternos?
Algunos en fmlia, se preguntan si puede haber reprezzalias encausando esto.
 
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Sres.
¿Opiniones sobre ingresar Queja ante Cmnd.P0l, debido 4drante y kai del sector no atienden situación de perturbación "noise", y se presume jefe Kai ha tomado partido a favor de los agresore$ e influye sobre sus subalternos?
Algunos en fmlia, se preguntan si puede haber reprezzalias encausando esto.
De pronto si escribieras de una manera un poco más clara fuera más fácil ayudarte
 
De pronto si escribieras de una manera un poco más clara fuera más fácil ayudarte
Es que el man está escribiendo en código para que no lo pillen los del Kai y no haya lugar a represalias...

El man pide opiniones sobre si pone una queja ante el comando de policía debido a que el cuadrante y el CAI del sector no están cumpliendo con su labor de intervenir ante un problema de ruido, y cree que es porque el jefe del CAI está en favor de los perturbadores.
 
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Buenas, hasta donde recuerdo si usted le quita los servicios públicos a un inquilino este puede quejarse en su contra... Ahora bien si usted desa que el contrato termine debe inicialmente manifestar de forma escrita y muy clara que de acuerdo al. Contrato firmado por las partes, el. Inquilino ha incumplido con los. Numerales que se refieren al pago de las expensas y de los servicios. Y que por esa razón usted le da hasta la fecha normalmente 15 días para que le haga entrega del. Predio aseado y que si en esa fecha no lo ha hecho se levantará un acta junto con. La policía y dos testigos y después de eso puede usted citarlo a una conciliación y luego si puede iniciar un proceso legal.

Esto es lo que he hecho con los inquilinos y ha funcionado la carta espero que le sirva
Carta notariada y ojalá enviada por correo certificado, para que quede constancia de la entrega (si este se niega a recibir y firmar el recibido del comunicado).

Puede poner cualquier razón, pero vale me la de falta de pago, es mejor decir que es para remodelaciones, venta o usted va a vivir allí o un familiar.

Una vez recibido por ley tiene 3 meses para entregar el predio. Si ya pasó el año del contrato y no se renovo se puede hacer en cualquier momento, no existe cláusula que después del año cumplido se renueva el contrato a otro año sin hacer la documentación. A menos que usted ponga más tiempo en el contrato.

Para poder recibir el predio por parte del inquilino, que no desea por voluntad entregar, debe hacer todo por lo legal, nada de palabra. Eso de quitarle los servicios es ilegal y puede salir es perjudicado usted.

La ley protege mucho al inquilino, así que es mejor ir haciendo el proceso.
Enviar carta de aviso informativo por correo certificado del Canon(es) que se adeudan, colocando fechas de dichas deudas. Recordándole los compromisos adquiridos en el contrato (el cual debe estar notariado por ambas partes) y citar dicha parte.
Muchachos muchas gracias, estare atento a sus consejos, vamos a ver como me va, ya les contare el siguiente capitulo.

O el @Turson es muy paranoico o es q ya llegamos a niveles sociales medio fascistas.
 
Buenas noches

Quizás ustedes me pueden ayudar con lo siguiente:

Compré un equipo móvil y antes del mes el equipo presentó fallas, este fue enviado a garantía, en el distribuidor dijeron que contaban con 30 días hábiles para la reparación. Transcurrió el tiempo, sin embargo NO hicieron entrega del equipo, y tampoco se manifiestan del distribuidor.

Quisiera saber qué artículo podría citar de forma clara para solicitar la devolución del dinero del equipo? Apenas estoy leyendo la Ley 1480 de 2011, pero no encuentro algo que se ajuste 100% a mi pretención.
 
Buenas noches

Quizás ustedes me pueden ayudar con lo siguiente:

Compré un equipo móvil y antes del mes el equipo presentó fallas, este fue enviado a garantía, en el distribuidor dijeron que contaban con 30 días hábiles para la reparación. Transcurrió el tiempo, sin embargo NO hicieron entrega del equipo, y tampoco se manifiestan del distribuidor.

Quisiera saber qué artículo podría citar de forma clara para solicitar la devolución del dinero del equipo? Apenas estoy leyendo la Ley 1480 de 2011, pero no encuentro algo que se ajuste 100% a mi pretención.

decreto 735 de 2013.

PQR o en su defecto derecho de petición solicitando lo que usted quiere en base a que están faltando a la ley. tienen 15 días hábiles para darle respuesta, que en su caso debe ser positiva, sinó, le toca acudir a la SIC
 
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Buenas noches

Quizás ustedes me pueden ayudar con lo siguiente:

Compré un equipo móvil y antes del mes el equipo presentó fallas, este fue enviado a garantía, en el distribuidor dijeron que contaban con 30 días hábiles para la reparación. Transcurrió el tiempo, sin embargo NO hicieron entrega del equipo, y tampoco se manifiestan del distribuidor.

Quisiera saber qué artículo podría citar de forma clara para solicitar la devolución del dinero del equipo? Apenas estoy leyendo la Ley 1480 de 2011, pero no encuentro algo que se ajuste 100% a mi pretención.

Ley 1480 de 2011, artículo 11. De todas formas, haga lo que dice el compañero, coloque derecho de petición, si se niegan a recibírselo pues queda como complicado demostrar eso, podría enviarlo por mensajería y quedarse con la guía.
Usted puede solicitar que le devuelvan la plata o otro equipo nuevo, o si está descontinuado, uno similar, usted decide.
 
Sres. ¿Maneras de buscar Abogado Bueno y Honesto en capital costa?, una herencia que debe recuperarse de un negocio sociedad con bienes, pero que está a manos del socio a demandar. Comentaron que debe hacerse proceso abrev. rendición ctas cuanto antes pq han pasado aññños.
Han tenido dificultad pq les cuesta confiar, cuando ya antes les hicieron "la judía".
 
Señores de casualidad alguien me puede recomendar un abogado bien bueno en Medellin para pelear la posesión del 50% de una casa? basicamente es una propiedad a la que se le hizo sucesion en vida del 50% pero el otro 50% esta embolatado y los hijos de los herederos difuntos no quieren llegar a nada y mi abuela lleva decadas manteniendo el inmueble, incluso lo tiene arrendado con contrato y como no quieren llegar a nada y sacarlo a remate significaria una buena perdida economica queremos analizar la posibilidad de tomar posesion
 
Estimados,

En un proceso de cobro civil judicial por una deuda a un particular, decretaron embargar la cuenta de ahorros. Nunca la embargaron realmente pero el banco no presta ni para un chicle porque ahi le aparecía según el gerente de la sucursal del banco. Dicho sea de paso por este medio fue que se enteró el demandado de dicho embargo. El asunto es que un año y 7 meses despues de que libraran mandamiento de pago el proceso se termino por desistimiento tácito, el demandado se entera porque busca en la pagina de procesos judiciales una vez le informaron del hecho del embargo en el banco.

Si se terminó ese proceso de esa forma irregular, se ordena levantar las medidas cautelares? Osea el embargo? Si es así quien lo ordena? Lafecha de terminacion del proceso es de marzo de este año.
 
Buenas, una consulta.

Hay un trabajador que está por ingresar a una empresa y necesita certificado de afiliación a pensión. Ya se revisó la cédula en Protección, Colpensiones, Porvenir y Old Mutual y no aparece ahí afiliado.

En dónde más se podría afiliar a pensión ? Le dijeron que fuera y revisara el RUA
 
Buenas, una consulta.

Hay un trabajador que está por ingresar a una empresa y necesita certificado de afiliación a pensión. Ya se revisó la cédula en Protección, Colpensiones, Porvenir y Old Mutual y no aparece ahí afiliado.

En dónde más se podría afiliar a pensión ? Le dijeron que fuera y revisara el RUA

Debería aparecer aquí https://ruaf.sispro.gov.co/Default.aspx de no ser así puede que nunca haya estado afiliado a algún fondo de pensión

algun parcero que sepa de derecho de familia??
diga a ver si puedo ayudarle
 
Buenas tardes,
Les voy a comentar un caso, Mi abuelo tuvo dos familias, el tenia un finca a nombre de él, (Mi abuelo ya falleció). Sucede que esa finca de un momento a otro apareció a nombre de la mujer que tuvo anteriormente, pero lo ilógico del caso es que en todo el proceso aparece que mi abuelo le cedió la finca a mi papá y mi papá se la cedió a la ex de mi abuelo, es algo ilógico. la otra familia hizo algún chanchullo para realizar ese proceso. ¿Alguno sabe cómo se puede llevar acabo ese proceso?
 
  • ¡Vaya!
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