[Consultorio Jurídico Laneros]

Estado
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De por dios, agente 86, transvista algunos numericos por letras. Todo fonéticamente asequible. Nada que a un internauta le trasnoche. Con respeto, solo me interesa que Lean, los que tengan la libre Voluntad de ayudar.
 
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Laneros, pregunta, hace como 5 semanas o 3, mandé a arreglar una iPad por pantalla quebrada en San Andresito San José, a partir de ese día el aparato quedó reiniciandose, el vendedor decía que no sabía por qué, que esperar un repuesto y que esperar y esperar y que nunca llegó, entonces que se la llevará y le deshabilitada algo, se la dejé hace 7 días y no responde mensajes, los primeros días sacaba excusas que no encontraba el repuesto y demás, existe alguna forma legal de proceder ahí? No hay facturas pero si un chat en el que se evidencia casi todo el problema.

Si me pudieran orientar, si ir y pedirle el iPad y firmar algo, o como proceder, gracias
 
Una pregunta a quien me pueda colaborar.

Tenia un contrato de prestación de servicios con una empresa y la misma me quedo adeudando un dinero y desde hace un mes no responden por ningún medio, el contrato firmado tenia una cláusula de incumplimiento en caso de que se incumpliera alguna de las cláusulas y paragrafos del mismo la cual establece unos porcentajes a pagar a manera de indemnización, asi mismo en el contrato esta asentado el plazo máximo para pago de dineros (el cual ya caduco).

La clausula de incumplimiento establece lo siguiente:
Para su cobro no será necesario ningún requerimiento judicial y deberá pagarse a la parte cumplida al momento inmediato del incumplimiento. En caso de no pagarse de inmediato, dicha cláusula se podrá cobrar, a elección de la parte beneficiaria, por la vía ejecutiva o arbitral

Como la empresa no responde por ningún medio supongo que me tocara proceder por la via ejecutiva o arbitral, en ese caso como se hace? debo enviar un derecho de petición? la empresa esta localizada en Bogota y yo en Medellin, no se si deba acudir a un juzgado y citarlos a conciliación o comenzar por un derecho de petición o algo

Agradezco cualquier ayuda, es primera vez que me toca llegar a estos extremos con una empresa
 
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Una pregunta a quien me pueda colaborar.

Tenia un contrato de prestación de servicios con una empresa y la misma me quedo adeudando un dinero y desde hace un mes no responden por ningún medio, el contrato firmado tenia una cláusula de incumplimiento en caso de que se incumpliera alguna de las cláusulas y paragrafos del mismo la cual establece unos porcentajes a pagar a manera de indemnización, asi mismo en el contrato esta asentado el plazo máximo para pago de dineros (el cual ya caduco).

La clausula de incumplimiento establece lo siguiente:
Para su cobro no será necesario ningún requerimiento judicial y deberá pagarse a la parte cumplida al momento inmediato del incumplimiento. En caso de no pagarse de inmediato, dicha cláusula se podrá cobrar, a elección de la parte beneficiaria, por la vía ejecutiva o arbitral

Como la empresa no responde por ningún medio supongo que me tocara proceder por la via ejecutiva o arbitral, en ese caso como se hace? debo enviar un derecho de petición? la empresa esta localizada en Bogota y yo en Medellin, no se si deba acudir a un juzgado y citarlos a conciliación o comenzar por un derecho de petición o algo

Agradezco cualquier ayuda, es primera vez que me toca llegar a estos extremos con una empresa
Poder a un abogado y que él se encargue.
 
Una pregunta a quien me pueda colaborar.

Tenia un contrato de prestación de servicios con una empresa y la misma me quedo adeudando un dinero y desde hace un mes no responden por ningún medio, el contrato firmado tenia una cláusula de incumplimiento en caso de que se incumpliera alguna de las cláusulas y paragrafos del mismo la cual establece unos porcentajes a pagar a manera de indemnización, asi mismo en el contrato esta asentado el plazo máximo para pago de dineros (el cual ya caduco).

La clausula de incumplimiento establece lo siguiente:
Para su cobro no será necesario ningún requerimiento judicial y deberá pagarse a la parte cumplida al momento inmediato del incumplimiento. En caso de no pagarse de inmediato, dicha cláusula se podrá cobrar, a elección de la parte beneficiaria, por la vía ejecutiva o arbitral

Como la empresa no responde por ningún medio supongo que me tocara proceder por la via ejecutiva o arbitral, en ese caso como se hace? debo enviar un derecho de petición? la empresa esta localizada en Bogota y yo en Medellin, no se si deba acudir a un juzgado y citarlos a conciliación o comenzar por un derecho de petición o algo

Agradezco cualquier ayuda, es primera vez que me toca llegar a estos extremos con una empresa
Según entiendo, la vía ejecutiva es como usted pedir el embargo de una casa por el incumplimiento de una hipoteca, en este caso, es algo similar: se incumplió la obligación. La vía arbitral es si usted va a cámara de comercio, puede ser más rápido, pero vale más que lo que le cobra un abogado.
En todo caso, puede no ser tan sencillo el cobro, pueden hacer artimañas para no cumplirle, como declararse en quiebra y todo eso.
 
Buenas amigos, creo este post para que por favor me ayuden con asesoría y también para que conozcan y aprendan de mi caso.

Resulta que salgo de vacaciones a Melgar, siempre respeto las normas de transito, pero me ponen un fotocomparendo por velocidad (no se porque si siempre respete la velocidad). El caso es que me llaman a mediados de enero de la secretaria de transito de Cundinamarca para preguntarme si ya realice el pago de ese fotocomparendo (400.000 pesos) que supuestamente se cometió en noviembre de 2019 en Sibate, me dicen que me acerque a la secretaria para arreglar el pago en la calle 13 # 30-20. En donde me presento a poner una PQR porque nunca fui notificado. En este lugar me entregan copia del fotocomparendo el cual tiene una dirección antigua de mi casa donde vivo hace 20 años y en todo lado hasta en el SIM, declaración de renta y todo lado tengo mi dirección nueva o sea datos actualizados, en el fotocomparendo que entregan no se ve ninguna evidencia, no tiene foto ni nada.

Mi problema es que en la secretaria de transito de Cundinamarca no aceptan PQRs, me dicen que la envie a dos correos del transito de Sibate el cual uno tiene bandeja llena y en el otro no responden la PQR y no dan radicados.

¿Ustedes saben ante quien puedo radicar una PQR o que autoridad esta sobre la secretaria de transito de Cundinamarca y la de Sibate que pueda atender mi caso?

¿Cuanto tiempo tengo antes de que me embarguen las cuentas o me reporten en data crédito?

Como datos curiosos:
Para descuentos debia tomar un curso en Sibate, cuando vivo en Bogota y aca podria tomar el curso.
Con esa mano de peajes, con esas multas abusivas, extorsivas y para mi de mala fe que ponen solo por pasar por X sitio, porque no veo la evidencia, creo que mis próximas vacaciones serán en avión y me saldrá hasta mas barato.

muchas gracias por la ayuda.
 
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Buenas amigos, creo este post para que por favor me ayuden con asesoría y también para que conozcan y aprendan de mi caso.

Resulta que salgo de vacaciones a Melgar, siempre respeto las normas de transito, pero me ponen un fotocomparendo por velocidad (no se porque si siempre respete la velocidad). El caso es que me llaman a mediados de enero de la secretaria de transito de Cundinamarca para preguntarme si ya realice el pago de ese fotocomparendo (400.000 pesos) que supuestamente se cometió en noviembre de 2019 en Sibate, me dicen que me acerque a la secretaria para arreglar el pago en la calle 13 # 30-20. En donde me presento a poner una PQR porque nunca fui notificado. En este lugar me entregan copia del fotocomparendo el cual tiene una dirección antigua de mi casa donde vivo hace 20 años y en todo lado hasta en el SIM, declaración de renta y todo lado tengo mi dirección nueva o sea datos actualizados, en el fotocomparendo que entregan no se ve ninguna evidencia, no tiene foto ni nada.

Mi problema es que en la secretaria de transito de Cundinamarca no aceptan PQRs, me dicen que la envie a dos correos del transito de Sibate el cual uno tiene bandeja llena y en el otro no responden la PQR y no dan radicados.

¿Ustedes saben ante quien puedo radicar una PQR o que autoridad esta sobre la secretaria de transito de Cundinamarca y la de Sibate que pueda atender mi caso?

¿Cuanto tiempo tengo antes de que me embarguen las cuentas o me reporten en data crédito?

Como datos curiosos:
Para descuentos debia tomar un curso en Sibate, cuando vivo en Bogota y aca podria tomar el curso.
Con esa mano de peajes, con esas multas abusivas, extorsivas y para mi de mala fe que ponen solo por pasar por X sitio, porque no veo la evidencia, creo que mis próximas vacaciones serán en avión y me saldrá hasta mas barato.

muchas gracias por la ayuda.
Es triste pero la experiencia me ha llevado a no pelear esas cosas, mucha gente dice que ha ganado pero yo no conozco al primero, ahora bien yo tuve un caso parecido nunca me notificaron y fue cuando me llego una notificacion de cobro coactivo, pase un derecho de peticion asesorado por un abogado y con todos los soportes, igual perdi. Aparecio el supuesto soporte del correo certificado en donde me notificaron (mismo caso suyo una direccion que nuca tuvo vinculo con el carro y en la que no vivia hace mas de 5 años) , continuar alegando no lo vi como opcion por diferentes razones, me tocaba tener una asesoria legal para ir un poco mejor armado asi que mas plata, el tema del cobro tambien me preocupaba por el reporte, no se si llegue hasta alla pero necesitaba sacar un credito, finalmente no disponia del tiempo para andar en esas vueltas, motivo por el cual pague.

De las lecciones le dejo algunas que tal vez sirvan, los comparendos que se hacen fuera de Bogota puede hacer el curso en el sitio donde ocurrio la infracccion o en el terminal, ahi puede hacerlos a nivel nacional y se evita el desplazamiento.
Cuando alega y pierde, automaticamente pierde derecho para hacer el curso, es decir toca pagar precio full. razon por la cual mire si es mejor pagar los 250 o gastar en parqueaderos aesorias y demas.

saludos
 
Buenas tardes compañeros Laneros. Necesito un abogado pues tengo una demanda en el juzgado 18 de familia. Si alguien conoce o me puede asesorar le agradeceria mucho. Gracias
 
Buenas, tengo una consulta.
En el conjunto donde vivo entró un carro al parqueadero de visitantes, este carro lleva ahí mes y medio según los registros. Ahora bien la administración del conjunto ha indagado con todos los residentes y ninguno da razón de ese carro; ayer estuvo la policía del cuadrante y llamaron a personas que conocen, ellos adujeron que no podían hacer nada pues el carro no aparece como robado, perdido o similar y que si queremos hacer algo lo único que propusieron fue sacarlo del conjunto y dejarlo en la calle para que transito se lo llevase.
Nos surge la duda, ante un carro abandonado en el conjunto de esa manera, legalmente que se podría hacer para que se lleven el carro y no haya lío para nadie?.
 
Buenas, tengo una consulta.
En el conjunto donde vivo entró un carro al parqueadero de visitantes, este carro lleva ahí mes y medio según los registros. Ahora bien la administración del conjunto ha indagado con todos los residentes y ninguno da razón de ese carro; ayer estuvo la policía del cuadrante y llamaron a personas que conocen, ellos adujeron que no podían hacer nada pues el carro no aparece como robado, perdido o similar y que si queremos hacer algo lo único que propusieron fue sacarlo del conjunto y dejarlo en la calle para que transito se lo llevase.
Nos surge la duda, ante un carro abandonado en el conjunto de esa manera, legalmente que se podría hacer para que se lleven el carro y no haya lío para nadie?.

Y con la placa no se puede determinar a nombre de quien está el vehículo para que lo contacten??.
 
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Buenas, tengo una consulta.
En el conjunto donde vivo entró un carro al parqueadero de visitantes, este carro lleva ahí mes y medio según los registros. Ahora bien la administración del conjunto ha indagado con todos los residentes y ninguno da razón de ese carro; ayer estuvo la policía del cuadrante y llamaron a personas que conocen, ellos adujeron que no podían hacer nada pues el carro no aparece como robado, perdido o similar y que si queremos hacer algo lo único que propusieron fue sacarlo del conjunto y dejarlo en la calle para que transito se lo llevase.
Nos surge la duda, ante un carro abandonado en el conjunto de esa manera, legalmente que se podría hacer para que se lleven el carro y no haya lío para nadie?.
Las zonas comunes no pueden estar ocupadas por una sola persona (darle uso exclusivo) eso esta en la ley 675 de 2001, menos aun si no se conoce el dueño del vehiculo y por lo tanto ni siquiera un copropietario de ese conjunto será.

La administración debe llamar al transito para que se lo lleve a los patios, nada más, o hacer lo que le dijeron los policias, que ellos lo saquen a la calle y que el transito actue por estar mal parqueado en la calle.
 
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Y con la placa no se puede determinar a nombre de quien está el vehículo para que lo contacten??.
De hecho se determinó un dueño de ese carro pero no un numero de telefono para contactarle a patir de consulta del runt por VIN
 
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Las zonas comunes no pueden estar ocupadas por una sola persona (darle uso exclusivo) eso esta en la ley 675 de 2001, menos aun si no se conoce el dueño del vehiculo y por lo tanto ni siquiera un copropietario de ese conjunto será.

La administración debe llamar al transito para que se lo lleve a los patios, nada más, o hacer lo que le dijeron los policias, que ellos lo saquen a la calle y que el transito actue por estar mal parqueado en la calle.
Creería que para curarse en salud la Administración debería proceder con algo así:

- Colocar un comunicado en las zonas comunes solicitando al propietario del carro acercarse a cancelar el uso del parqueadero de visitantes (si lo manejan) y advirtiendo que si a la fecha XX no lo ha hecho, se procederá a su retiro en base a la ley que comenta Sarcoleto.

- Si no aparece para entonces ahí si ya sacarlo a la calle y llamar a tránsito para que se lo lleven.

Pensaría que así cuando aparezca el individuo no podrá emproblemar a la Administración diciendo que fueron arbitrarios con su propiedad, no se hizo debido proceso o no se avisó.
 
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Sres.
Cuando ingresan una queja o petición ante una entidad, y desean enviar la misma petición a la entidad de control o superior que lo vigila. ¿Es adecuado poner un pie de pagina que va una copia al superior (o el de control)?, ¿o eso pone en sobreaviso a ese personaje y este se pueda mover a que el oficio no le llegue al que realiza el control, o le llegue a un compinche?
¿Para control vigilancia mejor enviar directo a la personería, y no a la procuraduría?
Caso donde piensan si ha habido manejo de influencias, o flojera.
Si alguien se mide a ayudar un poquito por mp. Gracias.
 
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Sres.
Cuando ingresan una queja o petición ante una entidad, y desean enviar la misma petición a la entidad de control o superior que lo vigila. ¿Es adecuado poner un pie de pagina que va una copia al superior (o el de control)?, ¿o eso pone en sobreaviso a ese personaje y este se pueda mover a que el oficio no le llegue al que realiza el control, o le llegue a un compinche?
¿Para control vigilancia mejor enviar directo a la personería, y no a la procuraduría?
Caso donde piensan si ha habido manejo de influencias, o flojera.
Si alguien se mide a ayudar un poquito por mp. Gracias.
depende recuerde que la personería es un ente de control de entidades del distrito y la procuraduría es ente de control del estado.
 

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