[Consultorio Jurídico Laneros]

Estado
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Buenas tardes, me encuentro en un proceso de sucesión intestada pero el abogado contratado se perdió y no se sabe nada del caso. Me podría acercar al juzgado asignado a solicitar información? Adicionalmente, un tercero puede pedir la información o tiene que tener algún tipo de permiso?

Además de que puede poner una queja disciplinaria en contra del abogado por dejarle tirado ese proceso.
Eso también se realiza de forma virtual.
 
Buenas a todos. Servientrega nos hizo el cambiazo de un paquete. Un familiar le mandó a mi novia una ropa, tenemos foto del paquete de origen y todo. Nos llegó una estopa en una bolsa negra y sin guía. El paquete lo recibió el portero de la unidad, ya que nosotros no estabamos en el apartamento cuando este llegó. Tenemos el video de las cámaras de seguridad donde se ve que la bolsa negra esta venía sin guía, que incluso el portero la mira y le pregunta al de Servientrega. Obviamente él no tenía fotos del paquete ni sabía qué esperar. La cosa es que el paquete llegó 1 de Julio, la reclamación por la página se hizo siguiente día, el 2 de Julio. El 13 prorrogaron la PQR y se ganaron 15 días hábiles más, y hoy respondieron diciendo que el paquete fue entregado a conformidad y que se puede evidenciar en la guía, una estupidez así. Se les ha escrito por Twitter pero tampoco dicen nada. La estopa la recogieron y no nos dieron siquiera un comprobante de eso, nunca hemos tenido una guía de este envío.

La verdad no sabemos qué hacer. El paquete venía asegurado por $100.000. Lo envío una señora mayor, ni siquiera le preguntaron por cuánto asegurar el paquete, aunque pues que al menos respondan por esos $100.000. Lo que venía en el paquete vale al rededor de $170.000 y eran unas prendas de vestir que le iba a regalar.

Supongo que ahora sigue una denuncia en la SIC, pero no sé cómo se hace eso, nunca lo he hecho. Pensamos también en abrir una mediación por SIC Facilita, pero al buscar el "proveedor contra el que desea presentar su reclamo", no nos sale Servientrega. Adicional es que ya van 2 meses calendario y no sabemos cuál sea la mejor opción en términos de tiempo.

Alguna recomendación? Los escuchamos, muchas gracias.
 
Buenas a todos. Servientrega nos hizo el cambiazo de un paquete. Un familiar le mandó a mi novia una ropa, tenemos foto del paquete de origen y todo. Nos llegó una estopa en una bolsa negra y sin guía. El paquete lo recibió el portero de la unidad, ya que nosotros no estabamos en el apartamento cuando este llegó. Tenemos el video de las cámaras de seguridad donde se ve que la bolsa negra esta venía sin guía, que incluso el portero la mira y le pregunta al de Servientrega. Obviamente él no tenía fotos del paquete ni sabía qué esperar. La cosa es que el paquete llegó 1 de Julio, la reclamación por la página se hizo siguiente día, el 2 de Julio. El 13 prorrogaron la PQR y se ganaron 15 días hábiles más, y hoy respondieron diciendo que el paquete fue entregado a conformidad y que se puede evidenciar en la guía, una estupidez así. Se les ha escrito por Twitter pero tampoco dicen nada. La estopa la recogieron y no nos dieron siquiera un comprobante de eso, nunca hemos tenido una guía de este envío.

La verdad no sabemos qué hacer. El paquete venía asegurado por $100.000. Lo envío una señora mayor, ni siquiera le preguntaron por cuánto asegurar el paquete, aunque pues que al menos respondan por esos $100.000. Lo que venía en el paquete vale al rededor de $170.000 y eran unas prendas de vestir que le iba a regalar.

Supongo que ahora sigue una denuncia en la SIC, pero no sé cómo se hace eso, nunca lo he hecho. Pensamos también en abrir una mediación por SIC Facilita, pero al buscar el "proveedor contra el que desea presentar su reclamo", no nos sale Servientrega. Adicional es que ya van 2 meses calendario y no sabemos cuál sea la mejor opción en términos de tiempo.

Alguna recomendación? Los escuchamos, muchas gracias.
Hola,
El sistema de correos postales está sujeto a la misma vía de las telecomunicaciones en materia de quejas. En este caso el paso a seguir es radicar un recurso de reposición y en subsidio de apelación para que, en caso de que la respuesta de Servientrega vuelva a ser negativa, sea la SIC quien dirima el caso. Si recibiste la respuesta ayer, tienes cinco días hábiles para presentar recursos.
Ahora bien, al ser un recurso que es la última oportunidad que tienes de controvertir, te recomendaría hacerlo lo más formal posible, añadiendo las norma referente al caso (ej. Ley 1369 de 2009).
Por otro lado, sobre el valor declarado normalmente cuando hay expoliación es de hasta cinco veces el valor declarado del envío. En Laneros presto un servicio de redacción de peticiones, si deseas asesoría puedes ver acá.
 
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Buenas. Voy a comentar el caso que me está sucediendo a ver cómo puedo proceder:

El 18 de Octubre de 2019 compré en la tienda Ktronix Cacique, de la ciudad de Bucaramanga, un portátil HP Pavilion CX0001LA. Junto con la compra del equipo compré una póliza de garantía extendida que ofrece la tienda en asocio con SURA.

El portátil en su primer año de garantía (que lo cubre el fabricante) tuvo dos reparaciones (falla de bisagras y falla de touchpad). Para qué, HP respondió en buenos tiempos y las reparaciones fueron exitosas y todo quedó en buen término en su momento. Las dos revisiones y reparaciones fueron hechas por WODEN.

Luego de vencerse la garantía de fábrica, comenzó a correr el tiempo del cubrimiento de la garantía extendida de Ktronix-SURA. Luego de trabajar con el equipo, me doy cuenta que volvió a fallar el touchpad y exactamente con las mismas características de la falla en el periodo de garantía de fabricante, y decido llamar al #888 de SURA para hacer efectiva la póliza y ya se tuvo de inicio el primer problema: el el sistema de ellos aparecía CONTRATO CANCELADO y me tocó ir a Ktronix a pedir la factura del equipo más un certificado en donde se especificaba que la póliza debía estar vigente.

Luego de solucionar el primer enrollo, SURA envío la guía para enviar el equipo a un tercero que tiene contrato con SURA para la revisión llamado CESER en la ciudad de Bogotá. Se envía el equipo a finales del mes de Mayo y detectan falla de Touchpad y CESER procede a cambiar la pieza (según ellos, pedida al fabricante la pieza). El equipo llega a mediados de Junio acá a Girón, pero en ese entonces me encontraba fuera de la ciudad y sólo pude revisar el equipo a finales de Junio. Al revisar y hacer pruebas me doy cuenta que la ralla reincide ya que se supone que repararon el equipo y la falla persiste. Según los términos y condiciones de la garantía extendida dicen lo siguiente:

1628187700369.png


Al ver esto y de que la falla reincide, vuelvo a llamar a SURA y ellos me vuelven a enviar otra guía (la cual se demoró bastante ya que se solicitó el 2 de Julio y la guía llegó a mediados de Julio, y eso fue porque presioné enviando correos electrónicos a personas de SURA que aparecían en las guías de Servientrega). Como la primera vez, también la guía enviada por SURA iba dirigida a CESER. En toda la gestión de la garantía extendida, he estado siguiendo el proceso mediante el asesor de CESER encargado de las garantías extendidas (no voy a revelar el nombre en este foro) y él es el que me ha dado los diagnósticos. La discordia en la segunda revisión es que CESER decide concluir que la culpa era del fabricante por repuesto defectuoso y que ya tenían el equipo listo. Teniendo en cuenta los términos y condiciones de la Garantía Extendida pues obviamente no voy a estar de acuerdo con ese diagnóstico ya que es un claro incumplimento de la cláusula en caso de falla reincidente.

Entonces procedo no solo llamar de nuevo al #888 sino a enviar un correo electrónico al que aparecía en una de las guías de servientregas usadas para enviar el equipo. En el #888 me dijeron que iban a escalar el caso para revisarlo, pero hoy me llama una de las personas que le envié el correo electrónico comentando la inconformidad con el diagnóstico y me sale con esta perla: que no es falla reincidente porque "sólo falló la pieza cambiada y no el equipo" y me saca la casta santandereana y les canto la tabla diciendo que eso es ilógico porque en ninguna parte de los términos y condiciones especifican cómo debe ser la reincidencia más allá de que la falla sea de las mismas características de la que fue reparada (lo cual es así, y tengo un enorme soporte en videos no listados en YouTube explicando la falla, y de esos videos todos les tengo la copia en físico). También les dije que sólo aceptaba cambio de equipo o nota de crédito en Ktronix y que fueran consecuentes con lo que dicen los términos y condiciones de la garantía extendida en los casos de falla reincidente. Y para ponerle el punto final le dije que si no cumplían tomaba acciones legales ya que es un claro incumplimiento a lo pactado en la póliza. Al final, la asesora de SURA (exactamente de la filial Assurant) dijo que iban a revisar el caso y luego daban el dictamen final.

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Como se pueden dar cuenta, esos 220mil que me costó esa póliza me ha sacado varias canas y al ver que el camino es en que SURA y CESER se van a lavar las manos con el caso, quisiera saber cómo se procedería en caso de que SURA decida solamente en decir que "no hay reincidencia porque la pieza reemplazada falló". Acabo de leer de nuevo el contrato de la póliza y en ninguna parte aparece una exclusión de reincidencia "porque la pieza reemplazada falle".

Por ahí leí que en estos caso toca llevarlo a la superintendencia financiera de Colombia y tengo el temor de que no sea igual de fuerte en fallos a cómo lo ha sido la SIC cuando las garantías de fabricante no cumplen. No sé qué otra acción legal se pueda llevar a cabo en caso de incumplimiento.
 
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Lo primero que debe hacer es colocar una PQR/derecho de petición a Ktronix, puede hacerlo por correo, ir físicamente, llamada. Ellos le deben ayudar con esa gestión ante Sura. Pero si o si debe colocar la petición ante Ktronix antes de la SIC, ellos tienen 15 días hábiles para darle respuesta, a veces menos.
 
Buenas, voy a vender una moto a una hermana en otra ciudad, se necesita imagino un poder para hacer el traspaso.

Será que alguien me puede guiar a cómo hacer el proceso?
 
Muchas gracias por el enlace, una consulta: El Apoderado no está en la ciudad del Poderdante y no puede firmar la carta ante notario como aparece ahí. Imagino que esa parte puede estar en blanco, cierto?
Es lo más probable, ya que lo que se busca es que otra persona haga trámites por mí, por ejemplo. En la Notaría te deben explicar mejor.
 
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Muchas gracias por el enlace, una consulta: El Apoderado no está en la ciudad del Poderdante y no puede firmar la carta ante notario como aparece ahí. Imagino que esa parte puede estar en blanco, cierto?

No necesita el documento autenticado o si quiere hacerlo solo con la firma del propietario. El otro va y lo llena y lo firma después sin problema.
 
Buenas noches amigos laneros no sé si éste sea el hilo para mí consulta, pero creo que es el que más se acerca, quisiera contarles sobre una situación en particular que me está pasando, trabajo en una empresa como operario misceláneo y hace poco me gradué de una tecnología, aclaró que en esta empresa hasta ahora no ejerzo de ninguna forma mi título. Sin embargo esta semana me llega un correo que dice lo siguiente.
En el informe, el COPNIA constató que usted no cuenta con el Registro Profesional correspondiente, y señala
especialmente que se encuentra en un ejercicio ilegal de la profesión, de conformidad con el artículo 13 de la
Ley 842 de 2003, que se transcribe a continuación:
“ARTÍCULO 13. EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN. Ejerce ilegalmente la profesión de la Ingeniera,
de sus profesiones afines o de sus profesiones auxiliares y por lo tanto incurrirá en las sanciones que
decrete la autoridad penal, administrativa o de policía correspondiente, la persona que sin cumplir
los requisitos previstos en esta ley o en normas concordantes, practique cualquier acto comprendido
en el ejercicio de estas profesiones. En igual infracción incurrirá la persona que, mediante avisos,
propaganda, anuncios profesionales, instalación de oficinas, fijación de placas murales o en
cualquier otra forma, actúe, se anuncie o se presente como Ingeniero o como Profesional Afín o
como Profesional Auxiliar de la Ingeniería, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la
presente ley. (…)”

La oficina de recursos humanos de mi empresa me dice que debo registrarme y sacar una especie de licencia o certificado de esta entidad o de lo contrario incurriría en alguna sanción y la empresa también, Dicho certificado cuesta $300.000
Mi pregunta es la siguiente es cierto esto que me dicen en la empresa y en el comunicado? si no ejerzo la profesión cómo me pueden decir que estoy haciendo algo ilegal y porqué debo de sacar este certificado.
 
Buenas noches amigos laneros no sé si éste sea el hilo para mí consulta, pero creo que es el que más se acerca, quisiera contarles sobre una situación en particular que me está pasando, trabajo en una empresa como operario misceláneo y hace poco me gradué de una tecnología, aclaró que en esta empresa hasta ahora no ejerzo de ninguna forma mi título. Sin embargo esta semana me llega un correo que dice lo siguiente.
En el informe, el COPNIA constató que usted no cuenta con el Registro Profesional correspondiente, y señala
especialmente que se encuentra en un ejercicio ilegal de la profesión, de conformidad con el artículo 13 de la
Ley 842 de 2003, que se transcribe a continuación:
“ARTÍCULO 13. EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN. Ejerce ilegalmente la profesión de la Ingeniera,
de sus profesiones afines o de sus profesiones auxiliares y por lo tanto incurrirá en las sanciones que
decrete la autoridad penal, administrativa o de policía correspondiente, la persona que sin cumplir
los requisitos previstos en esta ley o en normas concordantes, practique cualquier acto comprendido
en el ejercicio de estas profesiones. En igual infracción incurrirá la persona que, mediante avisos,
propaganda, anuncios profesionales, instalación de oficinas, fijación de placas murales o en
cualquier otra forma, actúe, se anuncie o se presente como Ingeniero o como Profesional Afín o
como Profesional Auxiliar de la Ingeniería, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la
presente ley. (…)”

La oficina de recursos humanos de mi empresa me dice que debo registrarme y sacar una especie de licencia o certificado de esta entidad o de lo contrario incurriría en alguna sanción y la empresa también, Dicho certificado cuesta $300.000
Mi pregunta es la siguiente es cierto esto que me dicen en la empresa y en el comunicado? si no ejerzo la profesión cómo me pueden decir que estoy haciendo algo ilegal y porqué debo de sacar este certificado.
No tengo ni idea cual sea la respuesta correcta y tampoco se mucho de ese tema... pero yo pensaría que si realmente no está ejerciendo la tecnología de la que se graduó y está trabajando para la empresa en "otra cosa" no veo razón de porque estar haciendo algo ilegal...
Es decir... si supongamos ud se graduo de ingenieria de sistemas, y se fue a una empresa a trabajar como repartidor de pizzas... no creo que tenga una cosa nada que ver con la otra.

Por otro lado, si es mejor estar registrado en el COPNIA, para que en un futuro que quiera ejercer no tenga problema alguno.
 
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Buenas noches amigos laneros no sé si éste sea el hilo para mí consulta, pero creo que es el que más se acerca, quisiera contarles sobre una situación en particular que me está pasando, trabajo en una empresa como operario misceláneo y hace poco me gradué de una tecnología, aclaró que en esta empresa hasta ahora no ejerzo de ninguna forma mi título. Sin embargo esta semana me llega un correo que dice lo siguiente.
En el informe, el COPNIA constató que usted no cuenta con el Registro Profesional correspondiente, y señala
especialmente que se encuentra en un ejercicio ilegal de la profesión, de conformidad con el artículo 13 de la
Ley 842 de 2003, que se transcribe a continuación:
“ARTÍCULO 13. EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN. Ejerce ilegalmente la profesión de la Ingeniera,
de sus profesiones afines o de sus profesiones auxiliares y por lo tanto incurrirá en las sanciones que
decrete la autoridad penal, administrativa o de policía correspondiente, la persona que sin cumplir
los requisitos previstos en esta ley o en normas concordantes, practique cualquier acto comprendido
en el ejercicio de estas profesiones. En igual infracción incurrirá la persona que, mediante avisos,
propaganda, anuncios profesionales, instalación de oficinas, fijación de placas murales o en
cualquier otra forma, actúe, se anuncie o se presente como Ingeniero o como Profesional Afín o
como Profesional Auxiliar de la Ingeniería, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la
presente ley. (…)”

La oficina de recursos humanos de mi empresa me dice que debo registrarme y sacar una especie de licencia o certificado de esta entidad o de lo contrario incurriría en alguna sanción y la empresa también, Dicho certificado cuesta $300.000
Mi pregunta es la siguiente es cierto esto que me dicen en la empresa y en el comunicado? si no ejerzo la profesión cómo me pueden decir que estoy haciendo algo ilegal y porqué debo de sacar este certificado.

La comunicación que le enviaron debe ser genérica basada en el listado de graduados de las instituciones de educación superior, no es que le estén diciendo que usted esté precisamente ejerciendo la profesión. Lo que le están pidiendo es que pase por la caja y les pague la dichosa tarjeta profesional.

No sé que expectativas tenga usted, pero sí es recomendable sacar cuatro antes ese documento porque la experiencia profesional, técnica o tecnológica únicamente empieza a contar desde la expedición de la famosa tarjeta profesional. Puede que recién graduado no sienta esa necesidad, pero el día de mañana le puede dañar la firma de un mejor contrato o una mejor posición.
 
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Reacciones: Eders Millin
Buenas noches amigos laneros no sé si éste sea el hilo para mí consulta, pero creo que es el que más se acerca, quisiera contarles sobre una situación en particular que me está pasando, trabajo en una empresa como operario misceláneo y hace poco me gradué de una tecnología, aclaró que en esta empresa hasta ahora no ejerzo de ninguna forma mi título. Sin embargo esta semana me llega un correo que dice lo siguiente.
En el informe, el COPNIA constató que usted no cuenta con el Registro Profesional correspondiente, y señala
especialmente que se encuentra en un ejercicio ilegal de la profesión, de conformidad con el artículo 13 de la
Ley 842 de 2003, que se transcribe a continuación:
“ARTÍCULO 13. EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN. Ejerce ilegalmente la profesión de la Ingeniera,
de sus profesiones afines o de sus profesiones auxiliares y por lo tanto incurrirá en las sanciones que
decrete la autoridad penal, administrativa o de policía correspondiente, la persona que sin cumplir
los requisitos previstos en esta ley o en normas concordantes, practique cualquier acto comprendido
en el ejercicio de estas profesiones. En igual infracción incurrirá la persona que, mediante avisos,
propaganda, anuncios profesionales, instalación de oficinas, fijación de placas murales o en
cualquier otra forma, actúe, se anuncie o se presente como Ingeniero o como Profesional Afín o
como Profesional Auxiliar de la Ingeniería, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la
presente ley. (…)”

La oficina de recursos humanos de mi empresa me dice que debo registrarme y sacar una especie de licencia o certificado de esta entidad o de lo contrario incurriría en alguna sanción y la empresa también, Dicho certificado cuesta $300.000
Mi pregunta es la siguiente es cierto esto que me dicen en la empresa y en el comunicado? si no ejerzo la profesión cómo me pueden decir que estoy haciendo algo ilegal y porqué debo de sacar este certificado.

Lo primero que debe hacer es verificar en su contrato laboral sus funciones, ya con eso puede tomar una idea.
 
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la dichosa tarjeta profesional.

cómo tumbamos esa mkda? :ROFLMAO:

O por lo menos que modernicen esa mondá, cómo es posible que uno se gradué, tanta joda para un diploma para que luego le salgan con eso que ahora pague por la tarjeta 🤷‍♂️ . Debería ser tome su cartón y su tarjeta de una vez, 2x1.

Los ingenieros civiles son los únicos que la sacan al otro día, porque en algún punto se enteraron que sin tarjeta ni m. (y para Ing. civiles tiene su peso) Pero el resto de ingenierías pa que hptas?


Tony.
 
cómo tumbamos esa mkda? :ROFLMAO:

O por lo menos que modernicen esa mondá, cómo es posible que uno se gradué, tanta joda para un diploma para que luego le salgan con eso que ahora pague por la tarjeta 🤷‍♂️ . Debería ser tome su cartón y su tarjeta de una vez, 2x1.

Los ingenieros civiles son los únicos que la sacan al otro día, porque en algún punto se enteraron que sin tarjeta ni m. (y para Ing. civiles tiene su peso) Pero el resto de ingenierías pa que hptas?


Tony.
Es una de las típicas muestras de lo que se llama captura de rentas. Un grupito que se une, habla con el político y presentan un proyecto de ley y listo.

Entiendo que hay un proyecto de ley de un senador del partido verde llamado Juan Luis Castro, ese proyecto acaba con casi toda esa vagabundería. Valdría la pena apoyarlo porque dadas las mayorías en el congreso capaz lo hunden.
 
Buenas noches amigos laneros no sé si éste sea el hilo para mí consulta, pero creo que es el que más se acerca, quisiera contarles sobre una situación en particular que me está pasando, trabajo en una empresa como operario misceláneo y hace poco me gradué de una tecnología, aclaró que en esta empresa hasta ahora no ejerzo de ninguna forma mi título. Sin embargo esta semana me llega un correo que dice lo siguiente.
En el informe, el COPNIA constató que usted no cuenta con el Registro Profesional correspondiente, y señala
especialmente que se encuentra en un ejercicio ilegal de la profesión, de conformidad con el artículo 13 de la
Ley 842 de 2003, que se transcribe a continuación:
“ARTÍCULO 13. EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN. Ejerce ilegalmente la profesión de la Ingeniera,
de sus profesiones afines o de sus profesiones auxiliares y por lo tanto incurrirá en las sanciones que
decrete la autoridad penal, administrativa o de policía correspondiente, la persona que sin cumplir
los requisitos previstos en esta ley o en normas concordantes, practique cualquier acto comprendido
en el ejercicio de estas profesiones. En igual infracción incurrirá la persona que, mediante avisos,
propaganda, anuncios profesionales, instalación de oficinas, fijación de placas murales o en
cualquier otra forma, actúe, se anuncie o se presente como Ingeniero o como Profesional Afín o
como Profesional Auxiliar de la Ingeniería, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la
presente ley. (…)”

La oficina de recursos humanos de mi empresa me dice que debo registrarme y sacar una especie de licencia o certificado de esta entidad o de lo contrario incurriría en alguna sanción y la empresa también, Dicho certificado cuesta $300.000
Mi pregunta es la siguiente es cierto esto que me dicen en la empresa y en el comunicado? si no ejerzo la profesión cómo me pueden decir que estoy haciendo algo ilegal y porqué debo de sacar este certificado.
Ojo, la tarjeta es SÓLO PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN, igualmente sólo a partir de ese momento empieza a contar la experiencia profesional.

Si su cargo o contrato implica de una u otra forma ejerce la profesión, si le pueden exigir ya que sería un ejercicio ilegal de la profesión, en caso contrario no deben exigirlo, pero si debe tener presente que en este momento no puede acreditar nada de experiencia profesional ya que como manifesté esta en el caso de las ingenierías sólo empieza a contar a partir de la expedición de dicha tarjeta,
 
Buenas noches amigos laneros no sé si éste sea el hilo para mí consulta, pero creo que es el que más se acerca, quisiera contarles sobre una situación en particular que me está pasando, trabajo en una empresa como operario misceláneo y hace poco me gradué de una tecnología, aclaró que en esta empresa hasta ahora no ejerzo de ninguna forma mi título. Sin embargo esta semana me llega un correo que dice lo siguiente.
En el informe, el COPNIA constató que usted no cuenta con el Registro Profesional correspondiente, y señala
especialmente que se encuentra en un ejercicio ilegal de la profesión, de conformidad con el artículo 13 de la
Ley 842 de 2003, que se transcribe a continuación:
“ARTÍCULO 13. EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN. Ejerce ilegalmente la profesión de la Ingeniera,
de sus profesiones afines o de sus profesiones auxiliares y por lo tanto incurrirá en las sanciones que
decrete la autoridad penal, administrativa o de policía correspondiente, la persona que sin cumplir
los requisitos previstos en esta ley o en normas concordantes, practique cualquier acto comprendido
en el ejercicio de estas profesiones. En igual infracción incurrirá la persona que, mediante avisos,
propaganda, anuncios profesionales, instalación de oficinas, fijación de placas murales o en
cualquier otra forma, actúe, se anuncie o se presente como Ingeniero o como Profesional Afín o
como Profesional Auxiliar de la Ingeniería, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la
presente ley. (…)”

La oficina de recursos humanos de mi empresa me dice que debo registrarme y sacar una especie de licencia o certificado de esta entidad o de lo contrario incurriría en alguna sanción y la empresa también, Dicho certificado cuesta $300.000
Mi pregunta es la siguiente es cierto esto que me dicen en la empresa y en el comunicado? si no ejerzo la profesión cómo me pueden decir que estoy haciendo algo ilegal y porqué debo de sacar este certificado.

Saquela si ya se graduo, No sirve para nada excepto si en algun momento necesita trabajar para una empresa que licite o usted vaya a licitar con el estado.

ellos lo que estan haciendo es molestar a las empresas buscando plata. Basicamente para multarlo casi que tiene que ir la policia, hacer una investigacion etc.etc.etc. el tema no es trivial para que lo multen.

Lo que si es ilegal es llamarse ingeniero/tecnico/tecnologo sin tener la carrera.

de resto ganas de Joder.

Ojo, la tarjeta es SÓLO PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN, igualmente sólo a partir de ese momento empieza a contar la experiencia profesional.

Si su cargo o contrato implica de una u otra forma ejerce la profesión, si le pueden exigir ya que sería un ejercicio ilegal de la profesión, en caso contrario no deben exigirlo, pero si debe tener presente que en este momento no puede acreditar nada de experiencia profesional ya que como manifesté esta en el caso de las ingenierías sólo empieza a contar a partir de la expedición de dicha tarjeta,

Cuenta segun ellos, es decir para cosas del estado y eso. Para todos los demas, no.
 
Cuenta segun ellos, es decir para cosas del estado y eso. Para todos los demas, no.

Pues me metí al rabbit hole a leer un poco la ley. Yo tenía entendido lo mismo, para licitaciones públicas y contratar con el estado. Pero "la ley" dice...

ARTÍCULO 11. POSESIÓN EN CARGOS, SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS O REALIZACIÓN DE DICTÁMENES TÉCNICOS QUE IMPLIQUEN EL EJERCICIO DE LA INGENIERÍA. Para poder tomar posesión de un cargo público o privado, en cuyo desempeño se requiera el conocimiento o el ejercicio de la ingeniería o de alguna de sus profesiones afines o auxiliares; para participar en licitaciones públicas o privadas cuyo objeto implique el ejercicio de la ingeniería en cualquiera de sus ramas; para suscribir contratos de ingeniería y para emitir dictámenes sobre aspectos técnicos de la ingeniería o de algunas de sus profesiones auxiliares ante organismos estatales o personas de carácter privado, jurídicas o naturales; para presentarse o utilizar el título de Ingeniero para acceder a cargos o desempeños cuyo requisito sea poseer un título profesional, se debe exigir la presentación, en original, del documento que acredita la inscripción o el registro profesional de que trata la presente ley.


Y el 16 es el que seguramente le aplicó a la empresa del Lanero que preguntó inicialmente

ARTÍCULO 16. AVISO DEL EJERCICIO ILEGAL DE LA INGENIERÍA. El Consejo Profesional Nacional de Ingeniería, Copnia, deberá dar aviso a todas las empresas relacionadas con la ingeniería o que utilicen los servicios de ingenieros, de la denuncia que se instaure contra cualquier persona por ejercer ilegalmente la ingeniería, utilizando todos los medios a su alcance para que se impida tal infracción, con el fin de proteger a la sociedad del eventual riesgo a que este hecho la somete.


Así está la cosa, nos habrán metido ese gol en el 2003? 🤔

Tony.
 

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