Impuestos Declaración de renta

Todo lo relacionado a pago de impuestos, aranceles y aduanas.
Buena tarde, tengo una duda, así como uno con el nombre de la empresa puede encontrar un nit en la web del RUES, ¿hay otro portal donde se pueda dar con el RUT de alguien con el nombre?
 
si se deja de declarar un año de cuanto puede ser la multa?
Teniendo la obligación de declarar, dependerá del valor que tendría que haber pagado, pero incluso si solo tenía que presentar y el pago era 0, la multa mínima por extemporaneidad es de 10 UVT que son algo más de 400 mil pesos y técnicamente tienen hasta 5 años para requerirlo.
 
Teniendo la obligación de declarar, dependerá del valor que tendría que haber pagado, pero incluso si solo tenía que presentar y el pago era 0, la multa mínima por extemporaneidad es de 10 UVT que son algo más de 400 mil pesos y técnicamente tienen hasta 5 años para requerirlo.

Todo depende de si la DIAN te ha emplazado o no. El emplazamiento es cuando la DIAN se comunica contigo y te da un mes para realizar la declaración.

Si no lo ha hecho este es el valor de la sanción al que debes sumarle los intereses moratorios en caso de que tuvieras impuesto a pagar:

“Las personas o entidades obligadas a declarar, que presenten las declaraciones tributarias en forma extemporánea, deberán liquidar y pagar una sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, equivalente al cinco por ciento (5%) del total del impuesto a cargo o retención objeto de la declaración tributaria, sin exceder del ciento por ciento (100%) del impuesto o retención, según el caso.

Esta sanción se cobrará sin perjuicio de los intereses que origine el incumplimiento en el pago del impuesto, anticipo o retención a cargo del contribuyente, responsable o agente retenedor.

Cuando en la declaración tributaria no resulte impuesto a cargo, la sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, será equivalente al medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos percibidos por el declarante en el período objeto de declaración, sin exceder la cifra menor resultante de aplicar el cinco por ciento (5%) a dichos ingresos, o del doble del saldo a favor si lo hubiere, o de la suma de 2.500 uvt cuando no existiere saldo a favor. En caso de que no haya ingresos en el período, la sanción por cada mes o fracción de mes será del uno por ciento (1%) del patrimonio líquido del año inmediatamente anterior, sin exceder la cifra menor resultante de aplicar el diez por ciento (10%) al mismo, o del doble del saldo a favor si lo hubiere, o de la suma de 2.500 UVT cuando no existiere saldo a favor” (art. 641 del ET)

Si ya la DIAN te emplazó se usa la fórmula del 642 del ET que en la práctica es el doble de la anterior.
 
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Hola buenos dias...
Para los conocedores... cada rato recibo facturas y correos de compra de otras personas (homonimos) que seguramente ponen mal su correo.
Respecto a esas facturas electrónicas... en algunas dan opcion para "rechazar" o algo asi...
Es pertinente que siga el proceso para rechazarlas? debería comunicarme con alguien para que corrijan algo? o sencillamente las puedo ignorar y ya? podría verme afectado de alguna manera si no hago nada?
 
Hola buenos dias...
Para los conocedores... cada rato recibo facturas y correos de compra de otras personas (homonimos) que seguramente ponen mal su correo.
Respecto a esas facturas electrónicas... en algunas dan opcion para "rechazar" o algo asi...
Es pertinente que siga el proceso para rechazarlas? debería comunicarme con alguien para que corrijan algo? o sencillamente las puedo ignorar y ya? podría verme afectado de alguna manera si no hago nada?

a mi me llegan facturas de un gringo... jajaj

En su caso, CREO sería pertinente que abriera esas facturas que posiblemente están en PDF y viera si esta su cédula o RUT.... si no esta ese dato que es crucial, no habrían como sumarle a su historial.
 
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Hola buenos dias...
Para los conocedores... cada rato recibo facturas y correos de compra de otras personas (homonimos) que seguramente ponen mal su correo.
Respecto a esas facturas electrónicas... en algunas dan opcion para "rechazar" o algo asi...
Es pertinente que siga el proceso para rechazarlas? debería comunicarme con alguien para que corrijan algo? o sencillamente las puedo ignorar y ya? podría verme afectado de alguna manera si no hago nada?
Si no tienen su cédula, deje así que eso no le afecta en nada.
 
Hola buenos dias...
Para los conocedores... cada rato recibo facturas y correos de compra de otras personas (homonimos) que seguramente ponen mal su correo.
Respecto a esas facturas electrónicas... en algunas dan opcion para "rechazar" o algo asi...
Es pertinente que siga el proceso para rechazarlas? debería comunicarme con alguien para que corrijan algo? o sencillamente las puedo ignorar y ya? podría verme afectado de alguna manera si no hago nada?

Si no tienen su cédula, deje así que eso no le afecta en nada.
Todo eso cuenta, toca es estar pendiente del tipo y numero de identificacion, le venia pasando a mi esposa, cada 15 o 20 dias le llegaba una factura a nombre de ella con su documento, las primeras 3 dijimos, debe ser un error, no pasa nada, ya luego se puso la queja y basicamente le dijeron que ya habia sido tramitado por el area contable, entonces que "yaper", una quejita a Mr.Taxes (Portal DIAN, no crean que uno es de los que cree que un comentario en un video de tiktok es una pqr) y en menos de 8 dias llamaron a disculparse, mandaron una cartica con detalles de la otra supuesta cliente homonima indicando que ya habian corregido el error y con unos cupones, en esos casos el lio no es tanto para el cliente, si no para la empresa, eso se presta para justificar movimientos y blanquear dineros con las consecuencias que eso conlleva
 
Todo eso cuenta, toca es estar pendiente del tipo y numero de identificacion, le venia pasando a mi esposa, cada 15 o 20 dias le llegaba una factura a nombre de ella con su documento, las primeras 3 dijimos, debe ser un error, no pasa nada, ya luego se puso la queja y basicamente le dijeron que ya habia sido tramitado por el area contable, entonces que "yaper", una quejita a Mr.Taxes (Portal DIAN, no crean que uno es de los que cree que un comentario en un video de tiktok es una pqr) y en menos de 8 dias llamaron a disculparse, mandaron una cartica con detalles de la otra supuesta cliente homonima indicando que ya habian corregido el error y con unos cupones, en esos casos el lio no es tanto para el cliente, si no para la empresa, eso se presta para justificar movimientos y blanquear dineros con las consecuencias que eso conlleva

Esta bueno y seria apropiado ponerles a rappi una queja de como si uno compra en promoción y paga X valor, la factura electrónica se la cobran Y.

En esas promociones de turbo o de éxito, donde el pedido suma por ejemplo 40k y se lo facturan por 90k.

Y uno va al mismo exito físico o virtual, sea en promoción o precio de línea y compra X y paga X...

Yo aun no entiendo, esa modalidad..
 
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Esta bueno y seria apropiado ponerles a rappi una queja de como si uno compra en promoción y paga X valor, la factura electrónica se la cobran Y.

En esas promociones de turbo o de éxito, donde el pedido suma por ejemplo 40k y se lo facturan por 90k.

Y uno va al mismo exito físico o virtual, sea en promoción o precio de línea y compra X y paga X...

Yo aun no entiendo, esa modalidad..

“Ese descuento del 1% de las compras que hagan por medios electrónicos y para los que pidan factura electrónica es algo que pueden empezar a aplicar para el año gravable 2023, es decir, la declaración de renta que van a presentar en la segunda mitad de este año”

Entiendo yo en mi ignorancia, temas de retefuente y que no aplican el tal descuento del 1% ademas de reportar otros medios de pago (me imagino que para que no les pegue tan duro la comisión del datáfono o web)
 
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