Impuestos Declaración de renta

Todo lo relacionado a pago de impuestos, aranceles y aduanas.
intente por via electronica y nada...me dice no presentada.....Entonces se lleva el formulario 210 (declaracion) y el 490 (recibo de pago) al banco?? @JIMMY ,@Sarcoleto ,@felmur23 ,@cubio ???
Imprimir dos copias más el RUT, que se pueda leer el código de barras, se lleva al banco, si hay saldo por pagar se paga, si no le ponen el sello de presentado sin pago. Et voila!
 
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Si en impresora laser para no tener problema 2 copias. En mi caso a mi se me olvidó llevar el RUT y no me lo pidieron en el banco. De hecho el año pasado ahora que me acuerdo tampoco llevé el RUT.

PD: Después de presentarla, una vez tenga el sello del banco, es bueno sacarle fotocopias o escanearla pues ante cualquier solicitud crediticia en un banco o entidad financiera toca llevar fotocopia de la declaración. Igualmente para la declaración del próximo año te van a pedir unos valores que están en el formulario de la de este año.
 
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Para el pago de la declaración (y en general cualquier declaración ante DIAN) se debe hacer firmada, ya sea electrónica o físicamente, osea o firma electronicamente y lo paga por ahí, o imprime la declaración, recibo, y rut y se va para el banco con eso.

La firma digital no es tan sencilla, incluso algunos creen que es scannear su firma :D . Para firmarolo digitalmente necesita la clave publica del receptor y garantizar que el receptor tenga la clave publica del emisor. NPI la dian como manejara eso
 
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Para firmar digitalmente es necesario solicitar la firma electrónica ante la DIAN. Si tus asuntos con la DIAN se limitan a una declaración de renta al año no creo que valga la pena ponerse a sacar la firma electrónica, simplemente ve a cualquier banco y haces esa vuelta en no más de 15 minutos o lo que dure la fila, prácticamente todos los bancos reciben la declaración.
 
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La firma digital no es tan sencilla, incluso algunos creen que es scannear su firma :D . Para firmarolo digitalmente necesita la clave publica del receptor y garantizar que el receptor tenga la clave publica del emisor. NPI la dian como manejara eso
Es correcto, no es de otro mundo pero tampoco es algo que se pueda hacer aplastado en la casa por pereza de salir a un banco.

Solo es ir a la oficina de la DIAN (o mandar a alguien con poder autenticado) y solicitarla junto con ella le actualizan el rut y le ponen la obligación 22 (creo).

Al momento de firmar solo es poner el código que le envían al correo la clave y sale.

Aunque personalmente me parece mejor ir al banco y presentarla allá.
 
Los de los bancos son brutos el formulario 210 es la declaración y el 490 el recibo de pago atado a un #de formulario ( clase 210) y dicen q es uno o el otro por q sería pago doble....brutisimos
 
Es correcto, no es de otro mundo pero tampoco es algo que se pueda hacer aplastado en la casa por pereza de salir a un banco.

Solo es ir a la oficina de la DIAN (o mandar a alguien con poder autenticado) y solicitarla junto con ella le actualizan el rut y le ponen la obligación 22 (creo).

Al momento de firmar solo es poner el código que le envían al correo la clave y sale.

Aunque personalmente me parece mejor ir al banco y presentarla allá.
entonces eso no es una firma digital. es un invento de la dian. pero no firma digital como lo hacen llamar.

 
Muchachos quisiera saber si tienen conocimiento de como quedo en este año los topes para declaracion de renta? A partir de cuantos UVT o ingresos para asalariados le toca declarar ?

Gracias
 
Buenas, tengo una duda si una persona declara voluntariamente (sin estar obligado) Tendría que de aquí en adelante declarar?
se podría declarar por un monto menos por ejemplo $2,700.000
Gracias
 
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Nada que me suben los berracos datos de información exogena (los que los bancos y otros le reportan a la dian), la última que me sale es la del 2016 y soy de los primeros que me toca declarar segun el calendario fiscal este año el 9 de Agosto, pijos de huta :banghead:
 
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Nada que me suben los berracos datos de información exogena (los que los bancos y otros le reportan a la dian), la última que me sale es la del 2016 y soy de los primeros que me toca declarar segun el calendario fiscal este año el 9 de Agosto, pijos de huta :banghead:
CADA UNO SABE SUS PECADOS, mira los bancos donde te pagan , tarjetas, arriendos, etc ....
 
Nada que me suben los berracos datos de información exogena (los que los bancos y otros le reportan a la dian), la última que me sale es la del 2016 y soy de los primeros que me toca declarar segun el calendario fiscal este año el 9 de Agosto, pijos de huta :banghead:

Yo también estoy sufriendo por eso :cry:

Es mucho más fácil declarar con la información exógena subida a la página de la DIAN porque ya está todo consolidado y la mayoría de datos prácticamente sólo es copiar y pegar en la declaración.

Hace poco averigué en la DIAN sobre esa info y me dicen que cada uno debe conocer su realidad financiera y que no es obligación de la DIAN subir eso. No lo niego, eso es cierto, pero ayudarían mucho si nos subieran esos archivos :(
 
No se confíen de la página de la Dian, hay información que la suben después de la fecha límite de declaración, y si se 'ganan la lotería' y entran a revisión ya saben qué pasa...
 
Ya que el tema se esta moviendo aprovecho y pregunto. Alguien aca ha reclamado devoluciones por parte de la DIAN? si es asi, mas o menos cuanto tiempo le tomo? mas o menos como se puede saber si para la declaracion de este año puede aspirar a una devolucion?

Pregunto mas que todo por curiosidad porque en la empresa me estan aplicando unas retenciones altisimas y sospecho que parte de ese dinero deberian regresarmelo, o eso creo
 

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