Fútbol Profesional Colombiano (FPC) 2011/II

Estado
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Repito mi duda, quisiera saber si Arizmendi se considera un espectador.

Creo que sí. Pero de nuevo, el encuentro había terminado. No aplica el artículo.

Y aún así usted está justificando las 2 primeras decisiones de la comisión, cuando es claro que SE EQUIVOCARON en no dar la razón desde el principio así sea evocando el artículo que usó la Dimayor.

No se equivocaron en decir que no había violación del artículo 76 en el video enviado en ese momento (el que puse). El video que presentó Nacional de la agresión NO lo presentaron a la comisión, solo se lo presentaron a la Dimayor y esta tomó como decisión que, de nuevo, NO aplicaba el artículo 76. Aplicó otro (no recuerdo cuál).
 
El problema radica en la ley. Si esta se da para interpretaciones aplicamos el conocido lema de vida: hecha la ley, hecha la trampa.

Falta capacitación a todos los dirigentes del FPC.

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Creo que sí. Pero de nuevo, el encuentro había terminado. No aplica el artículo.

En ese artículo no veo donde dice que el partido tiene que estar en curso, por algo tienen preparada una sanción a Mr. Bean por no reportar la agresión.

Si un técnico, preparador físico, médico, delegado y en general cualquier oficial fuere expulsado, no podrá impartir instrucciones a su reemplazante en el banco de los sustitutos ni deberá molestar a los demás espectadores o alterar el desarrollo del encuentro.
 
Una visión bastante simplista del asunto. Debería enterarse mejor de las razones por las cuales en los dos primeros fallos no favorecieron al Nacional:

http://www.youtube.com/watch?v=nVkcxZdGaF4

Si uno lee el artículo 76 se da cuenta de que se presta para varias interpretaciones y, la verdad, es que viendo el video uno puede decir que NO hubo violación de dicho artículo.

Viejito, yo fui uno de los que acá trajo la copia de la primera resolución, así usted debería enterarse de eso primero. Una visión bastante simplista es creer que está bien que descarten la demanda porque se pegaron de que el pecoso no estaba "en las inmediaciones" de la cancha y supuestamente por eso no incidía ni intervenía en el juego, cuando la distancia era tan cercana que el tipo daba instrucciones cara a cara y sin walkie talkie ni celular. Eso es de sentido común.

Luego, cuando salió la prueba reina del pecheo del pecoso al gerente de Nacional en plena zona prohibida para un técnico, jugador o delegado suspendido, salieron con la absurda decisión que todos conocemos. Es más, no veo la investigación a Buitrago por haberse hecho el ciego y no consignar nada de eso ni en su informe del partido ni cuando lo llamaron a declarar, cuando todos vemos en el video que la agresión ocurre frente a sus narices.
 
En ese artículo no veo donde dice que el partido tiene que estar en curso, por algo tienen preparada una sanción a Mr. Bean por no reportar la agresión.

CAPITULO II
Infracciones a las reglas de juego o competición durante un partido

Artículo 73. Infracción a las reglas de juego o competición.

Son infracciones a las reglas de juego o competición las acciones u omisiones que durante el curso del juego o competición, alteren, impidan o perturben su normal desarrollo.

La expulsión es una sanción para ese tipo de infracciones. Debe aplicar solo mientras se esté en competición.

Viejito, yo fui uno de los que acá trajo la copia de la primera resolución, así usted debería enterarse de eso primero. Una visión bastante simplista es creer que está bien que descarten la demanda porque se pegaron de que el pecoso no estaba "en las inmediaciones" de la cancha y supuestamente por eso no incidía ni intervenía en el juego, cuando la distancia era tan cercana que el tipo daba instrucciones cara a cara y sin walkie talkie ni celular. Eso es de sentido común.

La instrucción no se la dio a su reemplazante. No es mi culpa que el artículo sea así.

Luego, cuando salió la prueba reina del pecheo del pecoso al gerente de Nacional en plena zona prohibida para un técnico, jugador o delegado suspendido, salieron con la absurda decisión que todos conocemos. Es más, no veo la investigación a Buitrago por haberse hecho el ciego y no consignar nada de eso ni en su informe del partido ni cuando lo llamaron a declarar, cuando todos vemos en el video que la agresión ocurre frente a sus narices.

Agresión ocurrida una vez finalizó el partido.
 
Lea de nuevo lo que dije. Lo voy a resaltar: NO HUBO VIOLACIÓN DEL ARTÍCULO 76. La sanción se debió a otro artículo que NO CONTEMPLA LA ADJUDICACIÓN DE LOS PUNTOS. SOLO LA PÉRDIDA PARA EL EQUIPO SANCIONADO. Y el video del Pecoso agrediendo a Arizmendi fue después de que concluyera el encuentro por lo que, de nuevo, el artículo 76 no aplica.

No me lo inventé yo. Eso dice el código disciplinario.

¿Cuál es ese artículo? Tenga la gentileza y lo trae, porque lo que se anunció y todos entendimos (incluido el gordo Mejía) es que aplicaron el mismo artículo pero a medias. En eso radica el escándalo. El video le dio la razón a Nacional y por eso le quitaron los puntos a Quindío, pero no se los dieron a Nacional para que no entrara y no sacaran a América.

Tal vez a usted le quede muy difícil aceptar que robaron a Nacional con esa decisión, pero sus argumentos dan es risa hombre "Es que fue otro artículo cuyo nombre no recuerdo"...

Ineptitud o corrupción? y cuál aplica a Nacional y cuál a América?

Según ud. todos los fallos deberían ser iguales? para que exista el mismo rasero? Y ojo que si la cosa es de ineptitud está muy dado a errores, entonces por qué ver la cosa con otro punto de vista si un error le pasa a 'cualquiera'.

A mi me parece que la decisión que afectó directamente a Nacional se dio no por ineptitud ni corrupción, se dio porque nadie tiene pantalones en esas estúpidas organizaciones que controlan el deporte, no es que favorezcan al América, es que les dio culillo joder a un grande, la reca-garon aplazando esa decisión y después no pudieron tapar el cagadón entonces tomaron una decisión salomónica.

Ni están a favor de los rojos, ni están en contra de los verdes, simplemente no deberían estar ahí.

Me imagino qué estarían diciendo si el beneficiado hubiera sido Nacional.
 
por eso mismo. la ley, como dice Nando, mientras esté mal hecha da para que un abogado vivo se pegue de eso y los directivos actuen bajo su propia conveniencia. una vez un Británico me dijo(no se si sea verdad) que la constitución en Inglaterra no eran mas de 3 pags. allá cada caso que se presente lo evalúan individualmente y toman las decisiones pertinentes. las leyes aquí en Colombia con tanto artículo y tanta complejidad se prestan para este tipo de torcidos. cualquiera que le encuentre la caida, encontrará la forma de violar el reglamento y salir "ileso"
 
¿Cuál es ese artículo? Tenga la gentileza y lo trae, porque lo que se anunció y todos entendimos (incluido el gordo Mejía) es que aplicaron el mismo artículo pero a medias. En eso radica el escándalo. El video le dio la razón a Nacional y por eso le quitaron los puntos a Quindío, pero no se los dieron a Nacional para que no entrara y no sacaran a América.


http://www.dimayor.com/medios/docu/resolucion-apelacion-final-noviembre-28.pdf

Artículo 91.

por eso mismo. la ley, como dice Nando, mientras esté mal hecha da para que un abogado vivo se pegue de eso y los directivos actuen bajo su propia conveniencia. una vez un Británico me dijo(no se si sea verdad) que la constitución en Inglaterra no eran mas de 3 pags. allá cada caso que se presente lo evalúan individualmente y toman las decisiones pertinentes. las leyes aquí en Colombia con tanto artículo y tanta complejidad se prestan para este tipo de torcidos. cualquiera que le encuentre la caida, encontrará la forma de violar el reglamento y salir "ileso"

Es verdad. Eso se conoce como derecho anglosajón y nació en Inglaterra.
 
Ese enlace muestra la resolución final, pero no cita textualmente el artículo.

Artículo 91:
Al miembro del cuerpo técnico y delegado, que estando suspendido intervenga de cualquier manera durante un partido, se le sancionará con el doble de la pena que antes le haya sido impuesta, y para su club conllevará sanción de pérdida de los puntos en disputa" (Tomado textualmente del Considerando 2 literal d de la Resolución 047 de La Comisión Disciplinaria del Campeonato).

¿Entonces?
 
http://www.dimayor.com/medios/docu/resolucion-apelacion-final-noviembre-28.pdf

Artículo 91.



Es verdad. Eso se conoce como derecho anglosajón y nació en Inglaterra.

Pero es inaplicable al caso decir que se hizo una interpretación abierta a partir de una lectura insular del derecho... son estructuras jurídicas diferentes e incompatibles en este caso, sobre todo con el leguleyismo que ha mostrado la dimayor en otros casos... si así fuera no estaríamos hablando de códigos y estatutos y antecedentes.
 
Ey pero que es lo que pelean? Ya ganamos la demanda, no nos dieron los puntos, seguimos eliminados y en la Dimayor los mismos payasos.
Ya habra tiempo en los foros de fpc venideros pa que nos volvamos a acalorar con este tema en particular, ya son estoas los infaltables cada torneo:

-Asistencias.
-Carnetización a "barras bravas"
-El mas grande
-La libertadores de Nacional
-DNE, Lista Clinton, Narcolavadora, Gacha, Pablo Escobar.
-Verde original.
- 27 de junio
- etc etc etc


Slayer ya estas como Sorrento con ese monton de sinonimos, tecnisismos y webonadas enredadas pues?

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Ey pero que es lo que pelean? Ya ganamos la demanda, no nos dieron los puntos, seguimos eliminados y en la Dimayor los mismos payasos.
Ya habra tiempo en los foros de fpc venideros pa que nos volvamos a acalorar con este tema en particular, ya son estoas los infaltables cada torneo:

-Asistencias.
-Carnetización a "barras bravas"
-El mas grande
-La libertadores de Nacional
-DNE, Lista Clinton, Narcolavadora, Gacha, Pablo Escobar.
-Verde original.
- 27 de junio
- etc etc etc


Slayer ya estas como Sorrento con ese monton de sinonimos, tecnisismos y webonadas enredadas pues?

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Pero yo no se para que discuten cual es el mas grande si ya todos lo sabemos.....
Ningun equipo le gana al America....U.U

xD
 
La ley esta hecha para que sea abierta y la dimayor la pueda interpretar como ellos les convenga.

Ya jesurum dijo que va a sacar un nueva nueva ley.

"cuando el demandado sea nacional caera todo el peso de la ley sin derecho a especulaciones, cuando nacional demande se podra hacer caso omiso a las leyes. Ademas cuado nacional demande las leyes se podran cambiar a nuestro parecer"

cordialmente yesurum


(a 17 ekipos del FPC les gusta esto)
 
Ese enlace muestra la resolución final, pero no cita textualmente el artículo.

Artículo 91:
Al miembro del cuerpo técnico y delegado, que estando suspendido intervenga de cualquier manera durante un partido, se le sancionará con el doble de la pena que antes le haya sido impuesta, y para su club conllevará sanción de pérdida de los puntos en disputa" (Tomado textualmente del Considerando 2 literal d de la Resolución 047 de La Comisión Disciplinaria del Campeonato).

¿Entonces?

Ese código hace diferencia entre la pérdida y la adjudicación y ese artículo no menciona lo segundo. Lo que queda en el aire es en qué casos se aplica lo del artículo 179.

Diría entonces que este tema es complejo y el código no es claro. Luego mi visión también es simplista y es difícil saber quién tiene la razón (si es que es posible tener la razón en este tema).
 
es q para sentarnos a hablar de leyes en este pais, pues desde la constitucionn del 91 se tienen vacios, y se le hacen reformas pequeñas cada vez que quieren para beneficiarse particularmente.

en Colombia ese es uno de los mas graves problemas que tenemos: las leyes con vacios que se modifican cada nada y que ademas tienen escaza legitimidad por parte de la poblacion :/
 
2 paginas más llorando porque no les dieron los puntos, deberian abrir un foro dedicado a eso y los demás asuntos q nombra Nando.

Ya salió Gamero otra vez a decir q el chicó quiere jugar como el Barcelona, ojala no sea en estas finales
Escrito desde m.LANeros.com (Mozilla/5.0 (iPhone; CPU iPhone OS 5_0 like Mac OS X) AppleWebKit/534.46 (KHTML, like Gecko) Version/5.1 Mobile/9A334 Safari/7534.48.3)
 
Si América keda campeonato y pierde la promo juega la libertadores?

Enviado desde mi defy y aca terminas de leer >D
 
No van a dejar morir el tema de Nacional LOL

La ley dice muy claramente y se repitió excesivamente en varios post, ganar la demanda conlleva la perdida de los puntos al demandado y la adjudicación de los puntos al demandante, se anulará el resultado del partido se anotará como un 3-0 a favor del demandante en caso de que la diferencia de goles no haya sido mayor en el partido.

Ya la dimayor se hizo la ******************a, para que siguen dando lora con eso muchachos, ya dejenlo pasar, igualmente acá muy pocos reconocerian que Nacional tenia razón y que debió pasar, los demás con tal de trollear dicen totalmente lo contrario.


En fin... que dicha todos hablando de Nacional aún con él eliminado y en plenas finales jajajaja
 
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