Política Legalmente y en la practica cuanto tiempo tiene un arrendatario para desocupar un inmueble cuando se termina el contrato ?

La política y lo público.

juanitapregunta

Babea la almohada
16 Feb 2006
4,723
Muchachos si un inquilino le aviso a la inmobiliaria que se iba a mudar con 3 meses de anticipacion antes de que se terminara el contrato, pero llega la fecha y no se mudo alegando que no ha encontrado para donde pasarse por lo que requiere mas tiempo, y el inquilino sigue pagando mensualente puntualmente , cual de los siguientes puntos es lo pasa en ese caso ? :

1. El contrato de arrendamiento se renueva automaticamente por 12 meses mas ? y en ese caso por ejm si se muda a los 2 meses tendria que pagar 10 meses adicionales por la clausuala de permanencia ?
2. Legalmente se le tiene que dar al inquilino un plazo adicional para mudarse ? Si es asi cuanto ?
3. No legalmente, pero en la practica en estos casos las inmobiliarias dan el tiempo extra adicional desde que el inquilino siga pagando ; si es asi, cuanto es lo usual ?
4. Si no hay plazos extras , una demanda de restitucion de inmueble en este caso desde cuando la inmobiliaria la podria interponer, y mas o menos cuanto tiempo se demora para llegar a una orden de desalojo ?

Gracias

@Sarcoleto @osc@r @arriendaBTA
 
Última edición:
  • Me gusta
Reacciones: Archtk
Muchachos si un inquilino le aviso a la inmobiliaria que se iba a mudar con 3 meses de anticipacion antes de que se terminara el contrato, pero llega la fecha y no se mudo alegando que no ha encontrado para donde pasarse por lo que requiere mas tiempo, y el inquilino sigue pagando mensualente puntualmente , cual de los siguientes puntos es lo pasa en ese caso ? :

1. El contrato de arrendamiento se renueva automaticamente por 12 meses mas ? y en ese caso por ejm si se muda a los 2 meses tendria que pagar 10 meses adicionales por la clausuala de permanencia ?
2. Legalmente se le tiene que dar al inquilino un plazo adicional para mudarse ? Si es asi cuanto ?
3. No legalmente, pero en la practica en estos casos las inmobiliarias dan el tiempo extra adicional desde que el inquilino siga pagando ; si es asi, cuanto es lo usual ?
4. Si no hay plazos extras , una demanda de restitucion de inmueble en este caso desde cuando la inmobiliaria la podria interponer, y mas o menos cuanto tiempo se demora para llegar a una orden de desalojo ?

Gracias
Hasta donde tengo entendido, una vez finalizó el contrato y si no se renovó, tiene 3 meses adicionales (que debe pagar) para encontrar otro apartamento. La única manera en que ese contrato se renueve automaticamente es porque las partes lo acuerdan así. En ese caso, si se renueva automaticamente por 1 año y esa persona usa 3 meses de ese nuevo año y desea irse, debe pagar la penalidad correspondiente. En cualquier caso, siempre es mejor conciliar, pues la ley aqui es muy permisiva, y básicamente si el inquilino alega que es que hay gente de la tercera edad viviendo ahí y se pegan de los derechos fundamentales y un montón de cosas más, ahí pueden estar 1 año adicional y nada que se van. Entonces lo mejor siempre es arreglar con el inquilino y ya.
 
Muchachos si un inquilino le aviso a la inmobiliaria que se iba a mudar con 3 meses de anticipacion antes de que se terminara el contrato, pero llega la fecha y no se mudo alegando que no ha encontrado para donde pasarse por lo que requiere mas tiempo, y el inquilino sigue pagando mensualente puntualmente , cual de los siguientes puntos es lo pasa en ese caso ? :

1. El contrato de arrendamiento se renueva automaticamente por 12 meses mas ? y en ese caso por ejm si se muda a los 2 meses tendria que pagar 10 meses adicionales por la clausuala de permanencia ?
2. Legalmente se le tiene que dar al inquilino un plazo adicional para mudarse ? Si es asi cuanto ?
3. No legalmente, pero en la practica en estos casos las inmobiliarias dan el tiempo extra adicional desde que el inquilino siga pagando ; si es asi, cuanto es lo usual ?
4. Si no hay plazos extras , una demanda de restitucion de inmueble en este caso desde cuando la inmobiliaria la podria interponer, y mas o menos cuanto tiempo se demora para llegar a una orden de desalojo ?

Gracias

En la Ley 820 del 2003 en uno de sus artículos dice:

CAPITULO VII

Terminación del Contrato de Arrendamiento

Artículo 21.
Terminación por mutuo acuerdo. Las partes, en cualquier tiempo, y de común acuerdo podrán dar por terminado el contrato de vivienda urbana.

Así que todo depende de qué acordaron entre las partes respecto al particular.

Al echarle una ojeada a esa ley deduciendo que no acordaron nada, opino que:

1. El contrato se renovaría sí así lo consiente el arrendador —recibir el canon por ejemplo— en sus términos contractuales.

2. Finalizado el contrato no. Sí el arrendador lo considera, le puede dar un tiempo extra de común acuerdo.

3. A consideración de la inmobiliaria —el arrendador—.

4. Si el arrendador se niega a recibir el canon por parte del arrendatario, alegando que finalizó el contrato al formalizarse el proceso contemplado en la ley; debe primero conciliar con éste último, agotado este paso —juez de paz, consultorio jurídico—, puede interponer la demanda. Se puede demorar, así que es mejor conciliar.
 
Última edición:
Tiene que dar el preaviso de 3 meses, ahí sí iniciar el proceso de restitución del inmueble
 
Al echarle una ojeada a esa ley deduciendo que no acordaron nada
Lo acordado es lo que dice usualmente en un contrato de inmobiliaria (No tengo el contrato a la mano), pero en esos contratos no dice nada como : "Si terminado el contrato el arrendatario no se ha mudado , tendra un maximo de 1 para desalojar y cancelara el costo de los dias adicionales etccc " .

Por eso mi pregunta es si legalmente hay algo como eso y si no lo hay normalmente que hace una inmobiliaria en estos casos, ya que legalmente no puede desalojar sin una orden.

Puede interponer la demanda. Se puede demorar, así que es mejor conciliar.
Mas o menos cuanto se demora usualmente un proceso de restitucion de inmueble y que se tenga la orden para desalojar ?
 
Juridicamente hablando, no hay contrato de arrendamiento, quien vive ahí se convierte es en poseedor desde la finalización del, por tanto la forma es proceder vía restitución del inmueble, para ello citar a conciliación sino se debe continuar el proceso juridico
 
  • Me gusta
Reacciones: juanitapregunta
Juridicamente hablando, no hay contrato de arrendamiento, quien vive ahí se convierte es en poseedor desde la finalización del, por tanto la forma es proceder vía restitución del inmueble, para ello citar a conciliación sino se debe continuar el proceso juridico
No es poseedor mientras se siga reconociendo el canon y el arrendador lo reciba.
 
  • Me gusta
Reacciones: juanitapregunta
Lo acordado es lo que dice usualmente en un contrato de inmobiliaria (No tengo el contrato a la mano), pero en esos contratos no dice nada como : "Si terminado el contrato el arrendatario no se ha mudado , tendra un maximo de 1 para desalojar y cancelara el costo de los dias adicionales etccc " .

Por eso mi pregunta es si legalmente hay algo como eso y si no lo hay normalmente que hace una inmobiliaria en estos casos, ya que legalmente no puede desalojar sin una orden.


Mas o menos cuanto se demora usualmente un proceso de restitucion de inmueble y que se tenga la orden para desalojar ?
En la respuesta que le di está todo muy claro. Además sin el contrato difícil, pues cada inmobiliaria puede colocar clausulas diferentes para esos casos. Y legalmente eso no lo hay; como le respondí la ley no dice que haya que darle obligatoriamente plazo al inquilino para que se vaya, eso es a discreción del arrendador... Sí él lo quiere así.
 
  • Me gusta
Reacciones: juanitapregunta
En la respuesta que le di está todo muy claro. Además sin el contrato difícil, pues cada inmobiliaria puede colocar clausulas diferentes para esos casos. Y legalmente eso no lo hay; como le respondí la ley no dice que haya que darle obligatoriamente plazo al inquilino para que se vaya, eso es a discreción del arrendador... Sí él lo quiere así.
En el caso que el inquilino avise que no continuara como arrendatario del inmueble con los 3 meses de anticipacion que exije la ley . Llega el dia de la terminacion del contrato y el inquilino no se fue y se queda 2 meses adicionales pagando.

y por el lado del arrendador , este incia un proceso de reinstitucion del inmueble

En ese escenario que pasa ?

- Un proceso de reinstitucion de inmueble normalmente toma mas de 2 meses , asi que el inquilino se iria antes, lo que anula el proceso, no hay mora, y simplemente chao ?

- Dado que el proceso de reinstituccion alcanzo a iniciar, el inquilino le tocaria pagar los honorarios de abogados y similares que uso la inmobiliaria al iniciar el proceso de reinstitucion ?
 
En el caso que el inquilino avise que no continuara como arrendatario del inmueble con los 3 meses de anticipacion que exije la ley . Llega el dia de la terminacion del contrato y el inquilino no se fue y se queda 2 meses adicionales pagando.

y por el lado del arrendador , este incia un proceso de reinstitucion del inmueble

En ese escenario que pasa ?

- Un proceso de reinstitucion de inmueble normalmente toma mas de 2 meses , asi que el inquilino se iria antes, lo que anula el proceso, no hay mora, y simplemente chao ?

- Dado que el proceso de reinstituccion alcanzo a iniciar, el inquilino le tocaria pagar los honorarios de abogados y similares que uso la inmobiliaria al iniciar el proceso de reinstitucion ?

Si se quedo, se entiende que desiste de la terminación y si el contrato establece prorroga sigue obligado a pagar, vivas o no allí.

El proceso sigue hasta que se dicte sentencia, sea o no anticipada.

No está en la obligacion de pagar los honorarios, salvo que lo hayas pactado en el contrato, o el juez a peticion de la parte en su demanda.

Te recomiendo buscar asesoria juridica de un profesional, porque no necesariamente puede ser un proceso restitucion sino uno ejecutivo, depende de lo que busquen con la demanda.
 
  • Me gusta
Reacciones: juanitapregunta
Buen día. Retomo el hilo para ver si me pueden dar una audita. Mi hermana quiere vender la casa, ya tiene cliente, pero ha tenido un inquilino problemático y que le debe varios meses.
En ese escenario de venta de inmueble, la orden de desalojo se puede acelerar? Y alguien conoce un abogado que pueda ayudar a agilizar el proceso?
Gracias de antemano
 

Los últimos temas