Suben penas para Delincuentes Informáticos

Hasta ocho años de cárcel podrán recibir las personas que cometan delitos informáticos. Así lo estableció la Ley 1273, sancionada por el presidente Álvaro Uribe Vélez.

La ley dice que quien "con objeto ilícito y sin estar facultado para ello, diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes, incurrirá en pena de prisión de 48 a 96 meses".

Además, se le aplicará una multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave.

La normativa dice que en la misma sanción incurrirá el que modifique el sistema de resolución de nombres de dominio, de tal manera que haga entrar al usuario a una IP (Protocolo de Internet) diferente, en la creencia de que acceda a su banco o a otro sitio personal o de confianza.

Con esta nueva ley se modifica el Código Penal y se crea un nuevo bien jurídico denominado "de la protección de la información y de los datos".

El objeto de la disposición es que se preserven de manera integral los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.

En su primer capítulo, la norma dicta medidas penales de los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos.

Otros castigos
También se establecieron penas adicionales para delitos como la interceptación de datos informáticos.

"El que sin orden judicial previa intercepte datos informáticos en su origen, destino o en el interior de un sistema informático, o las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema informático que los transporte, incurrirá en pena de prisión de 36 a 72 meses", ordena la ley.

En lo que se refiere a daños informáticos, la disposición es clara en afirmar que, "el que sin estar facultado para ello, destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos, o un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes lógicos, incurrirá en pena de prisión de 48 a 96 meses.

Además, para el que produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga del territorio nacional software malicioso en la misma pena contemplada anteriormente.

Fuente:
http://www.elcolombiano.com/BancoCo...ers/suben_penas_para_hackers.asp?CodSeccion=9
 

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