Hay que investigar bien, porque une en el contrato tiene una clausula donde dice que se reservan el derecho de aumentar las tarifas cuando les de la gana, pero segun entiendo que por ley es una vez al año, entonces si un usuario firma un contrato fisico es una cosa, pero si el servicio se adquirio por via telefonica? Alli toca investigar bien el tema, si alguien conoce un abogado y que pueda dar claridad, seria mucho mejor y asi tomar cartas en este asunto.¿Qué argumento doy a la SIC para lo de los incrementos a cada rato? ¿Qué ley o decreto o norma puedo invocar en la queja?
Sent From my Phone