Me voy a meter en el tema haciendo unas precisiones generales pero dejando claridad desde ya que si en contra suya existen decisiones judiciales por delitos como violencia intrafamiliar, inasistencia intrafamiliar o actos sexuales abusivos en cualquiera de sus formas o existe orden de proteccion proferida en su contra por parte de autoridad administrativa, realmente es poco lo puede hacer y menos lo que le van ayudar.
Lo primero que le recomiendo es que verifique su estado legal con respecto al nino mediante la solicitud de una copia del folio de registro civil de nacimiento del nino -folio, no certificado- ante la notaria u oficina de Registraduria donde este fue registrado, esto con el objetivo de verificar en el espacio de notas si existen ordenes de modificación de registro tal como puede ser una suspensión/ privación de la patria potestad, declaratoria de adoptabilidad/ adopción por consentimiento entre otros, decision que se pudo haber tomado con usted ausente mediante la figura del emplazamiento.
Segundo, si lo que usted predica es un ocultamiento, el tramite legal que procede acá efectivamente es en principio la denuncia en fiscalía por el presunto delito de ejercicio arbitrario de custodia (art 230a del código penal Colombiano), es cierto que Fiscalia no es muy fanática de investigar este delito por considerarlo pelea de pareja, pero de todas maneras es su obligación hacer la investigación, máxime con el fin de determinar el paradero de un nino dado su estado de protección especial.
Desde el ICBF es un principio mas complejo lograr resultados dentro de una solicitud de restablecimiento de derechos toda vez que el mandato legal establece la obligación de encontrar derechos vulnerados dentro de la verificación de derechos del niño y obvio es difícil verificar derechos de quien esta ausente, en este caso el nino; por esta razón el ICBF no iniciara el tramite de lo que ellos llaman PARD; pero esto no significa que el Icbf no pueda hacer nada, ellos tienen la capacidad de movilizar el sistema de bienestar familiar con el fin de hacer búsqueda activa del nino, esto se hace mediante oficios que un Defensor de Familia firma y se envían a las diferentes bases de datos del sistema tales como Ruaf (seguridad social), secretarias de educación, salud, sisben y servicios de primera infancia, por ejemplo se verificar a que EPS se encuentra vinculado el nino y partir de ahi solicitar a esa EPS que informe los datos aportados por el afiliado, eso si, no es informacion final que se obtenga en 30 minutos al tratarse de informacion con carácter clasificado no solo de acuerdo solo por la ley de proteccion de datos, mas importante aun por el carácter de proteccion especial de los niños. Quiero ser enfático que la Fiscalía tambien tiene la facultad de movilizar el sistema y son ellos los primeros responsables de hacer búsqueda.
Mi consejo inicial es que realice derechos de peticion a las dos entidades para que desde alla se movilice el sistema y que se le informe a usted las gestiones realizadas, después de ahi, si no se siente cómodo con la respuesta recibida, acuda ante la Procuraduría General de la Nación como ente nacional para que desde allí acompáñen su solicitud, le garantizo que tanto la Fiscalía como el Icbf le corren a la Procuraduria.
Otro consejo que le puedo dar, dado que usted manifiesta encontrarse fuera del país, es, dependiendo del país donde este, verificar que entidad designó su país como autoridad central ante el convenio de La Haya sobre aspectos civiles de la sustracción internacional de Menores o la Convención interamericana de Montevideo sobre el mismo asunto, eso lo encuentra fácil en Internet, una vez lo encuentre escribales y llene el formulario para reglamentación intercional de Visitas, de esa manera usted logra involucrar a las autoridades de su país en la solicitud y Colombia como firmante de ambos convenios tiene la obligación de recibir la solicitud y dar respuesta para lo que obligatoriamente debe hacer búsqueda activa del nino.
Lo de involucrar medios de comunicación tiene sus pro y sus contra pero en derecho de familia son muchos mas los contra que los pro, la ventaja es que si efectivamente logra que un medio de comunicación le de divulgación a su caso, inmediatamente va a lograr que las entidades se pronuncien, pero esto va a ser usado en su contra por parte de la madre por exponer a su hijo a esta situacion y eso es algo que a nivel administrativo y judicial va a pesar muchísimo. Ahora este programa en particular "séptimo día" hizo una presentación en contra del Icbf hace como diez años que tuvo mucha repercusión, pero al final dadas las consecuencias que esto trajo a largo plazo en los niños termino trayendo efectos muy malos para el programa de TV hasta el punto que en varias facultades de comunicación social se analiza esto desde el punto de vista ético y de responsabilidad periodística, mejor dicho, no se sabe hasta que punto salir en ese programa ayude o perjudique.
Nuevamente soy enfático en lo que le dije al principio, si en su contra existen actuaciones legales por incumplimiento de sus obligaciones dentro de la responsabilidad parental, piénselo antes de alborotar un avispero como se dice popularmente, esto pasa con demasiada frecuencia con padres que se victimizan y luego hacen a relucir ciertas cosas y al final estas investigaciones con relación a niños se llevan por delante al que sea.
Después de lo que le acabo de decir, si desea continuar, créame, la Procuraduria es su mejor amigo.