Bueno, ayer salió la sentencia de la Corte Suprema de Justicia al respecto. Adjunto nota de hoy en eltiempo.com :
Octubre 30 de 2006
Tocar las nalgas a otra persona es injuria, no abuso sexual, dice la Corte Suprema de Justicia
Marcela Díaz asegura que sí hubo un delito. El pronunciamiento anula la sentencia contra Víctor Alfonso García, un mensajero que había sido condenado a cuatro años de cárcel por tocar los glúteos de Diana Marcela Díaz.
El efecto práctico de la decisión es la libertad inmediata de García. Su víctima está sorprendida con el fallo y alega que sí hubo una agresión sexual.
El expediente fue enviado nuevamente a la Fiscalía para investigar al mensajero, pero esta vez bajo sindicaciones de injuria. Eso implica que en la práctica el caso sigue sin resolverse en última instancia, un año después de ocurrido y tras pasar por todas las instancias judiciales: Fiscalía, Tribunal de Bogotá y la Corte Suprema.
La injuria contempla penas de uno a tres años, y es excarcelable.
Así fue el caso
Los hechos ocurrieron a finales del año pasado, cuando Diana Marcela salía de su casa, en Bogotá, y García, que iba en una bicicleta, le tocó las nalgas. El hombre fue detenido.
Un juez inicialmente lo exoneró, pero en febrero pasado el Tribunal de Bogotá lo condenó a cuatro años de prisión por acto sexual abusivo.
El magistrado Álvaro Orlando Pérez, de la Corte Suprema, explicó ayer que el hecho, "tal como sucedió, es decir, el tocamiento sorpresivo de partes íntimas de la dama, no aparecía definido en la ley penal como delictivo. Sin embargo, encuentra que la conducta sí es delictiva, no como delito sexual, sino como un delito contra la integridad moral".
Según el magistrado, se trató de un comportamiento fugaz, que no duró 30 segundos. "No hubo violencia dirigida a reducir la posibilidad de defensa de la dama, por eso no hay delito sexual", indicó.
El magistrado comparó este hecho con algunos que ocurren cuando se debe hacer fila para un partido de fútbol, un espectáculo o en TransMilenio: "Hay personas que abusan, pero esos hechos, así nada más vistos como ocurrió en este caso, son injuria".
La decisión podría dejar tranquilos a quienes esperaban un castigo, pero no tan severo como el que inicialmente se le había proferido al mensajero.
Sin embargo, molesta profundamente a quienes han argumentado que este hombre cometió un abuso sexual al agredir los genitales de la mujer, en alusión a que no solo habría intentado tocarle las nalgas.
Lili González, abogada de Diana, dice que no comparte la decisión "en el sentido de que no es delito porque no hubo violencia". Y añade: "Nos parece que las precisiones del fallo no se ajustan a lo que verdaderamente ocurrió".
Elcida Molina, abogada pública y defensora del mensajero, se mostró complacida y dijo: "La decisión fue justa porque la Corte tumba la sentencia condenatoria, y considera que podría tratarse de injuria de hecho, de un abuso contra su dignidad, contra la moralidad pública, pero es un delito que no implica privación de la libertad".
Es increíble que en este país una decisión de puro sentido común tenga que llegar hasta el tribunal supremo de justicia, cuando cualquiera con tres dedos de frente y cuyo cerebro sea capaz de procesar dicha información evitando el sesgo moralista, religioso o sexista, concluirá que eso no fué un delito sexual sino una conducta impropia, que va contra "la moral y las buenas costumbres" como se dice en este país de leguleyos y tinterillos.
De todos modos se hace justicia con ese pobre imbécil a quien cogieron como chivo expiatorio por todos los que hacen ese tipo de cosas. A mi esposa le han hecho eso en dos ocasiones:enojado: . Si se lo hicieran ahora, yo optaría por darle personalmente un par de "tramacazos" al abusivo:muerto: , o porque lo coga la policía y lo encierre unas 72 horas, lo exponga al escarnio público moderadamente (no en TV y prensa nacional y seguramente internacional con foto y todo), y le imponga una sanción de trabajo comunitario. Pero nunca estaría de acuerdo conque lo mandaran cuatro años a la cárcel. Por Dios!!! La cárcel es para delincuentes de verdad, no para pobres desadaptados...
En últimas, el mancito podría hasta demandar al estado por esa inte`rpretación tan paupérrima que aquí se hace de las leyes...
Octubre 30 de 2006
Tocar las nalgas a otra persona es injuria, no abuso sexual, dice la Corte Suprema de Justicia
Marcela Díaz asegura que sí hubo un delito. El pronunciamiento anula la sentencia contra Víctor Alfonso García, un mensajero que había sido condenado a cuatro años de cárcel por tocar los glúteos de Diana Marcela Díaz.
El efecto práctico de la decisión es la libertad inmediata de García. Su víctima está sorprendida con el fallo y alega que sí hubo una agresión sexual.
El expediente fue enviado nuevamente a la Fiscalía para investigar al mensajero, pero esta vez bajo sindicaciones de injuria. Eso implica que en la práctica el caso sigue sin resolverse en última instancia, un año después de ocurrido y tras pasar por todas las instancias judiciales: Fiscalía, Tribunal de Bogotá y la Corte Suprema.
La injuria contempla penas de uno a tres años, y es excarcelable.
Así fue el caso
Los hechos ocurrieron a finales del año pasado, cuando Diana Marcela salía de su casa, en Bogotá, y García, que iba en una bicicleta, le tocó las nalgas. El hombre fue detenido.
Un juez inicialmente lo exoneró, pero en febrero pasado el Tribunal de Bogotá lo condenó a cuatro años de prisión por acto sexual abusivo.
El magistrado Álvaro Orlando Pérez, de la Corte Suprema, explicó ayer que el hecho, "tal como sucedió, es decir, el tocamiento sorpresivo de partes íntimas de la dama, no aparecía definido en la ley penal como delictivo. Sin embargo, encuentra que la conducta sí es delictiva, no como delito sexual, sino como un delito contra la integridad moral".
Según el magistrado, se trató de un comportamiento fugaz, que no duró 30 segundos. "No hubo violencia dirigida a reducir la posibilidad de defensa de la dama, por eso no hay delito sexual", indicó.
El magistrado comparó este hecho con algunos que ocurren cuando se debe hacer fila para un partido de fútbol, un espectáculo o en TransMilenio: "Hay personas que abusan, pero esos hechos, así nada más vistos como ocurrió en este caso, son injuria".
La decisión podría dejar tranquilos a quienes esperaban un castigo, pero no tan severo como el que inicialmente se le había proferido al mensajero.
Sin embargo, molesta profundamente a quienes han argumentado que este hombre cometió un abuso sexual al agredir los genitales de la mujer, en alusión a que no solo habría intentado tocarle las nalgas.
Lili González, abogada de Diana, dice que no comparte la decisión "en el sentido de que no es delito porque no hubo violencia". Y añade: "Nos parece que las precisiones del fallo no se ajustan a lo que verdaderamente ocurrió".
Elcida Molina, abogada pública y defensora del mensajero, se mostró complacida y dijo: "La decisión fue justa porque la Corte tumba la sentencia condenatoria, y considera que podría tratarse de injuria de hecho, de un abuso contra su dignidad, contra la moralidad pública, pero es un delito que no implica privación de la libertad".
Es increíble que en este país una decisión de puro sentido común tenga que llegar hasta el tribunal supremo de justicia, cuando cualquiera con tres dedos de frente y cuyo cerebro sea capaz de procesar dicha información evitando el sesgo moralista, religioso o sexista, concluirá que eso no fué un delito sexual sino una conducta impropia, que va contra "la moral y las buenas costumbres" como se dice en este país de leguleyos y tinterillos.
De todos modos se hace justicia con ese pobre imbécil a quien cogieron como chivo expiatorio por todos los que hacen ese tipo de cosas. A mi esposa le han hecho eso en dos ocasiones:enojado: . Si se lo hicieran ahora, yo optaría por darle personalmente un par de "tramacazos" al abusivo:muerto: , o porque lo coga la policía y lo encierre unas 72 horas, lo exponga al escarnio público moderadamente (no en TV y prensa nacional y seguramente internacional con foto y todo), y le imponga una sanción de trabajo comunitario. Pero nunca estaría de acuerdo conque lo mandaran cuatro años a la cárcel. Por Dios!!! La cárcel es para delincuentes de verdad, no para pobres desadaptados...
En últimas, el mancito podría hasta demandar al estado por esa inte`rpretación tan paupérrima que aquí se hace de las leyes...