[Consultorio Jurídico Laneros]

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LANeros, tengo un proceso que se inicio hace 11 años (deuda de una letra) y la ultima actuación fue en: 2022-01-31, la partes que lo iniciamos deseamos finalizar el proceso donde ya se realizo el pago, cual seria el paso a paso, alguien por acá que me pueda ayudar 💰 ??

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Buenas noches laneros.

Mi novia va ajustar 2 años en agosto en un inmueble, el arrendador le informo que va concluir con el contrato a la terminacion del mismo (agosto).

2 dudas:

1. Que tiempo tiene ella para entregar el inmueble?
2. En caso de que sean esos ultimos 3 meses del contrato, si ella se va antes, digamos 2 meses antes pues ya sabe que el contrato no se renueva mas, debe pagar igual el canon hasta agosto?

Gracias laneros.
 
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Buenas noches laneros.

Mi novia va ajustar 2 años en agosto en un inmueble, el arrendador le informo que va concluir con el contrato a la terminacion del mismo (agosto).

2 dudas:

1. Que tiempo tiene ella para entregar el inmueble?
2. En caso de que sean esos ultimos 3 meses del contrato, si ella se va antes, digamos 2 meses antes pues ya sabe que el contrato no se renueva mas, debe pagar igual el canon hasta agosto?

Gracias laneros.
1 tres meses
2 si.
 
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Buenas noches laneros.

Mi novia va ajustar 2 años en agosto en un inmueble, el arrendador le informo que va concluir con el contrato a la terminacion del mismo (agosto).

2 dudas:

1. Que tiempo tiene ella para entregar el inmueble?
2. En caso de que sean esos ultimos 3 meses del contrato, si ella se va antes, digamos 2 meses antes pues ya sabe que el contrato no se renueva mas, debe pagar igual el canon hasta agosto?

Gracias laneros.

Puntos :

El arrendador le esta avisando con tiempo para terminar el contrato

debe entregar cuando finaliza el contrato o antes (agosto dia anterior de que inicio maximo)

el contrato va hasta agosto tiene que pagar hasta ese mes y entregar ese mes, no puede entregar antes sin cobro, porque igual le cobran hasta ese mes, a no ser que llegue a un acuerdo con el arrendador

de pronto si el arrendador necesita el inmueble antes le puede servir
 
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1 tres meses
2 si.

Puntos :

El arrendador le esta avisando con tiempo para terminar el contrato

debe entregar cuando finaliza el contrato o antes (agosto dia anterior de que inicio maximo)

el contrato va hasta agosto tiene que pagar hasta ese mes y entregar ese mes, no puede entregar antes sin cobro, porque igual le cobran hasta ese mes, a no ser que llegue a un acuerdo con el arrendador

de pronto si el arrendador necesita el inmueble antes le puede servir
Muchas gracias muchachos. Algo en mi me decía que no podía ser así. Pues es complejo buscar una casa y termina uno casi pagando arriendo en dos lugares al mismo tiempo.
 
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Buenas noches laneros.

Mi novia va ajustar 2 años en agosto en un inmueble, el arrendador le informo que va concluir con el contrato a la terminacion del mismo (agosto).

2 dudas:

1. Que tiempo tiene ella para entregar el inmueble?
2. En caso de que sean esos ultimos 3 meses del contrato, si ella se va antes, digamos 2 meses antes pues ya sabe que el contrato no se renueva mas, debe pagar igual el canon hasta agosto?

Gracias laneros.
el arrendador sino invoca ninguna causal debe indemnizar con 3 meses. MIRE EL NUMERAL 7 Y 8 DEL ARTICULO 22 DE LA LEY 820.
 
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el arrendador sino invoca ninguna causal debe indemnizar con 3 meses. MIRE EL NUMERAL 7 Y 8 DEL ARTICULO 22 DE LA LEY 820.
Falso, si no, no sería negocio arrendar, los contratos se prorrogan por la misma fecha inicial cada año a no ser que hayan colocado más años que normalmente nadie lo hace, de pronto en comercial

 
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Falso, si no, no sería negocio arrendar, los contratos se prorrogan por la misma fecha inicial cada año a no ser que hayan colocado más años que normalmente nadie lo hace, de pronto en comercial

No es negocio arrendar, en realidad si revisa la ley 820 del 2003:

El arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento a la fecha de vencimiento del término inicial o de sus prórrogas invocando cualquiera de las siguientes causales especiales de restitución, previo aviso escrito al arrendatario a través del servicio postal autorizado con una antelación no menor a tres (3) meses a la referida fecha de vencimiento

Si revisa está sección de la terminación por parte del arrendador, solo por la fecha de vencimiento no es, se necesita invocar una de las causales.
 
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No es negocio arrendar, en realidad si revisa la ley 820 del 2003:

El arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento a la fecha de vencimiento del término inicial o de sus prórrogas invocando cualquiera de las siguientes causales especiales de restitución, previo aviso escrito al arrendatario a través del servicio postal autorizado con una antelación no menor a tres (3) meses a la referida fecha de vencimiento

Si revisa está sección de la terminación por parte del arrendador, solo por la fecha de vencimiento no es, se necesita invocar una de las causales.

lo que pasa es que faltan datos, y no pueden hablar de indemnización de 3 meses

tocaria saber y me imagino que por correo certificado le solicitaron que no le renovarian el contrato

pueda que lo va a usar para su propio vivienda

pueda que lo haya vendido

pueda que entre en obra o demolicion

la verdad no tenemos todos los datos para dar una buena ayuda

que tal no pague cumplido el arriendo y por eso la quieran no renovarle o escnadalos o servicios


son varias cosas

aca pueden leer mas



como dije es habalr con el arrendador porque si se quiere ir antes y el lo necesita podrian llegar a un acuerdo

y arrendar vivienda no es negocio nunca, los gastos de propiedades horizontales y muchas cosas no es que sea la panacea aunque algunos creen que si, es mejor el arrendamiento comercial el cual es el que manejamos nosotros

alli pueden leer y ver como es el caso segun todos los parametros que alli le dicen

es como los que creen que vivir una cantidad de años en un predio ya los vuelve dueños y voz y voto por ejemplo para vender, algo que repiten algunos que siempre han creido en esas fabulas

el dueño es dueño y hay muchas formas de sacar a aun inquilino de vivienda o comercial, mas si no ha cumplido ciertas reglas, lo que no entiende un inquiino es que no es dueño por mas que viva muchos años
 
Buenas noches laneros.

Mi novia va ajustar 2 años en agosto en un inmueble, el arrendador le informo que va concluir con el contrato a la terminacion del mismo (agosto).

2 dudas:

1. Que tiempo tiene ella para entregar el inmueble?
2. En caso de que sean esos ultimos 3 meses del contrato, si ella se va antes, digamos 2 meses antes pues ya sabe que el contrato no se renueva mas, debe pagar igual el canon hasta agosto?

Gracias laneros.

Es un contrato por 1 año (normalmente) y con un previo aviso se puede dar por finalizado por cualquiera de la partes. Caso contrario se renueva y ya. Cuando vives en arriendo es 'normal' pagar en dos lugares cuando quieres cambiar. MUY de buenas el que se le termine hoy, deje el trasteo guardado e inicie al día siguiente en otro lugar.

Ya lo otro es la buena fe, venga ya conseguí para donde irme y queda un mes ... dejemos así y el arrendatario acepte, caso contrario puessss.
 
Hola a todos, quisiera consultarles lo siguiente: Yo estaba en un proyecto de vivienda en el cual pagué una serie de cuotas a una fiducia, por motivos de tiempo de entrega no me dio el cierre financiero y tuve que desistir. La constructora me multó y no me devolvió ningún dinero ya que para ellos no había justificación. Ahora recibo un mensaje de ellos en los que están promocionando un nuevo proyecto justo al lado de donde iba a comprar. ¿Legalmente puedo hacer algo para hacer que me transfieran los dineros ya consignados a ese nuevo proyecto? o ya no hay nada que hacer? cabe resaltar que ellos nunca me dieron esa opción y guardaron silencio sobre ese otro proyecto. He escuchado que algunas constructoras le ofrecen esa opción a los usuarios pero desconozco el tema. Agradezco de antemano si me pueden orientar.
 
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Hola a todos, quisiera consultarles lo siguiente: Yo estaba en un proyecto de vivienda en el cual pagué una serie de cuotas a una fiducia, por motivos de tiempo de entrega no me dio el cierre financiero y tuve que desistir. La constructora me multó y no me devolvió ningún dinero ya que para ellos no había justificación. Ahora recibo un mensaje de ellos en los que están promocionando un nuevo proyecto justo al lado de donde iba a comprar. ¿Legalmente puedo hacer algo para hacer que me transfieran los dineros ya consignados a ese nuevo proyecto? o ya no hay nada que hacer? cabe resaltar que ellos nunca me dieron esa opción y guardaron silencio sobre ese otro proyecto. He escuchado que algunas constructoras le ofrecen esa opción a los usuarios pero desconozco el tema. Agradezco de antemano si me pueden orientar.
Yo trabajo en una constructora en el area comercial, 2 cosas depende en que proceso de compra habia si ya habia firmado promesa de compraventa ya hay una clausula en caso de incumplimiento de cierre financiero, hasta en casos de mora por pagos de la cuota inicial los desisten, conozco otras constructoras de 10 dias de mora y hasta o le cobran intereses o los desisten, increible y mi que me ha tocado llamar a gente con mora de mas de 100 dias para que sigan, al menos les damos el aviso para que no desistan, revise su promesa o su documento de separación que tenga con la constructora. En el caso de la constructora si deja a veces realizar retoma a pesar de ser desistido puede luego volver a comprar teniendo en cuenta las arras (arras es la penalidad), al fin y al cabo ese dinero la tiene la fiducia, entonces se puede trasladar el fondo, esto se deja al menos cuando la fiducia del proyecto que desistió y al que quiere comprar debe ser la misma, si se permite y se sujeta ese dinero de arras a celebración de compraventa, la constructora ya no deja de una fiducia a otra, pasó que un cliente tenia unas arras grandes como de 50 millones, en fiducia XXX, y era para pasarse a otro proyecto le devolvieron todo el dinero y el no siguio con el otro proyecto, solo dio lo de la separación, entonces para la constructora no era negocio, al menos es preferible quedarse con las arras, jajajaj, pero en condiciones actuales se reciben hasta monedas en los negocios.
 
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