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Estado
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Saludos, que bueno que está este recurso en Internet. No se si a alguien anteriormente se le ha presentado este caso en el foro. Sin más preámbulo aquí va:

Mi madre compró una casa utilizando un préstamo del banco A, la casa estaba hipotecada al banco B por un préstamo hipotecario que había hecho un señor C (el antiguo propietario), en el momento cuando mi madre compra la casa esta aparecía con una deuda de X cantidad con el banco B. Mi madre en ese momento pagó con un cheque del banco A (el que prestó el dinero para que ella la comprara) la deuda X que tenía C (el antiguo dueño) con el banco B.

Cuando mi madre solicita los papeles para poner la casa a nombre de ella y meter la hipoteca del banco A. El banco B no la sede pq aparece una deuda Z que había contraido el anterior dueño C, y que estaba en mora y apunto de entrar en embargo. El problema es que esta deuda Z es por otras obligaciones que tenía el señor C con el banco B (tarjetas de crédito y prestamos de libre inversión), y como el banco B no encuentra manera de cobrarle al señor C, está tirando toda la deuda sobre la casa que compró mi madre, que en el momento cuando la compró no tenía ninguna embargo en curso.

Que puede hacer mi madre para solucionar este problema y poner la casa a su nombre sin tener que responder por las otras deudas que tenía el señor C con el banco B, que no estaban ligadas a la casa?

Agradeciendo cualquier ayuda
 
Hola... Tengo una pregunta, todo es en relación a las enfermedades profesionales...mi caso es el siguiente: la EPS reportó como enfermedad profesional una epicondilitis a la ARP, quienes después de muchos exámenes la calificaron como enfermedad de origen común,apelé dicha decisión y fue remitida a la junta regional de calificación de invalidez quienes después de la valoración que me realizaron, la calificación que dieron fue de origen profesional...ya teniendo está respuesta,¿ Cual es el paso a seguir? De antemano agradezco por la orientación que me brindan..=)
Escrito desde www.LANeros.mobi (Mozilla/5.0 (SymbianOS/9.4; Series60/5.0 Nokia5800d-1b/50.2.005; Profile/MIDP-2.1 Configuration/CLDC-1.1 ) AppleWebKit/525 (KHTML, like Gecko) Version/3.0 BrowserNG/7.2.3)
 
Hola... Tengo una pregunta, todo es en relación a las enfermedades profesionales...mi caso es el siguiente: la EPS reportó como enfermedad profesional una epicondilitis a la ARP, quienes después de muchos exámenes la calificaron como enfermedad de origen común,apelé dicha decisión y fue remitida a la junta regional de calificación de invalidez quienes después de la valoración que me realizaron, la calificación que dieron fue de origen profesional...ya teniendo está respuesta,¿ Cual es el paso a seguir? De antemano agradezco por la orientación que me brindan..=)
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Compañero, ahora lo que debe hacer es iniciar el trámite de su indemnización o su pensión de invalidez, dependiendo del grado de pérdida de capacidad laboral que le apareció en el dictamen de la Junta Regional de Calificación de Invalidez.
 
Muchas gracias por tu ayuda, me podrías decir a través de que entidad se inicia el trámite? en el dictamen de la Junta regional no señala ningún grado de perdida de capacidad laboral, únicamente aparece como Origen Profesional :S
 
Bueno espero ver si me ayudan, resulta que estuve en la pastoral contratado por medio de una ops de 6 meses, para un proyecto de familias desplazdas y generacion de ingresos, se desarrollo todo y por cada familia se llevaban informes, total se llego a los 6 meses y yo entregue mis carpetas, como no se habia cumplido el objetivo se pidio una prorroga donde contrataron solo 12 personas y yo no estuve incluido, mi contrato termino hace 5 meses y de esos 6 meses solo me pagaron 4 meses y nunca cumplidos, siempre en fechas distintas a las acordadas, ahora que voy a preguntar que paso con el pago, ellos me dicen que faltan unas carpetas de alguna familias a las cuales yo les llevaba control y que por esa razon es que no me han pagado. Pueden ellos hacer eso? o como debo proceder? logicamente yo entregue mis carpetas con el desarrollo que tuvimos hasta el dia que se acabo el contrato, acepto que ninguno de nosotros termino todo el proceso y por esa razon dieron la prorroga pero no me incluyeron a mi, y el jefe queria que yo terminara pero sin tener paga como si la iban a tener las 12 personas. Que puedo hacer?
 
Saludos, que bueno que está este recurso en Internet. No se si a alguien anteriormente se le ha presentado este caso en el foro. Sin más preámbulo aquí va:

Mi madre compró una casa utilizando un préstamo del banco A, la casa estaba hipotecada al banco B por un préstamo hipotecario que había hecho un señor C (el antiguo propietario), en el momento cuando mi madre compra la casa esta aparecía con una deuda de X cantidad con el banco B. Mi madre en ese momento pagó con un cheque del banco A (el que prestó el dinero para que ella la comprara) la deuda X que tenía C (el antiguo dueño) con el banco B.

Cuando mi madre solicita los papeles para poner la casa a nombre de ella y meter la hipoteca del banco A. El banco B no la sede pq aparece una deuda Z que había contraido el anterior dueño C, y que estaba en mora y apunto de entrar en embargo. El problema es que esta deuda Z es por otras obligaciones que tenía el señor C con el banco B (tarjetas de crédito y prestamos de libre inversión), y como el banco B no encuentra manera de cobrarle al señor C, está tirando toda la deuda sobre la casa que compró mi madre, que en el momento cuando la compró no tenía ninguna embargo en curso.

Que puede hacer mi madre para solucionar este problema y poner la casa a su nombre sin tener que responder por las otras deudas que tenía el señor C con el banco B, que no estaban ligadas a la casa?

Agradeciendo cualquier ayuda

Varias cosas:

La garantia hipotecaria persigue el bien, indistintamente der cual sea el propietario del bien. Por eso, el banco puede perseguir la casa sin iimportar que su mama no sea la deudora.

Ahora bien, es importante revisar el texto de la escritura de hipoteca, poeruqe si dice que respalda el credito otorgado parta adquirier vivienda, que es lo mas seguro que haya ocurrido, el banco esta en la obligacion de levantar la hipoteca porque el contrato principa que la soportaba, es decir, el mutuo o prestamo para comprar la casa, ya se extinguio. De no hacerlo puede iniciarse un proceso ejecutivo por obligacion de hacer, que es hacer la escritura de levantamiento de hipoteca, con fundamento en la escritra.

Si la hipoteca respalda otras obligaciones del deudor, lo cual dudo mucho porque esos creditos de vivienda son muy resrringidos, no habria nada que hacer frente al banco, y el vendedor tendria que rersponder por ese vicio oculto.
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Hola... Tengo una pregunta, todo es en relación a las enfermedades profesionales...mi caso es el siguiente: la EPS reportó como enfermedad profesional una epicondilitis a la ARP, quienes después de muchos exámenes la calificaron como enfermedad de origen común,apelé dicha decisión y fue remitida a la junta regional de calificación de invalidez quienes después de la valoración que me realizaron, la calificación que dieron fue de origen profesional...ya teniendo está respuesta,¿ Cual es el paso a seguir? De antemano agradezco por la orientación que me brindan..=)
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En teoria la junta ya debio notificar a la arp a efectos de que conozca la decision. En todo caso, la arp podria apelar esa decision para que la junta nacional revise el caso.

Si ya quedo la calificacion en firme, es necesario tener en cuenta el porcentaje de invalidez, de tal forma que se determine si se le da una indemnizacion o una pension poe invalidez.

Le sugiero que revise el porcentaje, y con el dictamen acudir a la arp a exigir el reconocimiento de la prestacion economica.
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Muchas gracias....
En el dictamen no señala grado de invalidez, unicamente dice que es de origen profesional ¿Qué debo hacer? Es posible entonces solicitar ese porcentaje a la Junta regional?
 
¿Cuánto demora en salir un proceso ejecutivo por mínima cuantía (creo que así se dice) para cobrar una deuda de un millón y pico por concepto de incumplimiento de un contrato de arrendamiento?

Gracias por responder.
 
Muchas gracias....
En el dictamen no señala grado de invalidez, unicamente dice que es de origen profesional ¿Qué debo hacer? Es posible entonces solicitar ese porcentaje a la Junta regional?

Si, a traves de la arp se debe iniciar el rpoceso para determinar el grado de invalidez, claro esta, si usted efectivamente ve que no esta capacitado para trabajar, porque luego de calificado y si le dan un porcentaje bajo, le dan una indemnizacion que no esa mayor cosa, y nada mas.
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¿Cuánto demora en salir un proceso ejecutivo por mínima cuantía (creo que así se dice) para cobrar una deuda de un millón y pico por concepto de incumplimiento de un contrato de arrendamiento?

Gracias por responder.

Pues depende de muchas cosas, del abogado, del juez que le toque, y de las medidas cautelares a practicar.

En el mejor de los casos se le puede demorar entre ano y medio y dos anos.

Pero lo importante es tener que embargar, porque si no le queda la sentencia para enmarcar.
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hola, agradezco de antemano la ayuda, ¿ si estoy recién desempleado tengo que cotizar salud y pensión como independiente? se puede sólo salud? que tengo que hacer?

gracias
 
hola, agradezco de antemano la ayuda, ¿ si estoy recién desempleado tengo que cotizar salud y pensión como independiente? se puede sólo salud? que tengo que hacer?

gracias

solo salud serias cotizante tipo 42 que es el independiente de bajos ingresos, debes hacer el registro en la eps con el formato de registro completamente diligenciado q ellos te dan, la declaración juramentada ante una Notaría que certifique que sus ingresos no superan un salario minimo, y la fotocopia de un recibo de los servicios públicos del último mes del lugar de residencia

buscate la ley 1250 de 2008, alli hablan sobre eso
 
Salu2

por aquí con una pregunta.

mi hermana tiene 23 años y esta estudiando enfermería superior en la U de caldas.

la cosa es que ella alega que estudia medicina (se sabe lo de enfermería ya que llame a la u en una ocacion y estaba en esa carrera y por que en el portal estudiantil de la u de caldas salio en enfermería...)

el problema es que mi papa no puede pagarle mas la estadía en Manizales sumándole el agravante de que ella le miente sobre lo que estudia, entonces ella se comunico con mi papa para pedirle lo del mes y el hombre contesto que ya no podía ayudarle mas. Ella a los días se comunico con una tía comentando que iba a iniciar una demanda contra mi papa.

hay la pregunta, teniendo en cuenta que ella tiene 23 años y mintió sobre lo que estudia que posibilidades tiene de ganar la demanda o que puede hacer mi papa en este caso, y no se si esto sea pertinente o que pero ella tiene un hijo como de 6 años y es hija de un matrimonio anterior...

muchas gracias a las personas que me puedan colaborar con esto.
 
Salu2

por aquí con una pregunta.

mi hermana tiene 23 años y esta estudiando enfermería superior en la U de caldas.

la cosa es que ella alega que estudia medicina (se sabe lo de enfermería ya que llame a la u en una ocacion y estaba en esa carrera y por que en el portal estudiantil de la u de caldas salio en enfermería...)

el problema es que mi papa no puede pagarle mas la estadía en Manizales sumándole el agravante de que ella le miente sobre lo que estudia, entonces ella se comunico con mi papa para pedirle lo del mes y el hombre contesto que ya no podía ayudarle mas. Ella a los días se comunico con una tía comentando que iba a iniciar una demanda contra mi papa.

hay la pregunta, teniendo en cuenta que ella tiene 23 años y mintió sobre lo que estudia que posibilidades tiene de ganar la demanda o que puede hacer mi papa en este caso, y no se si esto sea pertinente o que pero ella tiene un hijo como de 6 años y es hija de un matrimonio anterior...

muchas gracias a las personas que me puedan colaborar con esto.

Pues hermano si mal no estoy pero si me gustaria que me confirmara un abogado, sus hijos son SU responsabilidad hasta los 18. de ahi para adelante el padre/madre no creo que tenga responsabilidad al menos en casos normales. Es decir eso de darles universidad y todo eso es mas por gusto de la gente que por obligacion de la ley.

*************** pero que despreciable una actitud de esas de verdad deja mucho que desear, no es por meterme en lo que no me incumbe pero la mama de la niña debe ser por ese corte verdad?
 
SAlu2

si, la verdad que si, eso tiene ofendido a mi papa hasta mas no poder...

la cosa es que muchos comentan que lo de la Universidad si es obligación pero solamente hasta los 23 ya que las carreras duran un promedio de 5 años (o sea 18 años de la mayoría de edad mas 5 de carrera)
 
SAlu2

si, la verdad que si, eso tiene ofendido a mi papa hasta mas no poder...

la cosa es que muchos comentan que lo de la Universidad si es obligación pero solamente hasta los 23 ya que las carreras duran un promedio de 5 años (o sea 18 años de la mayoría de edad mas 5 de carrera)

En caso de que usted como padre este obligado a pagarle la universidad cosa que dudo sino medio colombia estaria encanado, no creo que sea obligacion tenerla en otra ciudad.

Es decir eso esta como muy raro. Igualmente que rata a lo bien, tras que le paga la univeersidad o al menos le ayuda entonces a demandar. Hay gente que si no tiene verguenza para verse como una escoria.
 
No soy abogado pero conocí un caso parecido y supe que el padre no estaba en obligación de nada hasta los 18 años, si la madre esta fallecida o incapacitada la cosa sería diferente, no tengo detalles pero si supe que no estaría obligado a nada.
Desde ya esperando los comentarios de un verdadero abogado.
 

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