Es legal dividir entre propietario e inquilino los costos de la repintada de mantenimiento del inmueble ?

juanitapregunta

Babea la almohada
16 Feb 2006
4,736
Muchachos para un inmueble que se entrego recien pintado hace 2 años y el inquilino esta solicitando que se repinte (Por deterioro normal del uso ) , se puede acordar dividir los costos tipo que el propietario ponga la pintura y el inquilino la mano de obra ? O eso va en contravia de alguna normatividad ? Como se maneja normalmente esa parte con la pintada de mantenimiento ?




 
Aquí te dejo la normatividad y una página donde explican a quien le toca asumir el costo:

Ley 820 de 2003: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=8738


Pero en resumen:
* Si el deterioro de las paredes es por desgaste normal, el propietario es quien asume el costo.
* Si el deterioro de las paredes es por un desgaste inusual, el inquilino es quien asume el costo.
* Al momento de la entrega del inmueble, pueden ponerse de acuerdo para asumir el costo por partes iguales

Lo anterior, siempre y cuando no se haya estipulado algo diferente en el contrato.
 
* Al momento de la entrega del inmueble, pueden ponerse de acuerdo para asumir el costo por partes iguales

Lo anterior, siempre y cuando no se haya estipulado algo diferente en el contrato.
Post: El contexto no es que el inquilino va a entregar el inmueble, sino que continuara habitandolo.

Neon creo que para ese contrato creo que usaron uno de esos azulitos standard de papeleria.

En las agencias inmobiliarias dicen que lo normal y usual es acordar la division de ese costo.

Desconozco que dice ese contrato standard sobre ese punto de la pintada por mantenimiento, pero supongamos que no dice nada al respecto, seria legal llegar a ese acuerdo ? o es pa rollos ?

No tiene que manejar lo legal
Siempre es mejor hacer todo de forma legal
 
Post: El contexto no es que el inquilino va a entregar el inmueble, sino que continuara habitandolo.

Neon creo que para ese contrato creo que usaron uno de esos azulitos standard de papeleria.

En las agencias inmobiliarias dicen que lo normal y usual es acordar la division de ese costo.

Desconozco que dice ese contrato standard sobre ese punto de la pintada por mantenimiento, pero supongamos que no dice nada al respecto, seria legal llegar a ese acuerdo ? o es pa rollos ?


Siempre es mejor hacer todo de forma legal
OK, en el escenario donde el inquilino va a seguir habitando el inmueble, y ciñèndonos a la Ley que mencioné anteriormente, el propietario es quien debe velar por las condiciones de habiltabilidad del inmueble, asi que legalmente, el propietario es quien debe encargarse de cubrir los costos, en este caso, de pintar las paredes, y en caso de no hacerlo, el inquilino puede adherirse a dicha ley para obligar al propietario a hacerlo.

Y si quieren llegar a un acuerdo entre propietario e inquilino para asumir el costo por partes iguales (a pesar de que el inquilino NO está obligado a hacerlo), entonces deben dejar firmado en un documento donde conste dicho acuerdo, para que se "curen en salud" ambas partes.
 
Post: El contexto no es que el inquilino va a entregar el inmueble, sino que continuara habitandolo.

Neon creo que para ese contrato creo que usaron uno de esos azulitos standard de papeleria.

En las agencias inmobiliarias dicen que lo normal y usual es acordar la division de ese costo.

Desconozco que dice ese contrato standard sobre ese punto de la pintada por mantenimiento, pero supongamos que no dice nada al respecto, seria legal llegar a ese acuerdo ? o es pa rollos ?


Siempre es mejor hacer todo de forma legal
Le corresponde al arrendatario si el arrendador entregó el inmueble pintado y no dejó clausulas contrarias en el contrato. Esto es así pues al tenor de la ley 820 de 2003 al arrendador le corresponde las reparaciones necesarias (Estructurales) y al arrendatario las locativas (Desgaste por uso ordinario). No es lo mismo que hayan humedades o le salga una grieta a la pared que comprometa el inmueble, que una pintura que se ha desgastado por el tiempo de uso del lugar, pues eso es de ornato. Es por eso que en el contrato deben quedar bien precisas las clausulas sobre los deberes y obligaciones de las partes sin ser contrarias a la ley para evitar conflictos.

Arrendador y arrendatario pueden convenir sobre algo en particular de el inmueble, pero es ideal que quede por escrito.

Familiares y conocidos que viven en alquiler les entregan los inmuebles bien pintados y éstos los entregan igual.
Saludos
 
aca puede revisar, lo que no está en el contrato si no se comprometió a pintarle cada determinado tiempo es difícil


eso ha sido un tabu, y algunos también repiten muchas cosas falsas, por ejemplo, la principal es que el que tienen en arriendo muchos años algún predio ya pasa a ser dueño, estrellándose con la realidad de algo falso
 
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Desconozco, pensaría que le toca al dueño, pero....
No tiene que manejar lo legal, tiene que ser consciente que usted como propietario está sacándole provecho a un INMUEBLE, no tiene que hacer gran esfuerzo para esa ganancia. No sea tan CV.

¿ O sea que la casa/apto se lo(a) regalaron qué no tuvo que hacer gran esfuerzo para comprarla ?
 
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se puede acordar dividir los costos tipo que el propietario ponga la pintura y el inquilino la mano de obra ? O eso va en contravia de alguna normatividad ?
Esta parte sí me hizo reir, me imaginé una escena cómica de propietario e inquilino llegando a un acuerdo sobre la pintada y luego echándose para atrás porque de "pronto van en contravía de alguna normatividad" jajajaja.

Lo ideal es que eso haya quedado especificado en el contrato. No se viola normativa por hacer un acuerdo de ese tipo XD jajajaja, pero en caso de que hagan un acuerdo mejor dejarlo por escrito.

Por lo general, lo que he visto es que si solo es pintada por uso de la vivienda, la hace el inquilino; pero los inquilinos generalmente pintan (o medio pintan) es cuando se van a ir, de resto se aguantan. Ya si es por humedad, malas condiciones de las paredes, etc. le toca al propietario.
 
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Muchachos para un inmueble que se entrego recien pintado hace 2 años y el inquilino esta solicitando que se repinte (Por deterioro normal del uso ) , se puede acordar dividir los costos tipo que el propietario ponga la pintura y el inquilino la mano de obra ? O eso va en contravia de alguna normatividad ? Como se maneja normalmente esa parte con la pintada de mantenimiento ?
Yo creo que depende de la causa del deterioro, una buena pintura pasa 2 años sobrado, pudiéndose hasta lavar para quedar nuevamente bien. Si se deteriora por humedad, el sol (externa) o ese tipo de casos me parece que si va por parte del propietario, si se deteriora por mascotas por ejemplo debera ser responsabilidad del arrendatario.

Se debe evaluar también la calidad de persona que sea el inquilino, si es puntual, conserva bien el inmueble, no genera problemas con los vecinos... etc. en mi opinión en esos casos yo le pagaría la pintura, prefiero cuidar un buen arrendatario.
 
Yo vivo en arriendo hace muchos años y nunca he pedido plata para pintar porque soy buen inquilino (lo pintamos cada dos años) y quiero tener mi apartamento bonito.

Conozco gente que no pinta ni en 10 años ... Cómo pueden vivir así es para mi un misterio.

Cuando es un daño grave como tubería y toca romper piso ahí si paga el dueño.

Pero si son mejoras Estéticas que yo pido por el uso y tengo un contrato a largo plazo mis costos los dividimos.

Espero te sirva.
 
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