[Consultorio Jurídico Laneros]

Estado
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Buen día, a una persona cercana le colocaron un comparendo ayer, iba en contra vía que da una multa tipo D pero le colocaron la de no acatar señales de transito entonces quedó tipo C para que costara la mitad.

Desde ayer hemos estado revisando en la plataforma de SIMIT y no figura. Tengo entendido que si no figura es porque el comparendo no se ha transformado en Resolución que es la que tiene mandamiento de pago.

El problema es que eso tiene un periodo de 5 días para el descuento con el curso, pero no sé si ese tiempo comienza desde que se hizo el comparendo o desde que se suba a la plataforma.

Osea seguimos esperando a ver si lo suben o mejor hacerlo de una vez?.
 
Les comento que llamar a movilidad, hace que el funcionario mandé la notificación y la suba al sistema.

Pero bueno, los cursos de movilidad tienen costo?, Es que en el documento que me dieron sale 261 pero en la plataforma de simit sale 192.

Me dicen que el excedente es del curso de movilidad. Pero no está discriminado de esa manera.
 
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Buen día laneros

Una consulta que puedo hacer si para Enero del presente año presente una incapacidad la cual fue notificada en su momento oportuno,

Luego la empresa me descontó días no justificados en Marzo y abril a causa de esta incapacidad, en Abril la empresa canceló el contrato por terminación de obra pero ni en la liquidación me han pagado esa incapacidad.

En la NuevaEps averigüe y la incapacidad sale autorizada desde el día 17 de mayo, la empresa solo se excusa que hasta que la EPS no realice el pago ellos no me pagan la incapacidad.
 
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Buen día laneros

Una consulta que puedo hacer si para Enero del presente año presente una incapacidad la cual fue notificada en su momento oportuno,

Luego la empresa me descontó días no justificados en Marzo y abril a causa de esta incapacidad, en Abril la empresa canceló el contrato por terminación de obra pero ni en la liquidación me han pagado esa incapacidad.

En la NuevaEps averigüe y la incapacidad sale autorizada desde el día 17 de mayo, la empresa solo se excusa que hasta que la EPS no realice el pago ellos no me pagan la incapacidad.
yo los invitaba a una reunión en la oficina de trabajo.
a ver si alla van a decir lo mismo.
 
Algún experto por acá en derecho financiero o que conozca a alguno ?Tengo un borrador para una demanda ante la SFC y quisiera revisar si puede ser procedente en algunos aspectos .Es la primera vez que acudo antes esta superintendencia para un problema con un banco.

Muchas gracias y agradezco su ayuda.
 
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Una respuesta desfavorable de un derecho de petición de parte de una secretaria de hacienda de un municipio (oiba) para la prescripción de una multa de transito, la cual ya me habian dado respuesta antes, pero con una justificación que esta errónea ya que tomaba los 5 años de tiempo de cobro coactivo, enves de los 3 ya que es de caracter de transito, el punto es que hice un nuevo derecho con todos los puntos aclarados, con sentencias del consejo de estado que ya aclaraban este punto, pero me respondieron a este nuevo lo siguiente.

1691091932453.png

si alguien de pronto quiere ver el derecho de petición que redacte y la resolución a la cual hace respuesta se lo puedo pasar por mp.

La cuestión es creo que tengo la razón, pero cual debe ser el proceso a seguir? tutela o algo, porque desde el concepto de la secretaria de hacienda no quieren hacer nada para la prescripción de la multa, hay un ente superior al cual dirigirme o hacer una audiencia o algo por el estilo?.
 
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Una respuesta desfavorable de un derecho de petición de parte de una secretaria de hacienda de un municipio (oiba) para la prescripción de una multa de transito, la cual ya me habian dado respuesta antes, pero con una justificación que esta errónea ya que tomaba los 5 años de tiempo de cobro coactivo, enves de los 3 ya que es de caracter de transito, el punto es que hice un nuevo derecho con todos los puntos aclarados, con sentencias del consejo de estado que ya aclaraban este punto, pero me respondieron a este nuevo lo siguiente.

Ver el archivos adjunto 565555
si alguien de pronto quiere ver el derecho de petición que redacte y la resolución a la cual hace respuesta se lo puedo pasar por mp.

La cuestión es creo que tengo la razón, pero cual debe ser el proceso a seguir? tutela o algo, porque desde el concepto de la secretaria de hacienda no quieren hacer nada para la prescripción de la multa, hay un ente superior al cual dirigirme o hacer una audiencia o algo por el estilo?.
Lo que sigue es un recurso de reposición y en subsidio de apelación contra esa decisión (art. 74 del CPACA). Debes tener en cuenta que solo tienes 10 días a partir del día siguiente de la notificación del acto administrativo para radicar el recurso.

En caso de que siga de esa forma tocaría demandar la nulidad en un juzgado administrativo.
 
En que casos es "valido" ante la ley grabar una llamada? (es decir, que no esté cometiendo un delito)

Si aviso a la otra persona que voy a grabar la llamada, ya con eso me basta para poder grabarla?

Si me llaman de algún lado (de esas llamadas comerciales) y me dicen "recuerde que esta llamada puede ser grabada o monitoreada"... Con eso ya me está dando el derecho a mi de grabarla?

Si la grabo, pero no la uso para nada ni la publico en ningún lugar, estaría cometiendo un delito?

Agradezco los comentarios al respecto
 
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En que casos es "valido" ante la ley grabar una llamada? (es decir, que no esté cometiendo un delito)

Si aviso a la otra persona que voy a grabar la llamada, ya con eso me basta para poder grabarla?

Si me llaman de algún lado (de esas llamadas comerciales) y me dicen "recuerde que esta llamada puede ser grabada o monitoreada"... Con eso ya me está dando el derecho a mi de grabarla?

Si la grabo, pero no la uso para nada ni la publico en ningún lugar, estaría cometiendo un delito?

Agradezco los comentarios al respecto

si le avisó a la otra persona y eso queda en la llamada pues ya es claro que es legal ya que recibió autorización.

las llamadas comerciales quedan sujetas a un numero de llamada que usted debe/puede pedir al final para que en dado caso que algo falle usted pueda pedir la revisión de la llamada..... en esos casos no necesariamente es ilegal grabarlas usted mismo, simplemente que en algún caso, el juez o la entidad que va a dirimir algún caso, va a escuchar la llamada grabada por el operador... por supuesto si hay diferencia con lo que usted tiene pues ya debe entrar a mostrar su llamada.


si graba la llamada pero no la usa para nada...pues en realidad no importa porque nadie va a saber ... a no ser que se filtre la llamada y se diga algo complicado que no se debió haber grabado.... todo depende del contexto de la llamada..... pero mientras sea privada pues es para usted y ya.
 
Hola Laneros, un familiar de un familiar ha venido teniendo dificultades con un tercero y en las últimas horas atreves de las redes, este ultimo, le mandó un audio donde en resumen le amenaza de muerte indicando que no le importa si lo llevan a la policía o a la cárcel.

Tengo curiosidad si por esto se puede hacer algún tipo de denuncia y siendo así, ¿se analizaría exactamente lo que dice y como lo dice o ya con la intención es suficiente prueba para la denuncia?

Si alguien me puede dar una opinión o recomendación se lo agradezco antemano, saludos.
 
Hola Laneros, un familiar de un familiar ha venido teniendo dificultades con un tercero y en las últimas horas atreves de las redes, este ultimo, le mandó un audio donde en resumen le amenaza de muerte indicando que no le importa si lo llevan a la policía o a la cárcel.

Tengo curiosidad si por esto se puede hacer algún tipo de denuncia y siendo así, ¿se analizaría exactamente lo que dice y como lo dice o ya con la intención es suficiente prueba para la denuncia?

Si alguien me puede dar una opinión o recomendación se lo agradezco antemano, saludos.

no se quede callado, denuncie.


lo importante es dejar claro, cuando, como y donde. y las palabras exactas de las amenazas.
el m[odulo le permite elegir el delito a denunciar. piden celular y correo.
 
Buenos dias a todos,

alguien ha utilizado la aplicacion de TUTELA EN LINEA ?

Es necesario que se utilice un abogado? lo digo por lo siguiente:
Ya tengo bien definidos los hechos y pretensiones (contra un banco) , pero veo que todas las tutelas llevan como una especie de justificacion juridica o articulos puntuales que soportan la violacion del derecho y ahi si estoy perdido y no se si llego a hacer algo mal el juez simplemente rechace la tutela por mala redaccion.
 
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Hola a todos, hoy quiero pedir su ayuda o consejo con una situación de esas que pasan en nuestro pais por las entidades reguladoras y que en algunos casos nos dejan perdidos en como proceder.

Resulta que el año pasado le llego a mi padre un mensaje de que tenia un Foto comparendo con su vehículo en la ciudad de Cali durante la pandemia por transitar sin tecnomecanica (el reside en Bogota y durante la pandemia se encontraba en una finca aislado en Santander, pero sin carro pues ese vehículo estuvo guardado en Bogotá en el garaje de su casa). Al revisar el fotocomparendo nos encontramos que la placa que tomaron esta puesta en un trailer que lleva jalado una camioneta, la placa de la camioneta no se ve, la del trailer medio se ve y al parecer tiene el mismo numero de placa de la camioneta de mi papá, aun así la camioneta que la Jala es una Toyota Prado y el carro de mi papa aunque es el mismo color es otra marca Chevrolet y difiere del vehículo de la foto. En ese momento mi papa se comunico con movilidad de cali (alcaldia de cali) y le dijeron que enviara las evidencias de lo que indicaba. Se enviaron correos y se puso en la pagina de la fiscalia el denuncio por falsificación o gemeleo de placa y se envío ese soporte. La alcaldia de cali nos respondio muy amablemente que tenia mi padre que comparecer alla en cali para que expplicara y diera su version.. Teniendo en cuenta los gastos que esto conllevaría pues se les volvio a escribir mediante derecho de peticion y un sobrino de mi papa que vive en Cali y es abogado redacto el derecho de peticion y como no respondieron redacto una tutela.. ahora bien el sobrino de mi papa no le ha vuelto a contestar a mi padre entonces no sabemos si a el le llego alguna respuesta, en la pagina del antiguo simit vemos que eso ya ha subido por intereses.. en la Fiscalia no dan razon de nada sobre la denuncia puesta .. que podríamos hacer ahi? ante quien podríamos acudir? toca pagar ese comparendo? Eso no seria aceptar como si tuviéramos un un vehículo con placas falsas en cali?
 
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Hola a todos, hoy quiero pedir su ayuda o consejo con una situación de esas que pasan en nuestro pais por las entidades reguladoras y que en algunos casos nos dejan perdidos en como proceder.

Resulta que el año pasado le llego a mi padre un mensaje de que tenia un Foto comparendo con su vehículo en la ciudad de Cali durante la pandemia por transitar sin tecnomecanica (el reside en Bogota y durante la pandemia se encontraba en una finca aislado en Santander, pero sin carro pues ese vehículo estuvo guardado en Bogotá en el garaje de su casa). Al revisar el fotocomparendo nos encontramos que la placa que tomaron esta puesta en un trailer que lleva jalado una camioneta, la placa de la camioneta no se ve, la del trailer medio se ve y al parecer tiene el mismo numero de placa de la camioneta de mi papá, aun así la camioneta que la Jala es una Toyota Prado y el carro de mi papa aunque es el mismo color es otra marca Chevrolet y difiere del vehículo de la foto. En ese momento mi papa se comunico con movilidad de cali (alcaldia de cali) y le dijeron que enviara las evidencias de lo que indicaba. Se enviaron correos y se puso en la pagina de la fiscalia el denuncio por falsificación o gemeleo de placa y se envío ese soporte. La alcaldia de cali nos respondio muy amablemente que tenia mi padre que comparecer alla en cali para que expplicara y diera su version.. Teniendo en cuenta los gastos que esto conllevaría pues se les volvio a escribir mediante derecho de peticion y un sobrino de mi papa que vive en Cali y es abogado redacto el derecho de peticion y como no respondieron redacto una tutela.. ahora bien el sobrino de mi papa no le ha vuelto a contestar a mi padre entonces no sabemos si a el le llego alguna respuesta, en la pagina del antiguo simit vemos que eso ya ha subido por intereses.. en la Fiscalia no dan razon de nada sobre la denuncia puesta .. que podríamos hacer ahi? ante quien podríamos acudir? toca pagar ese comparendo? Eso no seria aceptar como si tuviéramos un un vehículo con placas falsas en cali?
En el simit el comparando ya tiene número de radicado y fecha de notificación?
Si no la tiene es porque aún no se ha realizado la audiencia por lo que aún se puede defender
 
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En el simit el comparando ya tiene número de radicado y fecha de notificación?
Si no la tiene es porque aún no se ha realizado la audiencia por lo que aún se puede defender
Si sr ya aparece con fecha de notificacion, # de comparendo, Numero de resolucion y hasta ahora aparece en cobro coactivo :facepalm:
 
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Buenos dias a todos,

alguien ha utilizado la aplicacion de TUTELA EN LINEA ?

Es necesario que se utilice un abogado? lo digo por lo siguiente:
Ya tengo bien definidos los hechos y pretensiones (contra un banco) , pero veo que todas las tutelas llevan como una especie de justificacion juridica o articulos puntuales que soportan la violacion del derecho y ahi si estoy perdido y no se si llego a hacer algo mal el juez simplemente rechace la tutela por mala redaccion.
Hola, siempre y cuando estén bien explicados los hechos, la parte demandada, las pretensiones, los derechos que consideras vulnerados y el porqué es suficiente. Recuerda incluir un juramento en el que expreses que no has presentado otra tutela por los mismos hechos y derechos. Eso es todo. En las tutelas no existe ninguna ritualidad por el mismo hecho de que es un mecanismo expedito de defensa que puede ser invocado por cualquier persona
 

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