Multas en propiedad horizontal no estipuladas en el reglamento interno pueden ser pecuarias?

iccamilo

Lanero Reconocido
27 Abr 2007
397
Hola a todos.

Les cuento que en el conjunto donde vivo me están multado por supuestamente haber tenido mis perros son collar.

1. Esto no está tipificado en el reglamento interno, nimucho menos como multa monetaria.
2. La prueba que tienen es de una cámara de un apartamento del vecino, donde los perros se metieron y salieron.
3. Se sustentan bajo el código de policía, que todo animal debe tener su collar, etc. y de ahí la multa.

Tengo entendido que no pueden usar vídeos de personas privadas para multas. Que no pueden multar al ser policivo.

Cómo puedo sustentar esto legalmente?
 
LANero el tema es que encima del reglamento de propiedad horizontal está el código de policía, en ese caso la admin puede sancionarlo con base en este código, eso sí demostrando que su mascota está tipificada dentro de las razas peligrosas y demás que obligan el uso de collar y bozal...ahora usted dice que su mascota se metió al apartamento del vecino, peor ahí el caso porque el vecino tiene todo el derecho de reclamar esto...
 
LANero el tema es que encima del reglamento de propiedad horizontal está el código de policía, en ese caso la admin puede sancionarlo con base en este código, eso sí demostrando que su mascota está tipificada dentro de las razas peligrosas y demás que obligan el uso de collar y bozal...ahora usted dice que su mascota se metió al apartamento del vecino, peor ahí el caso porque el vecino tiene todo el derecho de reclamar esto...

siendo esas razas peligrosas.

Artículo 126. Ejemplares caninos potencialmente peligrosos​

Se consideran ejemplares caninos potencialmente peligrosos aquellos que presenten una o más de las siguientes características:

1. Caninos que han tenido episodios de agresiones a personas; o le hayan causado la muerte a otros perros.

2. Caninos que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.

3. Caninos que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Bull Terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, de presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Tosa Japonés y aquellas nuevas razas o mezclas de razas que el Gobierno nacional determine.
 
Cabe resaltar que son Golden retriever.
Al llamar al código de policía, no es la policía la que multa? Por qué toma esa labor el consejo si ya es más un tema policivo.
Y claro, tiene todo el derecho pero no es por lo que me están multando directamente.
 
una cosa es el código de policía y otro el reglamento del conjunto, revise primero si el reglamento del conjunto esta esa parte de multas por no uso de bosal en perros de raza potencialmente peligrosos.

- ahora si en la multa le pusieron de "acuerdo al reglamento de policía lo multamos" puede estar mal y puede hacerla cancelar con el consejo de administración.
- ahora si lo multaron al primer llamado de atención igual puede hacerla cancelar, (comúnmente es al tercer llamado de atención para multa, pero bueno hay conjuntos jodidos)
- las cámaras privadas o de terceros siempre son validas ya que para eso las pone el copropietario o residente para que luego no existan escuchas para posibles faltas al reglamento, por lo comun la escusa para evadir una multa es "como no hay cámaras o vídeos de prueba no la pago" en este caso si hay video. pero habría que ver la repetición del suceso o llamados de atención

por todo lado háblese con consejo de administración si cree que abusaron con esa multa.
 
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Las multas y o sanciones que establece el código de policía, solamente puedes ser ejecutadas por la autoridad competente, la administración de un conjunto residencial no es dicha autoridad, curiosamente dentro del conjunto residencial un policía tampoco podría multarlo por esto, ya que no tiene este alcance dentro de la propiedad horizontal.

Si, la administración si podría multarlo por esto, pero es un poco complejo, normalmente en las propiedades horizontales no hay un regla clara y específica en la cual se indique que se debe llevar a un perro con bozal, le recomiendo que mire el manual de convivencia del conjunto donde vive y lo verifique usted mismo, si está regla no está en dicho documento actualizado debe remitirse al acta de la última reunión de copropietarios y ver si esto se aprobó, si la regla no está escrita y aprobada por ningún lado no es legítimo aplicarle una multa en este escenario, por más que en la calle la policía si pueda hacerlo.

Ahora sí efectivamente este escenario genera una multa en su conjunto y está aprobado, tampoco es lo que pueda multar así como asi, se debe respetar su derecho al debido proceso, para esto igualmente debe ver el manual de convivencia actualizado o reglamento de propiedad horizontal y ver cómo es el proceso, pero por norma general lo deben citar a usted a una especie de "descargos" en dónde tiene la oportunidad de defenderse y que ellos le demuestren que efectivamente usted cometió la falta.

No se le olvide que las sanciones y las conductas sancionables deben estar tipificada en el reglamento de propiedad horizontal o en el manual de convivencia en caso que lo haya, para de esa manera darles un sustento legal a las sanciones impuestas.

Cómo dato adicional es quien lo está multando y nuevamente en el reglamento o manual debe estar claro quien tiene la facultad de hacerlo, si no es la figura de administrador está no puede hacerlo. Adicionalmente el reglamento dentro del conjunto no puede estar por encima de otras normas de mayor jerarquía, esto quiere decir que no pueden multarlo si su perro no lleva bozal y no está en la lista de razas y tampoco es potencialmente agresivo.

Por cierto y para finalizar un Golden retriever no es una raza de perros potencialmente peligrosa, pero si su mascota tuvo algún escenario de agresividad ante una persona o una mascota automáticamente se vuelve potencialmente agresivo y debe llevar bozal por la seguridad de todos, le recomiendo hablar con un veterinario y que certifique que su mascota no es potencialmente agresiva para que esto le ayude de cara a posibles incidentes de este estilo.
 
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Reacciones: Mulder
Las multas y o sanciones que establece el código de policía, solamente puedes ser ejecutadas por la autoridad competente, la administración de un conjunto residencial no es dicha autoridad, curiosamente dentro del conjunto residencial un policía tampoco podría multarlo por esto, ya que no tiene este alcance dentro de la propiedad horizontal.

Si, la administración si podría multarlo por esto, pero es un poco complejo, normalmente en las propiedades horizontales no hay un regla clara y específica en la cual se indique que se debe llevar a un perro con bozal, le recomiendo que mire el manual de convivencia del conjunto donde vive y lo verifique usted mismo, si está regla no está en dicho documento actualizado debe remitirse al acta de la última reunión de copropietarios y ver si esto se aprobó, si la regla no está escrita y aprobada por ningún lado no es legítimo aplicarle una multa en este escenario, por más que en la calle la policía si pueda hacerlo.

Ahora sí efectivamente este escenario genera una multa en su conjunto y está aprobado, tampoco es lo que pueda multar así como asi, se debe respetar su derecho al debido proceso, para esto igualmente debe ver el manual de convivencia actualizado o reglamento de propiedad horizontal y ver cómo es el proceso, pero por norma general lo deben citar a usted a una especie de "descargos" en dónde tiene la oportunidad de defenderse y que ellos le demuestren que efectivamente usted cometió la falta.

No se le olvide que las sanciones y las conductas sancionables deben estar tipificada en el reglamento de propiedad horizontal o en el manual de convivencia en caso que lo haya, para de esa manera darles un sustento legal a las sanciones impuestas.

Cómo dato adicional es quien lo está multando y nuevamente en el reglamento o manual debe estar claro quien tiene la facultad de hacerlo, si no es la figura de administrador está no puede hacerlo. Adicionalmente el reglamento dentro del conjunto no puede estar por encima de otras normas de mayor jerarquía, esto quiere decir que no pueden multarlo si su perro no lleva bozal y no está en la lista de razas y tampoco es potencialmente agresivo.

Por cierto y para finalizar un Golden retriever no es una raza de perros potencialmente peligrosa, pero si su mascota tuvo algún escenario de agresividad ante una persona o una mascota automáticamente se vuelve potencialmente agresivo y debe llevar bozal por la seguridad de todos, le recomiendo hablar con un veterinario y que certifique que su mascota no es potencialmente agresiva para que esto le ayude de cara a posibles incidentes de este estilo.
Y lo más importante sacarlo con correa independientemente de multa o no multa.

Los demás no tienen porque soportar que un perro desconocido se les meta a su casa. Puede haber personas alérgicas en esa casa, no solo es porque sea peligroso o no.
 
Y lo más importante sacarlo con correa independientemente de multa o no multa.

Los demás no tienen porque soportar que un perro desconocido se les meta a su casa. Puede haber personas alérgicas en esa casa, no solo es porque sea peligroso o no.

y sin alergías, yo amo los perros pero hay que no les gusta y yo los entiendo, así como a mi me gustan los gatos pero los prefiero lejitos, no tendría un gato como mascota... y mucho menos tendrían que aceptar que el perro entre o yo dejar que un gato entre a mi casa
, así sea el perro más amoroso del mundo.
 

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