lo que hablan de la rentabilidad.. ademas los fondos privados son obviamente empresas que en cualquier momento pueden quebrar y los fondos perderse... en colpensiones por ser del estado.. el estado responde
Ventaja para usted ninguna, para los fondos privados si por que van a tener trabajando su platica mas tiempo.Me uno a la pregunta, cual seria la ventaja de pasarse faltando 10 años y no antes si solo se va a tener en cuenta el salario de los ultimos 10 años
Si, pero quien tiene mas posibilidades de quebrar? una empresa o un pais?Y como los estados no se quiebran... hola Grecia.
Ventaja para usted ninguna, para los fondos privados si por que van a tener trabajando su platica mas tiempo.
Si, pero quien tiene mas posibilidades de quebrar? una empresa o un pais?
No entiendo esa afirmación.Depende.
Si es una empresa como porvenir que está bajo la cobija del grupo Aval que está bajo la cobija del gobierno, quiebra primero el país.
Creo que una de las ventajas de estar en un fondo privado, es que si por alguna cosa de la vida usted no llega a tener el número de semanas cotizadas, puede al menos recibir lo que usted aportó.
En colpensiones si no llega a las semanas, GG.
(no estoy seguro).
No entiendo esa afirmación.
Acá ya tuvimos casi-quiebras de bancos y al gobierno le tocó salvarlos, el impuesto temporal que se volvió definitivo 4x1000
Tiene que consultar si con una declaración juramentada puede solicitar ese retiro en su empresa, consulte con gestión humana para que lo puedan asesorar.Buenas Tardes comunidad,
Se puede solicitar cesantias para remodelacion o pago de impuesto predial si el apartamento es de mi esposa (union libre) , alguno sabe ?
Gracias
Si tienes 25 años, te puedes trasladarte de fondo cada 5 años, pero antes de que estés a 10 años antes de cumplir la edad delegar a la edad de requisito de pensión de vejez debes decidirte si o si porque luego podrás cambarte, respecto a los regímenes de prima media con prestación definida (Colpensiones) o individual (privados) es mentira, ¿que no es recomendable por tener 25 años? Es falso, lo que importa en el fondo privado es si crees que no te pensionar y/o que no alcanzarás los requisitos de pensión de Colpensiones y tu IBL es bueno, si es recomendable el fondo privado ya que este se rige por la economía y por ende, a la hora de una devolución de saldos te dará mejores saldos, rendimientos y bonos pensionales si hay lugar a ellos; al contrario, en Colpensiones, es un régimen público y por ende se basa en la solidaridad de los aporta testigos o afiliados con el aistema, bajo su regulación en la ley 100 de 1993 sus montos de pensión están regulados por unas fórmulas que hacen que el que más IBL tenga más le baja, y favorecer a los de IBL más bajo, además de que se requieren edad y semanas; en el régimen individual se requiere que alcanzas un tope de cotizaciones para poder pensionarte difícil situación para personas que ganan un salario minimo o menos de 4 salarios minimos.El mito urbano (que no se que tanta realidad tiene o no) es que uno debe cambiarse a colpensiones unos 10 años antes de pensionarse, de esa forma es mejor la pensión (no se realmente por qué).
excelente aporte, según veo entonces hice mal por que en mi caso no creo que cumpla con las semanas y en los trabajos que estoy siempre cotizo con el mínimo, siempre voy de un lado a otro nada fijo, ya me aburrí de eso y este o el próximo año aspiro a montar mi propio negocio, me debería devolver a Protección o sigo en Colpensiones?Si tienes 25 años, te puedes trasladarte de fondo cada 5 años, pero antes de que estés a 10 años antes de cumplir la edad delegar a la edad de requisito de pensión de vejez debes decidirte si o si porque luego podrás cambarte, respecto a los regímenes de prima media con prestación definida (Colpensiones) o individual (privados) es mentira, ¿que no es recomendable por tener 25 años? Es falso, lo que importa en el fondo privado es si crees que no te pensionar y/o que no alcanzarás los requisitos de pensión de Colpensiones y tu IBL es bueno, si es recomendable el fondo privado ya que este se rige por la economía y por ende, a la hora de una devolución de saldos te dará mejores saldos, rendimientos y bonos pensionales si hay lugar a ellos; al contrario, en Colpensiones, es un régimen público y por ende se basa en la solidaridad de los aporta testigos o afiliados con el aistema, bajo su regulación en la ley 100 de 1993 sus montos de pensión están regulados por unas fórmulas que hacen que el que más IBL tenga más le baja, y favorecer a los de IBL más bajo, además de que se requieren edad y semanas; en el régimen individual se requiere que alcanzas un tope de cotizaciones para poder pensionarte difícil situación para personas que ganan un salario minimo o menos de 4 salarios minimos.
Así que bajo esta explicación espero puedas tomar la mejor decisión, pero recuerda siempre puedes ir al fondo a pedir una doble asesoría ¿Que es eso? Una asesoría que te hace un fondo privado y Colpensiones para decidir qué es lo mejor para ti.
Recuerda que es un derecho legal y constitucional, por lo que los fondos tienen la obligación de brindar dicho servicio.
Por cirrto, si la comunidad no me conoce soy abogado, a sus órdenes cualquier cosa.
Saludos
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No entiendo esa afirmación.
Acá ya tuvimos casi-quiebras de bancos y al gobierno le tocó salvarlos, el impuesto temporal que se volvió definitivo 4x1000
excelente aporte, según veo entonces hice mal por que en mi caso no creo que cumpla con las semanas y en los trabajos que estoy siempre cotizo con el mínimo, siempre voy de un lado a otro nada fijo, ya me aburrí de eso y este o el próximo año aspiro a montar mi propio negocio, me debería devolver a Protección o sigo en Colpensiones?