Inversiones CDTs, Cartera colectiva u otras inversiones

Productos financieros de ahorro a corto, mediano, largo plazo y otros tipo de inversiones en capital.
Estado
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Aplicará para la Fiducuenta o Fidurenta? 😵‍💫
Según dice si, pero lo que no me queda claro es cuando se debe ejecutar. Me refiero es en el caso de los FIC eso es variable así como hoy la unidad puede valer 10 al mes siguiente 5, o sea es una pérdida y si fuera de eso, por eso 10 yo pague parafiscales peor aún.

Por eso digo, en cualquier caso creería yo es cuando uno convierta la inversión en efectivo (transferirlo a una cuenta)

Yo no estoy en contra de pagar impuestos, pero que de una inversión uno tenga que pagar primero las retenciones del caso, junto a los demás restas y sobre el mismo el 40% o más en salud y pensión.

Otra cosa también considero que esa retención y reporte lo deberían hacer los bancos por la derecha, porque estar pendiente de reportar novedad de ingreso y retiro, el día que se te olvide reportar el retiro pago doble 🙄😬🙃

Eso va es a desincentivar el ahorro, por ejemplo en mi caso, aunque no tengo mucho si me tocaría pagar, estoy pensando en desarmar los CDT y dejarlos al límite o menos, buscar otros métodos de ahorro o inclusive sacar fondos del país.
 
Según dice si, pero lo que no me queda claro es cuando se debe ejecutar. Me refiero es en el caso de los FIC eso es variable así como hoy la unidad puede valer 10 al mes siguiente 5, o sea es una pérdida y si fuera de eso, por eso 10 yo pague parafiscales peor aún.

Por eso digo, en cualquier caso creería yo es cuando uno convierta la inversión en efectivo (transferirlo a una cuenta)

Yo no estoy en contra de pagar impuestos, pero que de una inversión uno tenga que pagar primero las retenciones del caso, junto a los demás restas y sobre el mismo el 40% o más en salud y pensión.

Otra cosa también considero que esa retención y reporte lo deberían hacer los bancos por la derecha, porque estar pendiente de reportar novedad de ingreso y retiro, el día que se te olvide reportar el retiro pago doble 🙄😬🙃

Eso va es a desincentivar el ahorro, por ejemplo en mi caso, aunque no tengo mucho si me tocaría pagar, estoy pensando en desarmar los CDT y dejarlos al límite o menos, buscar otros métodos de ahorro o inclusive sacar fondos del país.
Cuando es renta variable y esta en perdida no tiene que pagar, no tiene sentido, solo si lo materializa. Los CDTs son renta fija, da rentabilidad sin perdida por eso les da por cobrar. Tiene razon desincentivan el ahorro, es mejor dejar lo minimo que permite sin pagar ese impuesto, y sacar la plata, el lio es para traerla de nuevo, que lio definitivamente el estado Colombiano es una plaga y no se ve en ninguna parte los impuestos, solo robos, escandalos y despilfarro.
 
Está muy grave esa situación, si una persona qué está ahorrando en un CDT o Fidurenta para después pagar la cuota inicial de un apartamento es de lo más injusto qué te cobren impuesto por el rendimiento de ese ahorro. Literalmente están desincentivando el ahorro. 🤦
 
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Reacciones: SamBigotes y Lethrgic
Está muy grave esa situación, si una persona qué está ahorrando en un CDT o Fidurenta para después pagar la cuota inicial de un apartamento es de lo más injusto qué te cobren impuesto por el rendimiento de ese ahorro. Literalmente están desincentivando el ahorro. 🤦
Ellos dirán que para eso son las cuentas AFC, pero esas cuentas es peor que tener el dinero debajo del colchón 🙃

Cuando es renta variable y esta en perdida no tiene que pagar, no tiene sentido, solo si lo materializa. Los CDTs son renta fija, da rentabilidad sin perdida por eso les da por cobrar. Tiene razon desincentivan el ahorro, es mejor dejar lo minimo que permite sin pagar ese impuesto, y sacar la plata, el lio es para traerla de nuevo, que lio definitivamente el estado Colombiano es una plaga y no se ve en ninguna parte los impuestos, solo robos, escandalos y despilfarro.
Si tal cual… por eso espero que para los CDT sea así solo cuando la inversión se convierta en efectivo.

Ahora si el tema es al convertirlo en efectivo, se podría sacar parciales y así no superar el límite? 🤔
 
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Uyyy que golpe tan feo.
Según leo entiendo que por diferentes productos no aplica. Ahora mi duda es, eso solo aplica cuando hacemos efectivo el rendimiento? Es decir que yo no renuevo el CDT?

Esa duda la resolvieron en un live que hicieron los de la UGPP y la respuesta es que aunque renueves debes pagar SS en el mes en que se harían efectivo los rendimientos si estos superan el mínimo.

La forma de esquivarlo es que el CDT sea a dos años porque en este caso ya no cuenta como renta sino como ganancia ocasional.

Edit: otra manera de esquivarlo sería que el CDT pagara los rendimientos mensual/bimensual/trimestral/semestralmente y que estos no superen el mínimo, pero no se si hay CDTs que paguen de esta manera.
 
Esa duda la resolvieron en un live que hicieron los de la UGPP y la respuesta es que aunque renueves debes pagar SS en el mes en que se harían efectivo los rendimientos si estos superan el mínimo.

La forma de esquivarlo es que el CDT sea a dos años porque en este caso ya no cuenta como renta sino como ganancia ocasional.

Edit: otra manera de esquivarlo sería que el CDT pagara los rendimientos mensual/bimensual/trimestral/semestralmente y que estos no superen el mínimo, pero no se si hay CDTs que paguen de esta manera.
Si, varios bancos ofrecen el pago mensual de los rendimientos sobre las inversiones, lo único que eso afecta la tasa.

Esta es un año con pago de rendimientos al final

IMG_5020.jpeg


Esta es igual a un año con pago de rendimientos mensuales
IMG_5019.jpeg
 
Muchachos yo no tenia idea de esto sobre los CDT 🤦
https://www.valoraanalitik.com/2023...-que-registrar-ganancias-en-seguridad-social/

Esto desde cuándo está aplicando? 😂

Tampoco tenía idea. Pero parece ser que aplica desde el 1ro de enero de 2023. Aunque en el siguiente artículo no hablan especificamente de CDTs, me imagino que entró en la misma reforma.

Artículo sobre Ganancias Ocasionales:

Importante: hay una contradicción entre el artículo y el mismo video que el artículo incluye 🤡.


1. (offtopic) Que ejemplo tan REmaríca decir tengo $700k y rentabilidad voy a imaginarme 1 Millón.

¿Si tiene varios CDT se suma la ganancia para reportarlos en la seguridad social?

“Si hay una persona que dice, oiga, venga, pues es que yo tengo aquí una platica y yo quiero tener un CDT de $700.000, y lo quiero tener a un plazo de 60 días, es decir mensual voy a imaginarme que deja rentabilidades de $1.000.000. Si ese CDT le está rentando un millón, eso es el ingreso bruto, y ese ingreso bruto es inferior al salario mínimo sabemos que no está obligado a cotizarlo o reportar la novedad“, dijo​


2. Dice en el segundo parrafo (resaltado en rojo) que se le puede restar el 27.5% [de costos]

Pero, detalló, que si ese señor se ganase $1.500.000 en un mes como rendimientos de ese CDT ahí ya empezamos a hacer el cálculo, porque a ese $1.500.000 hay que restarle el porcentaje de costos que se establece sobre los rendimientos que es del 27,5 % y si esa resta me da menos de $1.160.000 no hay que aportar al sistema de seguridad social”, agregó el vocero.

En el video (más o menos después del minuto 25), dice que el CDT y otras inversiones que entregan dividendos o participaciones ya se consideran cómo el total y no se le puede descontar el 27.5%. Ese 27.5% se considera un "estandar" de gastos para quienes rentan inmuebles y similares.



Aún con estos artículos y el video yo creo que hay un vacío y la explicación aún no cuadra. (O es muy mk).

Paso a explicar:

Es diferente una persona que tiene 92'800.000 en un CDT y en 1 mes @15% recibe 1'160.000 ( y por ende, cada mes renta 1SMMLV)
Esa persona, es en mi opinión, la que debe pagar el impuesto y es a la que va orientada la reforma.

Una persona que tenga 30'933.333.33 en un CDT x 3 meses @15% y al tercer mes! reciba 1'160.000
Sí, recibió 1SMMLV, pero los rendimientos mensuales son de $386.666 No de 1SMMLV

Así mismo una persona que tenga 10M en un CDT x 1 año @15% al final del año recibirá 1.5M
Pero mensualmente solo equivale a $125,000

ya que cómo vemos "el más pobre" se jode más que los otros dos. Recibe en un mes 1.5M, mientras que los otros dos recibieron 1'160.000

Y para el ejemplo el que tiene 90M y el que tiene 30M, después de que "los clavan" al primer y tercer mes, pueden redistribuir sus CDTs cómo mejor les convenga y no vuelven a pagar. Mientras que el que tiene 10M técnicamente terminará pagando más, teniendo menos.


Tony.
 
Última edición:
Están interpretando los pagos como ingresos... La rentabilidad de un Cdt la calculan los bancos mensualmente y la pagan al plazo definido, por lo que la rentabilidad debería ser la parte proporcional mensual (es mas, si soy obligado a llevar contabilidad, en mi contabilidad debería hacerlo asi). Ahora, el tema es que para impuesto de renta de no obligados a llevar contabilidad los ingresos no se registran sino harsta que se reciben (caja) y supongo que de eso se están cogiendo, pero siguiendo esa lógica, si yo renuevo no tendría que reportar nada hasta que me los giren. Realmente la interpretación mas razonable debería ser la de causación, ya que así realmente se genera el ingreso por rendimientos.
 
Tampoco tenía idea. Pero parece ser que aplica desde el 1ro de enero de 2023. Aunque en el siguiente artículo no hablan especificamente de CDTs, me imagino que entró en la misma reforma.

Artículo sobre Ganancias Ocasionales:

Importante: hay una contradicción entre el artículo y el mismo video que el artículo incluye 🤡.


1. (offtopic) Que ejemplo tan REmaríca decir tengo $700k y rentabilidad voy a imaginarme 1 Millón.

¿Si tiene varios CDT se suma la ganancia para reportarlos en la seguridad social?

“Si hay una persona que dice, oiga, venga, pues es que yo tengo aquí una platica y yo quiero tener un CDT de $700.000, y lo quiero tener a un plazo de 60 días, es decir mensual voy a imaginarme que deja rentabilidades de $1.000.000. Si ese CDT le está rentando un millón, eso es el ingreso bruto, y ese ingreso bruto es inferior al salario mínimo sabemos que no está obligado a cotizarlo o reportar la novedad“, dijo​


2. Dice en el segundo parrafo (resaltado en rojo) que se le puede restar el 27.5% [de costos]

Pero, detalló, que si ese señor se ganase $1.500.000 en un mes como rendimientos de ese CDT ahí ya empezamos a hacer el cálculo, porque a ese $1.500.000 hay que restarle el porcentaje de costos que se establece sobre los rendimientos que es del 27,5 % y si esa resta me da menos de $1.160.000 no hay que aportar al sistema de seguridad social”, agregó el vocero.

En el video (más o menos después del minuto 25), dice que el CDT y otras inversiones que entregan dividendos o participaciones ya se consideran cómo el total y no se le puede descontar el 27.5%. Ese 27.5% se considera un "estandar" de gastos para quienes rentan inmuebles y similares.



Aún con estos artículos y el video yo creo que hay un vacío y la explicación aún no cuadra. (O es muy mk).

Paso a explicar:

Es diferente una persona que tiene 92'800.000 en un CDT y en 1 mes @15% recibe 1'160.000 ( y por ende, cada mes renta 1SMMLV)
Esa persona, es en mi opinión, la que debe pagar el impuesto y es a la que va orientada la reforma.

Una persona que tenga 30'933.333.33 en un CDT x 3 meses @15% y al tercer mes! reciba 1'160.000
Sí, recibió 1SMMLV, pero los rendimientos mensuales son de $386.666 No de 1SMMLV

Así mismo una persona que tenga 10M en un CDT x 1 año @15% al final del año recibirá 1.5M
Pero mensualmente solo equivale a $125,000

ya que cómo vemos "el más pobre" se jode más que los otros dos. Recibe en un mes 1.5M, mientras que los otros dos recibieron 1'160.000

Y para el ejemplo el que tiene 90M y el que tiene 30M, después de que "los clavan" al primer y tercer mes, pueden redistribuir sus CDTs cómo mejor les convenga y no vuelven a pagar. Mientras que el que tiene 10M técnicamente terminará pagando más, teniendo menos.


Tony.
Pero entiendo que es como pagan la seguridad social los independientes, dependiendo de los ingresos del mes. Porque al final ese ingreso entra es al vencimiento o pago por eso no se podría tomar como mensual porque el banco no lo reportaría así.
 
Pero entiendo que es como pagan la seguridad social los independientes, dependiendo de los ingresos del mes. Porque al final ese ingreso entra es al vencimiento o pago por eso no se podría tomar como mensual porque el banco no lo reportaría así.
Y ¿ que pasa con los dependientes ? Que ya estan pagando sus aportes y tienen CDT que.les generan mas del minimo, este pais parece que ahorrar fuera pecado, decepcionado con esta noticia, dan ganas es de sacar todo el dinero y aplicarlo en acciones, que horror financiero se.vive en Colombia.
 
y los Fondos de Inversión Colectiva también aplica? hay algunos como plan semilla que son a 1 año mínimo y los rendimientos claramente sobrepasan ese umbral del slmmv. Y también qué pasa si uno se le olvida pagar ese aporte a seguridad social? Lo puede cuadrar en la declaración de renta?
 
y los Fondos de Inversión Colectiva también aplica? hay algunos como plan semilla que son a 1 año mínimo y los rendimientos claramente sobrepasan ese umbral del slmmv. Y también qué pasa si uno se le olvida pagar ese aporte a seguridad social? Lo puede cuadrar en la declaración de renta?
Si, también aplica para los fondos de inversión. Asumo que si olvidas pagarlo te multan cuando hagan el cruce.
 
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Si, también aplica para los fondos de inversión. Asumo que si olvidas pagarlo te multan cuando hagan el cruce.
Con la UGPP es mejor no olvidarse de hacer el pago. Ellos pueden hacer embargos:

eso es muy mala noticia. Toca entonces invertir directamente en EEUU o que hace uno ya?
Pagar
 
Y ¿ que pasa con los dependientes ? Que ya estan pagando sus aportes y tienen CDT que.les generan mas del minimo, este pais parece que ahorrar fuera pecado, decepcionado con esta noticia, dan ganas es de sacar todo el dinero y aplicarlo en acciones, que horror financiero se.vive en Colombia.

Los dependientes también deben cotizar como independientes por esos rendimientos cuando superen el mínimo.
 
Tampoco tenía idea. Pero parece ser que aplica desde el 1ro de enero de 2023. Aunque en el siguiente artículo no hablan especificamente de CDTs, me imagino que entró en la misma reforma.

Artículo sobre Ganancias Ocasionales:

No, esto no es de la reforma tributaria, los de la UGPP siempre han mantenido que se debe pagar seguridad social por los rendimientos financieros y dividendos cuando estos superen el minimo porque según ellos tu actividad económica es ser rentista de capital.

Paso a explicar:

Es diferente una persona que tiene 92'800.000 en un CDT y en 1 mes @15% recibe 1'160.000 ( y por ende, cada mes renta 1SMMLV)
Esa persona, es en mi opinión, la que debe pagar el impuesto y es a la que va orientada la reforma.

Una persona que tenga 30'933.333.33 en un CDT x 3 meses @15% y al tercer mes! reciba 1'160.000
Sí, recibió 1SMMLV, pero los rendimientos mensuales son de $386.666 No de 1SMMLV

Así mismo una persona que tenga 10M en un CDT x 1 año @15% al final del año recibirá 1.5M
Pero mensualmente solo equivale a $125,000

No, los de la UGPP han dejado claro en sus lives que no se trata de mensualizar los rendimientos sino de los rendimientos totales que ingresen en el momento en que finalice el periodo de la inversión. En los tres casos hay que pagar seguridad social segun ellos. La unica excepción que mencionan es que la inversión sea a 2+ años porque de esa manera se trata de ganancia ocasional en vez de renta.

Otro ejemplo que dieron es el de vender vivienda, si vendes una vivienda que tuviste durante menos de 2 años entonces el mes en que percibes los ingresos debes pagar seguridad social sobre las ganancias (entiendase como costo - precio de venta) y si en cambio posees la vivienda durante mas de dos años entonces no debes pagar seguridad social.

Se que todo parece un sin-sentido y hay muchos abogados tributarios que estan en desacuerdo con la UGPP pero es la manera en que ellos ven todo el asunto.
 
Última edición:
Apenas mañana abrire la inversion del plan semilla. Que deberia tener en cuenta? como calcular el pago que se debe hacer?
En general es calcular de tal manera que el rendimiento no sea superior a 1 smlv al retiro. Ahora para los fic creo que también tiene que ver el monto a sacar. Igual recuerde que el pago es sobre los rendimientos, es decir para que le toque pagar debe tener aproximadamente 15 millones generando al 10% e.a. por un año y que cuando retire la ganancia será superior a 1smlv.
 
En general es calcular de tal manera que el rendimiento no sea superior a 1 smlv al retiro. Ahora para los fic creo que también tiene que ver el monto a sacar. Igual recuerde que el pago es sobre los rendimientos, es decir para que le toque pagar debe tener aproximadamente 15 millones generando al 10% e.a. por un año y que cuando retire la ganancia será superior a 1smlv.
Si ese es el caso, entonces si se tiene en vez de uno de 15M, se tienen 2 de 10M cada uno...
En ese caso no tocaría pagar? o como terminan ambos "al mismo tiempo" si habría que pagar?
Que ley mas complicada de entender para los que no somos contadores... o bueno... para mi que todos estos temas contables me vuelan la cabeza y no los entiendo nunca jajajajaja
 

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