Impuestos Declaración de renta

Todo lo relacionado a pago de impuestos, aranceles y aduanas.
Las sanciones con la Dian son así:

  • La sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo corresponderá al 5 % del impuesto a cargo o retención, sin superar el 100 % de estos. En caso de que no exista impuesto a cargo la sanción será el 0,5 % de los ingresos brutos sin exceder el menor valor entre el 5 % de estos, el doble del saldo a favor o 2.500 UVT (equivalentes a $79.648.000 y $82.890.000 por los años gravables 2017 y 2018 respectivamente) cuando no exista saldo a favor. Si no se presentaron ingresos durante el período, la sanción será el equivalente al 1 % del patrimonio líquido del año inmediatamente anterior sin superar el menor valor entre el 10 % de dicho patrimonio, el doble del saldo a favor o 2.500 UVT cuando no exista saldo a favor. Cuando la declaración se presenta después de notificado el emplazamiento previo por no declarar, los valores antes enunciados se duplicará
Fuente: actualicese.com
 
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En qué estoy equivocado exactamente? Veo que es lo mismo que dije, limitandome al caso del lanero, que le toca pagar +/- un millón.

Eso que puso es la sanción por extemporaneidad, en caso de no presentarla, pero perfectamente puede presentarla sin pago y pagar después con los intereses moratorios.
 
Yo no te nombré ni te cité

pues venimos hablando de eso y dijo que varios, pensé que se refería a algo que había dicho.

Yo soy contador pero hace rato dejé de ejercer y se me olvidan algunas cosas y en otras estoy desactualizado, pero entiendo como es el cuento con la Dian.
 
Hola, me entró una duda, en 2017 me consignaron un préstamo, si bien este cuenta para los topes (esa no es la duda), ¿ese préstamo contaría para los ingresos brutos de alguna cédula?
 
Hola, me entró una duda, en 2017 me consignaron un préstamo, si bien este cuenta para los topes (esa no es la duda), ¿ese préstamo contaría para los ingresos brutos de alguna cédula?

Hola:

Para los ingresos brutos no, para el patrimonio si en el caso de que a 31 de diciembre el dinero estuviera en la cuenta, en todo caso si es la situación; en la parte de deudas eso se debe restar.
 
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Una pregunta para todos
Los giros internacionales (Sean remesa o pago de honorarios) como deben ser tratados en la declaración, como se les hace el calculo a los impuestos aplicables?
 
Como soy nuevo en esto pregunto: Que bancos reciben la delcaración de renta? Puedo mandar a alguien a hacer esa diligencia o debo ir yo?
 
Como soy nuevo en esto pregunto: Que bancos reciben la delcaración de renta? Puedo mandar a alguien a hacer esa diligencia o debo ir yo?

Yo tambien soy nuevo en eso pague en el caja social, pero aca esta la lista de la DIAN

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URL: https://www.dian.gov.co/impuestos/p...es_2017/Pago_declaracion/Paginas/default.aspx

Yo pague personalmente, pero creeria que puede ir alguien mas, no se le olvide firmar el formulario de declaracion llevar 2 copias y el RUT y tambien un numero telefonico
 
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queridos laneros, cómo pongo el pago de metricula de mi universidad en mi declaracion de renta?
Tengo que anañadir algun soporte?
 
Laneros, una pregunta, si yo saqué un préstamo para vehículo, y dicho valor no me fue consignado sino pagado directamente al concesionario, cómo se maneja ese préstamo? Lo digo porque no es un ingreso y tampoco se movió por mi cuenta. Lo digo porque el valor es de $50.000.000 y eso haría que declare o no.

Gracias
 
Laneros, una pregunta, si yo saqué un préstamo para vehículo, y dicho valor no me fue consignado sino pagado directamente al concesionario, cómo se maneja ese préstamo? Lo digo porque no es un ingreso y tampoco se movió por mi cuenta. Lo digo porque el valor es de $50.000.000 y eso haría que declare o no.

Gracias

Si ya está en posesión del vehículo, cuenta como patrimonio.

La contadora me dijo que lo mejor era tener la cuenta del banco en ceros en diciembre

Y que razón le dio su contadora?, porque igual los movimientos están todos registrados en la cuenta entonces que diferencia hay?, me podría explicar?.
 
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Laneros, una pregunta, si yo saqué un préstamo para vehículo, y dicho valor no me fue consignado sino pagado directamente al concesionario, cómo se maneja ese préstamo? Lo digo porque no es un ingreso y tampoco se movió por mi cuenta. Lo digo porque el valor es de $50.000.000 y eso haría que declare o no.

Gracias

La deuda con el banco es un pasivo que también se declara.

Si ya está en posesión del vehículo, cuenta como patrimonio.

Y que razón le dio su contadora?, porque igual los movimientos están todos registrados en la cuenta entonces que diferencia hay?, me podría explicar?.

El saldo al 31 de diciembre es parte de su activo. Los movimientos cuentan para determinar si se excedió o no en ese tope para declarar.
 
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Laneros una pregunta.

Regimen simplificado le vende un producto a regimen común. Regimen común debe hacer retención en la fuente.

La pregunta: esta retención en la fuente cómo se certifica cuando se realice la declaración? La empresa en regimen común me debe dar un certificado? Yo debo poner la deducción en la factura/cuenta de cobro? O simplemente aparecerá en la información exogena de la DIAN?

Porque en la declaración yo resto la retefuente, pero si la DIAN me inspecciona mi declaración, yo como certifico que si se realizó una rete fuente?
 

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