Impuestos Declaración de renta

Todo lo relacionado a pago de impuestos, aranceles y aduanas.
Este año me tocó declarar por primera vez, no quería arriesgarme haciendo eso en excel o tributi y que me quedara mal así que contrate contador y listo.
Hoy fui al banco a presentar el formulario 210, le pusieron sello y me devolvieron mi copia. Con esa copia debo hacer algo mas? la debo llevar a la DIAN? debo cargarla en la pagina? o el banco ya se encarga de enviar la copia de ellos a la DIAN?

De antemano muchas gracias.
 
Este año me tocó declarar por primera vez, no quería arriesgarme haciendo eso en excel o tributi y que me quedara mal así que contrate contador y listo.
Hoy fui al banco a presentar el formulario 210, le pusieron sello y me devolvieron mi copia. Con esa copia debo hacer algo mas? la debo llevar a la DIAN? debo cargarla en la pagina? o el banco ya se encarga de enviar la copia de ellos a la DIAN?

De antemano muchas gracias.
Solo guardarla y ya, no debe hacer nada más.


Por otro lado, respecto al tema del pago con excedente, en un pqr me dicen que es un error debido a que deben actualizar unos servicios y están haciendo pruebas para colocar en producción el formulario 210 a la versión 16 pero que todo se debe ajustar de manera automática, que no tienen fecha debido a las pruebas por las que debe pasar todo.
Que mediocridad tan horrible, y eso de que es porque no han actualizado el formulario me genera más desconfianza aún. Eso debería ser algo que tengan listo cuando empieza los vencimientos, no algo que estén arreglando a la maldita sea ya gente pagando.
 
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Un saludo,

Estoy algo perdido puesto que es primera vez que debo hacer declaración y todo esto es nuevo para mí.

Mi situación es la siguiente y espero puedan orientarme:

Soy profesor, y mi remuneración al año no excede el tope, lo único particular del año anterior es que mis padres me dieron un dinero y conseguí un vehículo y se pasó de tope. Ahora mis dudas son las siguientes:

A. ¿Mi declaración la puedo hacer por tributi fácilmente o es mejor un contador? Me llegó publicidad de ese gestor por parte de Bancolombia

B. ¿Donde puedo conseguir contadores que respeten la privacidad de los documentos? He visto algunos anuncios en Facebook, pero no me genera confianza dar mis datos a personas X.

La plataforma de la Dian suele tener errores y bugs, es algo que supe de cuando hice el registro y saqué el RUT, y espero conseguir a alguien ducho en el tema para que lo haga por mí.

Estaré atento.
 
Este año me tocó declarar por primera vez, no quería arriesgarme haciendo eso en excel o tributi y que me quedara mal así que contrate contador y listo.
Hoy fui al banco a presentar el formulario 210, le pusieron sello y me devolvieron mi copia. Con esa copia debo hacer algo mas? la debo llevar a la DIAN? debo cargarla en la pagina? o el banco ya se encarga de enviar la copia de ellos a la DIAN?

De antemano muchas gracias.
Escaneela y guerde ambas la de papel y la digital. La necesitara el proximo año.

C.F.

Un saludo,

Estoy algo perdido puesto que es primera vez que debo hacer declaración y todo esto es nuevo para mí.

Mi situación es la siguiente y espero puedan orientarme:

Soy profesor, y mi remuneración al año no excede el tope, lo único particular del año anterior es que mis padres me dieron un dinero y conseguí un vehículo y se pasó de tope. Ahora mis dudas son las siguientes:

A. ¿Mi declaración la puedo hacer por tributi fácilmente o es mejor un contador? Me llegó publicidad de ese gestor por parte de Bancolombia

B. ¿Donde puedo conseguir contadores que respeten la privacidad de los documentos? He visto algunos anuncios en Facebook, pero no me genera confianza dar mis datos a personas X.

La plataforma de la Dian suele tener errores y bugs, es algo que supe de cuando hice el registro y saqué el RUT, y espero conseguir a alguien ducho en el tema para que lo haga por mí.

Estaré atento.
Hagala usted mismo, necesita el certificado de ingresos y retenciones, RUT, los certificados de su banco de cuanto tenia y debia el 31 de dicimebre de 2019 y los recibos de impuesto predial de su casa o impuesto de carro... y listo, nada del otro mundo. El link del excel que puse atras y lo distribuye la DIAN es lo unico que necesita.
 
Muy interesante el foro para aclarar dudas.
Tengo una duda para que alguien por favor me ayude a resolver., si trabajé hasta febrero del año pasado, me liquidaron y desde eso estoy desempleado debo cambiar mi código de actividad de 0010 a 0081?
 
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Esperar a mañana a ver que fue, a alguien mas le ha pasado?
 
Muy interesante el foro para aclarar dudas.
Tengo una duda para que alguien por favor me ayude a resolver., si trabajé hasta febrero del año pasado, me liquidaron y desde eso estoy desempleado debo cambiar mi código de actividad de 0010 a 0081?
En el rut usted puede tener varios códigos de actividad y deberían estar en el orden que generan ingresos, por lo que podría poner el 0081 después del 0010. En la declaración de renta debe usar el código de la actividad principal generadora de ingresos en el año declarado, que supondría es 0010. Yo dejaría los dos mientras presenta esta declaración (La verdad no se si el sistema de la dian valida la actividad y si valida, si el código de actividad que usa en la declaración esté en el rut actual, o si es tan inteligente para revisar los cambios en el rut y detectar los válidos para su declaración, pero yo me quedaría máximo con la segunda opción) y después sí dejaría sólo el 0081. En teoría uno debe actualizar el rut en el momento en que hay cambio en las actividades económicas, pero en el mismo proceso de actualización le piden la fecha desde el momento en que ejerce la nueva actividad, y no he oído de sanciones por reportar voluntariamente actividades con fecha anterior a la actual.
 
Bueno por fin me la generaron en tributi, pero quedo con la duda de por qué no hay anticipo del otro año, yo recuerdo que los contadores que he usado siempre ponen anticipo, aunque no de si hubo algún cambio por el tema de la pandemia, a ustedes también les paso?
 
Para sacar el RUT en la DIAN, esa pagina solo asigna citas en horario laboral? ayer intenté en la noche y hoy y siempre dice que no hay citas disponibles :mad:
 
Bueno por fin me la generaron en tributi, pero quedo con la duda de por qué no hay anticipo del otro año, yo recuerdo que los contadores que he usado siempre ponen anticipo, aunque no de si hubo algún cambio por el tema de la pandemia, a ustedes también les paso?

A mi parecer con el contador es más personalizado, estudiando cada caso en particular —segun la experiencia del contador—; mientras Tributi, es como automatizado e impersonal, acudiendo si mucho a un chat en caso de dudas... Por eso el costo.
 
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Bueno por fin me la generaron en tributi, pero quedo con la duda de por qué no hay anticipo del otro año, yo recuerdo que los contadores que he usado siempre ponen anticipo, aunque no de si hubo algún cambio por el tema de la pandemia, a ustedes también les paso?
Para el cálculo del anticipo hay una fórmula, que tiene en cuenta cuantas veces ha declarado (para determinar el porcentaje de anticipo) y cuánto le salió a pagar de renta este año y cuanto el año anterior, y si no ha tenido que pagar impuesto es normal que no salga anticipo. La fórmula es muy sencilla, puede verificar para estar tranquilo y la encuentra en las instrucciones de diligenciamiento del formulario 210 (página 10):
formulario 210 DIAN
Efectivamente por emergencia económica, definieron unas excepciones a algunas actividades productivas, pero son muy específicas. encuentra más información aquí:
Decreto 766 de 2020
 
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Compañeros buenas noches. Pregunta de carácter urgente. Acabo de abrir un correo que tenía de hace siglos y abro de año en cuando. Y veo que me llego la carta de la Dian donde me invitan a declarar con plazo hasta ayer . Yo compré casa por valor de 88 millones con hipoteca de 56 M el año pasado. Que pasa si no declaro ? Que pasa si declaro ya la otra semana ?? Gracias

Compañeros, hablé con el contador y me dice que en este caso NO debo declarar. Ya que no es tomado como una compra si no como patrimonio y como el dinero no fue consignado a mi cuenta, no hay problema. La Dian este año disparó correos a todos los que tenemos Rut automáticamente, lo dejo aquí por si alguien le pasa lo mismo en un futuro
 
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Compañeros, hablé con el contador y me dice que en este caso NO debo declarar. Ya que no es tomado como una compra si no como patrimonio y como el dinero no fue consignado a mi cuenta, no hay problema. La Dian este año disparó correos a todos los que tenemos Rut automáticamente, lo dejo aquí por si alguien le pasa lo mismo en un futuro
Si compró una casa que vale $88 millones, le toca declarar.... mire las condiciones:

Límites para estar obligado a declarar renta en 2020
Todas las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2020:
  • Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2019 sea igual o superior a $154.215.000
  • Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $47.978.000
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $47.978.000
  • Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $47.978.000
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $47.978.000
 
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Compañeros, hablé con el contador y me dice que en este caso NO debo declarar. Ya que no es tomado como una compra si no como patrimonio y como el dinero no fue consignado a mi cuenta, no hay problema. La Dian este año disparó correos a todos los que tenemos Rut automáticamente, lo dejo aquí por si alguien le pasa lo mismo en un futuro
Yo tengo RUT hace varios años y no me llegó ningún correo.
 
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Buenas. Las personas que han contratado los servicios de un contador siendo personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, más o menos cuánto les han cobrado por los servicios prestados actualmente?... Es para yo tener un estimado. Gracias

P.S.: A mí tampoco me llegó correo teniendo RUT activo.
 
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Compañeros, hablé con el contador y me dice que en este caso NO debo declarar. Ya que no es tomado como una compra si no como patrimonio y como el dinero no fue consignado a mi cuenta, no hay problema. La Dian este año disparó correos a todos los que tenemos Rut automáticamente, lo dejo aquí por si alguien le pasa lo mismo en un futuro
Yo no tenia Rut (primer año que declaro) y me llego el correo de la Dian para declarar.
 
Buenas. Las personas que han contratado los servicios de un contador siendo personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, más o menos cuánto les han cobrado por los servicios prestados actualmente?... Es para yo tener un estimado. Gracias

P.S.: A mí tampoco me llegó correo teniendo RUT activo.
180.000 me cobró una amiga contadora de la empresa, pero al final creo que valió la pena. Hice la declaración en Tributi gratis con un código que nos dieron en la empresa y me salió 2.300.000 a pagar. En la que me hizo ella tuve que pagar 1.570.000.
 
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Buenas. Las personas que han contratado los servicios de un contador siendo personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, más o menos cuánto les han cobrado por los servicios prestados actualmente?... Es para yo tener un estimado. Gracias

P.S.: A mí tampoco me llegó correo teniendo RUT activo.

Mi contador sobre +/- $200k, me hace la declaración hace años. Me ha gustado que el foco es que quede bien hecha más que pagar menos, algo así como: "pues eso es lo que sale a pagar con todos los descuentos que tienen soporte, ya si ud quiere hacer otra cosa, pues es cosa suya."
 
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Si compró una casa que vale $88 millones, le toca declarar.... mire las condiciones:

Límites para estar obligado a declarar renta en 2020
Todas las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2020:
  • Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2019 sea igual o superior a $154.215.000
  • Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $47.978.000
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $47.978.000
  • Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $47.978.000
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $47.978.000

No. Porque el contador me explicó que si. Es una compra, pero esta inmediatamente se toma como patrimonio y hablé con varias personas que compraron casa hace años y me dijeron exactamente lo mismo
 
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