Política Gustavo Petro - Presidente de Colombia 2022-2026

La política y lo público.
los papás de esos niños de esas regiones como carajo quieres que les den su comida diaria, su buena casa, ropa, educacion, ect, si no les dan oportunidad laboral, y si lo hay, el sueldo es pauperrimo a costa de explotacion laboral, ect, ect y si se rebuscan el sustento siempre hay un hptt.a mala gente que no deja trabajar. mejor dicho, hablar por hablar sobre el estado es muy facil.



en los tiempos de nuestros padres como ejemplo, la tuvieron que sudar, pero sudar!! para salir adelante sin poder disfrutar de la vida, donde el estado siquiera estuviera presente, hubiera sido una vida mas llevadera para ellos. tampoco que el estado se ponga a regalar a diestra y siniestra pero si beneficios tipo tasa de intereses bajas para adquieir vivienda y cosas asi donde hubiera hacer algo sin al punto de regalarlo. (que el estado aporte pero que la persona de a pie tambien ponga de su parte para poder avanzar)

hablando de regalar por parte del estado.
como los venezolanos que llegaron en montones y les dieron su casa regalados y los colombianos aca quedaron WHAT? y la sudan para pagar las cuotas para adquirir vivienda.
error numero 1... le recuerdo que "el estado" no genera ni el 0.00001% de riqueza de un pais. No confunda riqueza con subsidios ni tampoco esa falacia de la tal "distribución de la riqueza" o la mezquina "lucha de clases".

Es mas, el estado lo que hace es robarse la riqueza creada en el sector real de la economia y aprovecharse, via sindicatos, via abuso sindical, via adoctinamiento, via extorsión huelgista para aumentar los privilegios y el peculado en el mismo estado. Esta a punto de aprobarse un presupuesto sin precedentes de 415 billones y sabe cuanta plata se va de esa realmente al pais... menos del 10%.. Toda esa plata es para pagar salarios de empleados publicos bastante ineficientes como esta mas que demostrado, pensiones y privilegios de las altas pensiones estatales con sus familias donde esos pensionados no aportaron absolutamente nada a la riqueza de hace años del pais y que solo se dedicaron a enriquecerse a puenta de huelgas sindicales extorsivas.

Si claro que la corrupcion se puede robar 10 billones o mas o menos eso pero los privilegios de los empleados publicos nos cuestan mas de 200 billones en este momento.

Es mas, la situación actual de corrupcion es precisamente por que la gente pide ayuda al estado y este se hizo tan obeso morbido, flatulento y oloroso putrefacto que para controlarlo toca aumentar mas "IAS" y asi sigue engordando mas y mas y mas.

Para que un pais sea rico tiene que ser productivo.. no hay formula magica y eso es lo que vende el charlatan: que la pobreza es producto del capitalismo y los ricos y que el estado benefactor redistribuira esa riqueza equitativamente..... es muy charlatan, muy chistoso y se aprovecha del ignorante y atrasado pueblo colombiano.

¿usted quiere acabar con la corrupcion? ponga a dieta famelica, cardiotrabajo y bajarle las calorias de impuestos al estado. Saque o suspenda la mayoria de ellos y metale IA a esa vaina y busque la manera de acabar los sindicatos abusivos estatales que son los que realmente saquean al pais con sus ultraprivilegios que a todos nos cuestan cientos de billones de pesos anuales.
 
El caso de Nicolás Petro está interesante. Hasta el momento se sabe que entró plata de la que tenía malhabida Nicolás, pero no hay certeza del porcentaje y si Gustavo Petro sabía de los movimiento del hijo. Otro asunto bueno es que el mismo Gustavo Petro ha dicho en reiteradas ocasiones de que la justicia actúe en el caso como tal, algo totalmente distinto a lo que venían haciendo los otros expresidentes (recordemos que Uribe no solo defendió a sus retoños Tom Y Jerry, sino que usaron la institucionalidad para legalizar algunos negocios, como las famosas "tierras mágicas" de Mosquera).
 
Este buen hombre dice una barbaridad como la primera y luego nos recomienda leer e ilustrarnos.

El Presidente de Colombia tiene inmunidad con el sistema judicial. El juez natural del Presidente de Colombia es la Comisión de Acusaciones de la Cámara y el eventual juicio sería llevado a cabo por la plenaria del Congreso, como lo reglamentan el articulo 178 de la Constitución y el artículo 329 de la Ley Quinta de 1992.

El problema con ese es que la Comisión de Acusaciones se conforma de forma equitativa a como se dieron las elecciones, así que normalmente el Presidente tiene ventaja ahí. Pero en el periodo actual los representantes del Partido Liberal que la conforman eran partido de gobierno y en este momento ya la cosa esta bien diferente, esos tres pueden volverse clave y marcar una diferencia, son 18 en total. CR tiene uno, el CD tiene dos, la U tiene dos y el Partido Conservador tiene tres. Si esos honorables Representantes votan como partido de fútbol si llega una denuncia decentemente fundamentada (no como las que han presentado Fico y Polo Polo), pues puede ponerse color de hormiga a Petroski.


FALSO, denunciado a los moderadores de este tema por falsa información ;).

La función de la comisión de acusaciones de la camara es conocer y formular acusación ante el senado de los Aforados denunciados, entre ellos EL guerrilero Petro. (Articulo 178 CP)

La función del Senado es conocer y llevar la etapa de instrucción de proceso para posterior juicio, solo aplica destitución por faltas graves cometidas durante el ejercicion del cargo, para lo demas si se encuentra merito se remite a la Corte Suprema de justicias para juicio del Guerrillero (Juicio en el Palacion de Justicia Quemado por sus camaradas del M19 y Cartel de Medellin) . (Articulo 175 CP) (Articulo 174 CP)

La Corte Suprema de Justicia Juzga al Presidente: "Juzgar al Presidente de la República o a quien haga sus veces y a los altos funcionarios de que trata el artículo 174, por cualquier hecho punible que se les impute, conforme al artículo 175 numerales 2 y 3. " (Articulo 235 CP)

No le pegan a Una, por eso no le paro bolas a estos personajes que viven en un mundo de fantasia.
 
FALSO, denunciado a los moderadores de este tema por falsa información ;).

La función de la comisión de acusaciones de la camara es conocer y formular acusación ante el senado de los Aforados denunciados, entre ellos EL guerrilero Petro. (Articulo 178 CP)

La función del Senado es conocer y llevar la etapa de instrucción de proceso para posterior juicio, solo aplica destitución por faltas graves cometidas durante el ejercicion del cargo, para lo demas si se encuentra merito se remite a la Corte Suprema de justicias para juicio del Guerrillero (Juicio en el Palacion de Justicia Quemado por sus camaradas del M19 y Cartel de Medellin) . (Articulo 175 CP) (Articulo 174 CP)

La Corte Suprema de Justicia Juzga al Presidente: "Juzgar al Presidente de la República o a quien haga sus veces y a los altos funcionarios de que trata el artículo 174, por cualquier hecho punible que se les impute, conforme al artículo 175 numerales 2 y 3. " (Articulo 235 CP)

No le pegan a Una, por eso no le paro bolas a estos personajes que viven en un mundo de fantasia.


es que eso fue lo que yo escribi... que el unico que puede meter a petro a la carcel es la Corte Suprema de Justicia.. pero es supercomplicado.. esto tiene que recibir ayuda de la misma fiscalia, del comite de acusaciones, etc, etc, etc.....

es que el presi tiene el superfuero.. es muy dificil hacerle algo... y la verdad lo mejor es dejarlo asi... ya lo mencione.. por la CC el siguiente en la linea es el vice y pues para eso mejor echamos una bomba atomica en Colombia...

Pero la gente no sabe todo esto... ahi pidiendo unos renuncia y otros recolectando firmas para juicio politico, que tampoco se puede hacer nada de eso....

Es chevere el hype y montarla a los petristes pero tambien hay que pensar con la cabeza fria y dejar el circo mediatico.

Lo unico importante de todo esto es que el gobierno perdio las mayorias y el control en el congreso y petro ya lo sabe:

1691274621588.png


y ahi esta.. el tipo sabe que sin pacto historico pues no hay nada... y rearmar esos pactos va a ser muy dificil por que se volvio kriptonita politica... cualquier jugada mermeloza o acto de corrupcion, los medios se la van a montar... tiene muy poco que hacer en esos temas....

El real debate que se debe abrir es como va a votar el pais en las regionales que se aproximan. Si petro pierde las principales ciudades y gobernaciones, pues ya echele tierrita y a dedicarse a lo que yo mencione por ahi atras.
 
  • Me gusta
Reacciones: Lethrgic y adex
Ahhh Petrico, temíamos al Chavez Colombiano pero esto le estallo tan feo que pasara al olvido como con Samper, otro oscuro cap más en la trágica historia de Colombia pero como venía pasando entre más mal le vaya a este GOB mejor le va al país...

Pensar que todo comenzó por el Cacho....que viva el cacho nojodaaaa!
 
FALSO, denunciado a los moderadores de este tema por falsa información ;).

La función de la comisión de acusaciones de la camara es conocer y formular acusación ante el senado de los Aforados denunciados, entre ellos EL guerrilero Petro. (Articulo 178 CP)

La función del Senado es conocer y llevar la etapa de instrucción de proceso para posterior juicio, solo aplica destitución por faltas graves cometidas durante el ejercicion del cargo, para lo demas si se encuentra merito se remite a la Corte Suprema de justicias para juicio del Guerrillero (Juicio en el Palacion de Justicia Quemado por sus camaradas del M19 y Cartel de Medellin) . (Articulo 175 CP) (Articulo 174 CP)

La Corte Suprema de Justicia Juzga al Presidente: "Juzgar al Presidente de la República o a quien haga sus veces y a los altos funcionarios de que trata el artículo 174, por cualquier hecho punible que se les impute, conforme al artículo 175 numerales 2 y 3. " (Articulo 235 CP)

No le pegan a Una, por eso no le paro bolas a estos personajes que viven en un mundo de fantasia.

Apreciado LANero, el presidente tiene algo llamado "Fuero Presidencial" y mientras lo tenga mantiene inmunidad al sistema judicial, su juez natural es el que mencioné, la Comisión de Acusaciones de la Cámara y juicio ante la plenaria de Congreso de la República. Solo si es destituido puede ser condenado más tarde por esos delitos por la Corte Suprema, y adivine que, en ese momento ya no sería presidente.

Mis opiniones las basé en lo que dijo el señor Esteban Hoyos, un reconocido constitucionalista y el decano de derecho de EAFIT. A diferencia de muchos, a mi no me da pena equivocarme, y cada vez que esto pasa, que es todos los días, me alegro de aprender algo nuevo. En este caso, ud me está haciendo dudar, a quien le creo? Al señor Hoyos o al señor @adex ? Complicado.


Hace poco de paso me enteré que el fuero del Fiscal solo cubre las actividades propias de su función, y según la conclusión de los versados en el tema, el Fiscal puede ser acusado ante la justicia ordinaria por delitos no asociados a sus labores. Sin embargo el fuero del presidente parece ser pleno, aunque no he encontrado información que así lo confirme, y se extiende aún terminado su periodo presidencial, pero que esto es normal en muchos países, y pues tiene lógica. Lo que es curioso es que el fuero también le cubre eventos antes de ser elegido.

También he tratado de buscar información exacta de lo que pasó o lo que se pretendía cuando el Tribunal Superior de Ibague ordenó un arresto domiciliario al en su momento Presidente Ivan Duque por desacato a una sentencia de la Corte Suprema. Al final la misma Corte Suprema revocó la orden del Tribunal de Ibagué porque consideró que Ivan Duque estaba haciendo lo que se le había pedido. Desafortunadamente las noticias en Colombia siempre son amarillistas y pocas incluyen información imparcial de lo que está pasando de verdad. No encontré opiniones de expertos en este evento, porque según lo que han dicho en otros casos, yo entiendo que el fuero presidencial lo debió haber protegido del arresto domiciliario.
 
FALSO, denunciado a los moderadores de este tema por falsa información ;).

La función de la comisión de acusaciones de la camara es conocer y formular acusación ante el senado de los Aforados denunciados, entre ellos EL guerrilero Petro. (Articulo 178 CP)

La función del Senado es conocer y llevar la etapa de instrucción de proceso para posterior juicio, solo aplica destitución por faltas graves cometidas durante el ejercicion del cargo, para lo demas si se encuentra merito se remite a la Corte Suprema de justicias para juicio del Guerrillero (Juicio en el Palacion de Justicia Quemado por sus camaradas del M19 y Cartel de Medellin) . (Articulo 175 CP) (Articulo 174 CP)

La Corte Suprema de Justicia Juzga al Presidente: "Juzgar al Presidente de la República o a quien haga sus veces y a los altos funcionarios de que trata el artículo 174, por cualquier hecho punible que se les impute, conforme al artículo 175 numerales 2 y 3. " (Articulo 235 CP)

No le pegan a Una, por eso no le paro bolas a estos personajes que viven en un mundo de fantasia.
Es más como dice Krieg. El presidente tiene fuero que incluye hasta los delitos cometidos antes de su posesión (mire el ejemplo de Samper). Y mantiene, en parte, el fuero después de dejar el cargo pero solo para los delitos cometidos durante el periodo en que fue presidente. Por eso a Uribe lo investigó la Corte Suprema de justicia por el tema de los testigos (en virtud de su fuero como senador) y no la Comisión de Absoluciones; y cuando le dio miedo renunció al Congreso y pasó a la justicia ordinaria como un ciudadano común.

Entonces, mientras sea presidente toda investigación y posible juicio contra el presidente inicia en la Comisión de Absoluciones, surte unos trámites en la Cámara de Representantes y el juicio termina en el Senado. Si el Senado lo encuentra culpable por delitos graves lo puede remover del cargo, y si son delitos penales pues después de removerlo del cargo le pasa el caso a la Corte Suprema (pero técnicamente ya no sería presidente).

Lo que pasa es que como todo inicia en la Comisión de Absoluciones y ellos nunca han encontrado méritos para enjuiciar a un presidente (y creo que a casi ninguno de los otros aforados a los que investiga), pues nada pasa. Toda ese tema es político, de mover fichas, de mermelada, de palancas, etc.
 
Es más como dice Krieg. El presidente tiene fuero que incluye hasta los delitos cometidos antes de su posesión (mire el ejemplo de Samper). Y mantiene, en parte, el fuero después de dejar el cargo pero solo para los delitos cometidos durante el periodo en que fue presidente. Por eso a Uribe lo investigó la Corte Suprema de justicia por el tema de los testigos (en virtud de su fuero como senador) y no la Comisión de Absoluciones; y cuando le dio miedo renunció al Congreso y pasó a la justicia ordinaria como un ciudadano común.

Entonces, mientras sea presidente toda investigación y posible juicio contra el presidente inicia en la Comisión de Absoluciones, surte unos trámites en la Cámara de Representantes y el juicio termina en el Senado. Si el Senado lo encuentra culpable por delitos graves lo puede remover del cargo, y si son delitos penales pues después de removerlo del cargo le pasa el caso a la Corte Suprema (pero técnicamente ya no sería presidente).

Lo que pasa es que como todo inicia en la Comisión de Absoluciones y ellos nunca han encontrado méritos para enjuiciar a un presidente (y creo que a casi ninguno de los otros aforados a los que investiga), pues nada pasa. Toda ese tema es político, de mover fichas, de mermelada, de palancas, etc.

FALSO, ud tampoco tiene idea de lo que habla, Uds estan confundiendo juicio o juzgamiento POLITICO o proceso de responsabilidades POLITICO que es llevado por la rama legislativa, con Juicio Penal que es llevado por la rama judicial. La fuente es la constitución Politica de 1991 escrita y amañada con mayoritaria participación de las guerrillas del M19 y de las Farc-Unión Patriotica y por su uesto con amplia participación del cartel de Medellin:

https://www.constitucioncolombia.com/titulo-8/capitulo-2/articulo-235

Artículo 235​

Artículo 235. Son atribuciones de la Corte Suprema de Justicia:
2. Juzgar al Presidente de la República o a quien haga sus veces y a los altos funcionarios de que trata el artículo 174, por cualquier hecho punible que se les impute, conforme al artículo 175 numerales 2 y 3.

Por otro lado me parece ingenuo pensar que siendo el mismo guerrillero Petro quien ante la CIDH lloró para que solo una autoridad judicial despues de un fallo judicial sea la unica instancia valida para remover del cargo a un funcionario elegido por voto popular, vengan a pensar que un juicio politico o eventual destitución por parte del Senado en un juicio politico vaya a ser aceptado por ese Guerrillero, incluso hace 2 dias dijo en Sucre que solo el pueblo lo saca del poder, o sea ya ni un Juez segun el.
Por sus respuestas tambien es evidente que se confunden con las etapas de un proceso judicial, que son acusación-Instrucción (o Investigación) y juicio. Donde en el proceso judicial del aforado guerrillero el ente acusador o las veces de fiscalia la hace la COmision de acusaciones de la camara - la etapa de Instrucción del proceso la lleva al Senado y solo se pasa a juicio si encuentra meritos a la corte suprema de justicia. Hablando del proceso judicial, porque nuevamente les digo otra cosa es el circo del proceso de juzgamiento o indignidad politica.
 
FALSO, ud tampoco tiene idea de lo que habla, Uds estan confundiendo juicio o juzgamiento POLITICO o proceso de responsabilidades POLITICO que es llevado por la rama legislativa, con Juicio Penal que es llevado por la rama judicial. La fuente es la constitución Politica de 1991 escrita y amañada con mayoritaria participación de las guerrillas del M19 y de las Farc-Unión Patriotica y por su uesto con amplia participación del cartel de Medellin:

https://www.constitucioncolombia.com/titulo-8/capitulo-2/articulo-235

Artículo 235​

Artículo 235. Son atribuciones de la Corte Suprema de Justicia:
2. Juzgar al Presidente de la República o a quien haga sus veces y a los altos funcionarios de que trata el artículo 174, por cualquier hecho punible que se les impute, conforme al artículo 175 numerales 2 y 3.

Por otro lado me parece ingenuo pensar que siendo el mismo guerrillero Petro quien ante la CIDH lloró para que solo una autoridad judicial despues de un fallo judicial sea la unica instancia valida para remover del cargo a un funcionario elegido por voto popular, vengan a pensar que un juicio politico o eventual destitución por parte del Senado en un juicio politico vaya a ser aceptado por ese Guerrillero, incluso hace 2 dias dijo en Sucre que solo el pueblo lo saca del poder, o sea ya ni un Juez segun el.
Por sus respuestas tambien es evidente que se confunden con las etapas de un proceso judicial, que son acusación-Instrucción (o Investigación) y juicio. Donde en el proceso judicial del aforado guerrillero el ente acusador o las veces de fiscalia la hace la COmision de acusaciones de la camara - la etapa de Instrucción del proceso la lleva al Senado y solo se pasa a juicio si encuentra meritos a la corte suprema de justicia. Hablando del proceso judicial, porque nuevamente les digo otra cosa es el circo del proceso de juzgamiento o indignidad politica.
Ya esta hablando desde las tripas mijo, ya deje así que se le salió el facho.
 
Es más como dice Krieg. El presidente tiene fuero que incluye hasta los delitos cometidos antes de su posesión (mire el ejemplo de Samper). Y mantiene, en parte, el fuero después de dejar el cargo pero solo para los delitos cometidos durante el periodo en que fue presidente. Por eso a Uribe lo investigó la Corte Suprema de justicia por el tema de los testigos (en virtud de su fuero como senador) y no la Comisión de Absoluciones; y cuando le dio miedo renunció al Congreso y pasó a la justicia ordinaria como un ciudadano común.

Entonces, mientras sea presidente toda investigación y posible juicio contra el presidente inicia en la Comisión de Absoluciones, surte unos trámites en la Cámara de Representantes y el juicio termina en el Senado. Si el Senado lo encuentra culpable por delitos graves lo puede remover del cargo, y si son delitos penales pues después de removerlo del cargo le pasa el caso a la Corte Suprema (pero técnicamente ya no sería presidente).

Lo que pasa es que como todo inicia en la Comisión de Absoluciones y ellos nunca han encontrado méritos para enjuiciar a un presidente (y creo que a casi ninguno de los otros aforados a los que investiga), pues nada pasa. Toda ese tema es político, de mover fichas, de mermelada, de palancas, etc.
 
FALSO, ud tampoco tiene idea de lo que habla, Uds estan confundiendo juicio o juzgamiento POLITICO o proceso de responsabilidades POLITICO que es llevado por la rama legislativa, con Juicio Penal que es llevado por la rama judicial. La fuente es la constitución Politica de 1991 escrita y amañada con mayoritaria participación de las guerrillas del M19 y de las Farc-Unión Patriotica y por su uesto con amplia participación del cartel de Medellin:

https://www.constitucioncolombia.com/titulo-8/capitulo-2/articulo-235

Artículo 235​

Artículo 235. Son atribuciones de la Corte Suprema de Justicia:
2. Juzgar al Presidente de la República o a quien haga sus veces y a los altos funcionarios de que trata el artículo 174, por cualquier hecho punible que se les impute, conforme al artículo 175 numerales 2 y 3.

Por otro lado me parece ingenuo pensar que siendo el mismo guerrillero Petro quien ante la CIDH lloró para que solo una autoridad judicial despues de un fallo judicial sea la unica instancia valida para remover del cargo a un funcionario elegido por voto popular, vengan a pensar que un juicio politico o eventual destitución por parte del Senado en un juicio politico vaya a ser aceptado por ese Guerrillero, incluso hace 2 dias dijo en Sucre que solo el pueblo lo saca del poder, o sea ya ni un Juez segun el.
Por sus respuestas tambien es evidente que se confunden con las etapas de un proceso judicial, que son acusación-Instrucción (o Investigación) y juicio. Donde en el proceso judicial del aforado guerrillero el ente acusador o las veces de fiscalia la hace la COmision de acusaciones de la camara - la etapa de Instrucción del proceso la lleva al Senado y solo se pasa a juicio si encuentra meritos a la corte suprema de justicia. Hablando del proceso judicial, porque nuevamente les digo otra cosa es el circo del proceso de juzgamiento o indignidad politica.
es que yo lo explique mas resumido por que aqui la gente no lee esas vainas juridicas. No las entiende... igual creen que van a hacer nuevas elecciones y eso no vas a pasar ya que la que sigue es rancia francia marquez...

Ahora si deberia haber un supermoderador IMPARCIAL SIN PREFERENCIAS POLITICIAS pero creo que aqui no existe eso y los moderadores se paran en una linea y no aceptan que se equivocaron no solo en temas de exactitud de procedimiento constitucional, que eso es bien complicado realmente para cualquiera, pero lo que no aceptan es que las doctrinas que ellos creen simplemente no sirven. No se que hay detras pero hace rato debieron aceptar que el socialismo no funciona, asi trabajen con ellos o vengan de procedencia publica via padres o lo que sea... Una cosa es un caso particular propio y otra cosa es los numeros y estadisticas que demuestran que el socialismo/progre/izquierda no esta funcionando. HAce rato, desde 1961, el capitalismo gano y el que manda es el libre comercio y el libre mercado desde hace mas de 60 años. Lo que ellos ven es que pais que se metio en el cuento de los estados de bienestar estan comenzando a languidecer en un proceso irreversible. pero en fin.... la izquierda moribunda latinoamericana..... y Petro hace un gran trabajo en fregarla aun mas.

Conclusion> Detras de cada politico hay un traqueto
pues al final pues la gente creyendo en que papi estado les va a solucionar todos los problemas.. pffffffffff.... Entre mas pidan ayuda al estado pues peor les va y a ver si aprenden eso con este tipo de petro ahi.

Si queremos salir de pobres como pais, nos toca aplicar neoliberalismo chicago boys por unas 30 años y luego ahi si vemos como se organizan las cargas, pero es que llevamos como 200 años con un pais mezclando una pseudosocialismo y capitalismo mediocre con medidas proteccionistas en una sopa mal hecha de politicas publicas bastante raras y cada vez con un estado con mas poder y mas gasto publico absurdo sin resultados reales de grandes avances.

Este año un PIb bastanta mediocre con una inflacion altisima que no cede, a diferencia del resto de la region que la inflacion ya paro y esta bajando y la violencia e inseguridad disparada.

Pero el otro problema es que candidatos no hay a decir verdad. Yo desde el CD no veo candidatos que puedan mover a la gente para hacer los cambios necesarios. La izquierda trato de hacer cambios totalmente estupidos y absurdos fumados y por eso fracasaron.

Toca un politico que tenga un nivel absurdo de visión general y holistico de todo y al mismo tiempo el micromanejo politico de cada faccion de este pais para poder llegar a un acuerdo, pero la verdad no lo veo.... es que no hay...

Nos va tocar es volvernos alguna colonia de alguna potencia por que capital humano para hacer todo esto no hay por donde.
 

Los últimos temas