Creo que esa platica se perdió:Hola chicos! Una pregunta, ya pasaron más de 60 días desde que me tome mi licencia de paternidad y no la habia reportado a la EPS, ahora me sale que ya paso el tiempo limite. Saben si se puede hacer algo al respecto? o ya se perdio esa licencia? Por último alguien tiene el numero para hablar con alguien en la EPS sura, ninguna opción sirve para contactarme con un asesor. Gracias!
La Ley 755 de 2002:
“…El único soporte válido para el otorgamiento de licencia remunerada de paternidad es el Registro Civil de Nacimiento, el cual deberá presentarse a la EPS a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la fecha del nacimiento del menor….”
https://actualicese.com/30-dias-habiles-no-calendario-para-reclamar-licencia-de-paternidad/