[Consultorio Jurídico Laneros]

Estado
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acá está todo (adjunto ley 1480), el plazo para devolver un producto es de 5 días hábiles pero por compras por medio no tradicionales (internet ETC.)

Busque: Artículo 47. Retracto.


Igual existen incompatibilidades en ciertos temas entre este estatuto del consumidor y el código de comercio, uno de los temas principales en este caso es como lo mencionaste el de los medios no tradicionales pero también hay que tener en cuenta el tema de la calidad, entendiendo que la calidad es simplemente que un producto haga lo que promete hacer así que si el producto son unas tijeras y promenten cortar en forma de corazón pero solo cortan en forma recta, podrás reclamar por la calidad del producto hasta tanto se cumpla lo prometido, en cualquier caso (que no sean medios no tradicionales, ecommerce, televentas etc.) la decisión de reponer el objeto o de entregar dinero en efectivo es del vendedor en los términos del código de comercio
 
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Buen día a todos.
Resulta que en días anteriores llamaron a mi hermano de una empresa de cobranzas, exigiendo el pago de 124 mil pesos, que si no pagaba lo reportaban a datacredito.
Dicen que es por una deuda en epm de 4 mil pesos que no se pagó en el año 2001.

Mi pregunta es, 15 años después pueden realizar este cobro, sabiendo que nunca fuimos notificados?
Después de eso, se han seguido adquiriendo servicios con Une, y nunca habían negado el servicio por deudas pendientes.
 
Hoy vengo con una consulta relativa a salud: Resulta que desde hace mas de 8 años tengo un precedente de sinusitis cronica que me ha hecho pasar por situaciones que me han puesto en alto riesgo y han comprometido mi integridad fisica, tambien he tenido cirugias con el fin de tratar este padecimiento pero aun asi de por vida debo de tener cuidado con cualquier indicio de una posible sinusitis, adicionalmente tambien tengo problemas de asma lo cual no me ha dado mayor problemas ya que cuando tengo crisis me controlo con inhaladores que me han servido durante toda mi vida.

Desde la semana pasada he estado enfermo y el dia viernes acudi a urgencias de la EPS debido a que ya comence a tener dolor en los senos paranasales con mayor presencia en el seno paranasal mas afectado en una complicacion que tuve hace 8 años y que represento casi 1 mes de hospitalizacion. En urgencias adverti en el triaje acerca de mi problema de sinusitis cronica y asma, sin embargo me valoraron como Triaje 4, es decir que tenia que pedir cita medica y adicionalmente en el comprobante de consulta el medico puso que no tengo asma ni ningun problema de salud.

El dia Lunes consulte por cita prioritaria volviendo a explicar mi situacion y con sintomas mas severos, sin embargo solo me dieron un dia de incapacidad y me recetaron un antibiotico de control. El dia de hoy debido a que los sintomas estan mucho peor hable con el especialista otorrinolaringologo que ha sido el que me ha tratado desde hace 8 años y aunque me asigno una cita para el dia de mañana para valoracion a ver si el control en esta instancia implicaba de nuevo ser hospitalizado me dio a entender que el antibiotico que me habian recetado poco o nada servia para el problema que estaba presentando y como tal la familia de antibioticos no sirve para ningun tipo de infeccion respiratoria.

En este punto practicamente siento que en la EPS en ambas oportunidades se salieron por la tangente y me recetaron mal e incluso subestimaron mi condicion en el triaje, por este motivo estoy pensando en interponer una demanda por negligencia medica, ahora mi pregunta es: Debo demandar a los dos profesionales que me vieron en la EPS o debo demandar a la EPS? Que tipo de abogado se especializa en este tipo de demandas?
 
Hoy vengo con una consulta relativa a salud: Resulta que desde hace mas de 8 años tengo un precedente de sinusitis cronica que me ha hecho pasar por situaciones que me han puesto en alto riesgo y han comprometido mi integridad fisica, tambien he tenido cirugias con el fin de tratar este padecimiento pero aun asi de por vida debo de tener cuidado con cualquier indicio de una posible sinusitis, adicionalmente tambien tengo problemas de asma lo cual no me ha dado mayor problemas ya que cuando tengo crisis me controlo con inhaladores que me han servido durante toda mi vida.

Desde la semana pasada he estado enfermo y el dia viernes acudi a urgencias de la EPS debido a que ya comence a tener dolor en los senos paranasales con mayor presencia en el seno paranasal mas afectado en una complicacion que tuve hace 8 años y que represento casi 1 mes de hospitalizacion. En urgencias adverti en el triaje acerca de mi problema de sinusitis cronica y asma, sin embargo me valoraron como Triaje 4, es decir que tenia que pedir cita medica y adicionalmente en el comprobante de consulta el medico puso que no tengo asma ni ningun problema de salud.

El dia Lunes consulte por cita prioritaria volviendo a explicar mi situacion y con sintomas mas severos, sin embargo solo me dieron un dia de incapacidad y me recetaron un antibiotico de control. El dia de hoy debido a que los sintomas estan mucho peor hable con el especialista otorrinolaringologo que ha sido el que me ha tratado desde hace 8 años y aunque me asigno una cita para el dia de mañana para valoracion a ver si el control en esta instancia implicaba de nuevo ser hospitalizado me dio a entender que el antibiotico que me habian recetado poco o nada servia para el problema que estaba presentando y como tal la familia de antibioticos no sirve para ningun tipo de infeccion respiratoria.

En este punto practicamente siento que en la EPS en ambas oportunidades se salieron por la tangente y me recetaron mal e incluso subestimaron mi condicion en el triaje, por este motivo estoy pensando en interponer una demanda por negligencia medica, ahora mi pregunta es: Debo demandar a los dos profesionales que me vieron en la EPS o debo demandar a la EPS? Que tipo de abogado se especializa en este tipo de demandas?

Puedes conseguir un abogado especialista en responsabilidad médica, pero tal cual como cuentas el caso, para lograr que la eps responda por el tratamiento y demás procedientos de manera rápida y eficaz es recomendable interponer una tutela con la cual se logrará que la eps garantice un excelente servicio con especialistas.
 
Puedes conseguir un abogado especialista en responsabilidad médica, pero tal cual como cuentas el caso, para lograr que la eps responda por el tratamiento y demás procedientos de manera rápida y eficaz es recomendable interponer una tutela con la cual se logrará que la eps garantice un excelente servicio con especialistas.

El tratamiento por el momento lo estoy costeando de forma particular, yo lo que quiero es que la EPS o esos "profesionales" respondan por no haberse tomado el tiempo de llevar a cabo la formulacion indicada si no haber recetado algo que no tenia nada que ver con mi padecimiento, ademas por el momento no se que tan complicado sea el estado de esta nueva crisis (que perfectamente pudo haberse evitado si el viernes en el triaje me hubiesen palpado los senos paranasales como lo indica el procedimiento de control) pero en el caso de que me tengan que hospitalizar perderia tiempo de trabajo, universidad y compromisos personales
 
Usted no puede demendar por lo que "podría" sucederle, o hacer cuentas para reclamar daños que no han sido causados. Podría en principio realizar la queja administrativa ante la eps por el procedimiento médico realizado.
 
Usted no puede demendar por lo que "podría" sucederle, o hacer cuentas para reclamar daños que no han sido causados. Podría en principio realizar la queja administrativa ante la eps por el procedimiento médico realizado.

La queja administrativa como se pone? es una especie de PQR?
 
Las agencias de viaje que dicen que se gano un viaje para venderle el plan turístico, llaman a los tarjeta habientes. dicen que por el buen uso de su tarjeta de crédito (cosa que es mentira), de donde sacan los datos, existe alguna violación del habeas data? que opinan al respecto? gracias
 
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Una consulta:

Mi padre le vendió a un hermano un carro usado (modelo 88) en 4 millones en enero de éste año, mi tío sabía el estado del carro y se entregó totalmente funcional hasta con llantas nuevas. No se realizó carta de compra venta, sólo venta verbal.

Más o menos en junio/julio de éste año, mi tío le llevó el carro a mi padre informándole que el carro se había dañado, había que repararlo y que necesitaba que le devolviera la plata porque le vendió un carro en mal estado. El estado físico en que lo entregaba es terrible, golpeado, rayado, llantas casi lisas, le robaron el radio. Mi padre se negó en devolverle el dinero ya que era responsabilidad de mi tío mantener el carro en buen estado, además ya habían pasado más o menos 6 meses de la venta. El carro se guardó en el garaje de la casa de mis padres, incomodando el otro carro que se tiene en la el garaje de la casa, ya que se tuvo que poner al sol y lluvia por éso.

El día de hoy un abogado a nombre de mi tío, llama a mi padre informándole que habían puesto una demanda y que tenía que presentarse cierta fecha para conciliación.

En éste caso:

¿Qué fundamento tiene mi tío para solicitarle la devolución del dinero de la compra después de tanto tiempo?

¿Cómo se puede defender mi padre frente a ésta demanda para no devolver el dinero y que mi tío retire el carro?

Agradezco su colaboración.
 
Una consulta:

Mi padre le vendió a un hermano un carro usado (modelo 88) en 4 millones en enero de éste año, mi tío sabía el estado del carro y se entregó totalmente funcional hasta con llantas nuevas. No se realizó carta de compra venta, sólo venta verbal.

Más o menos en junio/julio de éste año, mi tío le llevó el carro a mi padre informándole que el carro se había dañado, había que repararlo y que necesitaba que le devolviera la plata porque le vendió un carro en mal estado. El estado físico en que lo entregaba es terrible, golpeado, rayado, llantas casi lisas, le robaron el radio. Mi padre se negó en devolverle el dinero ya que era responsabilidad de mi tío mantener el carro en buen estado, además ya habían pasado más o menos 6 meses de la venta. El carro se guardó en el garaje de la casa de mis padres, incomodando el otro carro que se tiene en la el garaje de la casa, ya que se tuvo que poner al sol y lluvia por éso.

El día de hoy un abogado a nombre de mi tío, llama a mi padre informándole que habían puesto una demanda y que tenía que presentarse cierta fecha para conciliación.

En éste caso:

¿Qué fundamento tiene mi tío para solicitarle la devolución del dinero de la compra después de tanto tiempo?

¿Cómo se puede defender mi padre frente a ésta demanda para no devolver el dinero y que mi tío retire el carro?

Agradezco su colaboración.
En primer lugar, es imposible que exista una demanda judicial en curso, pues primero se tuvo que notificar a tu padre de manera personal primero, por aviso si no es posible la notificación personal, o por edicto si es imposible su localización , así que el abogado está cañando y busca intimidar; lo que si debe existir es la solicitud de una conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad para ahí si iniciar con una demanda propiamente dicha. Entonces, según lo narrado existió un contrato verbal de compraventa de un vehículo automotor, como es verbal se rige por los principios generales de los contratos, esto es, por parte del vendedor entregar el bien en perfectas condiciones, libre de cualquier vicio, y por parte del comprador, pagar en el tiempo convenido, es decir es un contrato bilateral, con obligaciones para las dos partes. si una de las partes considera que existió algún tipo de vicio en el negocio puede iniciar un proceso ordinario (verbal por la cuantía) que busque en primer lugar el reconocimiento de la existencia de ese contrato verbal, y posteriormente demostrar los vicios que se alegan con el fin de que el juez, reconozca el contrato, lo declare terminado y por lo tanto ordene el pago de los perjuicios o de las sumas que se le solicitan con la demanda. en fin, tu no informas si se realizó el traspaso de la propiedad del vehículo y si se pagó a tiempo el dinero, detalles que eventualmente podrían servir en el proceso, pero a grosso modo, si tu tío quiere recuperar el dinero tiene que demostrar la existencia del contrato verbal, los vicios que alega y que debieron existir al momento de la realización del negocio, porque según lo que dices los daños surgieron por negligencia exclusiva de él. De manera que te recomiendo que tu papá busque un abogado para que lo acompañe a esa diligencia de conciliación, en donde exponga detalladamente las contingencias del negocio, y te recomiendo que tengan listos testimonios o fotos de que les pueda ayudar a demostrar que tu tío al momento de realizar el negocio sabia en que estado estaba el vehículo y aceptó de manera voluntaria y consentida en adelantar el negocio.
 
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Gracias, el carro no se le realizó traspaso, está a propiedad de un tercero, mi padre compró con carta de compraventa.

Evidencia tangible del estado del carro inicial no hay, sólo testigos.

El pago se realizó de inmediato y en efectivo.
 
Señores a alguien le ha pasado algo similar o sabe que hacer en el siguiente caso:

Va alguien por la vía andando realmente despacio (unos 10 Km/h máximo), de una acera se baja alguien y se le pasa la llanta del carro sobre el pie. La persona que se bajo de la acera es llevada por el mismo vehículo al servicio de urgencias, no se espera autoridad de transito para esto.
Entonces: Lo atienden por el SOAT?.
En caso de que esa lesión pase a mayores (fractura, o que se yo), como es la vuelta para el conductor del vehículo si tenemos en cuenta que este no cuenta con seguro que lo cubra?.
 
Señores a alguien le ha pasado algo similar o sabe que hacer en el siguiente caso:

Va alguien por la vía andando realmente despacio (unos 10 Km/h máximo), de una acera se baja alguien y se le pasa la llanta del carro sobre el pie. La persona que se bajo de la acera es llevada por el mismo vehículo al servicio de urgencias, no se espera autoridad de transito para esto.
Entonces: Lo atienden por el SOAT?.
En caso de que esa lesión pase a mayores (fractura, o que se yo), como es la vuelta para el conductor del vehículo si tenemos en cuenta que este no cuenta con seguro que lo cubra?.
Si, lo atienden por el soat, para que a uno lo atiendan por soat solo es necesario que sea accidente de tránsito, no es necesario autorización de un agente, yo me he caído de la moto y me han atendido con solo ir.
Presenta el soat del vehículo y atienden al peatón.

Enviado desde mi XT1033 mediante Tapatalk
 
Una consulta.

Una compañera del trabajo iba a pedir un crédito de libranza y no se lo aprobaron porque estaba reportada en Datacrédito.

Le ayudé con la consulta gratuita y resulta que hace como un año sacó una tarjeta de crédito del éxito con el exnovio (El exnovio es el titular y ella tenía una amparada).

Ella terminó con el man hace como un año y pues la tarjeta estaba al día y ahora resulta que deben como $500.000, pues la vieja llamó al man y el man se desentendió del tema y dice que no tiene plata, bla bla bla y ella ahora está metida en semejante problema.

¿Puede hacer algo ella sabiendo que no hizo esa compra sino el exnovio?

¿Se pasó de buena gente?

Gracias a todos
 
Una consulta.

Una compañera del trabajo iba a pedir un crédito de libranza y no se lo aprobaron porque estaba reportada en Datacrédito.

Le ayudé con la consulta gratuita y resulta que hace como un año sacó una tarjeta de crédito del éxito con el exnovio (El exnovio es el titular y ella tenía una amparada).

Ella terminó con el man hace como un año y pues la tarjeta estaba al día y ahora resulta que deben como $500.000, pues la vieja llamó al man y el man se desentendió del tema y dice que no tiene plata, bla bla bla y ella ahora está metida en semejante problema.

¿Puede hacer algo ella sabiendo que no hizo esa compra sino el exnovio?

¿Se pasó de buena gente?

Gracias a todos
Pailas, toca pagar o pagar.
En estos temas de plata, toca desconfiar hasta de la mamá.
 
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PRegunta: hay algo que pueda hacer ante el incumplimiento de Gas Natural de enviar a un técnico a revisar el tema del gas (Revision periódica). Me dejaron hoy esperando y quiero que la próxima cita pueda apretarlos si les da por mamarme gallo.
 
Muchachos cordial saludo, una vecina decidió utilizar las ventanas y rejas del segundo piso de su casa como tendedero de ropa, ya algunos vecinos hablaron muy decentemente con la señora solicitando que no hiciera mas eso, y su respuesta fue agresiva y colgó mas ropa, todos residimos en predios particulares sin ningun tipo de administración pero en general se mantiene una buena convivencia. Estuve consultando al respecto pero solo encontre reglamentación pertinente a propiedad horizontal en la Ley 182 de 1948 y el Decreto 1365 de 1986, que no se si se aplique a viviendas particulares ya que a mi entender es mas para copropietarios en edificios.
Les agradezco lo que me puedan sugerir respecto a qué norma puedo consultar, o ante qué entidad y como me recomiendan proceder.
Saludos
 
Muchachos cordial saludo, una vecina decidió utilizar las ventanas y rejas del segundo piso de su casa como tendedero de ropa, ya algunos vecinos hablaron muy decentemente con la señora solicitando que no hiciera mas eso, y su respuesta fue agresiva y colgó mas ropa, todos residimos en predios particulares sin ningun tipo de administración pero en general se mantiene una buena convivencia. Estuve consultando al respecto pero solo encontre reglamentación pertinente a propiedad horizontal en la Ley 182 de 1948 y el Decreto 1365 de 1986, que no se si se aplique a viviendas particulares ya que a mi entender es mas para copropietarios en edificios.
Les agradezco lo que me puedan sugerir respecto a qué norma puedo consultar, o ante qué entidad y como me recomiendan proceder.
Saludos
No soy experto ni nada, pero si está usando su propia casa y no está invadiendo propiedad privada, es problema de ella si cuelga su ropa.

En qué forma les incómoda a ustedes? Solo por presentación?
 
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