Es necesario que modifiquen su pagina, porque engañan al usuario diciendo que las conexiones de 150K, 300K, 500K son de "banda ancha", cuando en realidad la CRT las considera como "banda angosta".
La resolucion esta aca: http://www.crt.gov.co/Documentos/Normatividad/ResolucionesCRT/00001740.pdf
Lean pagina 4 y 5. La conexion debe tener una velocidad efectiva de downstream de 512kbps y de 256kbps de downstream para poder se considerada como Banda Ancha, si es menor entonces es Banda Angosta.
Sino piensan modificar tarifas o mejorar las conexiones al menos toca desquitarse con ellos quejandose
pero hay una fecha limite para eso. sino estoy mal es como a finales de este ao comienzos del otro...
esa regulacion aun no a entrado en vigencia :muerto: