Pues me tienen que disculpar pero en temas tributarios no me meto mucho, además que habría que revisar varias condiciones específicas como la naturaleza del contrato y la forma en que se estén pagando esas "bonificaciones" pues puede ocurrir lo señalado por yancampo, que se estén pagando esos dineros como honorarios que tienen retención del 10%.
En todo caso esa retención luego te la tienen que certificar en el certificado de ingresos y retenciones del año el cual puede reclamar a comienzos del año entrante, pues si se trata de retención, no se deben estar quedando ellos con el dinero, sino que lo tienen que estar consignando a órdenes de la DIAN
En todo caso esa retención luego te la tienen que certificar en el certificado de ingresos y retenciones del año el cual puede reclamar a comienzos del año entrante, pues si se trata de retención, no se deben estar quedando ellos con el dinero, sino que lo tienen que estar consignando a órdenes de la DIAN