Si lo es. Por medio de la SIA
Si lo es. Por medio de la SIA.
Expliquenos como funciona, porque yo donde leo e indago siempre hablan de régimen común.
Hoy fui a la DIAN a preguntar sobre todo el tema de importaciones y el decreto.
Lo primero que me preguntó la asesora fue: - qué marcas va a importar? Resulta que uno no puede importar marcas que ya estén registradas, porque las entidades que tienen esas marcas son las únicas autorizadas para importar. Si uno importa una de estas marcas, lo primero que hace la DIAN es hacer el reporte ante la entidad "dueña" de la marca y solo ella puede autorizar el levantamiento de la mercancía, si uno no tiene permisos ante estas entidades, la DIAN lo sanciona a uno.
Le pregunté por el cambio de modalidad. Me explicó que se cambia a modalidad de importación ordinaria, ella me explicaba, por ejemplo si uno trae un paquete por envío postal y éste no cumple los requisitos de envío postal (ej su valor declarado es mayor a 2000usd), se hace cambio de modalidad a importación ordinaria con todo lo que implica importar en esta modalidad.
Le pregunté qué pasaría si una persona natural desea hacer la importación ordinaria, me decía que debía cambiar su situación fiscal a régimen común, con todo lo que implica ser régimen común (persona natural en régimen común). Después de eso contratar SIA, preparar papeles, pagar impuestos y hacer levante de mercancía.
Le pregunté por los importadores ocasionales, me dijo que son aquellas personas que vienen de viaje y traen en su equipaje artículos, solo ellos son los importadores ocasionales.
Además se debe tener presente que hacer el pago de una importación se debe hacer ante una entidad financiera *con cambio de divisas* (no recuerdo el nombre exacto), son los bancos los únicos por los cuales uno debe pagar los costos y artículos de una importación ordinaria. Me explicaba que uno no puede ir al país exportador y pagar en efectivo allá, todos los pagos se deben hacer por entidades de cambio de divisa autorizadas por el banco de la República.
En este momento no recuerdo más, pero eso es lo básico, así que como Ud lo dice no es, y si sabe cómo hacerlo así de fácil, pues nos comenta, porque la asesora de la DIAN me explicó cada cosa muy bien y es muy de pa'rriba.
Ed 1. Ahora recuerdo, la asesora me decía que antes de hacer el proceso de nacionalización, se debe registrar los imei en la base de la policía, se debía enviar el documento de imei a la mintic para que arrojara los resultados de las bases de datos de estos imei. Estos procesos solo se pueden hacer por la empresa que está haciendo la importación y debe tener todos los permisos para hacerlo.