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Compañeros buenos días, una consulta:

Si alguien se encuentra reportado por una Tarjeta de Crédito, pero esta persona tiene mas tarjetas, este reporte negativo afectaría las demás tarjetas? es decir los bancos podrían bloquear dichas tarjetas o algo así?

Gracias por sus respuestas
no.
 
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Compañeros buenos días, una consulta:

Si alguien se encuentra reportado por una Tarjeta de Crédito, pero esta persona tiene mas tarjetas, este reporte negativo afectaría las demás tarjetas? es decir los bancos podrían bloquear dichas tarjetas o algo así?

Gracias por sus respuestas
La puede afectar para la adquirir nuevos productos con los bancos en los cuales tiene las tarjetas o para el aumento de cupos. Ya que ,cuando el banco hace "consultas por lotes", en datacredito se dará cuenta que tiene un producto con reporte negativo
 
buen dia srs,

Alguien que me pueda confirmar si esta caída la pagina de midatacredito.com estoy mirando mis productos abiertos y cerrados pero todo sale en 0 (CEROS)

Gracias.
 
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Me gustaría saber si cuando uno saca un celular a cuotas en Claro, la deuda de dicho equipo se suma a la obligación existente en centrales (en este caso la línea en postpago) o esta deuda se incluye como otra obligación independiente.
 
Compañeros buenos días, una consulta:

Si alguien se encuentra reportado por una Tarjeta de Crédito, pero esta persona tiene mas tarjetas, este reporte negativo afectaría las demás tarjetas? es decir los bancos podrían bloquear dichas tarjetas o algo así?

Gracias por sus respuestas
Si le puede afectar o le pueden quitar las demás tarjetas, si piensan que los puede afectar.
Por eso lo bancos hacen las "consultas en lote" para verificar el comportamiento del cliente actual y ver si puede continuar con el producto u ofrecerles nuevos.
Yo tengo un amigo que estuvo en mora y otro banco donde estaba Ok, le bajaron el cupo de la tarjeta a cero por el comportamiento en centrales de riesgo.
No es algo común pero puede pasar.

Me gustaría saber si cuando uno saca un celular a cuotas en Claro, la deuda de dicho equipo se suma a la obligación existente en centrales (en este caso la línea en postpago) o esta deuda se incluye como otra obligación independiente.

Depende de cómo realiza el crédito, normalmente es con un tercero, así que es una obligación adicional que aparece en centrales de riesgo.
 
Si le puede afectar o le pueden quitar las demás tarjetas, si piensan que los puede afectar.
Por eso lo bancos hacen las "consultas en lote" para verificar el comportamiento del cliente actual y ver si puede continuar con el producto u ofrecerles nuevos.
Yo tengo un amigo que estuvo en mora y otro banco donde estaba Ok, le bajaron el cupo de la tarjeta a cero por el comportamiento en centrales de riesgo.
No es algo común pero puede pasar.



Depende de cómo realiza el crédito, normalmente es con un tercero, así que es una obligación adicional que aparece en centrales de riesgo.
Vea pues, como quien dice, están aplicando una metodología similar al sector financiero estadounidense en donde la banca está conectada en tiempo real con las centrales de riesgos, ya que en ese país cualquier solicitud de crédito que se haga y el comportamiento de pago afecta de forma favorable o adversa a los productos que se tenga contratados.

Se pone de manera independiente con el saldo de la obligación

Muchas gracias por sus respuestas.
 
Última edición:
Ahora si la Ley de Borrón y Cuenta Nueva es una realidad, Duque la sancionó hoy.





 
Última edición:
Ahora si la Ley de Borrón y Cuenta Nueva es una realidad, Duque la sancionó hoy.





Ver el archivos adjunto 482159
El lio es que ahora los bancos van a ser más exigentes al momento de un crédito.
Así que los que puedan aprovechen los que quieren una tarjeta de alta gama y tienen una calificación medianamente buena 😅
 
Última edición:
Ley 2157 de 2021 (borrón y cuenta nueva)
Ley Estatutaria 2157 del 29 de octubre de 2021: "Por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley Estatutaria 1266 de 2008 y se dictan disposiciones generales del habeas data con relación a la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones"

Les recuerdo el resumen que les compartí hace un rato con lo que considero más importante:
  1. Se tendrá un lapso de tiempo de un año para ponerse al día con las obligaciones y disfrutar del tiempo de castigo reducido,
  2. El tiempo máximo de permanencia de las obligaciones que se hayan pagado hasta un año después de la promulgación de la ley será de seis (6) meses,
  3. Para personas con mora inferior a seis meses el tiempo de permanencia será el mismo tiempo que se estuvo en mora,
  4. Para deudas con Icetex el hecho de pagar automáticamente elimina el reporte, no se debe esperar nada,
  5. Las centrales de riesgo deberán crear un mecanismo de notificación de cuentas abiertas en sus sistemas de manera gratuita. Es decir, si se reporta un producto nuevo deben notificarlo al usuario (previo registro),
  6. La caducidad del dato negativo pasará a ocho años en vez de 14 como está actualmente.
  7. Para deudas de hasta el 15 % del salario mínimo, las entidades deberán enviar dos comunicaciones avisando el reporte para que se pueda controvertir o pagar (esto da más tiempo para hacerlo y evitar el reporte)
 

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  • LEY 2157 DEL 29 DE OCTUBRE DE 2021.pdf
    4.2 MB · Visitas: 64
Aun funciona el COLFOND1 . No recuerdo que % brinda.
Aplica un descuento para el plan mensual de 5000 pesos. No es tan bueno, pero es algo. Quedaría en 12500 mensual. Es casi un poco más de 28% de descuento.

Ley Estatutaria 2157 del 29 de octubre de 2021: "Por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley Estatutaria 1266 de 2008 y se dictan disposiciones generales del habeas data con relación a la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones"
¿Quedó igual el reporte del doble de tiempo de la mora hasta un máximo de ocho años?

Otra pregunta ¿En cuanto tiempo expiran o prescriben las deudas?
 
Última edición:
Aplica un descuento para el plan mensual de 5000 pesos. No es tan bueno, pero es algo. Quedaría en 12500 mensual. Es casi un poco más de 28% de descuento.


¿Quedó igual el reporte del doble de tiempo de la mora hasta un máximo de ocho años?
El castigo por por no pago de la deuda no fue modificado por esta ley. Que es igual al doble de tiempo que duró la mora.
Sin embargo, lo que contempla esta ley es la eliminación del reporte negativo de manera inmediata (máximo en seis meses) si la persona se coloca al día.
Los ocho años a los que hace mención es el tiempo máximo que puede durar un reporte negativo, haya pagado o no, que puede estar el reporte en la central de riesgo. La eliminación del reporte no implica la caducidad de la deuda.

Otra pregunta ¿En cuanto tiempo expiran o prescriben las deudas?
En este foro se ha discutido ampliamente sobre el tema lo invito a leer las paginas anteriores.
La prescripción de una deuda implica varios factores pero a manera general, el tiempo necesario para su prescripción es mínimo de 10 años.
 
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Reacciones: N195AV y LuisFeGE
Ahora por mirar en datacredito incluso pagando genera consulta ? super raro me aparece que yo me autoconsulte tengo el plan por un año y se me acaba en diciembre.
 
¿Quedó igual el reporte del doble de tiempo de la mora hasta un máximo de ocho años?

Otra pregunta ¿En cuanto tiempo expiran o prescriben las deudas?
Quedó como está hasta ahora, el doble del tiempo en mora hasta un máximo de cuatro años. Al principio del proyecto se trató de poner el mismo tiempo en mora, no obstante, los partidos de gobierno se opusieron en Senado.

Por otro lado, hay una particularidad sobre el tema de prescripción. Todas las deudas prescriben a los 5 años máximo, pero hasta ahora la eliminación del reporte se daba en 14 años. El punto es la definición de prescripción y caducidad.

En este tema de deudas y reportes en centrales de riesgo, la prescripción es la imposibilidad de cobrar una deuda por haber pasado los años mencionados después de la exigibilidad de la acción cambiaria (pagaré, título valor, etc) y, por otro lado, hablamos de caducidad del dato negativo (reporte). Hasta ahora para que un reporte se eliminara se debían esperar 14 años, ahora con la ley se agregó un parágrafo donde es explícito en decir que son ocho años.
 
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Reacciones: LuisFeGE
En este foro se ha discutido ampliamente sobre el tema lo invito a leer las páginas anteriores.
La prescripción de una deuda implica varios factores pero a manera general, el tiempo necesario para su prescripción es mínimo de 10 años.
Lo sé perfectamente. Es más hasta yo mismo lo he preguntado. No estaría de más poder agregar está información de manera detallada en el post fijado.

La razón de mi pregunta es dado los cambios recientes, no por desconocimiento de la norma. De todos modos gracias por su respuesta.
Quedó como está hasta ahora, el doble del tiempo en mora hasta un máximo de cuatro años. Al principio del proyecto se trató de poner el mismo tiempo en mora, no obstante, los partidos de gobierno se opusieron en Senado.
Muchas gracias Kevin por todas tus respuestas, resúmenes y archivos. Ojalá y más personas como tú contribuyeran al foro.

Algo es algo. Por lo menos se está dando más orden a todo. Es posible que en la próxima reforma tributaria incluyan un cambio más al respecto. Me parece bien 1.5 veces el tiempo que ha permanecido en mora. Igual ya con lo que hicieron hay ganancia, sobre todo por lo tiempos que ahora ya son por ley.
Por otro lado, hay una particularidad sobre el tema de prescripción. Todas las deudas prescriben a los 5 años máximo, pero hasta ahora la eliminación del reporte se daba en 14 años. El punto es la definición de prescripción y caducidad.
¿Cinco años? ¿No eran 10? ¿Cómo es el cuento ahí?

Supongamos una deuda de entrada en mora el 1/11/2021 ¿Hasta qué fecha podría prescribir o caducar?

Ahora siguiendo la línea, a los cinco años prescribe. Es decir en el 2/11/2026 ya podría prescribir. Y como solo puede estar reportado ocho años, estaría reportado hasta 2/11/2034. Con 13 años en total. No los 14 años de antes.

¿Estaría en lo correcto?

En este tema de deudas y reportes en centrales de riesgo, la prescripción es la imposibilidad de cobrar una deuda por haber pasado los años mencionados después de la exigibilidad de la acción cambiaria (pagaré, título valor, etc) y, por otro lado, hablamos de caducidad del dato negativo (reporte). Hasta ahora para que un reporte se eliminara se debían esperar 14 años, ahora con la ley se agregó un parágrafo donde es explícito en decir que son ocho años.
Entonces dejemos claro el asunto. ¿Una deuda de tarjeta de crédito prescribe en cinco años? ¿La de un crédito de consumo o educativo cuánto tiempo es? ¿El crédito hipotecario imagino debe ser más tiempo, no?

Lo del reporte negativo sí está claro ahora. No más de ocho años. Siendo el doble del tiempo permanecido en mora.

Nuevamente gracias 😃
 
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