holaYa me respondieron anoche esta PQR (tenían plazo hasta el lunes). La respuesta a los puntos fue:
1) Sí. Devolución de 50k. (Está bien calculado creo para lo que pago por el servicio)
2) Sí. Para esto asignamos la sgte IP estática 186.##### a su cuenta.
Ya se corrigió el problema y se cerró el INC.
3) Sí. Con el punto (2) se arregló.
Como se ha dado respuesta positiva, se borra los consecutivos, bla, bla, bla y no procede ningún recurso contra esta respuesta.
Es decir, que o:
A) Se hicieron los huevones con el filtrado y le echaron la culpa al nat44.
o
B) Crearon en el filtro una regla para la lP asignada para filtrar lo mínimo requerido por ley.
Positivo: Que respondieron afirmativamente, así que a partir de esa respuesta puedo pedirles que me arreglen pues el problema que aceptaron.
Negativo: Que quién confía pues en Claro, supongo que todo lo que siga tengo que seguirlo pidiendo por PQRs.
Por ahora sigo con la misma IP vieja (100.###) y dentro del nat44, saliendo a internet por una 181.####. También sigo filtrado en todas las páginas que ya hemos dicho.
Tengo que llamar a que me asignen pues la nueva IP y ahí ver si depronto si les dio por darme una IP con filtro light.
Suerte,
a mi me dieron una respuesta similar. me asignaron una ip publica fija que supuestamente está excluida del filtro. pero despues de haberla asignado a mi router principal, el filtro sigue. yo nunca he estado en nat44 pero el haber pasado de ip publica dinamica a ip publica fija, no hay nada de diferencia.
interpuse un recurso de reposicion en donde les dije que el filtro seguia.
Asunto:Respuesta PQR con No. de Cuenta : xxxxx
Respetado (a) Cliente:
En atención a su comunicación recibida en nuestras dependencias el día 03 de diciembre de 2019 , nos permitimos informarle lo siguiente: a la siguiente Petición :
Inconformidad donde nos indica no estar de acuerdo con el bloqueo y filtrado deliberado de páginas web, lo cual afecta la navegación y el uso del servicio contratado, inicialmente informamos que respecto al ticket xxxxxxxx le indicamos que el presente acto administrativo no es atendido como Recurso de Reposición, ya que esta figura solo se aplica cuando existe alguna inconformidad con una respuesta emitida anteriormente por la compañía asociada a una PQR (Petición, queja o recurso) verbal o escrita.
Teniendo en cuenta lo anterior y al no encontrar una reclamación radicada anteriormente ante la empresa, por este mismo asunto, el presente numeral se atiende con prioridad de derecho de petición.
Ahora bien dando respuesta a su inconformidad con el bloqueo y filtrado deliberado de páginas web, lo cual afecta la navegación y el uso del servicio contratado, al respecto informamos que con el fin de generar solución a todos los inconvenientes que presenta con sus configuraciones internas y con acceso a los diferentes sitios Web, le informamos que mediante decisión comercial se asignó para su cuenta IP Fija número 181.xxx.xxx.xxx, si requiere asesoría para la configuración de dicha IP lo invitamos a comunicarse a nuestra línea de soporte técnico donde uno de nuestros asesores le brindada la información y proceso correspondiente.
Presentamos nuestras más sinceras excusas por los inconvenientes ocasionados debido a la situación expuesta en su comunicación y agradecemos sus comentarios, los cuales nos ayudan a impartir medidas de mejoramiento con el fin de evitar que estas situaciones se repitan, esperando atenderle siempre con la calidad y excelencia que usted se merece.
Su cuenta Número xxxxxxxx se encuentra activa y a la fecha está al día en pagos.
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