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Estado
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Insisto el matrimonio SI ES LEGAL, sólo falta el registro y claro que necesita el abogado para la cesación de efectos civiles del matrimonio, eso sí se da alguna de las causales de ley.

El vínculo religioso si es indisoluble y su nulidad si tiene unas causales establecidas por el derecho canónico pero que si es muy difícil anular dicho vínculo.
Difícil x 100 mucho pero tendría que dar con un buen sacerdote que le entienda loa burrido que pueda estar en ese vínculo es más fácil finalizar una unión civil por notaria
 
Difícil x 100 mucho pero tendría que dar con un buen sacerdote que le entienda loa burrido que pueda estar en ese vínculo es más fácil finalizar una unión civil por notaria
Sí hay causales de anulación por derecho canónico como la infidelidad comprobada. Pero eso es en la iglesia.
Y sí, como le dijeron, aun sin registrar, el matrimonio tiene plenos efectos civiles.
 
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Reacciones: 'Wayne
Sí hay causales de anulación por derecho canónico como la infidelidad comprobada. Pero eso es en la iglesia.
Y sí, como le dijeron, aun sin registrar, el matrimonio tiene plenos efectos civiles.

 
Y si por decir ya estoy casado pero no he llevado el documento a la notaria, pero realmente quiero finalizar, me toca con el abogado? Es que no se legalizo y ya es hora de poner punto final a eso

Muchas gracias por responder
pues debe dar por terminada (liquidar) la sociedad conyugal, y debe hacer este proceso con un abogado. eso normalmente los abogados tienen tarifas establecidas para llevar dicho proceso. asi el trabajo del mismo sea readactar una sola hoja, aliste la billetera. esa es la tarifa y es lo que vale. para ellos no es muy relevante el tema dramatico de infidelidad, etc. mas como el tema de la división de los bienes.
 
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Laneros,

Soy vícitima de fraude y Claro me está cobrando una línea móvil que no saqué. En su respuesta a mi reclamo dicen que el contrato lo hicieron siguiendo con verificaciones.

Tengo 10 días para poner un recurso de reposición. Saben a quién más se puede acudir legalmente para arreglar el caso? Yo no voy a pagar una deuda que no es mia y además me reportaron en Datacrédito.

Alguien tiene una sugerencia sobre esto?
 
Laneros,

Soy vícitima de fraude y Claro me está cobrando una línea móvil que no saqué. En su respuesta a mi reclamo dicen que el contrato lo hicieron siguiendo con verificaciones.

Tengo 10 días para poner un recurso de reposición. Saben a quién más se puede acudir legalmente para arreglar el caso? Yo no voy a pagar una deuda que no es mia y además me reportaron en Datacrédito.

Alguien tiene una sugerencia sobre esto?

Tiene que seguir el proceso e instaurar el recurso de reposicion en subsidio de apelacion a la Superintedencia de industria y comercio.

Ya les pidio la copia del contrato oral, escrito , digital ? Tiene que haber un contrato entre las partes y prueba de este.

En denfensoria del consumidor tambien le podrian ayudar , normalmente es un servicio gratuito , en Medellin queda en el centro.
 
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Laneros,

Soy vícitima de fraude y Claro me está cobrando una línea móvil que no saqué. En su respuesta a mi reclamo dicen que el contrato lo hicieron siguiendo con verificaciones.

Tengo 10 días para poner un recurso de reposición. Saben a quién más se puede acudir legalmente para arreglar el caso? Yo no voy a pagar una deuda que no es mia y además me reportaron en Datacrédito.

Alguien tiene una sugerencia sobre esto?
 
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Reacciones: juanitapregunta
muchachos por casualidad tienen un modelo de derecho de petición para datacredito.. me volvió a parecer un reporte que habían quitado hace mas de dos años
 
Laneros,

Soy vícitima de fraude y Claro me está cobrando una línea móvil que no saqué. En su respuesta a mi reclamo dicen que el contrato lo hicieron siguiendo con verificaciones.

Tengo 10 días para poner un recurso de reposición. Saben a quién más se puede acudir legalmente para arreglar el caso? Yo no voy a pagar una deuda que no es mia y además me reportaron en Datacrédito.

Alguien tiene una sugerencia sobre esto?
Tiene que interponer el recurso de reposición eso le da la posibilidad, (en caso de mantener la negativa) de que su caso vaya a la SIC (ante la delegatura de protección de datos personales) y se revise en apelación.

Eso sí, si usted mismo está haciendo el recurso susténtelo mejor, organice mejor los hechos y la información que está presentando.
 
Pero si ya el Propio Claro le nego el recurso es porque no le creyeron o algo asi.

Es que en mi experiencia, Claro tiene un proceso ya definido para eso y más rápido que es el recurso de negación de línea. (al parecer eso en Claro es super común que saquen productos con cédulas X) Lo que le entendí al Lanero es que hizo el proceso por PQR.

Yo llamé y pelee y eso fue un miercolero hasta que un asesor me dijo: Vaya a un CAV pida el formato para ese proceso y listo.

Y efectivamente la línea dejó de aparecer a mi nombre. Hablo desde mi experiencia como usuario, desconozco el campo legal.
 
Es que en mi experiencia, Claro tiene un proceso ya definido para eso y más rápido que es el recurso de negación de línea. (al parecer eso en Claro es super común que saquen productos con cédulas X) Lo que le entendí al Lanero es que hizo el proceso por PQR.

Yo llamé y pelee y eso fue un miercolero hasta que un asesor me dijo: Vaya a un CAV pida el formato para ese proceso y listo.

Y efectivamente la línea dejó de aparecer a mi nombre. Hablo desde mi experiencia como usuario, desconozco el campo legal.

En mi caso, hace unos 2 o 3 años la línea (de la casa) estuvo a mi nombre por unos 6 o 7 años. Cuando se fue a pasar a nombre de mi mamá le dijeron que estaba en deuda con una cuenta por allá en un barrio en el sur de Bogotá. Tiempo atrás ella había perdido la cédula y ni tontos ni perezosos.

Sorpresivamente fue solo mostrar la denuncia de perdida, la cédula nueva y tal vez llenar otra forma adicional. Fue increiblemente sencillo. 🤷‍♂️


Tony.
 
Es que en mi experiencia, Claro tiene un proceso ya definido para eso y más rápido que es el recurso de negación de línea. (al parecer eso en Claro es super común que saquen productos con cédulas X) Lo que le entendí al Lanero es que hizo el proceso por PQR.

Yo llamé y pelee y eso fue un miercolero hasta que un asesor me dijo: Vaya a un CAV pida el formato para ese proceso y listo.

Y efectivamente la línea dejó de aparecer a mi nombre. Hablo desde mi experiencia como usuario, desconozco el campo legal.

El problema es que hay un hueco de seguridad inmenso en todos los operadores para que eso pase ... Eso es gravisimo porque en caso de delitos ...
 
Saludos foro jur.

Por favor, si tienen la gentileza de colaborar en lo sgte:

Si unas personas tienen sospechas o indicios que les están interceptando sus comunicaciones móviles, datos/internet, si posibles microcámaras Ocultas o micrófonos en su domicilio. Tal vez exagerando, pero desean inspeccionar.

¿Qué deben empezar a iniciar?
¿Deben buscar soporte en un detective privado que recolecte pruebas?
-- (algunos cobran esta vida y la otra).
¿Indagar en la fiscalía o policía?
¿Para los móviles e internet requerirían de un investigador en sistemas?

Unos parientes tienen sospechas, indicios que los espían. Tuvieron un asunto particular donde elevaron una queja ante alcaldía.

Asimismo, reciben acoso por la noche y madrugada de unos tipejos vigilantes que pasan sonando silbatos, pero a menudo, justo cuando alguno de la casa se levanta a ir al baño, o termina de ver una serie de tv, o enciende la luz de una habitación interior, o se asoma a la puerta. Por ello, se han dado cuenta.
Se preguntan si hay oficiales que se prestaron para esto, vecinos seguro que si.

Buscando sobre el tema, se llama Gangstalking, Acoso Organizado, e imagino Locombia clasifica como pais ejemplo.
 
Última edición:
Hola a todos.

Una pregunta

Es legal que esto esté en un contrato de prestación de servicios?

A no prestar directa o indirectamente servicios iguales o similares a los que son objeto de este
Contrato, a otros CONTRATANTES, ni a trabajar por cuenta propia en el desarrollo y ejecución
de las mismas labores durante la vigencia de este Contrato.
6. A prestar sus servicios en las dependencias del CONTRATANTE o en el sitio que se convenga
con EL CONTRATANTE.
7. EL CONTRATISTA se obliga a no prestar directa o indirectamente servicios iguales o similares
a los que son objeto de este Contrato, ni a trabajar por cuenta propia en el desarrollo y ejecución
de los mismos servicios durante la vigencia de este Contrato.

Si bien sé que si uno acepta es "legal" pero ese tipo de clausulas son arbitrarias. Pero al ser Prestación de servicios ya me suena ilegal y tira a uno laboral, creo yo. Que al final es así pero ya muy descarado en el contrato.

Qué opinan uds?
 
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A no prestar directa o indirectamente servicios iguales o similares a los que son objeto de este
Contrato, a otros CONTRATANTES, ni a trabajar por cuenta propia en el desarrollo y ejecución
de las mismas labores durante la vigencia de este Contrato.
6. A prestar sus servicios en las dependencias del CONTRATANTE o en el sitio que se convenga
con EL CONTRATANTE.
7. EL CONTRATISTA se obliga a no prestar directa o indirectamente servicios iguales o similares
a los que son objeto de este Contrato, ni a trabajar por cuenta propia en el desarrollo y ejecución
de los mismos servicios durante la vigencia de este Contrato.

Si bien sé que si uno acepta es "legal" pero ese tipo de clausulas son arbitrarias. Pero al ser Prestación de servicios ya me suena ilegal y tira a uno laboral, creo yo. Que al final es así pero ya muy descarado en el contrato.

Qué opinan uds?

Pues en lo personal solo lo he visto esa cláusula en contratos a termino definido/indefinido.

En el de prestación de servicios no me hace mucho sentido. Sin embargo hay que tener en cuenta que algunas cosas así estén en un contrato no son legales.
 
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Es legal que esto esté en un contrato de prestación de servicios?

A no prestar directa o indirectamente servicios iguales o similares a los que son objeto de este
Contrato, a otros CONTRATANTES, ni a trabajar por cuenta propia en el desarrollo y ejecución
de las mismas labores durante la vigencia de este Contrato.
6. A prestar sus servicios en las dependencias del CONTRATANTE o en el sitio que se convenga
con EL CONTRATANTE.
7. EL CONTRATISTA se obliga a no prestar directa o indirectamente servicios iguales o similares
a los que son objeto de este Contrato, ni a trabajar por cuenta propia en el desarrollo y ejecución
de los mismos servicios durante la vigencia de este Contrato.

Si bien sé que si uno acepta es "legal" pero ese tipo de clausulas son arbitrarias. Pero al ser Prestación de servicios ya me suena ilegal y tira a uno laboral, creo yo. Que al final es así pero ya muy descarado en el contrato.

Qué opinan uds?

parece que la persona que hizo ese contrato sabe que con un contrato de prestación de servicios se salva de pagar seguridad social pero piensa que para los demás términos está consiguiendo un empleado. Esa claúsula va en contra de lo que es una relación de caracter CIVIL.
 
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A no prestar directa o indirectamente servicios iguales o similares a los que son objeto de este
Contrato, a otros CONTRATANTES, ni a trabajar por cuenta propia en el desarrollo y ejecución
de las mismas labores durante la vigencia de este Contrato.
6. A prestar sus servicios en las dependencias del CONTRATANTE o en el sitio que se convenga
con EL CONTRATANTE.
7. EL CONTRATISTA se obliga a no prestar directa o indirectamente servicios iguales o similares
a los que son objeto de este Contrato, ni a trabajar por cuenta propia en el desarrollo y ejecución
de los mismos servicios durante la vigencia de este Contrato.

Si bien sé que si uno acepta es "legal" pero ese tipo de clausulas son arbitrarias. Pero al ser Prestación de servicios ya me suena ilegal y tira a uno laboral, creo yo. Que al final es así pero ya muy descarado en el contrato.

Qué opinan uds?
Si el contratista quiere demandar por un contrato realidad ahí se lo ponen de papaya.
 
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Hola a todos.

Una pregunta

Es legal que esto esté en un contrato de prestación de servicios?

A no prestar directa o indirectamente servicios iguales o similares a los que son objeto de este
Contrato, a otros CONTRATANTES, ni a trabajar por cuenta propia en el desarrollo y ejecución
de las mismas labores durante la vigencia de este Contrato.
6. A prestar sus servicios en las dependencias del CONTRATANTE o en el sitio que se convenga
con EL CONTRATANTE.
7. EL CONTRATISTA se obliga a no prestar directa o indirectamente servicios iguales o similares
a los que son objeto de este Contrato, ni a trabajar por cuenta propia en el desarrollo y ejecución
de los mismos servicios durante la vigencia de este Contrato.

Si bien sé que si uno acepta es "legal" pero ese tipo de clausulas son arbitrarias. Pero al ser Prestación de servicios ya me suena ilegal y tira a uno laboral, creo yo. Que al final es así pero ya muy descarado en el contrato.

Qué opinan uds?
Mi opinión es que el jurídico de esa empresa es estúpido, o no tienen abogado y se inventaron una minuta googleando :ROFLMAO:
 

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