Creada la ley para "Evitar" la importación de celulares via Carga Express o Currier

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Creada la ley para "Evitar" la importación de celulares via Carga Express o Currier

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El día de hoy recibí de varios de mis importadores y Courriers una nota aclaratoria, donde informan que a partir de la fecha no podrán importar equipos celulares ni partes de los mismos debido a la creación del decreto 2025 de 16 de Octubre de 2015, donde se deja por sentado, las restricciones para la importación y comercialización de equipos celulares importados vía Courriers, puntualmente en el Capitulo 1 - Articulo 3 - Parágrafo 3 dice Textualmente:

"No se permitirá la importación de teléfonos móviles Inteligentes, o teléfonos móviles celulares, o partes, bajo la modalidad de trafico postal y envíos urgentes"

Esto afecta directamente a los usuarios que utilizaban los métodos de importación expresa como el 4-72, TucargaExpress. ColocarCourrier, entre otras con el fin de adquirir teléfonos de alta gama a menor costo de lo que normalmente encontramos en nuestro país.

También en caso de daño de nuestros dispositivos móviles, el proceso de adquisición de un repuesto se podría volver mas compleja.

@Professor complementa la información:

El Gobierno Nacional emitió el Decreto 2025 de 2015, adjunto, publicado en el Diario Oficial No. 49.667 del 16 de oct. de 2015, con nuevas medidas de control en la importación y exportación de celulares y sus partes, medidas que entran en vigencia el próximo 1 de dic de 2015, y que prevén varios nuevos controles, entre ellos:
* Registro de importadores / exportadores ante la Policía Nacional
* Registro de IMEIs ante base de datos positiva MinTic
* Consulta y verificación de IMEIs ante el MinTic, previa a la importación (base de datos positiva y base de datos negativa), lo cual se constituye en documento soporte de la DI, junto con el certificado de homologación emitido por la CRC.
* Cruce de información entre DIAN y MinTic para registro de IMEIs de teléfonos importados en base de datos positiva. Esto sugiere el bloqueo en redes de servicios móviles y la inclusión en la base de datos negativa, respecto de IMEIs de teléfonos importados y no reportados.
* Restricción impo y expo por modalidad de viajeros a máximo 3 unidades.
* No se permite impo ni expo por modalidad de Tráfico Postal y Envíos Urgentes.
* Sólo se permite la exportación por modalidad de viajeros (hasta 3 uds), por modalidad temporal para perfeccionamiento pasivo, y por modalidad definitiva solo cuando se trate de residuos -RAEE-. Sin embargo se permiten exportaciones definitivas de teléfonos hasta antes del día 31 de enero de 2016.
* Obligación de incluir el IMEI en la descripción de la Declaración de Exportación.
Las cargas embarcadas hacia Colombia con anterioridad a la entrada en vigencia, según fecha de expedición del documento de transporte, no les aplican estas nuevas medidas, es decir solo aplica respecto de cargas embarcadas a partir del 1 de dic. de 2015.
* Se faculta a la DIAN para la imposición de la obligación de nacionalizar mediante declaración de importación tipo anticipada, y el establecimiento de restricción por lugar de arribo y puertos de embarque.

Los términos otorgados a las diferentes autoridades para la implementación de las nuevas medidas, son los siguientes:
* Para el módulo de consulta y verificación de IMEIs, el MinTic tendrá 6 meses después de la entrada en vigencia, es decir hasta el 1 de junio de 2016. Sin embargo durante tal término se prevé hacer la consulta y verificación vía correo electrónico.
* Para crear el registro ante la Policía y divulgar el procedimiento, dicha autoridad tendrá 2 meses contados a partir de la fecha de publicación.
* La DIAN tiene 30 días siguientes a la publicación, para instruir sobre el decreto a importadores y exportadores.
El MinTic y la DIAN dentro del mes siguiente a la publicación, deberán acordar los términos y periodicidad de envío de la info prevista en el art. 4.

Lo anterior evidencia que a la fecha de entrada en vigencia prevista para el 1 de dic de 2015, todos los controles se activan y se deben cumplir (el único término que supera el día 1 de dic de 2015 es el dado a la Policía, pero se espera que a tal fecha ya tenga listo el procedimiento y plataforma de registro)

Adjunto el enlace al decreto en PDF para el que desee leerlo completo, en el hay mas implicaciones legales respecto al manejo de los repuestos, la traída de equipos en equipaje desde el extranjero, Disposiciones para la importación y demás.

Decreto 2025 de Octubre 16 2015
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Última edición por un moderador:
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Reacciones: juank1978
Con respecto a las exportaciones

Si yo voy de viaje, me traigo un celular y aquí se me daña, pido la garantía al fabricante y me pide enviarlo. Como hago? Que herramientas me va a dar el gobierno para yo poder hacer algo que es completamente legal y a lo que debería tener derecho?

En el decreto está, es una exportación temporal.
 
en ese caso si lo dejan, pero le piden varios requisitos para poder exportarlo y volver a importar el nuevo.

lea el decreto que esta en el primer mensaje del tema si tiene más dudas.

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Ahí hablan de poder enviarlo a reparación. Y si el fabricante me manda uno nuevo?
 
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Reacciones: Professor y Mulder
Ya los couriers empezaron a mandar información a los clientes sobre la prohibición. Por ahí si se va regar la bola mucho más.

Qué irá a ser todos esos equipos que se van a perder en esos casilleros, será que se van a meter en el chicharrón de hacer devoluciones? Esos servicios de mensajería casi nunca se meten en eso.
Todos los despachos que se hagan antes de entrar en vigencia el decreto ingresaran sin problemas

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El decreto es claro en este casa entraría como GARANTIA o reposicionm

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Última edición por un moderador:
Creo que debemos escribirles a los senadores y hablar directamente con los representantes, de pronto hay alguno que someta a debate algunos puntos del decreto, aunque sea para ganar popularidad (el parlamentario)
 
La comision sexta es la encargada de los temas de comunicaciones en el senado, personalmente voy a escribirle al correo de algun senador de esa comision a ver si al menos responden algo, firmadas los dos peticiones de change, yo se que no sirven para un carajo pero hacen visible el tema, que la gente empiece a darse cuenta real del alcance de esta cochinada y que despierten porque es solo el comienzo si entra esto en los proximos meses nos prohibiran comprar hasta un par de medias afuera.
 
Ya la peticion esta siendo divulgada. Por favor entren al facebook de David Luna y llenemolo de mensajes. De alguna forma debemos defender nuestros derechos. Usen #NOSOMOSDELINCUENTES
https://m.facebook.com/davidluna/
 
Yo por ahora entre a la superintendencia de industria y comercio, que ayuda a los consumidores y evita el monopiolo, me inscribí y puse una queja al Ministerio de Industria y Comercio, puede que no pase nada, pero al menos toca intentarlo
 
Alguien recuerda cuando Lleras trato de pasar dos veces su hermosa ley de derechos de autor en internet cuales fueron los senadores que se declararon en contra? contactar con alguno de ellos puede dar impulso a algun tipo de discusion
 
Alguien recuerda cuando Lleras trato de pasar dos veces su hermosa ley de derechos de autor en internet cuales fueron los senadores que se declararon en contra? contactar con alguno de ellos puede dar impulso a algun tipo de discusion
Camilo Romero fue uno que se opuso fervientemente


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No tiene nada de raro algún chanchullo, la mama de este i j u e p u t a es nada más y nada menos que Maria Eugenia sanchez que fue o es directora de la cámara de industria y comercio, esta vieja es la mandacallar en esas oficinas.
 

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