Creada la ley para "Evitar" la importación de celulares via Carga Express o Currier

lanero envió un nuevo contenido a Laneros.com

Creada la ley para "Evitar" la importación de celulares via Carga Express o Currier

IMAGEN-16518594-2-150x150.jpg


El día de hoy recibí de varios de mis importadores y Courriers una nota aclaratoria, donde informan que a partir de la fecha no podrán importar equipos celulares ni partes de los mismos debido a la creación del decreto 2025 de 16 de Octubre de 2015, donde se deja por sentado, las restricciones para la importación y comercialización de equipos celulares importados vía Courriers, puntualmente en el Capitulo 1 - Articulo 3 - Parágrafo 3 dice Textualmente:

"No se permitirá la importación de teléfonos móviles Inteligentes, o teléfonos móviles celulares, o partes, bajo la modalidad de trafico postal y envíos urgentes"

Esto afecta directamente a los usuarios que utilizaban los métodos de importación expresa como el 4-72, TucargaExpress. ColocarCourrier, entre otras con el fin de adquirir teléfonos de alta gama a menor costo de lo que normalmente encontramos en nuestro país.

También en caso de daño de nuestros dispositivos móviles, el proceso de adquisición de un repuesto se podría volver mas compleja.

@Professor complementa la información:

El Gobierno Nacional emitió el Decreto 2025 de 2015, adjunto, publicado en el Diario Oficial No. 49.667 del 16 de oct. de 2015, con nuevas medidas de control en la importación y exportación de celulares y sus partes, medidas que entran en vigencia el próximo 1 de dic de 2015, y que prevén varios nuevos controles, entre ellos:
* Registro de importadores / exportadores ante la Policía Nacional
* Registro de IMEIs ante base de datos positiva MinTic
* Consulta y verificación de IMEIs ante el MinTic, previa a la importación (base de datos positiva y base de datos negativa), lo cual se constituye en documento soporte de la DI, junto con el certificado de homologación emitido por la CRC.
* Cruce de información entre DIAN y MinTic para registro de IMEIs de teléfonos importados en base de datos positiva. Esto sugiere el bloqueo en redes de servicios móviles y la inclusión en la base de datos negativa, respecto de IMEIs de teléfonos importados y no reportados.
* Restricción impo y expo por modalidad de viajeros a máximo 3 unidades.
* No se permite impo ni expo por modalidad de Tráfico Postal y Envíos Urgentes.
* Sólo se permite la exportación por modalidad de viajeros (hasta 3 uds), por modalidad temporal para perfeccionamiento pasivo, y por modalidad definitiva solo cuando se trate de residuos -RAEE-. Sin embargo se permiten exportaciones definitivas de teléfonos hasta antes del día 31 de enero de 2016.
* Obligación de incluir el IMEI en la descripción de la Declaración de Exportación.
Las cargas embarcadas hacia Colombia con anterioridad a la entrada en vigencia, según fecha de expedición del documento de transporte, no les aplican estas nuevas medidas, es decir solo aplica respecto de cargas embarcadas a partir del 1 de dic. de 2015.
* Se faculta a la DIAN para la imposición de la obligación de nacionalizar mediante declaración de importación tipo anticipada, y el establecimiento de restricción por lugar de arribo y puertos de embarque.

Los términos otorgados a las diferentes autoridades para la implementación de las nuevas medidas, son los siguientes:
* Para el módulo de consulta y verificación de IMEIs, el MinTic tendrá 6 meses después de la entrada en vigencia, es decir hasta el 1 de junio de 2016. Sin embargo durante tal término se prevé hacer la consulta y verificación vía correo electrónico.
* Para crear el registro ante la Policía y divulgar el procedimiento, dicha autoridad tendrá 2 meses contados a partir de la fecha de publicación.
* La DIAN tiene 30 días siguientes a la publicación, para instruir sobre el decreto a importadores y exportadores.
El MinTic y la DIAN dentro del mes siguiente a la publicación, deberán acordar los términos y periodicidad de envío de la info prevista en el art. 4.

Lo anterior evidencia que a la fecha de entrada en vigencia prevista para el 1 de dic de 2015, todos los controles se activan y se deben cumplir (el único término que supera el día 1 de dic de 2015 es el dado a la Policía, pero se espera que a tal fecha ya tenga listo el procedimiento y plataforma de registro)

Adjunto el enlace al decreto en PDF para el que desee leerlo completo, en el hay mas implicaciones legales respecto al manejo de los repuestos, la traída de equipos en equipaje desde el extranjero, Disposiciones para la importación y demás.

Decreto 2025 de Octubre 16 2015
Qué opinan?​
Continúa leyendo en nuestra sección de Noticias
 
Última edición por un moderador:
  • Me gusta
Reacciones: juank1978
Tengo una duda, si un familiar del exterior decide enviarme un celular por fedex o usps, por ejemplo, tambien aplicaria esta ley?
Es un regalo, claro que si, pero lo que no se es si tambien aplica para los envios que hace cualquier persona y no una empresa currier.
Gracias
 
Lo irónico es que con esta prohibición tan absurda, el problema no se va acabar ni se va a reducir. Por el contrario, veo que puede abrirse la puerta para que el mercado negro de estos aparatos se fortalezca y se aumente el contrabando de estos equipos, tanto nuevos como usados.

Enviado desde mi C6603 mediante Tapatalk
 
  • Me gusta
Reacciones: jhontxu
El problema es que al ser ilegal, si uno trae un celular lo pueden judicializar facilmente, mientras que a los ladrones de celulares, los cogen y al día siguiente los sueltan.
 
Santos triplr&%$#@ perro vendió se arrodillado a las farc, ahora también a los operadores.

No manera de demandar esa ley?

Enviado desde mi HTC Desire 626s mediante Tapatalk
 
claro que si, para eso existe el derecho de petición, pero necesita estar bien fundamentada, con estudios sobre el impacto negativo que supondría esta ley en los comerciantes y que demuestre que no existe un riesgo social (ya que es considerado un oficio, amparado en el articulo 26 de la constitución) y dirigida al órgano competente que en este caso sería el Ministerio de industria, comercio y turismo.

Me parece cínico lo de este decreto, joden al pequeño comerciante y al particular, pero dejan impunes a las grandes mafias del contrabando que importan celulares por lotes... deberían crear una modalidad especial de envíos para la caracterización de estos productos y su control pero con los mismos o más beneficios que supone la modalidad de trafico postal y correo urgente.
 
mejor dicho estamos jodidos , ahora si van a gozar de lo lindo los operadores los que les da la gana, por que para nadie es un secreto que importar equipos es un ahorro para al bolsillo bastante y mas ahora que se pueden comprar celulares en el extranjero de 100 a 200 dolares con muy buenas prestaciones, y mas que las marcas chinas ahora están compitiendo fuertemente con las grandes y han mejorado mucho la calidad por módicos precios, a caso lo señores operadores van a vender todas las marcas -_- ya los veo vendiendo los cel de 100 dolares a precio de iphone XD. y otro punto hay repuestos de cel que son difíciles de conseguir en el país por eso toca recurrir a la importación, me imagino que dirán no se consigne el repuestos para que compremos un cel nuevo

por aquí encontré esto:
Se podrán importar teléfonos cuando el viajero lleve consigo como parte de sus efectos personales una cantidad no superior a tres unidades, se exceptuarán los que se encuentren realizando roaming internacional en algún proveedor que opere en el país
Para sacar del país estos aparatos y sus partes solo se autorizará:

1. Cuando el viajero lleve una cantidad no superior a tres.
2. Bajo la modalidad de exportación temporal para perfeccionamiento pasivo, siempre que estén homologados por la Comisión de Regulación de Comunicaciones.
3. Bajo la modalidad de exportación definitiva siempre que los teléfonos sean considerados residuos de aparatos eléctricos o electrónicos (RAEE).
En un plazo no mayor a 30 días, la DIAN deberá instruir a importadores y exportadores sobre las medidas adoptadas.
Finalmente, se derogó el Decreto 2365 del 2012.

fuente:
http://www.ambitojuridico.com/Banco...-exportar-telefonos-moviles.asp?CodSeccion=84
 
Pues nada, la única que queda es viajar y comprar los equipos fuera del país mostrando la factura y declarándolos en el vuelo, o comprarlos acá con sobrecostos a los operadores y comercios.
Veremos una subida de precios de celulares en 3. 2, 1...
 
Si se pueden seguir trayendo pero pagando full impuestos! Tanto lloraron los operadores que les dieron la mano con esta ley, estamos llenos de mafias y monopilios. Ahora a pagar sobre costos por todos los lados, cada vez dan mas ganas de coger los corotos y arrancar con la familia para otro país.
 
claro que si, para eso existe el derecho de petición, pero necesita estar bien fundamentada, con estudios sobre el impacto negativo que supondría esta ley en los comerciantes y que demuestre que no existe un riesgo social (ya que es considerado un oficio, amparado en el articulo 26 de la constitución) y dirigida al órgano competente que en este caso sería el Ministerio de industria, comercio y turismo.

Me parece cínico lo de este decreto, joden al pequeño comerciante y al particular, pero dejan impunes a las grandes mafias del contrabando que importan celulares por lotes... deberían crear una modalidad especial de envíos para la caracterización de estos productos y su control pero con los mismos o más beneficios que supone la modalidad de trafico postal y correo urgente.

Me poidria instruir un poco mas al respecto? La verdad yo si me le mido a crear ese derecho de peticion desde ya. NO para analizarlo como minorista sino como le afecta al colombiano comun. Creo que eso seria un poco mas fuerte.

En el decreto dice que los IMEI que no estén en la base de datos positiva serán bloqueados. Y los requerimientos para que registren ese IMEI han aumentado.
Así que si se va por la opción del correo de brujas puede que no le activen el cacharro después.

Si el equipo es nuevo y ud tiene factura ya con eso se lo deberian dejar registrat. Si es usado con que no este reportado en USA y tenga factura tambien.
 
!q basura yo habia arreglado mi iphone con toda una carcaza (que no se consigue aqui) y una pantalla.... es solo perjudica a las personas de bien....
 
Hay operadores que registran con que solo le compres la sim ejemplo etb, por lo menos en mi caso solo llamando me lo registraron, ahora mi pregunta esto afecta los envio desde china? porque creo que no clasifican ni como courrier ni como envio express
 
Hay operadores que registran con que solo le compres la sim ejemplo etb, por lo menos en mi caso solo llamando me lo registraron, ahora mi pregunta esto afecta los envio desde china? porque creo que no clasifican ni como courrier ni como envio express
Yo creo que con los envíos de china va pasar algo particular y es que van a revisar no se como, o tiraran al azar.
ya que por ejemplo las replicas de x marcas están prohibidas y desde china eso es lo que mas entra por correo nacional[emoji23]
 
Si se pueden seguir trayendo pero pagando full impuestos! Tanto lloraron los operadores que les dieron la mano con esta ley, estamos llenos de mafias y monopilios. Ahora a pagar sobre costos por todos los lados, cada vez dan mas ganas de coger los corotos y arrancar con la familia para otro país.
Pero para poder importar con la nueva Ley hay que estar legalmente constituído y tener licencia de importación. No sería tan fácil como pagar todos los impuestos y ya.
 
  • Me gusta
Reacciones: Nando77

Los últimos temas