Impuestos Declaración de renta

Todo lo relacionado a pago de impuestos, aranceles y aduanas.
Muchachos estoy intetando actualizar un RUT desde ayer y siempre sale un error HTTP 500 y no deja ingresar a la seccion de Actualizacion.

Ver el archivos adjunto 533596


Se probo con Chrome y Firefox ultimas versiones.

Alguien me puede confirmar por favor si les pasa lo mismo, para saber si es global de Muisca o un caso aislado:

De casualidad, ¿estás haciendo este procedimiento desde una Mac? Justo me pasó lo mismo que a ti.

Luego, intenté hacerlo desde una PC con Windows y me funcionó al pelo.
 
Muchachos estoy intetando actualizar un RUT desde ayer y siempre sale un error HTTP 500 y no deja ingresar a la seccion de Actualizacion.

Ver el archivos adjunto 533596


Se probo con Chrome y Firefox ultimas versiones.

Alguien me puede confirmar por favor si les pasa lo mismo, para saber si es global de Muisca o un caso aislado:

Es global, lo habíamos comentado en el foro hace unas semanas. A mi me sale desde mediados de 2021.
 
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Reacciones: juanitapregunta
De casualidad, ¿estás haciendo este procedimiento desde una Mac? Justo me pasó lo mismo que a ti.

Luego, intenté hacerlo desde una PC con Windows y me funcionó al pelo.

Es global, lo habíamos comentado en el foro hace unas semanas. A mi me sale desde mediados de 2021.

Me puse a experimentar si con otro OS pasaba lo mismo , y ahi si funciono o_O.

Muisca es reperequero.
 
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bueno, si esto es cierto, vayan proyectándose tributariamente

***********************
2021

Límites para estar obligado a declarar renta en 2022
Todas las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2022:
  1. Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a $163.386.000
  2. Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $50.831.000
  3. Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $50.831.000
  4. Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $50.831.000
  5. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $50.831.000
***********************

“Artículo 1.6.1.13.2.7. Contribuyentes no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario. No están obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario por el año gravable 2022 los siguientes contribuyentes:

A) Los asalariados que no sean responsables del impuesto a las ventas -IVA, cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un ochenta por ciento (80%) de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando en relación con el año gravable 2022 se cumplan la totalidad de los siguientes requisitos adicionales:
  • Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2022 no exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($ 171.018.000).
  • Que los ingresos brutos sean inferiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($ 53.206.000).
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de mil cuatrocientas (1.400) UVT ($ 53.206.000).
  • Que el valor total de compras y consumos no supere las mil cuatrocientas (1.400) UVT ($ 53.206.000).
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no excedan de mil cuatrocientas (1.400) UVT ($ 53.206.000).
En cuanto a la presentación de la declaración de renta y el pago correspondiente del impuesto de renta para los grandes contribuyentes, la iniciativa establece que el plazo iniciaría a partir del 7 y al 20 de febrero del 2023, el cual dependerá del último dígito de identificación tributaria (NIT) del declarante sin tener en cuenta el último dígito de verificación.


Fuente

Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $50.831.000

2021 $50.831.000

2022 $ 53.206.000

Para mi este condicional y el de consumos TC es donde mas radica quienes declaran, el grupo mas amplio es ese...
 
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Una pregunta un poco snob, si una persona trae al año más de $10 mil dólares entonces el banco reporta esto ante la DIAN? O el banco reporta desde $1 usd pero se paga impuestos desde $10.001 usd?

Gracias cualquier respuesta y darle la información correcta a un familiar por recibo de remesas.
 
Offtopic

Muchachos cuando en una empresa piden adjuntar el RUT para procesar una cuenta de cobro, el persona de contabilidad de la empresa necesita poder Descargar o imprimir el RUT ? O solo visualizar en pantalla datos que estan ahi ?
 
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Así quedó el pago de impuestos para personas naturales para el otro año, los que ganan un poco más de 1000 usd al mes , el 28% para el estado , y los que ganan un poco más de 690 usd y menos de 1080 pagarán un 19%

Screenshot_2022-11-12-20-27-17-662_com.android.chrome.jpg
 
Una pregunta un poco snob, si una persona trae al año más de $10 mil dólares entonces el banco reporta esto ante la DIAN? O el banco reporta desde $1 usd pero se paga impuestos desde $10.001 usd?

Gracias cualquier respuesta y darle la información correcta a un familiar por recibo de remesas.
La persona necesita solicitar un certificado de declaración de cambio al Banrep. Esos dólares que entran toca luego declararlos a la DiAN. Declarar no significa pagar.
 
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Con la tributaria nueva, sigue valiendo la pena adquirir medicina prepagada para deducir? Claramente tener buena atención médica es beneficioso, sino que pregunto puramente por el tema contable. Gracias
 
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Con la tributaria nueva, sigue valiendo la pena adquirir medicina prepagada para deducir? Claramente tener buena atención médica es beneficioso, sino que pregunto puramente por el tema contable. Gracias
Diría yo que depende de cuántas deducciones ya tenga por otro lado. El límite mensual serían unos $4 millones según han dicho, si ya tiene deducciones de ese orden por otras cosas (el 25% que no como quede, fondo de pensión voluntario, dependientes, todo eso) pues ya no le serviría. Hay que hacer la cuenta cuando quede en firme la reforma y ver como queda.
 
En alguna página han publicado algún tipo de simulador con la nueva tributaria? Para hacer planeación el otro año las cosas van a cambiar mucho.
 
  • ¡Vaya!
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Hola a todos. Si me pueden ayudar porfa con una duda. A inicios de este año abrí un Cdt digital de 20m a 3 meses, pasados los tres meses quería invertir otros 5m adicionales en el cdt, entonces no dejaba que se renovará, así en mi cuenta de ahorros recibí los 20m más el rendimiento. Y luego abrí de nuevo el cdt con el nuevo valor de 25m.
Cada 3 meses fui haciendo algo parecido entonces el otro año debería declarar renta por todos esos movimientos de la cuenta de ahorros al cdt y viceversa?
 
Hola a todos. Si me pueden ayudar porfa con una duda. A inicios de este año abrí un Cdt digital de 20m a 3 meses, pasados los tres meses quería invertir otros 5m adicionales en el cdt, entonces no dejaba que se renovará, así en mi cuenta de ahorros recibí los 20m más el rendimiento. Y luego abrí de nuevo el cdt con el nuevo valor de 25m.
Cada 3 meses fui haciendo algo parecido entonces el otro año debería declarar renta por todos esos movimientos de la cuenta de ahorros al cdt y viceversa?
Debería. La ley establece un limite por consignaciones, por lo que si lo hizo así, seguramente pasó ese límite. De todas maneras recordar que esas operaciones no son ingreso, por lo declarar no implica que pague.
 
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