Impuestos Declaración de renta

Todo lo relacionado a pago de impuestos, aranceles y aduanas.
Pero esos montos tan pequeños ni quitan ni ponen en el valor a pagar en la declaración, a menos que estés en el umbral de declarante/no declarante...
No es por lo pequeños que sean. En verdad me toca declarar con ellos o sin ellos. Es el hecho que el banco este declarando un concepto de ingresos no válido. Eso lo descuenta de lo que ellos presentan. Puede ser malversación de fondos que se yo. Solo imaginate que ellos declaren a un 50% de sus clientes que le entregaron 50.000. Con base a qué? . A quién le están dando realmente los dineros?. Todo lo que aparezca en la Dian debe estar soportado.
 
Hola muchachos.

Ustedes les habrá salido como a mi en la información exógena de la Dian que el banco ponga "Ingresos por otros conceptos" Pero no aparece registrado en ninguno de los certificados que les dieron
Tengo el caso con dos bancos. BBVA me puso por ese concepto 50.000
Y Scotiabank Colpatria me puso 113.705 (este último no se si fue el antiguo Citibank o Colpatria como tal porque en los dos tengo productos)
Estoy tratando desde la línea que me den información pero esa gente no tiene eso. Me toca por PQR pero eso se demora 15 días hábules. Debo declarar de primera por mi cédula.

Hola, en el caso de colpatria y el ex-citi ellos envían un email informando sobre esos ingresos, según ellos corresponde a devoluciones por campañas o redención de puntos/millas.
 
Pregunta. En movimiento de cuenta de ahorros dice que moví 50 millones.

Soy empleado y según el certificado de ingresos y retenciones me pagaron 35 millones, los otros 15 millones fueron consignaciones de terceros que no sé donde ingresar en ayuda renta.
 
Hola buenos dias, no se si sea el hilo apropiado...
Si una persona devenga 1.5M mensuales con una empresa extranjera (pero trabajando desde Colombia), está obligado a pagar salud y pensión en Colombia? Quién me podría explicar por favor, que dice la ley sobre eso?
 
Depende de que sean esos 15 millones.... Que son?

+1, depende de que sea, si son ingresos laborales a la cedula laboral, si son rentas, ganancias de acciones, ingresos no laborales, etc.

Hola buenos dias, no se si sea el hilo apropiado...
Si una persona devenga 1.5M mensuales con una empresa extranjera (pero trabajando desde Colombia), está obligado a pagar salud y pensión en Colombia? Quién me podría explicar por favor, que dice la ley sobre eso?

Debería pagar sí, finalmente si no lo hace cómo estaría protegido en Colombia si algo le pasa, o cómo hace su ahorro pensional? No soy un experto pero a ojos de la ley ud sería casi como un independiente por prestación de servicios.

si tengo una casa que aun no registro ya me aparece para la declaracion de renta??. gracias

Cómo es una casa que aún no registra? :)
 
si ya se realizo el tramite en la notaria pero no la he registrado en notariado y registro
La casa es tuya por escritura, solo que no la has registrado. Recuerda que la notaria también manda información a la DIAN y con el solo hecho de haberla escriturado ya pasa el reporte. Especialmente porque en ese proceso se paga el tributo de retención en la fuente.

Además recuerda: Registrar extemporáneamente una escritura pública merece una sanción que corresponde al interés moratorio por mes o fracción de mes, liquidado con la misma tasa aplicable a las deudas tributarias.
 
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Debería pagar sí, finalmente si no lo hace cómo estaría protegido en Colombia si algo le pasa, o cómo hace su ahorro pensional? No soy un experto pero a ojos de la ley ud sería casi como un independiente por prestación de servicios.
Actualmente esta persona se encuentra protegido como beneficiario... Pero entró a trabajar con esta empresa extranjera... debe obligatoriamente pasarse a cotizante? o puede seguir como beneficiario de otra persona?
 
Puede ser, pero en mi caso en Bancolombia me aparecen $2.350.000 y eso no corresponde a cuotas de manejo
Lo presumes o lo sabes? Porque es la primera vez que me sale el concepto y todas mis tarjetas están exoneradas en todos los bancos

El año pasado hice validación y correspondía a ese valor. Puede que en sus respectivos casos sea otra cosa.
 
Actualmente esta persona se encuentra protegido como beneficiario... Pero entró a trabajar con esta empresa extranjera... debe obligatoriamente pasarse a cotizante? o puede seguir como beneficiario de otra persona?

Y cómo recibe la plata la persona? Transferencia bancaria, giro? Otra duda sería si la persona solo trabaja con la empresa extranjera o también tiene un trabajo en Colombia

En principio si tendría que pagar, para la UGPP sería un independiente omiso o uno inexacto. Ya lo otro sería decir que esa plata es de remesas familiares o algo así...


Además recuerda: Registrar extemporáneamente una escritura pública merece una sanción que corresponde al interés moratorio por mes o fracción de mes, liquidado con la misma tasa aplicable a las deudas tributarias.

También habría que mirar cuando se hizo la transacción, si es este año sería para la declaración de renta del siguiente.
 
si ya se realizo el tramite en la notaria pero no la he registrado en notariado y registro

Si hizo escrituras el año pasado ya debería aparecer en la exogena con el nombre de la notaria o el nombre de notario como reportante

Actualmente esta persona se encuentra protegido como beneficiario... Pero entró a trabajar con esta empresa extranjera... debe obligatoriamente pasarse a cotizante? o puede seguir como beneficiario de otra persona?



Tal vez por ese valor no jodan aún, sin embargo debe tener cuidado, yo trabajo de forma similar y la ugpp me mando una carta hace unos años que pagara lo que era o me atuviera a consecuencias, pero en mi caso fue por que ya era declarante y era beneficiario todavía.
 
Y cómo recibe la plata la persona? Transferencia bancaria, giro? Otra duda sería si la persona solo trabaja con la empresa extranjera o también tiene un trabajo en Colombia

En principio si tendría que pagar, para la UGPP sería un independiente omiso o uno inexacto. Ya lo otro sería decir que esa plata es de remesas familiares o algo así...




También habría que mirar cuando se hizo la transacción, si es este año sería para la declaración de renta del siguiente.


mira tengo una duda grande.
yo recibo dinero todos los meses a mis cuentas bancarias. El año pasado recibí cerca de 15 millones por eso. El dinero me lo envía Google dll por pago de publicidad como transferencia bancaria internacional.

Yo soy no empleado de Google ni tampoco trabajo por prestación de servicios. ademas no estoy inscrito en el rut ni pago seguridad social.


por otro lado el año pasado vendí una casa por 60M que compre en 32.5M hace cuatro años. recibí el dinero en mi cuenta.

podría salvarme de declarar renta de alguna forma?
Clasifico para ser independiente? la verdad no sé ni que soy. Ya llevo 6 años haciendo lo mismo.
tendria que pagar seguridad social por todo el año pasado?

cuando me remito a buscar información solo encuentro cosas de contratos de prestación de servicio, etc y me siento mas perdido.
 
Y cómo recibe la plata la persona? Transferencia bancaria, giro? Otra duda sería si la persona solo trabaja con la empresa extranjera o también tiene un trabajo en Colombia
Si señor, la recibe mediante giro a su cuenta de bancolombia... y es su único trabajo, no tiene mas trabajos en Colombia. Solo ese de Londres.

EDIT: Ah y esta persona nunca ha tenido que declarar renta y este es su único ingreso actualmente, no posee bienes ni nada.
 
mira tengo una duda grande.
yo recibo dinero todos los meses a mis cuentas bancarias. El año pasado recibí cerca de 15 millones por eso. El dinero me lo envía Google dll por pago de publicidad como transferencia bancaria internacional.

Yo soy no empleado de Google ni tampoco trabajo por prestación de servicios. ademas no estoy inscrito en el rut ni pago seguridad social.


por otro lado el año pasado vendí una casa por 60M que compre en 32.5M hace cuatro años. recibí el dinero en mi cuenta.

podría salvarme de declarar renta de alguna forma?
Clasifico para ser independiente? la verdad no sé ni que soy. Ya llevo 6 años haciendo lo mismo.
tendria que pagar seguridad social por todo el año pasado?

cuando me remito a buscar información solo encuentro cosas de contratos de prestación de servicio, etc y me siento mas perdido.

Lo que pasa es que la legislación colombiana no va al ritmo del avance de la tecnología y demás; en ningún lado vamos a encontrar por ahora trabajos virtuales como los que tenemos muchos por aquí. Ya tendría que uno de la mano de un contador darle forma a los ingresos que tenga, ver como paga la seguridad social y eso.

Ya sería entrar a mirar, por ejemplo "La ley 1955 de 2019 en su artículo 244, señala que todo trabajador independiente que obtenga ingresos netos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo debe cotizar a seguridad social sobre el 40% de los ingresos mensuales.". Si recibió esos $15M de un solo golpe entonces en teoría no tendría que pagar seguridad social porque no es un ingreso mensual. Si los recibió a de $1M al mes entonces si tendría que hacerlo.

Con respecto a lo de la casa, si recibió los $60M en su cuenta ya no tiene nada que hacer, tiene que declarar. Por la venta de la casa lo que tendría que mirar es si tiene que pagar impuesto de ganancia ocasional, eso si no genera seguridad social.

Sobre pagar o no el año pasado, la verdad los LANeros a los que les ha llegado requerimiento de la UGPP podrían dar más luces sobre eso, piden que uno se ponga al día con todo o que empiece a pagar desde que lo requirieron?

Si señor, la recibe mediante giro a su cuenta de bancolombia... y es su único trabajo, no tiene mas trabajos en Colombia. Solo ese de Londres.

EDIT: Ah y esta persona nunca ha tenido que declarar renta y este es su único ingreso actualmente, no posee bienes ni nada.

En principio si tendría que pagar, ya es lo que dice el otro lanero que tal vez por el monto no lo molesten por ahora, estar pendiente de algún requerimiento, pero no se si los requerimientos lleguen retroactivos o lleguen para empezar a pagar desde ese momento.
 
Lo que pasa es que la legislación colombiana no va al ritmo del avance de la tecnología y demás; en ningún lado vamos a encontrar por ahora trabajos virtuales como los que tenemos muchos por aquí. Ya tendría que uno de la mano de un contador darle forma a los ingresos que tenga, ver como paga la seguridad social y eso.

Ya sería entrar a mirar, por ejemplo "La ley 1955 de 2019 en su artículo 244, señala que todo trabajador independiente que obtenga ingresos netos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo debe cotizar a seguridad social sobre el 40% de los ingresos mensuales.". Si recibió esos $15M de un solo golpe entonces en teoría no tendría que pagar seguridad social porque no es un ingreso mensual. Si los recibió a de $1M al mes entonces si tendría que hacerlo.

Con respecto a lo de la casa, si recibió los $60M en su cuenta ya no tiene nada que hacer, tiene que declarar. Por la venta de la casa lo que tendría que mirar es si tiene que pagar impuesto de ganancia ocasional, eso si no genera seguridad social.

Sobre pagar o no el año pasado, la verdad los LANeros a los que les ha llegado requerimiento de la UGPP podrían dar más luces sobre eso, piden que uno se ponga al día con todo o que empiece a pagar desde que lo requirieron?



En principio si tendría que pagar, ya es lo que dice el otro lanero que tal vez por el monto no lo molesten por ahora, estar pendiente de algún requerimiento, pero no se si los requerimientos lleguen retroactivos o lleguen para empezar a pagar desde ese momento.


los recibo cada mes. de hecho recibí casi 25M el año pasado, solo que el resto lo hice en una cuenta de un tercero.

Este año ya he recibo 40M pero en cuentas a mi nombre solo 20M el resto a nombre de terceros. según mis cálculos recibiré por los menos otros 50 M el resto de año que estoy repartiendo entre varias cuentas.


sera que si pongo en el RUT que me dedico hace 6 años a esta actividad tendré problemas con la tal UGPP? no se que antigüedad poner en el RUT.
debería abrir una s.a.s como único empleado/socio?

Ahora es un complique bravo vender una propiedad por lo veo. todos los problemas que me trajo la simple venta de un apartamento estrato 2.

OT

Y cómo es la vuelta ahí?, (si puede contar claro está).


tengo varias aplicaciones que monetizo a través de sistemas de publicidad como Admob de Google.
 
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los recibo cada mes. de hecho recibí casi 25M el año pasado, solo que el resto lo hice en una cuenta de un tercero.

Este año ya he recibo 40M pero en cuentas a mi nombre solo 20M el resto a nombre de terceros. según mis cálculos recibiré por los menos otros 50 M el resto de año que estoy repartiendo entre varias cuentas.


sera que si pongo en el RUT que me dedico hace 6 años a esta actividad tendré problemas con la tal UGPP? no se que antigüedad poner en el RUT.
debería abrir una s.a.s como único empleado/socio?

Ahora es un complique bravo vender una propiedad por lo veo. todos los problemas que me trajo la simple venta de un apartamento estrato 2.




tengo varias aplicaciones que monetizo a través de sistemas de publicidad como Admob de Google.

Ya pasé por esas y entre doña Dian y doña Ugpp me hicieron renunciar a ese tipo de trabajo. Básicamente ya no era rentable.

Por lo de la casa, eso no es su actividad del rut así que no es tan grave.

Lo de la ugpp toca llevar sus cuentas bien y que le cuadre su declaración de renta con la seguridad social.

Los aportes son mes a mes sobre sus ingresos. Así que eso va variando y si lo requieren para que se ponga al día pues toca si o si pagar. Esas dos viejas son buenas para el chisme y todo se lo cuentan.

Desde que el dinero le llegue acá a su cuenta bancaria pues nada que hacer. Eso mejor aliste un contador porque puede incluso pasar a régimen común, iva y factura electrónica.

Esa vaina es muy jarta. Y si, la legislación no va en línea con las nuevas formas de trabajo.
 

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