Impuestos Declaración de renta

Todo lo relacionado a pago de impuestos, aranceles y aduanas.
Buenas amigos, les queria preguntar. Mi papa tiene una deuda en el banco y vendió una camioneta digamos 20 millones. Quiere que yo reciba la consignación para que no se lo descuente el banco por derecha.

- Soy consciente del 4x1000 que ya se le descuenta de entrada.

- El problema es ¿cómo se declara ese dinero el próximo año y cuanto le tendré que pagar al estado para de una vez descontarlo?.

Mil gracias.
Las consignaciones recibidas es uno los topes para determinar si hay que declarar o no, pero si no se excede, y no se cumple ninguno de los demás topes, no hay que declarar. Ahora, si hay que hacerlo, el cálculo no es sobre lo recibido en consignaciones sino sobre los ingresos y/o el patrimonio.
 
Las consignaciones recibidas es uno los topes para determinar si hay que declarar o no, pero si no se excede, y no se cumple ninguno de los demás topes, no hay que declarar. Ahora, si hay que hacerlo, el cálculo no es sobre lo recibido en consignaciones sino sobre los ingresos y/o el patrimonio.

Pero, para la dian lo que a uno le consignan lo asumen como ingresos y le toca a uno justificar?
 
Pero, para la dian lo que a uno le consignan lo asumen como ingresos y le toca a uno justificar?

Uno hace la declaración con los ingresos. Eventualmente si la DIAN lo llega a requerir, seguramente si tenga que justificar esa consignación que fue (que fue consignada a su cuenta pero no fue un ingreso suyo), lo cual puede hacerse con una declaración extrajuicio, por ejemplo.
 
Uno hace la declaración con los ingresos. Eventualmente si la DIAN lo llega a requerir, seguramente si tenga que justificar esa consignación que fue (que fue consignada a su cuenta pero no fue un ingreso suyo), lo cual puede hacerse con una declaración extrajuicio, por ejemplo.
Cómo hacen las personas que tienen un salario que por monto les obliga a declarar, pero tienen otros ingresos informales? Simplemente no lo declaran? O cómo declaran eso? Yo tengo un conocido que tienen un negocio en el centro, él tiene su empleo y gana bien, suficiente como para tener que declarar, pero también le consignan diario las ganancias de ese negocio a la misma cuenta de ahorros donde recibe la nómina.
 
Cómo hacen las personas que tienen un salario que por monto les obliga a declarar, pero tienen otros ingresos informales? Simplemente no lo declaran? O cómo declaran eso? Yo tengo un conocido que tienen un negocio en el centro, él tiene su empleo y gana bien, suficiente como para tener que declarar, pero también le consignan diario las ganancias de ese negocio a la misma cuenta de ahorros donde recibe la nómina.

En teoría debe declarar todos los ingresos, sería algo como empleado con ingresos adicionales como independiente.
Ya que no lo hagan pues es otra cosa.
 
Buenas, soy nuevo en esto de declarar, así que la pregunta puede ser obvia, pero igual: saben si las deudas que tenga de tarjetas de crédito al 31 de diciembre, tambien se pueden declarar como pasivos? Que gracias.
 
Así sea un pequeño porcentaje vale la pena, eso si buscar un lugar que ayude en algo, a alguien ...

Cualquier peso menos pal gobierno, en pos de un necesitado es 1000% mejor.
ojo
la gente pide educacion, salud y mas cosas subsidiado y de donde sale eso?? de los impuestos (como en los mejores paises)...otra cosas es que sea la corrupcion, no del estado, si del gobierno (ejecutivo, legislativo y judicial) no deja que llegue nuestro dinero a ayudar a otras personas....
esa es la moral que me hecho cuando pago la declaracion y cuando me retienen....
pero somos nosotros mismos los que nos clavamos con esas eleccciones de alcaldes de aspiracion presidencial , congresistas que ni promulgan leyes y llevan años sentados alla etc

Finalmente los laneros que ya emigraron deben dar certeza de los super impuestos que se cobran alla...pucha
 
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una pregunta
en la dian en el diagrama de torta que dice si hay excedente, al dia....me acaba de aparecer DEUDA NO VENCIDA...que significa???
 
Buenas noches sres, una consulta. Esto de cara a la declaración de renta del año entrante, aclaro que al día de hoy no declaro.

La duda es la sgte: ¿ en el monto de consignaciones o inversiones, esos aprox 50 millones que van a poner de tope el otro año(por citar un valor para declaración del 2020) es la sumatoria de las 2 ?.

Ejemplo: se tienen 40' de inversiones y 20' de consignaciones, suma 60, entonces pasa el tope y se debe declarar. O, ¿ cuenta cada item por aparte y al no llegar ninguna a 50' me libro ?. Yo pensaría que si debo, pero no tengo total certeza, porque aunque aparecen en el mismo renglón, tienen el o que es excluyente.

De antemano muchas gracias.
 
Buenas noches sres, una consulta. Esto de cara a la declaración de renta del año entrante, aclaro que al día de hoy no declaro.

La duda es la sgte: ¿ en el monto de consignaciones o inversiones, esos aprox 50 millones que van a poner de tope el otro año(por citar un valor para declaración del 2020) es la sumatoria de las 2 ?.

Ejemplo: se tienen 40' de inversiones y 20' de consignaciones, suma 60, entonces pasa el tope y se debe declarar. O, ¿ cuenta cada item por aparte y al no llegar ninguna a 50' me libro ?. Yo pensaría que si debo, pero no tengo total certeza, porque aunque aparecen en el mismo renglón, tienen el o que es excluyente.

De antemano muchas gracias.
Para declarar renta es tener en cuenta las 5 obligaciones que la DIAN estipula para declarar (2019):

  • Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2019 sea igual o superior a $154.215.000
  • Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $47.978.000
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $47.978.000
  • Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $47.978.000
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $47.978.000
 
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en la declaración en la parte de activos, si tengo un apto debo sumar su precio comercial o su avalúo catastral?
Para una persona natural que no está obligada a llevar contabilidad es el mayor entre el valor de adquisición, el costo fiscal y el autoavalúo o avalúo catastral. Ahora, qué es el costo fiscal? en su versión más sencilla para este mismo declarante, es el valor de adquisición o el costo declarado el año anterior más el valor de las mejoras realizadas y valorizaciones pagadas.
 
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