Inversiones Pensiones y Cesantías - Laneros

Productos financieros de ahorro a corto, mediano, largo plazo y otros tipo de inversiones en capital.
Buenos días Laneros

Soy un poco novato en estos temas.

Tengo una duda, para cotizar Seguridad Social por los rendimientos de un CDT (como Rentista de Capital), si ya se encuentra uno afiliado a Salud y Pensión por ser un trabajador dependiente, se debe reportar algo a la EPS o Fondo de Pensiones por estos nuevos aportes? O simplemente aportar en PILA y colocar la novedad de Ingreso?
 
No creo que haya ninguna ley que permita que uno evada el pago de salud y pensión, que es precisamente eso de que que dejo una parte por fuera y no pago sobre eso, aunque pues no soy un experto. Lo que uno puede buscar aplicar es el esquema de presunción de costos que es bastante amigable para muchas profesiones la verdad.

Eso mismo aplica para las declaraciones de renta también.

Ya que mucha gente lo haga pues no quiere decir que sea legal.
Obviamente no existen leyes para "evadir" algo. Pero para mi no es muy claro en caso de que los ingresos se obtengan por fuera y nunca "se trasladen" a Colombia, igual se tiene que pagar salud y pensión sobre eso?
Ignorando mi caso, por ejemplo... si alguien tiene varios apartamentos en Australia y los arriendos se lo consignan a una cuenta de allá...
Entonces tiene que "traer" esos dineros obligatoriamente para pagar salud y pension sobre ellos?
 
@Cacharrin:

Usted paga impuestos solo por ser Colombiano sin importar donde los genere (por eso mucha gente renuncia a la nacionalidad). Así no toquen el país.

Pilas con eso entre algunos países se pasan esa información y después llega la DIAN por lo que no pago.
 
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Reacciones: Lethrgic y Caith
Usted paga impuestos solo por ser Colombiano sin importar donde los genere (por eso mucha gente renuncia a la nacionalidad). Así no toquen el país.
Asi es amigo, yo me quede fosilizado cuando en un viaje de vacaciones a la isla de San Andres, me tocó pagar hace como 14 años 45.000 pesos al OCRE (oficina de control y registro del ciudadano) impuesto que desconocia en su totalidad (este se cobra a los ciudadanos colombianos que no residen en la isla), en el trayecto pensaba y que tal que Coombia fuera como Indonesia que tienen mas de 17.000 islas (todos harian lo mismo que San andres) este año 2023 la tarifa es de $139.000 por persona, la verdad si uno va es a pasear y a gastar en hoteles. comida, transporte, ese impuesto deberia ser muy barato para todos los colombianos, con razon veo que ya muchos nacionales mejor se van para Mexico y otros paises donde les sale mas barato la estancia asi sea de 1 semana.

 
Asi es amigo, yo me quede fosilizado cuando en un viaje de vacaciones a la isla de San Andres, me tocó pagar hace como 14 años 45.000 pesos al OCRE (oficina de control y registro del ciudadano) impuesto que desconocia en su totalidad (este se cobra a los ciudadanos colombianos que no residen en la isla), en el trayecto pensaba y que tal que Coombia fuera como Indonesia que tienen mas de 17.000 islas (todos harian lo mismo que San andres) este año 2023 la tarifa es de $139.000 por persona, la verdad si uno va es a pasear y a gastar en hoteles. comida, transporte, ese impuesto deberia ser muy barato para todos los colombianos, con razon veo que ya muchos nacionales mejor se van para Mexico y otros paises donde les sale mas barato la estancia asi sea de 1 semana.


Ese impuesto es sencillamente ridículo. Pagar etiquetes, tasas, alojamiento y también peaje? Mal.
 
Ese impuesto es sencillamente ridículo. Pagar etiquetes, tasas, alojamiento y también peaje? Mal.
Viendo que la isla vive mas del 90% del turismo a mi no me importaria pagarlo siempre y cuando fuera barato como en un rango de 20 a 30K, pero le suben demasiado y eso termina por desanimar a los colombianos que visitan la isla que bueno esta super poblada, pero es que incrementar esos precios como por ejemplo a varias familias donde vayan tios, primos, hermanos, amigos, primos segundos, abuelos, vecinos con sus generaciones por igual se pone uno a sumar y a esa isla le entra es billete como el que recaudan los peajes en Colombia y las carreteras echas un tutifruti lleno de lagunas y baches.
 
@Cacharrin:

Usted paga impuestos solo por ser Colombiano sin importar donde los genere (por eso mucha gente renuncia a la nacionalidad). Así no toquen el país.

Pilas con eso entre algunos países se pasan esa información y después llega la DIAN por lo que no pago.
Si, yo se que mientras yo sea residente fiscal en Colombia, pago impuestos en Colombia y debo declarar mis ingresos y mis propiedades tenga donde las tenga en cualquier parte del mundo...
Pero mi pregunta no está relacionada con el pago de impuestos ni la declaración de renta. Esta relacionada es con el pago de la seguridad social mes a mes.
Para el caso que cito, si alguien genera yo que se 10M en arriendos de propiedades que tiene en Australia y que le consignan en su cuenta australiana (y que no transfiere nunca a Colombia), está obligado a cotizar como independiente aqui en Colombia sobre esos ingresos? Es decir, estaría obligado a "traer" parte de ese dinero para poder pagar esos aportes?
 
Si, yo se que mientras yo sea residente fiscal en Colombia, pago impuestos en Colombia y debo declarar mis ingresos y mis propiedades tenga donde las tenga en cualquier parte del mundo...
Pero mi pregunta no está relacionada con el pago de impuestos ni la declaración de renta. Esta relacionada es con el pago de la seguridad social mes a mes.
Para el caso que cito, si alguien genera yo que se 10M en arriendos de propiedades que tiene en Australia y que le consignan en su cuenta australiana (y que no transfiere nunca a Colombia), está obligado a cotizar como independiente aqui en Colombia sobre esos ingresos? Es decir, estaría obligado a "traer" parte de ese dinero para poder pagar esos aportes?
Parce, es lógico que usted (o su allegado) viven en Colombia de esa renta que le genera el trabajo o renta en el extranjero. Si ese dinero realmente se queda en otro país, simplificando mucho, pague seguridad social en base a lo que usa de la tarjeta para los gastos en Colombia (que supongo nadie vive de gratis). Para detalles respecto a la declaración de renta mejor sí consulte con un contador experto.
Yo solo veo ventajas en pagar SS en Colombia, ya que cualquier eventualidad será cubrida por el POS.
Había una ley de nómadas digitales pero creo que solo va para extranjeros, y se requiere una visa específica (que seguramente muchos extranjeros no toman por la imposibilidad de verificar si están de turistas o en teletrabajo en Noruega por decir algo), pero entiendo que este no es su caso.
 
Si, yo se que mientras yo sea residente fiscal en Colombia, pago impuestos en Colombia y debo declarar mis ingresos y mis propiedades tenga donde las tenga en cualquier parte del mundo...
Pero mi pregunta no está relacionada con el pago de impuestos ni la declaración de renta. Esta relacionada es con el pago de la seguridad social mes a mes.
Para el caso que cito, si alguien genera yo que se 10M en arriendos de propiedades que tiene en Australia y que le consignan en su cuenta australiana (y que no transfiere nunca a Colombia), está obligado a cotizar como independiente aqui en Colombia sobre esos ingresos? Es decir, estaría obligado a "traer" parte de ese dinero para poder pagar esos aportes?
Lo que dice la ley es que usted debe pagar seguridad social sobre sus ingresos (no hay ninguna exclusión, tan es así que hasta han ido haciendo precisiones sobre aportes de independientes, aportes de rentistas de capital e incluso de segundos ingresos aparte de la actividad principal incluso si usted es empleado). Tradicionalmente la gente no se había preocupado por eso porque nadie controlaba, pero desde que montaron la UGPP, han empezado a cruzar información para detectar evasores. Entonces la respuesta es sí, usted debería pagar sobre todo lo que recibe como ingreso, incluso si lo deja en el exterior, y más aún si está haciendo su declaración de renta como debería (incluyendo todos sus ingresos, tanto nacionales como extranjeros) porque ese es el primer cruce que hace la UGPP.
Nota: cuando hablo de pagar sobre todos sus ingresos, hay que tener en cuenta que como han dicho, se pueden hacer depuraciones sobre la base, por lo que realmente no se paga sobre el 100% en todos los casos.
 
Última edición:
ya que cualquier eventualidad será cubrida por el POS.
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Si, yo se que mientras yo sea residente fiscal en Colombia, pago impuestos en Colombia y debo declarar mis ingresos y mis propiedades tenga donde las tenga en cualquier parte del mundo...
Pero mi pregunta no está relacionada con el pago de impuestos ni la declaración de renta. Esta relacionada es con el pago de la seguridad social mes a mes.
Para el caso que cito, si alguien genera yo que se 10M en arriendos de propiedades que tiene en Australia y que le consignan en su cuenta australiana (y que no transfiere nunca a Colombia), está obligado a cotizar como independiente aqui en Colombia sobre esos ingresos? Es decir, estaría obligado a "traer" parte de ese dinero para poder pagar esos aportes?

Sumercé plantea una vaina ahí cómo en area gris.

En primera instancia, sí, se considera de fuente nacional

¿Servicios prestados en el exterior se consideran de fuente nacional?​

Cuando una persona residente en Colombia presta un servicio en el exterior, y por ello obtenga un ingreso, ese ingreso se considera de fuente nacional en razón a que el servicio se presta desde Colombia.​
En la actualidad es normal que muchas personas residentes en Colombia presten servicios a personas o empresas que residen en otro país. Esos ingresos son de fuente nacional.​


Pero siempre en estos artículos se asume que el total de ingresos son los que está recibiendo directamente en Colombia por cualquier canal.

En mi opinión ud. puede solo declarar lo que ingresa a Colombia, ¿por qué? porque cómo ingresos, ese dinero que deja en el extranjero no hace parte de la masa monetaria del país. Y si deja allá US $1000 este mes. pero los quiere entrar el mes que viene, podría terminar en doble tributación, por mk. 🤭 o ¿cómo explicaría que ya pagó seguridad social por esos $1000 "el mes pasado", pero que los trajo a Colombia solo éste mes? Nanay, la UGPP le puede caer por los que ingresaron, más no por los que dejaron de ingresar.

Otro ejemplo, es el tener la plata ahorrada en un CDT, ese dinero no cuenta cómo ingresos, hasta el día que genere ganancias por más de 1SMMLV en un mes, ahí paga seguridad social sin importar que el CDT lo haya abierto el mes pasado o hace 9 meses. Haciendo el paralelo con el dinero en el exterior, ese dinero no existe (o no debería existir) para la UGPP.

La tributación no es perfecta en ninguna parte y los que responden con moralismos, pues parce en Colombia cómo qué el único que paga los impuestos completos es Gustavo Bolivar y los de a pie, todo el que tiene cómo evadir los mks impuestos lo hace.

En Colombia hay mucha gente reportando por un mínimo, en cualquier momento le pueden caer y multarlos con todas las pruebas. No creo que las colaboraciones extranjeras den pa tanto. Y aún así, de nuevo, si ese dinero no ingresó al país, contará para patrimonio pero no para seguridad social.

Por otro lado también existe un vacío para los independientes a quienes les entra plata pero no pueden descontar gastos, de hacerlo legal, terminan pagando impuestos sobre dinero que se gastó cómo parte de su ejercicio profesional, quedandole aún menos ganancias, los que pueden hacen empresa para "pagarse un salario" y la empresa asume los impuestos, descontando los gastos. Pero tener la empresa también representa gastos, hay gente que por los dos lados pierde.


Tony.
 
Tengo un familiar que paga con un subsidio del estado. Es con una especie de libreta de Colpensiones y debe pagar mes a mes un valor muy reducido (como el 10% de lo que cotizaría un independiente por el mínimo). el problema es que se le perdió la libreta.

Lo registramos en una plataforma de Colpensiones pero ahí no sale ni opción de pagar ni de generar el recibo de pago, nada de eso.

Saben depronto qué opciones existen? La verdad conozco 0 del tema
 
Tengo un familiar que paga con un subsidio del estado. Es con una especie de libreta de Colpensiones y debe pagar mes a mes un valor muy reducido (como el 10% de lo que cotizaría un independiente por el mínimo). el problema es que se le perdió la libreta.

Lo registramos en una plataforma de Colpensiones pero ahí no sale ni opción de pagar ni de generar el recibo de pago, nada de eso.

Saben depronto qué opciones existen? La verdad conozco 0 del tema

Buenos día parce. Te dejo la página oficial para que te remita a la web de ese programa, sólo se puede acceder desde un computador; los descargas con cédula y fecha de expedición.

Colpensiones
 
Muchachos cual es la mejor modalidad/figura para que una persona Colombiana que reside en el exterior , empiece a cotizar a pension en Colombia ?

Existe alguna modalidad especial para este contexto ?
 
Muchachos cual es la mejor modalidad/figura para que una persona Colombiana que reside en el exterior , empiece a cotizar a pension en Colombia ?

Existe alguna modalidad especial para este contexto ?

Colombianos en el exterior


Si la persona trabaja formalmente en un país del convenio iberoamericano, no hace falta.

BOGOTÁ, 17, jun./2021.- Los colombianos que cotizan a pensión en el exterior y han realizado sus aportes al sistema de seguridad en un país iberoamericano, podrán ahora acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, de origen común.​
Así lo estipula el proyecto de ley aceptado en el Congreso, que adoptó el “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)”, texto admitido el 10 de noviembre de 2007, en Santiago de Chile, por la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado.​
Los países firmantes del acuerdo y en los que los colombianos podrán gozar de este beneficio son: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.


Ratificado por Petrosky el año pasado...



Tony.
 
Colombianos en el exterior


Si la persona trabaja formalmente en un país del convenio iberoamericano, no hace falta.

BOGOTÁ, 17, jun./2021.- Los colombianos que cotizan a pensión en el exterior y han realizado sus aportes al sistema de seguridad en un país iberoamericano, podrán ahora acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, de origen común.​
Así lo estipula el proyecto de ley aceptado en el Congreso, que adoptó el “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)”, texto admitido el 10 de noviembre de 2007, en Santiago de Chile, por la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado.​
Los países firmantes del acuerdo y en los que los colombianos podrán gozar de este beneficio son: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.


Ratificado por Petrosky el año pasado...



Tony.
Sabes si el programa "Colmbianos en el exterior" la persona puede cotizar tambien a Salud ? es a discrecion de la persona ? O NO es permitido y solo puede cotizar pension ? :unsure:
 

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