Servicios Centrales de riesgo [DataCrédito / TransUnion]

Todos los servicios financieros
Estado
El primer mensaje de este tema es un WikiPost y puede ser editado por cualquier persona. Tus ediciones serán públicas.
Hacer PQR'S por Datacrédito baja el score?, hice 2 el mes pasado y se me bajo 35 puntos. Lo extraño fue que no abrí ni cerré productos, y todo lo tengo al día.
Si es PQR para corregir reportes y/o información que repose en esa base de datos baja puntaje a la fija. Si es otro tipo de PQR no baja.
Que ironía , tengo un castigo de una deuda que ya pagué hace un mes pero que aún no se ha actualizado, en mora de 3.5 millones ( Cooperativa) y castigo de 3 años. Lo irónico es que tengo mi puntaje en 746. Cuando esa deuda , en castigo si, pero ya en mora cero. Podré sacar algún producto ?
Primero que todo debe hacerle reclamo a la Cooperativa para que le cierren la obligación, pero si no le responden haga el reclamo como último recurso a la central de riesgos donde aparezca esa obligación. Luego de eso le toca volver a iniciar vida crediticia con un plan postpago o de Internet, porque es muy complicado que los bancos le abran de nuevo las puertas porque ellos no tienen forma de verificar con veracidad sus hábitos actuales de pago.
 
  • Me gusta
Reacciones: josema96
Gracias, tocara buscar abogado porque creo que el tempo ya se cumplio o se va a cumplir ya
En 10 años prescribe, debe solicitar la prescripción antes un juez civil, ya que de lo contrario son 4 años más de castigo, x otro lado deben estar muy seguros de fecha exacta ya que sí pasan derecho de petición, demanda para prescripción, y le falta 1 día para los 10 años según el reporte a data crédito y el pagaré , reconoce la deuda e inmediatamente empieza a correr de nuevo el tiempo. Mucho cuidado con eso, igual le toca pelear por los 4 años de castigo que dudo mucho que se lo perdonen. Es decir en total para q pueda acceder a crédito son 14 años.
 
Hola, tengo una consulta, no es propiamente de datacredito pero no encontre un tema especifico y este es el mas parecido, la cuestion es esta:

Mi mejor amiga (practicamente mi hermana) fue fiadora de un credito educativo del icetex y el beneficiario jamas pago, obviamente la deduda le aparece a ella ahora y no le prestan ni le dan credito ni en flamingo, que se puede hacer en este caso para que el beneficiario sea quien sufra los castigos?, porque obviamente mi amiga dijo que no va a pagar porque es una deuda de mas de 20 millones
Ser fiador es ser deudor solidario, por esto esta reportada. Como le dicen por ahi, si la deuda prescribe y puede hacer el tramite bien pero igual el reporte esta y el castigo luego del reporte seguirá.....

Yo aun no entiendo porque la gente sigue haciendo de fiador :rolleyes:
 
Ser fiador es ser deudor solidario, por esto esta reportada. Como le dicen por ahi, si la deuda prescribe y puede hacer el tramite bien pero igual el reporte esta y el castigo luego del reporte seguirá.....

Yo aun no entiendo porque la gente sigue haciendo de fiador :rolleyes:

Eso le paso por pendeja, igual hay que hacer vueltas para ver si algun dia sale de eso, si no hace obvio no va a salir nunca.
 
  • Me gusta
Reacciones: Lavre
Si es PQR para corregir reportes y/o información que repose en esa base de datos baja puntaje a la fija. Si es otro tipo de PQR no baja. Primero que todo debe hacerle reclamo a la Cooperativa para que le cierren la obligación, pero si no le responden haga el reclamo como último recurso a la central de riesgos donde aparezca esa obligación. Luego de eso le toca volver a iniciar vida crediticia con un plan postpago o de Internet, porque es muy complicado que los bancos le abran de nuevo las puertas porque ellos no tienen forma de verificar con veracidad sus hábitos actuales de pago.
A esa cooperativa le he puesto como mil PQR, y nada que cierran la obligación. Y como si fuera poco, me cuentas en mora los 12 meses del acuerdo de pago, pagando puntual. Si tengo una par de cosas de telefonía, y crédito educativo, desde luego pagandolo muy puntual para compensar esa anterior embarrada.
 
¿Cómo cuánto puntaje baja una consulta? Tengo 720 de score, y quiero un préstamo de 15M para comprar un auto usado, y Bancolombia lo haría por libre inversión con una tasa del 20% como mínimo anuales, y eso es mucho dinero, quería ir al banco occidente que ellos prestan para autos usados, y quizá la tasa sea baja. pero no quiero que me bajen mucho el puntaje en caso de negarme el crédito.
 
¿Cómo cuánto puntaje baja una consulta? Tengo 720 de score, y quiero un préstamo de 15M para comprar un auto usado, y Bancolombia lo haría por libre inversión con una tasa del 20% como mínimo anuales, y eso es mucho dinero, quería ir al banco occidente que ellos prestan para autos usados, y quizá la tasa sea baja. pero no quiero que me bajen mucho el puntaje en caso de negarme el crédito.
Las consultas ya no bajan Score, sin embargo si el análista es una persona, no un sistema informático, puede ver con malos ojos tantas consultas en poco tiempo.
 
¿Cómo cuánto puntaje baja una consulta? Tengo 720 de score, y quiero un préstamo de 15M para comprar un auto usado, y Bancolombia lo haría por libre inversión con una tasa del 20% como mínimo anuales, y eso es mucho dinero, quería ir al banco occidente que ellos prestan para autos usados, y quizá la tasa sea baja. pero no quiero que me bajen mucho el puntaje en caso de negarme el crédito.
En primer lugar las consultas no bajan score como ya te mencionaron otros laneros, por otro lado los dos bancos mencionados no consultan data crédito, occidente cifin y este banco molesta demasiado para aprobar algo y la T.E.A no es tan baja si no tienes un buen historial con ellos. 1.6 q te está ofreciendo Bancolombia no está tan malo, ellos no consultan centrales hágale primero con Bancolombia.
Yo de UD intento con finandina
 
Buenas tardes, tengo una duda el castigo de los cuatro años empieza a correr desde que esta al día la obligación o desde que se termina de pagar?

En mi caso tuve una obligación en mora, hice acuerdo de pago y en el mes de septiembre de 2014 quede al día, termine de pagarla en marzo de 2015, en teoría cuando se debe acabar el castigo?
 
Buenas tardes, tengo una duda el castigo de los cuatro años empieza a correr desde que esta al día la obligación o desde que se termina de pagar?

En mi caso tuve una obligación en mora, hice acuerdo de pago y en el mes de septiembre de 2014 quede al día, termine de pagarla en marzo de 2015, en teoría cuando se debe acabar el castigo?
Desde que se paga por completo la obligacion. Independiente del acuerdo que hizo o si pagó en cuotas, la permanencia o castigo empieza a correr desde que la deuda quedó totalmente paga. Para efectos de su caso debio terminar en marzo de este año. Pase un dp a la entidad y una reclamación por datacredito. Le digo que ambas al tiempo porque ellos suelen tirarse la pelota y decir la otra es la que debe actualizar el castigo y es falso. Le corresponde a la fuente ósea a la entidad pasar la novedad y al operador de riesgo osea datacredito o cifin aplicar la actualización y borrar el castigo. Así que empiece a redactar los dos dp amparándose en lo que dice la ley 1266 de 2008 en el aparte de permanencia del dato negativo.
 
  • Me gusta
Reacciones: WildSieghart
Desde que se paga por completo la obligacion. Independiente del acuerdo que hizo o si pagó en cuotas, la permanencia o castigo empieza a correr desde que la deuda quedó totalmente paga. Para efectos de su caso debio terminar en marzo de este año. Pase un dp a la entidad y una reclamación por datacredito. Le digo que ambas al tiempo porque ellos suelen tirarse la pelota y decir la otra es la que debe actualizar el castigo y es falso. Le corresponde a la fuente ósea a la entidad pasar la novedad y al operador de riesgo osea datacredito o cifin aplicar la actualización y borrar el castigo. Así que empiece a redactar los dos dp amparándose en lo que dice la ley 1266 de 2008 en el aparte de permanencia del dato negativo.

Tienes toda la razón se están tirando la pelota Financiera Jurisccop me respondió que el castigo es cosa de datacredito y son ellos los quienes deben borrarlo y por Datacredito he puesto el reclamo pero nunca me han respondido, entonces haré como usted me indica los dos al tiempo.

Muchas gracias
 
Tienes toda la razón se están tirando la pelota Financiera Jurisccop me respondió que el castigo es cosa de datacredito y son ellos los quienes deben borrarlo y por Datacredito he puesto el reclamo pero nunca me han respondido, entonces haré como usted me indica los dos al tiempo.

Muchas gracias
Falso de toda falsedad loq ue te dice juriscoop, te paso por interno el dp que debes pasar a ambos, que tal acomodando la ley para su beneficio. Si despues de pasar el dp No te solucionan SIC con ellos.
 
ok

Turbaco, Bolívar 10 de Julio de 2019


Señores:

ENTIDAD XXXXX

NIT XXXXXXXXXX

Calle 37 No. 43-81

Barranquilla, Atlántico


Yo, xxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, domiciliado en Turbaco, Bolívar; identificada con cc número xxxxxx me dirijo a Ustedes, ENTIDAD XXX en atención a las previsiones que consagran el DERECHO CONSTITUCIONAL FUNDAMENTAL DE PETICIÓN, contenidas en el Artículo 23 de la Constitución Política, desarrolladas en los Artículos 13 a 33 del Código Contencioso Administrativo y en especial para los efectos propios de la PROTECCIÓN, RESTABLECIMIENTO Y PRESERVACIÓN DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE HABEAS DATA de acuerdo con lo preceptuado en el Artículo 6º de la Ley 1266 de 2008 y demás disposiciones pertinentes, sin perjuicio de la especial protección de mis demás derechos constitucionales fundamentales toda vez que de acuerdo con consulta en DATACREDITO / CIFIN me encuentro reportado por Ustedes como deudor en mora, con reporte negativo a la fecha, por tal razón me permito manifestar que:

El día xxxxxx de 2019 cancelé el valor de la obligación que tenía con ustedes por un valor de $xxxxxx correspondiente al pago total para cerrar el crédito.

En esas circunstancias el crédito se habría cancelado totalmente el xxxx del presente año.

En cuanto a tiempo de permanencia de la información reportada referente al artículo 13 de la ley 1266 de 2008, la Corte Constitucional señala en su Sentencia C- 1011 de 2008 que “El término de permanencia de esta información será de cuatro (4) años contados a partir de la fecha en que sean pagadas las cuotas vencidas o sea pagada la obligación vencida.” (Negrilla y subrayado fuera de texto original).

Sumado a lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio a través de Resolución No. 76434 de 2012 Artículo 2 , numeral 1.6 Permanencia de la información negativa y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través del Decreto 1074 de 2015, en su artículo 2.2.2.28.3 Permanencia de la información negativa estableció que debía existir un criterio de graduación del término de permanencia, de manera que sea respetado el derecho a la igualdad material de los titulares de la información.
a) El término de permanencia de la información negativa no podrá exceder el doble de la mora reportada, cuando la misma sea inferior a dos (2) años. (Negrilla fuera de texto)

Y la Super Financiera en su boletín N° 19 del mes de abril sostiene que en el “Artículo 13. Permanencia de la información. La información de carácter positivo permanecerá de manera indefinida en los bancos de datos de los operadores de información. Los datos cuyo contenido haga referencia al tiempo de mora, tipo de cobro, estado de la cartera, y en general, aquellos datos referentes a una situación de incumplimiento de obligaciones, se regirán por un término máximo de permanencia, vencido el cual deberá ser retirada de los bancos de datos por el operador, de forma que los usuarios no puedan acceder o consultar dicha información.
El término de permanencia de esta información será de cuatro (4) años contados a partir de la fecha en que sean pagadas las cuotas vencidas o sea pagada la obligación vencida.” (Subrayado fuera de texto original).


Por lo anteriormente expuesto y basándome en el principio de veracidad de la ley 1266 de 2008 en su Art. 4 donde expresa claramente lo siguiente “ a) Principio de veracidad o calidad de los registros o datos. La información contenida en los bancos de datos debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el registro y divulgación de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error;” la obligación xxx cumplió su tiempo de permanencia, ya que fue pagada en su totalidad como lo pueden verificar en sus registros internos.

Adicional a lo anterior les recuerdo también sus deberes como fuente de información contenidos en el Art. 8 de la ley citada anteriormente, " ARTÍCULO 8o. DEBERES DE LAS FUENTES DE LA INFORMACIÓN. - Las fuentes de la información deberán cumplir las siguientes obligaciones, sin perjuicio del cumplimiento de las demás disposiciones previstas en la presente ley y en otras que rijan su actividad:
1. Garantizar que la información que se suministre a los operadores de los bancos de datos o a los usuarios sea veraz, completa, exacta, actualizada y comprobable.
2. Reportar, de forma periódica y oportuna al operador, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada.
3. Rectificar la información cuando sea incorrecta e informar lo pertinente a los operadores..."

Por lo anteriormente expuesto aquí,

SOLICITO:

ACTUALIZAR Y ELIMINAR la información contenida para la obligación xxxx en las bases de datos de los operadores de riesgo DATACREDITO y CIFIN ya que a la fecha aparece en mora de x días, lo cual no corresponde a la realidad del comportamiento de la obligación.

Por lo tanto para efectos de tiempos de permanencia de la información negativa perteneciente a la obligación xx que se empieza a contabilizar desde el pago, que en mi caso fue el xxx se terminó el castigo o permanencia el xxxx del presente año y no hay razón alguna para que permanezca la información correspondiente a esa obligación como mora de xxxx días si ya la obligación fue cancelada y debe aparecer solo pago voluntario como en efecto lo fue.

La respuesta a este Derecho de Petición, como cualquier comunicación o NOTIFICACIÓN JUDICIAL deberá ser dirigida en los tiempos que estima la ley a la siguiente dirección electrónica:

xxxxxxxxx@gmail.com

Sin otro particular quedo atento a su amable y oportuna respuesta,


xxxxxxxxxxxxxxx
Firma

CC. xxxxxxx de xxxx

Cel: xxxx

Este me ha funcionado mucho, pague un día en datacredito, yo dejé el link por acá para pagar un día con débito y haga la reclamación por ahí ya que si se pone a enviar directamente a datacredito le responden en un mes con sus copie y pegue que les encanta.

Envié el DP a Juriscoop y meta el reclamo en datacredito por la pagina. Espere sus dos semanas a ver con que le salen, pero no habria razón alguna para que no le retiran ese castigo si usted ya cumplió con el tiempo de permanenci. Adjunte los cpmprobantes de pago y el paz y salvo que le dieron. Saludos!!
 
Última edición:
Añadiendo que en caso de que no respondan pueden acudir a la acción de tutela para que un juez les ordene responder. En caso de salir negativo pueden acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio y denunciar la no actualización de la información
 
Aqui dicen que Bancolombia no consulta datacredito, miren mi caso: (Fue a mi solo, o ya empezaron a miran también esta central)
 

Archivos adjuntos

  • Captura de pantalla 2019-08-28 a la(s) 2.07.33 p. m..png
    Captura de pantalla 2019-08-28 a la(s) 2.07.33 p. m..png
    114.2 KB · Visitas: 107
Aqui dicen que Bancolombia no consulta datacredito, miren mi caso: (Fue a mi solo, o ya empezaron a miran también esta central)
Si no tienes productos financieros sino solo con sector real ellos miran datacredito. A mi esposa le hicieron la misma consulta al pedir una tc este mes. Ella no tenía hasta ese día productos con bancos a parte de la cuenta de ahorros. También consultan datacredito cuando es crédito de vehículo. Cuando preguntamos a la asesora nos dio esa explicación ya que también estábamos creídos que solo veían cifin para crédito libre inversión y tc. Pero ella nos contó que solo cuando hay vida financiera. De lo contrario si solo ha sido sector real mira datacredito. Les debo si ha sido así siempre o si es nueva política.
 
  • Me gusta
Reacciones: koenigsegg27
Si no tienes productos financieros sino solo con sector real ellos miran datacredito. A mi esposa le hicieron la misma consulta al pedir una tc este mes. Ella no tenía hasta ese día productos con bancos a parte de la cuenta de ahorros. También consultan datacredito cuando es crédito de vehículo. Cuando preguntamos a la asesora nos dio esa explicación ya que también estábamos creídos que solo veían cifin para crédito libre inversión y tc. Pero ella nos contó que solo cuando hay vida financiera. De lo contrario si solo ha sido sector real mira datacredito. Les debo si ha sido así siempre o si es nueva política.
Muy raro, yo acabe de cerrar un crédito con SUFI, tuve otros créditos con cooperativas (confiar), tengo una cuenta corriente y una de ahorros en Bancolombia. No se ellos que consideran vida financiera. De pronto será por la edad?, ese banco es muy enigmático
 

Los últimos temas