Creada la ley para "Evitar" la importación de celulares via Carga Express o Currier

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Creada la ley para "Evitar" la importación de celulares via Carga Express o Currier

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El día de hoy recibí de varios de mis importadores y Courriers una nota aclaratoria, donde informan que a partir de la fecha no podrán importar equipos celulares ni partes de los mismos debido a la creación del decreto 2025 de 16 de Octubre de 2015, donde se deja por sentado, las restricciones para la importación y comercialización de equipos celulares importados vía Courriers, puntualmente en el Capitulo 1 - Articulo 3 - Parágrafo 3 dice Textualmente:

"No se permitirá la importación de teléfonos móviles Inteligentes, o teléfonos móviles celulares, o partes, bajo la modalidad de trafico postal y envíos urgentes"

Esto afecta directamente a los usuarios que utilizaban los métodos de importación expresa como el 4-72, TucargaExpress. ColocarCourrier, entre otras con el fin de adquirir teléfonos de alta gama a menor costo de lo que normalmente encontramos en nuestro país.

También en caso de daño de nuestros dispositivos móviles, el proceso de adquisición de un repuesto se podría volver mas compleja.

@Professor complementa la información:

El Gobierno Nacional emitió el Decreto 2025 de 2015, adjunto, publicado en el Diario Oficial No. 49.667 del 16 de oct. de 2015, con nuevas medidas de control en la importación y exportación de celulares y sus partes, medidas que entran en vigencia el próximo 1 de dic de 2015, y que prevén varios nuevos controles, entre ellos:
* Registro de importadores / exportadores ante la Policía Nacional
* Registro de IMEIs ante base de datos positiva MinTic
* Consulta y verificación de IMEIs ante el MinTic, previa a la importación (base de datos positiva y base de datos negativa), lo cual se constituye en documento soporte de la DI, junto con el certificado de homologación emitido por la CRC.
* Cruce de información entre DIAN y MinTic para registro de IMEIs de teléfonos importados en base de datos positiva. Esto sugiere el bloqueo en redes de servicios móviles y la inclusión en la base de datos negativa, respecto de IMEIs de teléfonos importados y no reportados.
* Restricción impo y expo por modalidad de viajeros a máximo 3 unidades.
* No se permite impo ni expo por modalidad de Tráfico Postal y Envíos Urgentes.
* Sólo se permite la exportación por modalidad de viajeros (hasta 3 uds), por modalidad temporal para perfeccionamiento pasivo, y por modalidad definitiva solo cuando se trate de residuos -RAEE-. Sin embargo se permiten exportaciones definitivas de teléfonos hasta antes del día 31 de enero de 2016.
* Obligación de incluir el IMEI en la descripción de la Declaración de Exportación.
Las cargas embarcadas hacia Colombia con anterioridad a la entrada en vigencia, según fecha de expedición del documento de transporte, no les aplican estas nuevas medidas, es decir solo aplica respecto de cargas embarcadas a partir del 1 de dic. de 2015.
* Se faculta a la DIAN para la imposición de la obligación de nacionalizar mediante declaración de importación tipo anticipada, y el establecimiento de restricción por lugar de arribo y puertos de embarque.

Los términos otorgados a las diferentes autoridades para la implementación de las nuevas medidas, son los siguientes:
* Para el módulo de consulta y verificación de IMEIs, el MinTic tendrá 6 meses después de la entrada en vigencia, es decir hasta el 1 de junio de 2016. Sin embargo durante tal término se prevé hacer la consulta y verificación vía correo electrónico.
* Para crear el registro ante la Policía y divulgar el procedimiento, dicha autoridad tendrá 2 meses contados a partir de la fecha de publicación.
* La DIAN tiene 30 días siguientes a la publicación, para instruir sobre el decreto a importadores y exportadores.
El MinTic y la DIAN dentro del mes siguiente a la publicación, deberán acordar los términos y periodicidad de envío de la info prevista en el art. 4.

Lo anterior evidencia que a la fecha de entrada en vigencia prevista para el 1 de dic de 2015, todos los controles se activan y se deben cumplir (el único término que supera el día 1 de dic de 2015 es el dado a la Policía, pero se espera que a tal fecha ya tenga listo el procedimiento y plataforma de registro)

Adjunto el enlace al decreto en PDF para el que desee leerlo completo, en el hay mas implicaciones legales respecto al manejo de los repuestos, la traída de equipos en equipaje desde el extranjero, Disposiciones para la importación y demás.

Decreto 2025 de Octubre 16 2015
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Como hizo para declararlo "MP4 parts" en Banggood? Me interesa ya que veo que a muchos les ha llegado sin problema los telefonos. Y si le esta funcionando con la SIM de aqui?
Cuando va a finalizar la órden, puede colocar un mensaje al vendedor. En mi caso coloqué: "Please declare as MP4 PLAYER."
También lo puede solicitar por el chat después de que coloque la orden.
De todas formas sigue siendo un riesgo que se corre que lo destapen o retengan. Cada uno corre su propio riesgo.
La Sim no la he probado porque debe ser Nanosim, pero no creo que tenga problema.
 
Muchachos, soy consciente de que cuando se traen celulares la persona solo puede traer 3, pero no se si incluido el que usa o el que está en uso se excluye pudiendo traer 4 en realidad?
Mi hermano me está preguntando eso y no se que responderle.
Además el quiere saber como proceder en el caso hipotético de que le pusieran problema

Muchas gracias por anticipado
 
Muchachos, soy consciente de que cuando se traen celulares la persona solo puede traer 3, pero no se si incluido el que usa o el que está en uso se excluye pudiendo traer 4 en realidad?
Mi hermano me está preguntando eso y no se que responderle.
Además el quiere saber como proceder en el caso hipotético de que le pusieran problema

Muchas gracias por anticipado
hombre ahí viene las interpretaciones de la ley, yo creo que el que esta usando cuenta entre los tres máx que puede traer dado que la ley no especifica si esas tres unidades corresponden a celulares usados o no
 
hombre ahí viene las interpretaciones de la ley, yo creo que el que esta usando cuenta entre los tres máx que puede traer dado que la ley no especifica si esas tres unidades corresponden a celulares usados o no
Breve, trae el de uso personal mas otros dos "en la mano" y en la maleta del equipaje, la que va a la bodega del avion.. Ahi mete el otro y listo. Normal.
 
Breve, trae el de uso personal mas otros dos "en la mano" y en la maleta del equipaje, la que va a la bodega del avion.. Ahi mete el otro y listo. Normal.
dado que nunca he salido del país no se como es el tema de las revisiones de equipaje. Hace unos meses leí aquí en laneros que en algunos aeropuertos del país usaban una técnica que funcionaba si no estoy mal como un semáforo, y al usuario lo seleccionaban al azar. Si usted quedaba seleccionado le hacían revisión, que le revisaban exactamente?... ahí si no sé, pero me imagino que es su equipaje y las cosas de mano que lleve.

Si en la revisión a usted le revisan todas sus pertenencias creo que tendría problemas si lleva más de 3 celulares consigo.
 
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dado que nunca he salido del país no se como es el tema de las revisiones de equipaje. Hace unos meses leí aquí en laneros que en algunos aeropuertos del país usaban una técnica que funcionaba si no estoy mal como un semáforo, y al usuario lo seleccionaban al azar. Si usted quedaba seleccionado le hacían revisión, que le revisaban exactamente?... ahí si no sé, pero me imagino que es su equipaje y las cosas de mano que lleve.

Si en la revisión a usted le revisan todas sus pertenencias creo que tendría problemas si lleva más de 3 celulares consigo.
No estoy del todo seguro pero creo que sólo revisan el equipaje si ven algo sospechoso en el scanner.
 

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