1. Ya puede realizar la liquidación, la cuestión es que puede pagar ahora pero no debe pasarse del 14 de Febrero.Ya yo estoy afiliada a Cesantías por mi cuenta, pero no he hecho el primer pago ya que me afilié apenas en noviembre. Quiero tener un ahorro a largo plazo y que me sirva como deducción en la declaración de renta, que no tenga que estar amarrada en caso de desempleo o querer usar esos ahorros para compra de vivienda.
Lo que me dijeron el el fondo de cesantías es que debo pagar el 14 de febrero, pero como no tengo experiencia realizando ese pago como independiente, quería saber de alguien que tenga experiencia como independiente.
1. Quiero saber si el pago lo puedo hacer antes de esa fecha.
2. Quiero saber si puedo pagar mis cesantías mes a mes y, en caso afirmativo, cuál sería el trámite para hacerlo en esta modalidad.
3. El pago se liquida teniendo en cuenta el 40% de ingresos, igual que la salud y pensión? o es por el total de ingresos?
Como ya se acerca la fecha, tengo la inquietud de si hacer el ahorro por el 40%, que vendría siendo 1 SMMLV.
2. No, ese pago se hace una vez al año.
3. Pues en ese caso, se debe liquidar por dias laborados, le dejo esto para que se guie. https://www.proteccion.com/wps/port.../herramientas-simuladores/simulador-cesantias