Saludo.
Sugiero busquen en www.comusuarios.gov.co , y se descarguen la Resolución 3066 de 2011, la que permite copiar texto.
Dentro de los derechos de los usuarios, se le permite pedir Indemnización hasta por el Doble del precio en días, en que estuvo inutilizable el servicio.
Preguntar tb en teléfono de la CRC.
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