Pues la penalidad de la cláusula de permanencia nunca podrá ser mayor al número de cargos fijos mensuales pendientes, si tiene digamos 4 meses a $50.000, entonces tiene que pagar un máximo de $200.000, eso sin contar que la penalización se hace por días, entonces quizás hasta se ahorre un mes y le salga más fáctible cancelar con 1 mes anterior la cláusula de permanencia, generalmente uno hace reposición es a mitad de un mes. Sino quiere, entonces paga más bien ese último mes de penalización, que no será mes completo sino los pocos días a los que hizo la reposición después del corte y quizás le salga prácticamente igual que pagar el mes completo. Me explico:
1) Hice reposición el 6 de Enero de 2010
2) Me hacen corte el 19 de cada mes, el próximo será en Diciembre
3) Tengo cláusula de permanencia aproximada de 17 días, desde el 20 de diciembre, hasta el 06 de enero.
4) Si pago el cargo fijo mensual de digamos, $49.900 por el plan de voz + BIS, serían dividir esos en 30 días y luego si multiplicarlos por 17 días que fue el saldito que está "volando". Así si bien perderá sólo 17 días de servicio, se ahorrará pagar los otros 13 días del mes.
Por último, a ellos le conviene obviamente que usted espere HASTA DESPUÉS del vencimiento de la cláusula de permanencia para ahí si hacer la solicitud, cómo eso queda a mitad de un mes, generalmente se salen ganando unos días de facturación de más. Ellos no le dejarán hacer lo que le digo tan fácil, es por eso que vaya con antelación para que le dé tiempo de hacer la solicitud por escrito, donde detalle todo, días que le faltan para la cláusula de permanencia, valor aproximado de ésta cláusula, explique que usted sabe que según la SIC el valor de penalización es un máximo del cargo fijo mensual, en fin, es mejor que le sobre información y no que le falte.
PD: Hice el ejemplo con un mes, pero si usted quiere hacer el cambio antes, digamos en 2 cargos fijos anticipados, puede hacerlo, sólo que obviamente ahí si pagará el mes completo + los 17 días que puse en el ejemplo.